ciclopebizco
Curveando
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El caso es que me han notificado el embargo de mi vehículo (un ford farra de 5 años) por... DOS MULTAS DE LA ORA!!!!!! >
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cuyo importe no excede de 75 €, recargos incluidos. Bueno, como ya ha llegado el momento de ponerme serio con esos "señores" y recurrir... a parte de lo normal (sanción en base a una denuncia voluntaria sin comprobación de los hechos, caducidad de la sanción al no existir notificación desde hace más de un año, posible responsabilidad en un supuesto delito de prevaricación del agente encargado de firmar las denuncias posteriormente en comisaría, falta de datos del denunciante, etc, etc... ), quería preguntaros... ¿es legal un embargo administrativo por parte del Ayuntamiento? ¿no es necesaria una sentencia judicial para proceder a un embargo? ¿cómo pueden embargar un bien valorado en mas de 3000 € por un importe de menos de 75 €? ¿no incurre también en prevaricación quién incoa, tramita y sanciona expedientes por este tipo de denuncias voluntarias conociendo la irregularidad o ilegalidad en que se está incurriendo por parte de sus subordinados? Creo que el Regimen Disciplinario de toda administración pública establece que "incurriran en falta grave los funcionarios que realicen actos manifiestamente ilegales odelitos.
Asimismo, incurriran en elmismo tipo defalta los superiores que lo toleren.
Incurriran en falta de menor entidad aquellos compañeros que teniendo conocimiento de los arriba expuesto, no lo denuncien o comuniquen a los superiores"... bueno, más o menos así, que no lo tengo a mano para ponerlo literalmente.
Gracias mil por la ayuda por adelantado



Asimismo, incurriran en elmismo tipo defalta los superiores que lo toleren.
Incurriran en falta de menor entidad aquellos compañeros que teniendo conocimiento de los arriba expuesto, no lo denuncien o comuniquen a los superiores"... bueno, más o menos así, que no lo tengo a mano para ponerlo literalmente.
Gracias mil por la ayuda por adelantado