En el paro y accidentado

a.cerezo

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Buenas tardes, señor@s expertos.

Les planteo la siguiente duda:

En el supuesto caso "real" de tener un accidente, sin consecuencias graves, salvo un esguince cervical, que impida la realizacion de la actividad profesional de esta persona hasta la recuperación...

Si te encuentras temporalmente en el paro desde la semana anterior al accidente por terminacion de contrato, y dicho golpe te esta impidiendo incorporarte en un nuevo trabajo y te obliga a consumir el paro acumulado.

Puesto que no tienes partes de baja medica, no se puede presentar documentación.

Como se puede reclamar esto al seguro???

Tiene la misma indemnización que el otro acompañante, que si se encuentra trabajando en esos momentos???
 
Cerezo, veo que eres de la Mutua... ¿Has intentado consultarles?

Suerte
 
Hola:

Voy a intentar contestarte a las preguntas que planteas lo más ordenadamente posible.

1. El estar en paro temporalmente no impide reclamar al seguro contrario, puesto que tú estás actualmente impedido para realizar tus ocupaciones habituales, ya seas hostelero, ama de casa o estudiante.
2. Puedes reclamar lucro cesante, beneficios dejados de obtener, siempre que demuestres documentalmente que durante el periodo de recuperación posterior al accidente, has perdido la opción de incorporarte a un nuevo trabajo, acreditándolo mediante precontrato de trabajo, documento de entrevista de trabajo, etc.
3. La baja médica la puedes obtener acudiendo a tu médico de cabecera de la Seguridad Social con el parte de urgencias.
4. Mediante el juicio de faltas o procedimiento verbal u ordinario, en función de la cuantía de la reclamación, es decir, vía penal o vía civil; en cualquiera de los dos casos intentar una reclamación extrajudicial para intentar llegar a un acuerdo y evitar el juicio.
5. Las cuantías de las indemnizaciones son iguales para ambos casos, y vienen fijadas en la Resolución de 7 enero 2007 (BOE 13/2/2007).

Y esto es lo más importante, cuidate y lleva una buena rehabilitación para que te queden las menores secuelas posibles; por último, guarda todas las facturas de gastos relacionados con el accidente, y ponte el contacto con tu compañía de seguros para que se hagan cargo de tu rehabilitación.

Mejorate y un saludo,
 
Pabernosmatao dijo:
Cerezo, veo que eres de la Mutua... ¿Has intentado consultarles?
Suerte

No he caido en preguntarles, pero luego lo hago, gracias.

oldnavitimer dijo:
Hola:

3. La baja médica la puedes obtener acudiendo a tu médico de cabecera de la Seguridad Social con el parte de urgencias.

Y esto es lo más importante, cuidate y lleva una buena rehabilitación para que te queden las menores secuelas posibles; por último, guarda todas las facturas de gastos relacionados con el accidente, y ponte el contacto con tu compañía de seguros para que se hagan cargo de tu rehabilitación.

Mejorate y un saludo,

Gracias por la información, pero del punto 3 no tengo claro como solicitar la baja médica no estando dado de alta en la seguridad social.

Saludos Alvaro.
 
a.cerezo dijo:
Gracias por la información, pero del punto 3 no tengo claro como solicitar la baja médica no estando dado de alta en la seguridad social.

Saludos Alvaro.


La indemnización que se paga por días de incapacidad es independiente de que estés da baja por la Seguirdad Social, no tiene nada que ver.

Tienes derecho a que te indemnicen los días que has estado impedido para tus ocupaciones habituales, cualquiera que estas sean, trabajar o tocarte la barriga, y los días que, sin estar incapacitado para tus ocupaciones habituales, has tardado en curar.

Por supuesto esto se aplica a todo el mundo, tenga o no Seguridad Social.

Lo que ocurre es que como la mayoría de la gente tiene Segurida Social lo habitual es contar los dias de baja de la Seguridad Social. Es lo más cómodo. No obstante, la baja de la Segurida Socialtampoco es un dato definitvo, puede discutirse, pues lo definitivo es cuantos dias has estado incapacitado realmente, independiente de lo que diga el medico de la Segurida Social.

En el caso de que no tengas Seguridad Social se tiene derecho igualmente a la indemnización por días de incapcidad. Lo que ocurre es que en ese caso habra que probarlo por otros medios. Lo mas normal. si vas a un médico particular, el informe de seguimiento de este médico.
 
Muchas gracias,

El tema es que no me parecia lógico por parte de la compañia aseguradora, no reflejar en ningun lugar, la posible indemnización para el ocupante, que se encontraba en el paro.
 
a.cerezo dijo:
[quote author=Pabernosmatao link=1173709060/0#1 date=1173715899]Cerezo, veo que eres de la Mutua... ¿Has intentado consultarles?
Suerte

No he caido en preguntarles, pero luego lo hago, gracias.

oldnavitimer dijo:
Hola:

3. La baja médica la puedes obtener acudiendo a tu médico de cabecera de la Seguridad Social con el parte de urgencias.

Y esto es lo más importante, cuidate y lleva una buena rehabilitación para que te queden las menores secuelas posibles; por último, guarda todas las facturas de gastos relacionados con el accidente, y ponte el contacto con tu compañía de seguros para que se hagan cargo de tu rehabilitación.


Ese dato yo no lo tenía. De todas formas, como te dice Jose_LF, puedes acudir a un médico particular que te dé la baja y te haga un seguimiento; en tu caso, y dadas las lesiones que padeces acude a un traumatólogo para que te firme la baja, siga tu tratamiento, y una vez hayas terminado, bien por curación o bien por estabilización de las secuelas o daños, debes acudir al un médico de valoración de daño corporal para que valore tus secuelas y a la vista de los informes contabilice los días de baja (hospitalización, impeditivos y no impeditivos pero en tratamiento). Una vez tengas ese informe, acude a un abogado para que formalice la reclamación económica.

Un saludo, y lo dicho, lo primero, la salud,

Mejorate y un saludo,

Gracias por la información, pero del punto 3 no tengo claro como solicitar la baja médica no estando dado de alta en la seguridad social.

Saludos Alvaro.
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