Duda transferencia moto!!

lopez10000

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Hola, un amigo mio quiere comprar una moto por 3000€ y pagarla por transferencia bancaria ya que la moto se la vieron in situ y le dieron el ok para comprarla y el informe de la DGT dice que esta todo correcto. Como yo no sé qué contertarle, os pregunto? Según las tablas para el impuesto de patrimonios la valoración de la moto es de 1100€ .Si le hace la transferencia por lo que le cuesta la moto (3000€) y en el contrato de compraventa pone los 1100 que ponen las tablas .Tendra algún problema en hacerlo asi? Puede hacerlo así? Alguien lo hizo así? Saludos .
 
?Por qué iba a tener un problema por pagar por transferencia la misma cantidad en lo que la valora hacienda?

A hacienda le da igual por cuánto la vendas, con tal de que les des lo suyo, que es lo de las tablas.

Y si le transfiriera los 3000€ tampoco tendría ningún problema.

Y si no le transfiera nada, tampoco.



Hola, un amigo mio quiere comprar una moto por 3000€ y pagarla por transferencia bancaria ya que la moto se la vieron in situ y le dieron el ok para comprarla y el informe de la DGT dice que esta todo correcto. Como yo no sé qué contertarle, os pregunto? Según las tablas para el impuesto de patrimonios la valoración de la moto es de 1100€ .Si le hace la transferencia por lo que le cuesta la moto (3000€) y en el contrato de compraventa pone los 1100 que ponen las tablas .Tendra algún problema en hacerlo asi? Puede hacerlo así? Alguien lo hizo así? Saludos .

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Las tablas de Hacienda son mínimos, si pagas más el impuesto de transmisiones es más. Que haga dos, una por el valor de la moto y otra por guapo

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?Por qué iba a tener un problema por pagar por transferencia la misma cantidad en lo que la valora hacienda?

A hacienda le da igual por cuánto la vendas, con tal de que les des lo suyo, que es lo de las tablas.

Y si le transfiriera los 3000€ tampoco tendría ningún problema.

Y si no le transfiera nada, tampoco.





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Me refiero a que si hace la transferencia por 3000 y solamente para el 8% de los 1100 de las tablas ,hacienda le reclamé la diferencia ,pero eso es difícil de ver a menos que le revise la cuenta del banco al vendedor . Yo cuando compre mi moto declare lo que pactamos en el contrato de compraventa. Así nunca lo hice!!!
 
Yo siempre hago dos contratos de compraventa, uno por el importe según las tablas de Hacienda, y el otro por el importe real pero haciendo una alusión a que existe otro contrato de importe inferior simplemente con el objeto de liquidar el impuesto por su valor de tablas. el contrato que se enseña a Hacienda y en tráfico es el de valor de las tablas.

¿Porque lo hago así? pues para justificar ante una eventual Inspección de Hacienda el ingreso en la cuenta, y sobre todo cuando soy el comprador, porque si la moto tiene un defecto y hay que deshacer el contrato el vendedor puede ir de listo y devolverte solo el dinero de las tablas..... Sí, ya sé que es muy rebuscado, pero a un compañero de salidas le pasó: contrato según tablas de Hacienda por 2500 € y valor de la moto real 10.000, problema grave con la moto, se devuelve la moto y el vendedor devuelve los 2500 que es lo que pone en el contrato....
 
Yo siempre hago dos contratos de compraventa, uno por el importe según las tablas de Hacienda, y el otro por el importe real pero haciendo una alusión a que existe otro contrato de importe inferior simplemente con el objeto de liquidar el impuesto por su valor de tablas. el contrato que se enseña a Hacienda y en tráfico es el de valor de las tablas.

¿Porque lo hago así? pues para justificar ante una eventual Inspección de Hacienda el ingreso en la cuenta, y sobre todo cuando soy el comprador, porque si la moto tiene un defecto y hay que deshacer el contrato el vendedor puede ir de listo y devolverte solo el dinero de las tablas..... Sí, ya sé que es muy rebuscado, pero a un compañero de salidas le pasó: contrato según tablas de Hacienda por 2500 € y valor de la moto real 10.000, problema grave con la moto, se devuelve la moto y el vendedor devuelve los 2500 que es lo que pone en el contrato....
Cirano, y en el segundo contrato que cláusula a mayores le pones. Como se redacta esa cláusula?
 
Yo siempre hago dos contratos de compraventa, uno por el importe según las tablas de Hacienda, y el otro por el importe real pero haciendo una alusión a que existe otro contrato de importe inferior simplemente con el objeto de liquidar el impuesto por su valor de tablas. el contrato que se enseña a Hacienda y en tráfico es el de valor de las tablas.

¿Porque lo hago así? pues para justificar ante una eventual Inspección de Hacienda el ingreso en la cuenta, y sobre todo cuando soy el comprador, porque si la moto tiene un defecto y hay que deshacer el contrato el vendedor puede ir de listo y devolverte solo el dinero de las tablas..... Sí, ya sé que es muy rebuscado, pero a un compañero de salidas le pasó: contrato según tablas de Hacienda por 2500 € y valor de la moto real 10.000, problema grave con la moto, se devuelve la moto y el vendedor devuelve los 2500 que es lo que pone en el contrato....
Totalmente de acuerdo. También para evitar ese problema yo guardo a buen recaudo todos los correos o mensajes cruzados con el vendedor donde se deja claro el importe REAL de la compra. Eso que comentas lo comparto plenamente.
 
si haceis dos contratos y hay problemas con el vehiculo , cual reclamais la devolucion el entregado a DGT y hacienda , o el otro, ya que le tendreis que sumar lo que os haya cobrado hacienda si pedis la nulidad del contraro no?

mucho lio hacer dos contratos , a mi parecer.
 
Las motos pagan por cilindrada y año de matriculación independientemente del valor real de la operación. Que le haga la transferencia por el valor real y luego que pague el impuesto que corresponda a Hacienda. En algunas comunidades los vehículos con determinada antigüedad no pagan el impuesto de transmisiones patrimoniales, por ejemplo en Cataluña a partir de los 10 años.
 
Para pagar el impuesto de transmisiones, te piden copia del contrato de compra-venta de la moto.

Si el valor del contrato es superior al valor de las tablas oficiales, pagas más, según el valor que indica el contrato....
Si el valor del contrato es inferior al valor de las tablas oficiales, pagas el valor que se indica en las tablas oficiales...
 
Para pagar el impuesto de transmisiones, te piden copia del contrato de compra-venta de la moto.

Si el valor del contrato es superior al valor de las tablas oficiales, pagas más, según el valor que indica el contrato....
Si el valor del contrato es inferior al valor de las tablas oficiales, pagas el valor que se indica en las tablas oficiales...

Eso no es así. El documento se presenta telemáticamente y su valor lo establece Hacienda en función de la marca, modelo y antigüedad, de hecho ya no hace falta ni pasar por la JPT para hacer un cambio de nombre. A modo de ejemplo:

https://atc.gencat.cat/web/.content/documents/ov/GuiaFormulariTel620-es.pdf
 
Mi experiencia de ayer (idéntica a la de otras ocasiones) es como sigue: piden el contrato de compra-venta pero no para calcular la liquidación la cual va en función de las tablas. Yo tengo el contrato por el valor real, primero porque es la realidad y segundo porque es la mejor manera para el vendedor de acreditar la procedencia del dinero que le di en mano según sus condiciones. Bien, a lo que vamos: una Goldwing vale para Hacienda 12.000 € durante el primer año (menos de su valor de mercado después de 13 años). De ahí se calcula el 10 % que es para Hacienda su valor a día de hoy: 1200 €; y por último el porcentaje de impuesto: 4 % en Vizcaya: 48 €. Ésas son las cifras...

.
 
Preguntado por mi personalmente en la Delegación de Hacienda en Coruña el año pasado: si presentas un valor mas elevado que el de tablas tributas por ese valor, lo que se traduce en que el valor de tablas se considera como un mínimo.

No tiene mucho sentido, pero como comento es lo que me dijo a mi un funcionario de hacienda.
 
Sentido no sé pero todos los españoles íbamos a ser iguales ante la Ley, lo dijeron en la tele...
 
Gracias a todos, pero al final mi colega a pagado según el contrato de compraventa y no quiso hacer lo de los 2 contratos por miedo a Hacienda.
 
En Aragón, cuando compré la scooter en octubre 2017, me fue imposible cambiar el valor que me daba hacienda en la aplicación, que daba un valor de unos 1.000 euros, y valor de compra fue el doble, por lo que presenté el documento con el valor que daba hacienda para el scooter, y así se hizo la transferencia del vehículo, con el ITP que daba el sistema. Con el impreso, vas a tu banco, lo pagas, y luego toca ir a Tráfico a hacer la transferencia con el cambio de titular.

Sobre el contrato, lo suyo es hacer constar todos los datos lo más reales posible de todo: km de la moto, fecha efectiva en que el comprador se lleva el vehículo, precio real pagado al vendedor, estado en que se encuentra, etc. Si el vehículo es para restaurar, habrá cosas que dan igual, pero si es para usar a diario, igual no. Y por supuesto, hacer constar quién paga el ITP y la transferencia, que de todo hay.
 
Impuesto de transmisión y tasa de Tráfico van por defecto a costa del comprador salvo que se acuerde otra cosa o que el vendedor sea una empresa que incluya transferencia en el precio de venta...
 
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