Dejar un vehículo sin seguro.

rikardenko

Curveando
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Por diversos motivos tengo un vehículo que no voy a utilizar por un periodo más o menos largo de tiempo.
Próximamente me vence el seguro y he llamado a la compañía para decirle que no renuevo la póliza; al comentarle el motivo, la operadora me ha dicho que si dejo un vehículo sin asegurar tráfico me puede sancionar con hasta 1000 euros!!! Es esto cierto?
No alcanzo a comprender que un vehículo que está en un garage privado y no se va a mover en absoluto en un año tenga que estar asegurado.
Agradecería mucho alguna aclaración al respecto, gracias.
Un saludo.
 
Claro, mil euros si te pillan circulando !!! No le hagas caso, que querría sacarte el dinero. Yo mismo por circustancias una Vespa la he tenido periodos sin circular y sin asegurar, de 5 años y de un año. Luego la vuelves a asegurar sin problemas en la compañia que quieras y a correr.

Un saludo.
 
Gracias, Macauy. Eso no lo ha especificado, tendría narices que se refiriese a eso cuando le he dicho bien clarito que el vehículo no saldría de mi garage.
Si hay una cosa que me da náuseas es tratar con las compañías aseguradoras... y últimamente me estoy hartando.
 
no sólo circulando, tampoco puede estar en ningún espacio público: es decir, no la puedes aparcar en la calle. Si está dentro de un garaje (no comunitario, claro) no creo que haya problemas.
 
Lo de estar sin seguro es posible siempre, el responsable es SIEMPRE el titular del vehículo.
Se puede, pero por seguridad y que no te sancionen deberás tenerlo guardado y asegurarte que nadie circulará con él.
Si te lo roban, no tardes en poner la denuncia pues, como te decía, si hubiera alguna sanción o accidente la responsabilidad es del propietario y no del ladrón.

Sólo añadir que si no vas a circular con él, además de dejarlo sin seguro es rentable darle de baja temporal (creo que la tasa en tráfico es de 8€).
De este modo te ahorras el pagar el "numerito" o Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del año natural siguiente, y el tener que pasar la ITV.

Cuando quieras volver a darlo de alta deberás ir a Tráfico (no se de cuanto es la tasa), pasar la ITV y pagar el IVTM del año natural en curso y aquí está el ahorro.
Según cada ayuntamiento y el mes del año en que lo des de nuevo de alta, sólo pagarás la parte correspondiente del año en curso, algunos lo fraccionan proporcionalmente en trimestres, meses o días.
Pero si pasa un año natural completo ese año no tienes obligación de pagarlo, ya que el vehículo no puede circular y no se genera ese tributo y tampoco de pasar la ITV. Así pueden pasar todos los años que quieras.
Si lo fueras a hacer, hazlo antes que acabe el 2012 y no se generará el recibo del 2013.

Siento el ladrillo, un saludo.
 
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Legalmente no se puede tener un vehículo matriculado en España, dado de alta sin seguro. Esté donde esté, y aunque sea un chasis documentado. Si está dado de alta tiene que tener seguro. Otra cosa es que sea más o menos probable que lo denuncien, que eso ya no lo sé.

Yo lo daría de baja y le quitaría las placas, por si las moscas. Es poca cosa comparado con el follón que podría armarse si alguien te roba la moto (encima de p*ta, pon la cama).
 
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no sólo circulando, tampoco puede estar en ningún espacio público: es decir, no la puedes aparcar en la calle. Si está dentro de un garaje (no comunitario, claro) no creo que haya problemas.

No hay ningún problema en que el garaje sea comunitario, donde no puede estar sin asegurar es en la vía pública, siempre que no sea vía pública, si se puede
 
Yo entiendo que es obligatorio el seguro. Circule o no circule el vehículo.

La Ley marca que (copio y pego):

"El seguro es obligatorio para todos los vehículos a motor, considerándose como tales a todo vehículo, especial o no, idóneo para circular por la superficie terrestre e impulsado por motor, los ciclomotores, los remolques y semirremolques, (de cualquier M.M.A.), estén o no enganchados.
Se excluyen los ferrocarriles, tranvías y otros que circulen por vías que les sean propias, así como juguetes a motor eléctrico o sillas de ruedas con motor eléctrico o sillas de ruedas con motor."

....

También deduzco que es obligatorio de lo siguiente (copio y pego)

!¡0jo al: "circulase o no"!!:


"El incumplimiento de la obligación de asegurar el vehículo determinará la prohibición de circular por territorio nacional y una sanción pecuniaria (de multa) de 601,01 euros o superior, dependiendo de que el vehículo circulase o no, de la categoría del vehículo, etc...; aparte, si en el plazo de 5 días no se justificase la existencia del seguro, supondrá también la retirada y depósito del vehículo."
 
Yo entiendo que es obligatorio el seguro. Circule o no circule el vehículo.

La Ley marca que (copio y pego):

"El seguro es obligatorio para todos los vehículos a motor, considerándose como tales a todo vehículo, especial o no, idóneo para circular por la superficie terrestre e impulsado por motor, los ciclomotores, los remolques y semirremolques, (de cualquier M.M.A.), estén o no enganchados.
Se excluyen los ferrocarriles, tranvías y otros que circulen por vías que les sean propias, así como juguetes a motor eléctrico o sillas de ruedas con motor eléctrico o sillas de ruedas con motor."

....

También deduzco que es obligatorio de lo siguiente (copio y pego)

!¡0jo al: "circulase o no"!!:


"El incumplimiento de la obligación de asegurar el vehículo determinará la prohibición de circular por territorio nacional y una sanción pecuniaria (de multa) de 601,01 euros o superior, dependiendo de que el vehículo circulase o no, de la categoría del vehículo, etc...; aparte, si en el plazo de 5 días no se justificase la existencia del seguro, supondrá también la retirada y depósito del vehículo."
Si es asi porque no se retiran los vehiculos abandonados en la via publica,por no llevar al desguace y tienen que pedir los municipales una orden judicial para retirarlos.Me imagino que si por ahorrarse el dinero del desguace los abandonan tampoco seguiran pagando el seguro,deduzco que si no mueves el vehiculo no necesitas el seguro
 
Si es asi porque no se retiran los vehiculos abandonados en la via publica,por no llevar al desguace y tienen que pedir los municipales una orden judicial para retirarlos.Me imagino que si por ahorrarse el dinero del desguace los abandonan tampoco seguiran pagando el seguro,deduzco que si no mueves el vehiculo no necesitas el seguro

En mi ciudad los retiran de las calles, sin permiso judicial, únicamente con una pegatina de preaviso en el parabrisas durante 30 días.

Es cuestión de ordenanzas de circulación, cuyas competencias están transferidas a los ayuntamientos.


En cuanto a la raíz d Post, que es lo que nos atañe, es tan fácil como preguntar a la DGT.

Yo no lo he hecho, pero he preguntado a dos mediadores de seguros (sin tener que renovar ni ser cliente) y me han confirmado lo mismo. Es obligatorio que el vehículo tenga suscrito un seguro.
 
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Si es asi porque no se retiran los vehiculos abandonados en la via publica,por no llevar al desguace y tienen que pedir los municipales una orden judicial para retirarlos.Me imagino que si por ahorrarse el dinero del desguace los abandonan tampoco seguiran pagando el seguro,deduzco que si no mueves el vehiculo no necesitas el seguro

No hace falta orden judicial, bastante tienen ya los juzgados.

Se podrían retirar por falta de seguro, pero se colapsarían los depósitos para nada, ya que si están abandonados, el propietario no va a ir nuca a retirarlos, por tanto lo propio es llevarlos directamente a desguace, pero para ello hay que seguir unos trámites, no se puede hacer a la ligera.
 
En mi ciudad los retiran de las calles, sin permiso judicial, únicamente con una pegatina de preaviso en el parabrisas durante 30 días.

Es cuestión de ordenanzas de circulación, cuyas competencias están transferidas a los ayuntamientos.


En cuanto a la raíz d Post, que es lo que nos atañe, es tan fácil como preguntar a la DGT.

Yo no lo he hecho, pero he preguntado a dos mediadores de seguros (sin tener que renovar ni ser cliente) y me han confirmado lo mismo. Es obligatorio que el vehículo tenga suscrito un seguro.

En ninguna ciudad se hace con orden judicial

Además de la ordenanza de circulación, influyen otras de caracter general, que no son competencia de los ayuntamientos y que obligan a la localización del propietario y requerimiento a este para que lo retire o lo ceda al ayuntamiento para que pueda retirarlo, claro que no siempre es posible la localización, por eso se pone la pegatina y pasado el plazo sin que el propietario se manifieste se procede a su retirada y desballestamiento.

En la vía pública es obligatorio estar asegurado, circule o no, y lo se por cuestiones laborales, cada día (o casi cada día) tengo que batallar con este problema
 
Última edición:
Pues aqui lleva una furgoneta abandonada mas de un año y la asociaion de vecinos que pidio su retirada es la respuesta que recibio por parte de los municipales,que habian hecho la peticion al propietario y al no tener respuesta estan esperando la orden del juzgado
 
Pues aqui lleva una furgoneta abandonada mas de un año y la asociaion de vecinos que pidio su retirada es la respuesta que recibio por parte de los municipales,que habian hecho la peticion al propietario y al no tener respuesta estan esperando la orden del juzgado

San Sebastián, Donosti?
San Sebastián de los Reyes?
Otro San Sebastián?

Según ayuntamientos y colores, hay normas que se priorizan y otras que se obvian...

Que malo soy.

Manuel
 
Creo que os estais desviando del tema que si vehículos en la vía publica, ayuntamientos y mandamientos judiciales...
A ver si alguien es capaz de decirme que si mañana yo no renuevo la anualidad del seguro de mi moto y la guardo en mi casa, como me pueden multar???? Esa es la pregunta !!

No entremos en cosas obvias que si no debe circular con ella, que si la comunidad de vecinos o que si la dejo abandonada en la calle...digo bien guardada en un lugar privado.

Espero respuesta ansioso, je je.

Un saludo.
 
Creo que os estais desviando del tema que si vehículos en la vía publica, ayuntamientos y mandamientos judiciales...
A ver si alguien es capaz de decirme que si mañana yo no renuevo la anualidad del seguro de mi moto y la guardo en mi casa, como me pueden multar???? Esa es la pregunta !!

No entremos en cosas obvias que si no debe circular con ella, que si la comunidad de vecinos o que si la dejo abandonada en la calle...digo bien guardada en un lugar privado.

Espero respuesta ansioso, je je.

Un saludo.

Te podrán multar porque la DGT tiene el fichero de vehículos asegurados. Si no lo hacen es porque no será prioritario, igual que tampoco multan todos los coches que están mal aparcados o las motos de las aceras (en los Ayuntas que no este permitido).

Pero dales tiempo y arcas vacías e irán por ellos.
 
Te podrán multar porque la DGT tiene el fichero de vehículos asegurados. Si no lo hacen es porque no será prioritario, igual que tampoco multan todos los coches que están mal aparcados o las motos de las aceras (en los Ayuntas que no este permitido).

Pero dales tiempo y arcas vacías e irán por ellos.

Pues jamás he escuchado que a nadie le hayan multado por eso (ojo digo sin circular, sin que te pillen, vía publica etc)

Es mas quien mas y quien menos ha dejado tiempo guardado el típico vespino, vespa, etc en el garaje o en el chalet hasta que al final la das de baja y a nadie multaron nunca. Y ejemplos de estos sin mala intención y sin circular te cuento lo que quieras.

Es mas si tan GRAVE y cuantiosa es la multa, apretando un botón de un ordenador, hala a mandar multas.

Yo sigo sin verlo, a no ser que alguien cuente aquí que le haya pasado o conozca a alguien.

Un saludo
 
Que no multen no quiere decir que no lo puedan hacer.


Repito textualmente lo que dice el art. 2:

"Artículo 2. Hechos de la circulación.
1. A los efectos de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y de la cobertura del seguro obligatorio regulado en este Reglamento, se entienden por hechos de la circulación los derivados del riesgo creado por la conducción de los vehículos a motor a que se refiere el artículo anterior, tanto por garajes y aparcamientos, como por vías o terrenos públicos y privados aptos para la circulación, urbanos o interurbanos, así como por vías o terrenos que sin tener tal aptitud sean de uso común."


Y el Art. 1. (Por sí alguien piensa que es necesario que este circulando), dice textualmente:

"1. Tienen la consideración de vehículos a motor, a los efectos de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y de la obligación de aseguramiento, todos los vehículos idóneos para circular por la superficie terrestre e impulsados a motor, incluidos los ciclomotores, vehículos especiales, remolques y semirremolques, cuya puesta en circulación requiera autorización administrativa de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Se exceptúan de la obligación de aseguramiento los remolques, semirremolques y máquinas remolcadas especiales cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos, así como aquellos vehículos que hayan sido dados de baja de forma temporal o definitiva del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
2. No se encontrarán incluidos en el ámbito material del presente Reglamento:
a) Los ferrocarriles, tranvías y otros vehículos que circulen por vías que le sean propias.
b) Los vehículos a motor eléctricos que por concepción, destino o finalidad tengan la consideración de juguetes, en los términos definidos y con los requisitos establecidos en el artículo 1.1 del Real Decreto 880/1990, de 29 de junio, por el que se aprueban las normas de seguridad de los juguetes, y su normativa concordante y de desarrollo.
Tampoco se encontrarán incluidas en el ámbito material del presente Reglamento las sillas de ruedas.
3. A los efectos de este reglamento, se aplicarán los conceptos recogidos en el anexo I del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial."
 
Pues jamás he escuchado que a nadie le hayan multado por eso (ojo digo sin circular, sin que te pillen, vía publica etc)

Es mas quien mas y quien menos ha dejado tiempo guardado el típico vespino, vespa, etc en el garaje o en el chalet hasta que al final la das de baja y a nadie multaron nunca. Y ejemplos de estos sin mala intención y sin circular te cuento lo que quieras.

Es mas si tan GRAVE y cuantiosa es la multa, apretando un botón de un ordenador, hala a mandar multas.

Yo sigo sin verlo, a no ser que alguien cuente aquí que le haya pasado o conozca a alguien.

Un saludo

Tú provoca y verás. Dales ideas.

Se calcula que un 35% de los vehículos QUE CIRCULAN van sin seguro. No sé si la estadística incluye los hibernados en cocheras, garajes y chalés.

El problema es que dándole al botón del ordenador generas el listado de vehículos que no casan permiso de circulación con seguro en vigor. Para denunciarlos tienes además que abrir un expediente de denuncia para cada uno de ellos y tramitarlo conforme a las normas... La currada iba a ser de órdago, por muy informatizada que está. Supongo que lo que les frena para lanzar esa acción es eso.

Las compañías de seguros darían volteretas de alegría si esa campaña se activara.

Yo, también.

Un saludo.

Manuel.
 
Pues jamás he escuchado que a nadie le hayan multado por eso (ojo digo sin circular, sin que te pillen, vía publica etc)

Es mas quien mas y quien menos ha dejado tiempo guardado el típico vespino, vespa, etc en el garaje o en el chalet hasta que al final la das de baja y a nadie multaron nunca. Y ejemplos de estos sin mala intención y sin circular te cuento lo que quieras.

Es mas si tan GRAVE y cuantiosa es la multa, apretando un botón de un ordenador, hala a mandar multas.

Yo sigo sin verlo, a no ser que alguien cuente aquí que le haya pasado o conozca a alguien.

Un saludo

Respecto a tu petición de casos de denuncias por tener el coche del abuelo en el jardín sin pagar seguro, piensa que no habrá muchos casos por una razón muy sencilla: tendrían que entrar en tu casa para denunciar ese coche sin seguro.

De momento para eso necesitan una orden judicial, ya que aunque se enterarán de que tienes el coche dentro (por ejemplo por que se lo chiva tu cuñado) eso no es
el caso de delito flagrante que me parece recordar les exime de solicitar orden judicial (por ejemplo de caso flagrante que se oiga como un marido está aporreando a su legítima armando un gran escándalo).

Manuel
 
Por resumir....si dejas la moto un año guardadita sin pagar el seguro, no pasa nada.
Un saludo.
 
Última edición:
Yo tuve la Bandit varios años en el sòtano, parada sin asegurar, lo único malo que pasó es que al volverla a asegurar no tenia tanta bonificación como si la hubiera tenido asegurada.

También se me picaron los cromados :D
 
Hoy día hay tanta competencia que sacas un seguro muy barato aunque la hayas tenido bajo la cama..

Un saludo.
 
Yo haria lo de darla de baja temporal y punto pelota. Eso si, antes del 31 de diciembre. que sino te clavan el impuesto de circulacion 2013.
 
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