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vilarinov dijo:Hola denuevo.
Pregunto yo:
¿Es obligatorio identificar quien iva conduciendo la moto ese dia o se puede negar uno hacerlo y pagar los 300€ y santas pascuas por negarse a identificar a dicha persona?.
Un Saludo en V`ssssss ??? ???
marcos dijo:hombre, puedes pagar los 300 € por no identificar al conductor + la sancion por exceso de velocidad+la retirada del carnet, ya que la responsabilidad cae sobre el propietario, asi que mejor identificas y te ahorras los 300 €, si es que estos de trafico estan ya de vuelta de muchas cosas ;D, es que seria muy facil pagar 300 € mas y eludir la retirada ;D
marcos dijo:hombre, puedes pagar los 300 € por no identificar al conductor + la sancion por exceso de velocidad+la retirada del carnet, ya que la responsabilidad cae sobre el propietario, asi que mejor identificas y te ahorras los 300 €, si es que estos de trafico estan ya de vuelta de muchas cosas ;D, es que seria muy facil pagar 300 € mas y eludir la retirada ;D
marcos dijo:pero de momento te la meten, y luego......¿cuanto le cuesta a un mortal cualquiera poner un contencioso?, pues de eso se valen a veces sale mucho mas caro el contencioso que la denuncia y ellos lo saben y aprovechan esta circunstancia para meterla y luego tu valora si vale la pena el contencioso o no, y quizas se la tengan que comer, pero....¿en cuantos casos se la comen? , ¿en cuantos casos se la han comido los denunciados?, pues eso, la balanza esta inclinada totalmente a un lado :-/
PHATER dijo:!hola amigos¡ e leido vuestras aventuras con la velocidad, y quiero contar la mia: e recibido una foto de exceso de velocidad a 159km cuando la maxima generica (que no se lo que significa) es 90, que es 159-90? igual a 69? bueno no entiendo nada, lo que si entiendo es que la foto se ve la matricula un poco borrosa, pero lo poco que se ve de moto( ni modelo ni color ni forma) atención no es mia. y como lo demuestro? que pasa en este caso? tengo de pagar i después recurrir? me pueden quitar el carnet? dicen que es falta muy grave.
saludos y gracias
PHATER dijo:! e recibido una foto de exceso de velocidad a 159km cuando la maxima generica (que no se lo que significa) es 90, que es 159-90? igual a 69? bueno no entiendo nada,
acelera_a_tope dijo:Salud al foro.
En el 90% de los casos, la Jefatura Provincial correspondiente, pierde el 90 o más %, de los contenciosos, pero hay que recurrir todo, si todo el mundo recurriera las denuncias, empapelabamos a las Jefaturas, se les pasarían los plazos, y como último recurso, El Contencioso, siempre que la cuantía de la multa sea elevada, y por supuesto si llevara retirada del permiso de conducción.
Un contencioso te puede salir por unas 40.000 pelas de las de antes, o quizá menos, depende de la asmistad que tengas con el Abogado, el Procurador cobra por tablas, ahí no hay rebaja posible.
Así que todo el mundo a recurrir, agontando los plazos, que se iban a enterar.![]()
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