Deuda con SS. Nómina 'afectada' y motocicleta con embargo.

JordiK

Curveando
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Hola buenas.

Un compañero de trabajo tiene una deuda con la SS.

Ha llegado a un acuerdo para que le rebajen una cierta cantidad cada mes de su nómina, hasta que haga efectiva la deuda.

Al mismo tiempo, se encuentra que la moto que está a su nombre (y posiblemente un coche que está a su nombre también) tienen un embargo, pero según él, sigue siendo él el depositario y hasta podría venderla y cambiarla de nombre.

Comenta que si ya ha llegado a un acuerdo con la administración para que le rebaje cada mes de la nómina una cierta cantidad, la administración no debería embargarle los bienes a su nombre. Dice que es ilegal, y como no tiene tiempo ni dinero para denunciar, pues que la cosa se queda así.

¿Es correcto lo que comenta?

Pretende vender la moto y transferirla pero, en el caso de que pudiera, ¿cómo le explicas al que compra que está embargada y qué efectos puede tener?.

Un saludo y gracias por los comentarios
 
Si en trafico consta como embargada, el comprador no va ha poder hacer la transferencia a su nombre, y por lo tanto no se puede vender, por eso es muy importante en toda compra-venta entre particulares, pedir el informe del vehiculo en cuestion a trafico, cuesta unos 8 €, pero merece la pena.
 
Pregunto, porque no entiendo, pero... ¿podría ser una especie de embargo preventivo por si fallara alguno de los pagos que ya tiene comprometidos?
Algo así como una reserva de dominio hasta la total cancelación de la deuda.
 
Entiendo que si tienes ya un acuerdo con lo de tu nómina para zanjar la deuda, todo lo demás podría sobrar...

Aunque vuelvo a repetir, desconozco si esto es así. Si pueden embargarte tus bienes teniendo la nómina afectada, y en caso de ser así, si es un tipo 'especial' de embargo que te permita vender y transferir.

Un saludo
Jordi
 
Si en trafico consta como embargada, el comprador no va ha poder hacer la transferencia a su nombre, y por lo tanto no se puede vender, por eso es muy importante en toda compra-venta entre particulares, pedir el informe del vehiculo en cuestion a trafico, cuesta unos 8 €, pero merece la pena.

Solamente en caso de precinto es cuando no puedes transferirla, el precinto es que la administración te ha indicado que tienes que entregarla para subasta, solo se suele hacer en casos extremos.

Si compras una moto embargada se puede transferir y el nuevo propietario será responsable de ese embargo a partir del momento de la compra, si se sigue sin saldar la deuda y se dicta precinto deberá entregar la moto. Como bien dices es importante antes de comprar pedir informe a trafico, si sale cualquier anotación no se debe realizar la compra hasta tener certificación de que se han levantado los embargos, reservas de dominio o lo que fuere.

También podría darse el caso de que en trafico no constara nada pero si un embargo en el registro de bienes muebles, no es lo habitual pero a veces pasa.
 
Hola buenas.

Un compañero de trabajo tiene una deuda con la SS.

Ha llegado a un acuerdo para que le rebajen una cierta cantidad cada mes de su nómina, hasta que haga efectiva la deuda.

Al mismo tiempo, se encuentra que la moto que está a su nombre (y posiblemente un coche que está a su nombre también) tienen un embargo, pero según él, sigue siendo él el depositario y hasta podría venderla y cambiarla de nombre.

Comenta que si ya ha llegado a un acuerdo con la administración para que le rebaje cada mes de la nómina una cierta cantidad, la administración no debería embargarle los bienes a su nombre. Dice que es ilegal, y como no tiene tiempo ni dinero para denunciar, pues que la cosa se queda así.

¿Es correcto lo que comenta?

Pretende vender la moto y transferirla pero, en el caso de que pudiera, ¿cómo le explicas al que compra que está embargada y qué efectos puede tener?.

Un saludo y gracias por los comentarios

Ummmmmmmmmmm

Sólo tu amigo sabe en que condiciones ha negociado un aplazamiento fraccionado del pago, lo que ha pactado y en que condiciones con el servicio de Recaudación de la Seguridad Social.

Si ha propuesto como garantía y le han aceptado el embargo de los vehículos, se me hace rara de narices su queja de que es un abuso, que mire usted, que si tuviera tiempo y dinero los denunciaría....

Igual te lo está contando de esas maneras y el embargo de los vehículos está sustituyendo otro tipo de aval para el aplazamiento, vaya usted a saber ( bueno tu amigo lo debería saber).

Manuel
 
Última edición:
Por cierto si tu amigo vende el coche con el embargo sin avisar al comprador, en mi humilde opinión es un HDP.

Lamentablemente y como ha dicho Desertspotter, se puede hacer la transferencia de un vehículo con un embargo, el funcionario de Tráfico lo ve en su pantalla pero no tiene obligación de decirtelo. De ahí la importancia de hacer la consulta de los 8 euros para saber si el coche o la moto están libres de cargas.

Manuel
 
Hasta que no liquide la deuda en su totalidad tendra todo embragado, de esta manera la SS se asegura que cobrara si o si, es como una especie de fianza como cuando alquilas un piso, si en trafico figura como embargada no la podra vender, es mas si llegara a venderla el comprador no podria ponerla a su nombre ni circular con ella. Mientras pague las cuaotas a las que llego un acuerdo con la SS no tendra problema, pero como se le ocurra retrasarse un solo mes le ejecutan , el embargo de los vehiculos.
 
Hasta que no liquide la deuda en su totalidad tendra todo embragado, de esta manera la SS se asegura que cobrara si o si, es como una especie de fianza como cuando alquilas un piso, si en trafico figura como embargada no la podra vender, es mas si llegara a venderla el comprador no podria ponerla a su nombre ni circular con ella. Mientras pague las cuaotas a las que llego un acuerdo con la SS no tendra problema, pero como se le ocurra retrasarse un solo mes le ejecutan , el embargo de los vehiculos.


.....perfecta explicación, ese es el motivo de que conste la anotación de embargo, la SS siempre se guarda una bala en la recámara......
 
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