Despiece de moto, ¿que vender?

raulon

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Buenas

Hace unos días os notificaba que me habían robado el carenado y al final opte por comprar una moto igual pero con avería en el motor y traspasar el carenado a la mía, ahora me surge la duda de que puedo vender y a que precio.

La moto arranca, pero no tiene la caja de cambios y no engrana ninguna marcha, aún no la he dado de baja en tráfico ¿me interesará hacerlo?

Fotos del lo que me queda:

thump_899525520140715175528.jpg

thump_899525120140715175520.jpg


enlace con algo más de detalles:

20140715175528
20140715175520


Enlace al mensaje inicial: http://www.bmwmotos.com/foro/modelo...o-espejos-maletas-e-intermitentes-f800st.html



Maleta izquierda ¿como hago con la cerradura y/o la llave? la quito, entrego una copia al posible comprador?

Piñas con los mandos
Estriberas
Intermitentes traseros
Soporte de maletas.
Luz frontal y trasera
plásticos cubre correas
brazo basculante
llantas, las daria con gomas pero están al final de su vida útil.
pantalla original
pesos del manillar y manillar
horquilla ?
Cuadro de relojes y ordenador de abordo
caballete central
suspension delantera
manillar
puños calefactables ? y los pesos del manillar ?
chasis?

Saludos y gracias.
 
Buenas si vendes los puños calefectables con su piña y cableado estoy interesado, dime cuanto quieres y como lo hacemos. Y si el caballete vale para la f800r del 2010 tambien. espero tu respuesta. un saludo
 
Buenas si vendes los puños calefectables con su piña y cableado estoy interesado, dime cuanto quieres y como lo hacemos. Y si el caballete vale para la f800r del 2010 tambien. espero tu respuesta. un saludo


Si, sin problema te envio un MP y te digo. Sobre el caballete lo ignoro si te sirve o no para la F800r igual alguien del foro sabe, yo soy de Madrid.

Saludos
 
Hola raulon. Si no la das de baja y vendes el chasis, cualquier día tu moto, la mía o la de algún compi puede ser robada para vestirlo. No creo que haya mucha gente de bien que quiera solo un chasis con papeles...
Dala de baja, guárdate la baja de trafico y véndeselo (el chasis) a un chatarrero especializado en aluminio.
Un saludo.
 
Si yo tuviese una R... te había comprado el basculante a la velocidad del rayo!!!

Que pasada, una R Chris Pfeiffer edition con el basculante monobrazo ¡es lo más!

Que pena q no podamos tener 4 o 5 motos... una F800R, una S, una ST y una GS caían de fijo!!! jajajaja
 
Hoy he estado mirando una de un compañero como esa y las piñas son totalmente diferente a la f800r, por lo que lo de los puños lo dejamos haber si a otro le bien bien. Gracias y un saludo
 
Buenos días, os respondo hoy a todos los MP´s que me habeís enviado!! que estos días he estado fuera y me ha sido imposible. Salduos y gracias.
 
No se a los demás pero a mi aun no me has respondido.....
 
a mi tampoco, supongo que aún no habrá llegado a todos, lo tendremos saturado, jajaj
 
Buenas!!!! lo siento pero tengo como 30 mensajes privados, creo que os he contestado a todos, si me he pasado alguno disculparme y enviarme un mensaje tipo "me tienes olvidado" :-) . Me ha resultado imposible contestaros antes. Saludos
 
Me imagino que la moto seguirá asegurada, no? Si no es así dala de baja en trafico lo antes posible porque te puede llegar a casa una multa por tener un vehículo sin seguro obligatorio

Vs
 
Gracias por el aporte choogal, esta asegurada hasta noviembre pero no tenia ni idea que me podía caer una multa! ¿en serio? No puedo tener un vehículo en casa, pagar mis impuestos y no pagar el seguro hasta que no la mueva ? De hecho tengo una amiga que acaba de quedarse embarazada y viendo que no va a utilizar la moto durante un tiempo, ha dado de baja el seguro y la tiene en la cochera sin mas.
 
Vaya faena la tuya :O

Sólo te multarían por no tener seguro si la dejas aparcada en la calle, aunque digas que no circulas con ella. Si la tiene guardada en garaje no hay multa.

Saludos.
Paco.
 
En esos casos lo que hay que hacer es dar temporalmente de baja el vehículo en tráfico, lo hablé hace poco en la aseguradora porque yo tengo la moto en un taller declarada siniestro total y no me han dejado dar de baja el seguro hasta no aportar certificado de baja en tráfico o contrato de compraventa. Me sonó raro, pero lo busqué en internet y resulta que es así, si el vehículo está dado de alta en tráfico ha de tener si o si seguro obligatorio y no hace falta sacarla a la calle para eso pues pueden cruzar los datos perfectamente y enviarte a casa una recetita. Os pongo un enlace que lo explica:

Coche parado, ¿cuáles son mis obligaciones? | Todos los trucos y consejos | Autopista.es
 
Te aseguro que no, choogal. Tú puedes tener una moto matriculada, de alta y sin seguro por ejemplo para practicar motocross, o trial o para circuito y si la tienes guardada en tu cochera y la llevas en un remolque al circuito no temas que te multen puesto que en el remolque el seguro que la cubre es la del coche y en el circuito el de tu licencia o de la rodada o curso. Otra cosa es que la dejes aparcada en la calle, entonces sí tienes que tener seguro a terceros porque imagina que es un coche que está aparcado y pierde el freno de mano y se lleva a alguien por delante, o que otro vehículo choca con el tuyo.

Me da la impresión de que los del seguro te hicieron la pirula. ¿Qué crees que hacen si no pagas el recibo? ¿Te piden el certificado de tráfico para dártelo de baja?

Respecto de la ITV más de lo mismo, si no circulas no te van a multar. Te lo digo con conocimiento de causa puesto que las motos de trial las tenemos así. En este asunto hay mucho desconocimiento y en el que hay muchos mitos, incluso entre la misma Guardia Civil o la DGT, que unos te dicen una cosa y otros otra. Lo único que pasa es que el permiso de circulación no es válido puesto que le ponen una coletilla que dice "No es válido si no tiene ITV en vigor", es decir, no puedes "circular" con ella puesto que no tienes "permiso" pero la puedes tener guardada tan ricamente.

Lo que sí es cierto es que si no tiene previsto venderla lo más conveniente es darla de baja temporal que vale tres riales. Nosotros no damos de baja las motos de trial porque si la vendes tienes que darla de alta para transferirla y es un rollo, y te aseguro que nunca he oído de multas por ese tema de ninguno de los trialeros que he conocido en persona o por los foros, e imagina los miles de motos que hay así.

Otra cosa es el IVTM, que sí hay que pagar al Ayuntamiento si no está de baja. Si la das de baja temporal se puede pedir la devolución de los trimestres no disfrutados que quedan del año sin incluir el de la fecha de baja.

Saludos.
Paco.
 
Última edición:
Si yo tampoco le veo sentido si tienes el coche en una finca privada, etc que tengas que tenerlo asegurado, pero por lo que he leído es así, si está dado de alta en tráfico ha de tener seguro obligatorio, otra cosa es que si no ven el vehículo (porque esté en una finca privada,etc) no lo sancionen, pero ahora ya sabes que no es necesario llevar el recibo del seguro porque ese dato lo tiene tráfico y podrían darles por cruzar datos en plan, a ver coches dados de alta y sin el seguro al día, a mandar cartas al domicilio de sus propietarios, por poder podría pasar, no lo digo yo, a una amiga le pasó con su coche, lo vendió a un taller y a los 3 años le llegó una carta de tráfico porque no lo tenía asegurado y además le reclamaban los últimos 3 años del impuesto de circulación... las motos de motocross normalmente no están ni matriculadas ni dadas de alta en tráfico y por eso no pagan seguro.

Los de mi seguro me pedían el certificado de baja en tráfico o contrato de compraventa para poder suspender la póliza desde el día de la venta y reservarme ese dinero para el seguro de la próxima moto.

De todas formas, google está ahí para buscar todo sobre este tema, que parece que hay todo un debate sobre esto, jajaja

En mi opinión y en conclusíón, la ley es clara, todo coche dado de alta en tráfico ha de llevar seguro obligatorio, pero en la práctica muchas veces no se sanciona a los que circulan sin seguro así que mucho menos a los que tienen el vehículo bien guardado en garaje o finca privada, pero esos datos están en manos de la DGT, en algún momento les podría dar por cruzar datos y mandar "cartas".

Vs
 
En esos casos lo que hay que hacer es dar temporalmente de baja el vehículo en tráfico, lo hablé hace poco en la aseguradora porque yo tengo la moto en un taller declarada siniestro total y no me han dejado dar de baja el seguro hasta no aportar certificado de baja en tráfico o contrato de compraventa. Me sonó raro, pero lo busqué en internet y resulta que es así, si el vehículo está dado de alta en tráfico ha de tener si o si seguro obligatorio y no hace falta sacarla a la calle para eso pues pueden cruzar los datos perfectamente y enviarte a casa una recetita. Os pongo un enlace que lo explica:

Coche parado, ¿cuáles son mis obligaciones? | Todos los trucos y consejos | Autopista.es

Que el seguro no te ha dejado darlo de bajá sin el certificado? Eso es por que les estas reclamando parte de la póliza no consumida, en ese caso si te piden el certificado, pero si tu seguro termina el año ellos no pueden pedirte nada de nada. Y si puedes tener un vehículo sin seguro si no está en la calle.

Saludos.
 
Que el seguro no te ha dejado darlo de bajá sin el certificado? Eso es por que les estas reclamando parte de la póliza no consumida, en ese caso si te piden el certificado, pero si tu seguro termina el año ellos no pueden pedirte nada de nada. Y si puedes tener un vehículo sin seguro si no está en la calle.

Saludos.

sí, eso es, les pedí la suspensión de la póliza para que el dinero restante me sirviera para asegurar otra moto.

Por poder claro que lo puedes tener el vehículo sin seguro, pero por poder también te pueden sancionar, así me lo dijeron en el seguro, pero como no salía de mi asombro porque no lo veía ni medio normal que estando la moto siniestrada en un taller tuviera que tener el seguro lo busqué por internet y aunque en foros hay muchas discursiones sobre esto, parece ser que la ley es clara, vehículo dado de alta en tráfico hay que tenerlo asegurado... si dices que no tiene que ser así, por favor, pon algún enlace donde lo explique y salimos de dudas.

Vs
 
sí, eso es, les pedí la suspensión de la póliza para que el dinero restante me sirviera para asegurar otra moto.

Por poder claro que lo puedes tener el vehículo sin seguro, pero por poder también te pueden sancionar, así me lo dijeron en el seguro, pero como no salía de mi asombro porque no lo veía ni medio normal que estando la moto siniestrada en un taller tuviera que tener el seguro lo busqué por internet y aunque en foros hay muchas discursiones sobre esto, parece ser que la ley es clara, vehículo dado de alta en tráfico hay que tenerlo asegurado... si dices que no tiene que ser así, por favor, pon algún enlace donde lo explique y salimos de dudas.

Vs

Es que no es exactamente así como lo dices, el problema es que tráfico no admite que un vehículo que no puede circular permanezca dado de alta, por eso si esta dado de alta tiene que tener seguro y si el vehículo va a estar guardado y sin circular en teoría deberías darlo de baja temporal y no pagar impuestos ni seguros, eso es lo estrictamente legal, pero si tu vehículo va a estar en un garaje privado aunque no tenga seguro no te pueden denunciar, ellos no cruzan archivos, pasa igual con la ITV, te podrían multar si no vas a pasarla simplemente por sus archivos fíjate si sería fácil, pero no lo hacen si no te pillan circulando sin ITV.

Saludos.
 
Es que no es exactamente así como lo dices, el problema es que tráfico no admite que un vehículo que no puede circular permanezca dado de alta, por eso si esta dado de alta tiene que tener seguro y si el vehículo va a estar guardado y sin circular en teoría deberías darlo de baja temporal y no pagar impuestos ni seguros, eso es lo estrictamente legal, pero si tu vehículo va a estar en un garaje privado aunque no tenga seguro no te pueden denunciar, ellos no cruzan archivos, pasa igual con la ITV, te podrían multar si no vas a pasarla simplemente por sus archivos fíjate si sería fácil, pero no lo hacen si no te pillan circulando sin ITV.

Saludos.

Claro, si eso es a la conclusión que yo había llegado, que no es legal, pero que no cruzan datos y por eso no multan, pero le puse ese mismo ejemplo (vehículo en garaje privado) a los del seguro y me dijeron que me podría llegar una multa porque los datos de quien tiene seguro al día y quien no los tienen ya en su poder o al menos podrían acceder a ellos.

Vs
 
Creo que la discusión no lleva a ningún sitio, el mejor consejo para raulon es que la de de baja temporal.

Los FCS pueden multar por lo que crean conveniente, para muestra un botón:

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Y por esta misma regla de tres te pueden multar por tener un coche dado de baja sin tenerlo asegurado puesto que la legislación (RDL 8/2004) dice expresamente en su artículo 2:

"Artículo 2 De la obligación de asegurarse
1. Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo 1."


Es decir, que eso de que "si está de baja temporal" no hay que asegurarlo pues tampoco viene en la norma así reflejado, es más, en todo el texto del RDL no aparece la palabra "baja" ni una sóla vez, así que podemos interpretar que sólo con tener la posesión del vehículo a motor, ande o no ande, esté dentro o fuera de la cochera, estás obligado a tener seguro si lees la norma al pie de la letra.

Pero te aseguro que para estas leyes existen interpretaciones y manuales para las FCS, que por desgracia no son públicos, y que establecen qué y cuando se debe sancionar, y para un vehículo sin seguro en un recinto de uso particular, no es necesario seguro. ¿Qué te multan? pues tienes base para recurrir.

Porque el RD 1428/2003 (Reglamento General de Circulacióin), que no ha sido derogado por otro posterior, dice:
"Artículo 1. Ámbito de aplicación.

1. Los preceptos de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, los de este Reglamento y los de las demás disposiciones que la desarrollen serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.

2. [...]

No serán aplicables los preceptos mencionados a los caminos, terrenos, garajes, cocheras u otros locales de similar naturaleza, construidos dentro de fincas privadas, sustraídos al uso público y destinados al uso exclusivo de los propietarios y sus dependientes".



Pero vuelvo a repetirme, la mejor opción es la baja temporal puesto que te ahorras sí o sí el IVTM, que de otra forma te reclamarán en vía ejecutiva aunque vendas o des de baja el vehículo después.

Saludos.
Paco.
 
Última edición:
Volviendo al tema de la venta(no digo que no sea importante)
Raúlon. Tienes la tija superior y el manillar
 
Volviendo al tema de la venta(no digo que no sea importante)
Raúlon. Tienes la tija superior y el manillar
Gracias a todos por participar, voy a darla de baja directamente y me quito de complicaciones. Sin duda he aprendido mucho.

Juanjo, sí aún lo tengo, si quieres subir tu S un poco, hazme una oferta y lo vemos.
Saludos
 
Creo que la discusión no lleva a ningún sitio, el mejor consejo para raulon es que la de de baja temporal.

Los FCS pueden multar por lo que crean conveniente, para muestra un botón:

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Y por esta misma regla de tres te pueden multar por tener un coche dado de baja sin tenerlo asegurado puesto que la legislación (RDL 8/2004) dice expresamente en su artículo 2:

"Artículo 2 De la obligación de asegurarse
1. Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo 1."


Es decir, que eso de que "si está de baja temporal" no hay que asegurarlo pues tampoco viene en la norma así reflejado, es más, en todo el texto del RDL no aparece la palabra "baja" ni una sóla vez, así que podemos interpretar que sólo con tener la posesión del vehículo a motor, ande o no ande, esté dentro o fuera de la cochera, estás obligado a tener seguro si lees la norma al pie de la letra.

Pero te aseguro que para estas leyes existen interpretaciones y manuales para las FCS, que por desgracia no son públicos, y que establecen qué y cuando se debe sancionar, y para un vehículo sin seguro en un recinto de uso particular, no es necesario seguro. ¿Qué te multan? pues tienes base para recurrir.

Porque el RD 1428/2003 (Reglamento General de Circulacióin), que no ha sido derogado por otro posterior, dice:
"Artículo 1. Ámbito de aplicación.

1. Los preceptos de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, los de este Reglamento y los de las demás disposiciones que la desarrollen serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.

2. [...]

No serán aplicables los preceptos mencionados a los caminos, terrenos, garajes, cocheras u otros locales de similar naturaleza, construidos dentro de fincas privadas, sustraídos al uso público y destinados al uso exclusivo de los propietarios y sus dependientes".



Pero vuelvo a repetirme, la mejor opción es la baja temporal puesto que te ahorras sí o sí el IVTM, que de otra forma te reclamarán en vía ejecutiva aunque vendas o des de baja el vehículo después.

Saludos.
Paco.

Perdona , hoy he preguntado esto en la guardia civil de tráfico y me dicen que no, que sí el vehículo esta dado de alta tiene que tener seguro, esté donde esté. He ido a arreglar unos papeles de mi coche y me acorde de esta discusión y pregunté... Me dan varios ejemplo de la necesidad del seguro... Imagina que el coche explota en tu propiedad pero daña a alguien o algo de la propiedad colindante?... Fue uno de los ejemplo más claros que me dio!!
 
Perdona , hoy he preguntado esto en la guardia civil de tráfico y me dicen que no, que sí el vehículo esta dado de alta tiene que tener seguro, esté donde esté. He ido a arreglar unos papeles de mi coche y me acorde de esta discusión y pregunté... Me dan varios ejemplo de la necesidad del seguro... Imagina que el coche explota en tu propiedad pero daña a alguien o algo de la propiedad colindante?... Fue uno de los ejemplo más claros que me dio!!

Hola Sitoleon.

Ya te dije que unos te dirán una cosa y otros otra puesto que cada uno "interpreta" la norma como mejor le va. ¿Qué pasaría si ese vehículo estuviera dado de baja temporal ya es imposible que explote? Es un ejemplo bastante pobre y claramente el criterio de ese guardia civil al que preguntaste.

Saludos.
Paco.
 
Yo creo que no es cuestión de interpretación.. La norma es muy clara, es cuestión de que sí no sacas el coche a la calle y no te paran, no te van a multar. Tu argumento va en este sentido, y tienes razón ... No te multan sí no lo sacas a la calle porque no cruzan datos. Pero una cosa es la norma y otra la costumbre...
Y en lo que respecta al ejemplo anterior, sí tu coche está de baja temporal y explota y daña a alguien, agárrate los machos porque te van a quitar hasta los calzoncillos!!.

Saludos.
 
Buenas si vendes los puños calefectables con su piña y cableado estoy interesado, dime cuanto quieres y como lo hacemos. Y si el caballete vale para la f800r del 2010 tambien. espero tu respuesta. un saludo
Hola. No se si le has comprado los puños. Pero yo tengo unos en casa. Que me compre de segundamno y al final arregle los que tenia.
Si estas interesado mi mail es: ricardet_501@hotmail.com

Adew
 
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