Duda con la limitacion de una f 800S

selumlg

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Estoy a punto de comprar una F800 S de segunda mano que no esta limitada, y mis dudas son estas.
¿alguien sabe el precio para limitarla en la misma casa BMW?
¿podria limitarla a 49 CV?
Gracias a todos ;)
 
Muy buenas y bienvenido. No estaría demás una presentación...

BMW no tiene aun kit de 48 CV por lo que tendrás que comprar el lista de Atimpex. Busca en su web y veras el precio. Si no recuerdo mal, solo el kit vale 350 € a lo que tendrás que sumar mano de obra, certificado de taller e ITV. La broma no es barata pero no queda otra, creo... ;)
 
En el capitulo de presentaciones deje la mia, es lo primero que hice amigo. Muchas gracias por tu ayuda, he hablado con atimpex y estas en lo correcto, son 350 euros mas IVA. El presupuesto total lo veo muy excesivo comparado con lo que vale limitar otras motos. Sabes si hay alguna manena de que me den el certificado de que esta limitada algun taller sin limitarla?? Y si solo cn el certificado pasa la itv ya que la moto tiene la itv hasta marzo de 2013. Gracias
 
A mi me salio la historia 114,19

En la factura me pone

Kit reductor de potencia f-800 -> 22,07€
Mano de obra, dispositivo de reduccion de potencia : desmontar o montar -> 74,70€
+IVA -> 114,19

Eso si, me ahorre los certificados por que el que desmonto el kit (moto de segunda mano) no cambio los papeles.

Lo hice en el concesionario oficial en Sevilla.
 
Los papeles en BMW valen 80 €.
son el certificado del kit que te lo da BMW y luego el certificado del montaje que te lo da el concesionario si nó no pasas la ITV.

En Málaga me han dicho Kit 360 + montaje sobre 100 € + certificado 80 € +ITV sobre 40 €.
¿alguien save si esto esta bien?.
 
Te respondo de nuevo, ha buscado la factura, y la referencia de la pieza que tengo es esta:

http://www.bmwmcchattanooga.com/pro...-throttle-cable-link/1056969/71607703184.html

Esta pieza te la deja limitada a 25 KW.

Ahora bien, kit de amtipex hay dos según su web;

B1767 para fs 2006-2010 a 25 KW para permiso A
B1870 para fs 2006-2010 a 35 KW para permiso A2

En los tres caso es un tope de acelerador.

Supongo que dependerá de lo que te quieras gastar, en mi caso, el gasto en equipamiento hizo que me decantara por el de casa, muchísimo más barato, y teniendo en cuenta que pienso quitarlo a los dos años, no me merecia la pena gastarme los 350 €.

350 € vs 22 €, vaya diferencia por 10 cv más :-?
 
Lo más económico es limitar la moto a 25 KW (34 CV) en el concesionario (aprox 200 €), pero si tienes el carné A2 solo podrás circular legalmente con la moto hasta enero de 2013, que es el plazo máximo de trasposición de la Directiva Europea por la que se rige el A2. Lo legal es limitar la moto a 35 KW (48 CV), pero hasta esa fecha, y sólo en territorio nacional, puedes llevar la moto limitada a 25 KW (34 CV).

Si puedes sacarte el carné A antes de esa fecha, yo la limitaría a 25 KW (34 CV), teniendo en cuenta que no sólo basta cumplir dos años de carné A2, sino que tendrás que obtener el A para seguir usando la moto, la deslimites o no.
 
12040D140C0D06610 dijo:
En el capitulo de presentaciones deje la mia, es lo primero que hice amigo. Muchas gracias por tu ayuda, he hablado con atimpex y estas en lo correcto, son 350 euros mas IVA. El presupuesto total lo veo muy excesivo comparado con lo que vale limitar otras motos. Sabes si hay alguna manena de que me den el certificado de que esta limitada algun taller sin limitarla?? Y si solo cn el certificado pasa la itv ya que la moto tiene la itv hasta marzo de 2013. Gracias

La verdad es que es un poco timo... por 14 kw el kit sube 100 € y debe ser exactamente lo mismo pero con un reglaje distinto...

Yo no obstante no me la jugaría... en Barcelona lis Mossos ya tienen 3 bancos de potencia portátiles a todo uso, con los que detectan este tipo de "fraudes"

La cosa se pone complicada...

Y encima cuando des limitas a pasar por caja otra vez... esto es la monda...

por cierto, es tu segundo mensaje en este hilo y tienes un total de 2 mensajes!
;) pero sin mosqueos oiga!  :D
 
0B1711410 dijo:
Lo más económico es limitar la moto a 25 KW (34 CV) en el concesionario (aprox 200 €), pero si tienes el carné A2 solo podrás circular legalmente con la moto hasta enero de 2013, que es el plazo máximo de trasposición de la Directiva Europea por la que se rige el A2. Lo legal es limitar la moto a 35 KW (48 CV), pero hasta esa fecha, y sólo en territorio nacional, puedes llevar la moto limitada a 25 KW (34 CV).

Si puedes sacarte el carné A antes de esa fecha, yo la limitaría a 25 KW (34 CV), teniendo en cuenta que no sólo basta cumplir dos años de carné A2, sino que tendrás que obtener el A para seguir usando la moto, la deslimites o no.

Según lo que tengo entendido, la limitación es para vehiculos "hasta", pero de ahí a que por fuerza tengan que estar limitar todas a 48cv y mas cuando hay fabricantes que aún no disponen de ellos.

Yo por más que leo la norma no lo interpreto que sea ilegal, es más, creo que hay un vacío, no se si puedes aclararnos un poco más el tema. Gracias.
 
4D4C585C405B464E48290 dijo:
Según lo que tengo entendido, la limitación es para vehiculos "hasta", pero de ahí a que por fuerza tengan que estar limitar todas a 48cv y mas cuando hay fabricantes que aún no disponen de ellos.

Yo por más que leo la norma no lo interpreto que sea ilegal, es más, creo que hay un vacío, no se si puedes aclararnos un poco más el tema. Gracias.

El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.

Esto es lo que dice el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Ahora bien, como ya dije, hasta enero de 2013 puedes llevarla limitada a 25 KW, pero solo en territorio nacional.
 
Hola,

Si no me equivoco la f 800 s y st son de 85cv sin limitar, por lo que pasados los 2 años del A2 en el que tienes un máximo de 49cv después puedes andar sin limitar con el A2.
De todas formas en 9 meses me saco el A cuanto antes.
Yo la tengo limitada a 34, ya que cuando la compré estaba limitada y estoy contento de haber emepazdo con ella limitada porque era mi primera moto.
un saludo
 
3F303E382B362A3E2B590 dijo:
Hola,

Si no me equivoco la f 800 s y st son de 85cv sin limitar, por lo que pasados los 2 años del A2 en el que tienes un máximo de 49cv después puedes andar sin limitar con el A2.

Estás equivocado.

Si tienes al A2, para poder conducir la moto sin limitación debes estar en posesión del carné A.

Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Art. 4.1

c) El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.

d) El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos pero hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

(...)

Art. 5.1

a) El permiso de la clase A sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares de un permiso en vigor de la clase A2 con, al menos, dos años de antigüedad.



Puedes consultar todo el texto del R.D. 818/2009 haciendo clic aquí.
 
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