Estoy cabreado---tengo la foto

Hola Jean Luc,vaya putada,
Parece ser que el radar está homologado pero tiene obligacion por decreto pasar revisiones y actualizarlo.......como una especie de ITV para radares,enteraté de este dato,es importante.
El multastar no diferencia entre campos de distancia,el de las nacionales si que los diferencia ,incluso cuando vienes y los de pistola tambien diferencian las distancias.
Pienso que dos coches en paralelo no es legal.
Paga con la bonificación pero reclama.Suerte
;)
 
Santi, es que ahora si pagas con bonificacion no puedes recurrir.

Es una nueva modalidad de chantaje emocional:
recurres y te la juegas o pagas con el 50% y no puedes recurrir. >:( >:( >:( >:( >:( >:(


Nino, he puesto el tema tambien en "consultas legales" pero no parece levantar pasiones :-/ :-/
 
qué mala suerte. A mí, en Valencia capital, me pararon con radar móvil a 82 kmh. Me dijeron que si quería la foto. Les pregunté cuánto era la multa y me dijeron que 100€ con reducción de 30% por pronto pago. Pagué 70€ en el mismo día y no hubo puntos de sanción.
Además me avisaron de que en Valencia, los radares, en vías de hasta 50 kmh, saltan a 70 kmh.
Veo que tuve suerte.
Lo de la foto con dos vehículos también me suena que no es denunciable
 
Hola Jean Luc, he encontrado esto por internet y viene de aqui, es un "recurso de alzada":

http://www.foromultas.com/viewtopic.php?f=3&t=21244&sid=23f5a7c821909fdd44eceeaf77188ed1


Lo revisamos con calma... y vemos que se puede hacer con ello...



AL MINISTRO DEL INTERIOR

Don (), mayor de edad, vecino de (), con domicilio en (), y titular del D.N.I núm. (), en expediente sancionador núm. () tramitado por el (), ante el órgano al que me dirijo comparezco, y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que por el presente escrito, y dentro del plazo legal conferido de un mes, vengo a formular RECURSO DE ALZADA, conforme al art.17 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por RD 320/1994 de 25 de febrero con las modificaciones introducidas por el RD 318/2003 de 14 de marzo, contra la resolución dictada por () con fecha de () de () de () por la que (), en base a las siguientes,

ALEGACIONES

Que con fecha de () de () de () se me notificó boletín de denuncia por la supuesta infracción del art.*** del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por RD Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, teniendo presentes las reformas sobre el mismo por la Ley 19/2001 de 19 de diciembre y del art.3 del Reglamento General de Circulación aprobado por RD 13/1992 de 17 de enero y modificado por RD 1428/2003 de 21 de noviembre, que lo desarrolla reglamentariamente, sanciona (Poner el motivo de la denuncia) **********
Que esta parte conforme al art.12 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su momento, dentro del plazo legal conferido de 15 días, presentó escrito de alegaciones y proposición de pruebas impugnando la imputación realizada en el boletín de denuncia.
Que los hechos contenidos en el boletín de denuncia, sobre los que se sostiene la imputación de la infracción administrativa, no se corresponden con la realidad tal y como se expuso en el escrito alegaciones y proposición de pruebas que se presentó en su momento, siendo los hechos realmente acaecidos los siguientes:

(exponer).

Que se han infringido en la resolución que se recurre los siguientes principios de la potestad sancionadora sancionados en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre. Así:
Se vulnera el principio de tipicidad sancionado en el art.129 de dicho cuerpo legal, teniendo en cuenta las modificaciones introducidas sobre este precepto por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre, de medios para la modernización del Gobierno Local, ya que se ha impuesto una sanción por un hecho no constitutivo de infracción administrativa.
Se viola el principio de responsabilidad previsto en el art.130 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece que sólo pueden ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de los mismos, así como en el art.72 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en el que se establece que "la responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta ley recaerá directamente en el autor del hecho en que consita a la infracción", ya que se le imputa la infracción administrativa a una persona no autora de los hechos que constituyen la infracción.
Se vulnera el principio de proporcionalidad sancionado en el art.131 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a lo siguiente:
Que la sanción de multa acordada es excesiva, al no ajustarse a lo dispuesto en el art. 68 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, por no ser graduada a la gravedad y trascendencia del hecho, ni a los antecedentes del infractor, ni al peligro potencial creado, teniendo en cuenta los hechos realmente ocurridos, y la inexistencia de antecedentes en mi persona.


Que en la resolución que se impugna se han infringido principios del procedimiento sancionador, sancionados en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre, conforme a lo siguiente:
En el expediente el órgano instructor coincide con el sancionador, siendo obligada, conforme al art.134 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la separación entre la fase instructora y la sancionadora, encomendándolas a órganos distintos.


"Que no se han respetado los derechos que la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su art.135 reconoce a los presuntos responsables, ya que:
Esta parte no fue notificada en su día de los hechos que se le imputaban, ni de las infracciones que tales hechos pudieran constituir, ni de las sanciones que se les pudiera imponer, así como tampoco la identidad del instructor, ni de la autoridad competente para imponer la sanción, ni de la norma que atribuya tal competencia.
Que como consecuencia de lo anterior a esta parte se le ha privado del trámite de presentación de alegaciones y proposición de pruebas para su defensa. Trámite al que se refiere el art.12 del Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial."


Que se ha violado el principio de presunción de inocencia, conforme a lo establecido en el art.137 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
Al otorgarse valor probatorio a los hechos alegados por los funcionarios sin tenerse en cuenta las pruebas realizadas en el expediente sancionador a petición de esta parte.
Al ser rechazadas las pruebas (pericial, testifical…) por el órgano instructor mediante resolución no motivada, ya que la fotografía aportada como prueba de la supuesta infracción cometida por el denunciado, no ofrece las suficientes garantias legales que permitan determinar con seguridad el presunto responsable de la infracción, ya que en la misma, aparece un vehículo circulando paralelo al mio, haciendo imposible determinar con la seguridad suficiente, que vehículo es el que comete la supuesta infracción.


Que la resolución que se impugna no ha sido motivada ni resuelto todas las cuestiones planteadas en el expediente, aceptando hechos distintos de los determinados en el curso del procedimiento, violando lo dispuesto en el art.138 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no habiendo indicado en la contestación a mi recurso anterior, en que pruebas se basa el agente para atribuir la infracción a uno u otro vehículo, vulnerando con ello, la presunción de inocencia que me reconoce la ley.


"Que habiendo recaído la resolución impugnada con posterioridad a seis meses desde la iniciación del procedimiento, procedía el archivo de las actuaciones conforme a lo establecido en el art.20.6 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por RD 1398/1993 de 4 de agosto.
Que el órgano competente para resolver no ha tenido en cuenta las prueba/s (pericial, testifical….) practicada/s en el expediente sancionador consistente/s en () por la/s que quedaba plenamente demostrada la improcedencia de la imputación realizada.
Por todo lo expuesto,

SOLICITO, Que se tenga por presentado este escrito, se admita, y se tenga por formulado, en tiempo y forma, RECURSO DE ALZADA contra la resolución dictada con fecha de () de () de () por () por la que (), y se dicte resolución por la que se declare haber lugar al recurso acordando la inexistencia de la infracción que se me imputa, y para el caso de que no se acuerde solicito de forma subsidiaria la reducción de la sanción de multa y de suspensión del permiso o licencia de conducción impuesta en base a los motivos expuestos en el presente escrito.

Por ser justicia que solicito en () a () de ().
 
dependiendo que el radar sea movil ó fijo si es fijo de estos que tenemos enganchados en casi,, bueno en todos los sitios de España

estos llevan unos detectores, no recuerdo bien si son fotoelectricos ó ultrasonidos, que dependiendo que carril sea salta, y salen uno ó varios carriles pero solo denuncian al infractor

siendo un radar movil este esta calibrado en una posicion y al vehiculo que pasa en ese determinado momento y con una longitud bastante considerable

tengo entendido que si salen dos vehiculos no es procedente pero si la foto esta hecha con vehiculo movil basta la palabra del agente pera decir cual era el infractor pues segun la ley ante cualquier duda prevalece la palabra del agente

asegurate bien del movimiento que quieras tomar el descuento es muy importante, los puntos hasta que no se paga no te los quitan, y si eres R que R iras hasta el maximo y sera un juez quien diga si tienes ó tienen razon, lo unico que vas a perder es el decuento y bueno y algo que te va a encarecer la multa si no tienes suerte

pero yo tambien recurriria, como te dicen, tu de 50Km no pasaste, siempre respetas la ley, y eso el juez tambien lo valora y no siempre ganan los agentes tu mismo y que tengas suerte

javi
 
Lo que dices Victor tiene sentido porque me han parado a mi y no al coche, otra cosa seria en el caso de un radar fijo donde nadie puede discriminar en el momento.

Conozco una persona que , espero, me podrá informar pero esta de vacaciones y volverá la semana que viene.

Le preguntare sobre el tema de 2 vehículos en la misma foto y sobre la aplicación del margen de error a la velocidad que aparece en la foto.
 
303C3B372439223F3A3A39560 dijo:
dependiendo que el radar sea movil ó fijo si es fijo de estos que tenemos enganchados en casi,, bueno en todos los sitios de España 

estos llevan unos detectores,  no recuerdo bien si son fotoelectricos ó ultrasonidos,   que dependiendo que carril sea  salta,  y  salen uno ó varios carriles  pero solo denuncian  al infractor

siendo un radar movil   este esta calibrado   en una posicion  y   al vehiculo   que pasa  en ese determinado momento  y con una longitud   bastante considerable

[highlight]tengo entendido que si salen dos vehiculos no es procedente pero si la foto esta hecha con vehiculo movil basta la palabra del agente pera decir cual era el infractor pues segun la ley ante cualquier duda prevalece la palabra del agente[/highlight] 

asegurate bien  del movimiento que quieras tomar  el descuento es muy importante,  los puntos  hasta que no se paga no te los quitan,  y si eres  R que R iras  hasta el maximo y sera un juez quien diga si tienes ó tienen razon, lo unico que vas a perder es el decuento y bueno  y algo que te va a encarecer la multa  si no tienes suerte

pero yo  tambien recurriria,   como te dicen,   tu de 50Km no pasaste,  siempre respetas la ley,   y eso el juez tambien  lo valora  y no siempre ganan  los agentes tu mismo y que tengas suerte

javi

La presuncion de veracidad del agente es cuando no hay imagenes de por medio, en el caso que nos ocupa hay una imagen, y bien clara, donde se ven 2 vehiculos, y no se puede determinar univocamente que vehiculo iba con exceso de velocidad.

JL, en tu seguro no tienes el servicio de reclamacion de multas? si lo tienes llamales y preguntales.

Salut i Vsss
 
Yo diria que el radar da la velocidad que detecta, sin aplicar ningun margen de error, luego en la sancion es donde se debe aplicar, preguntalo.

Saludos
 
Pues yo no lo tengo tan claro...El radar esta para eso, por mucho que el agente de turno diga esto o lo otro...Como puede saber quien iba mas rapido, por el viento, por tu cara de velocidad?jajajja

No se, yo creo que si salen dos vehiculos no es valida, pero quien sabe con estos "ladrones".

Suerte.
 
!Vamos!!, yo diría con seguridad que el que va a 82 Km/h es la lata....y haber quien dice lo contrario...que lo demuestre!!Y encima agente, el muy c.... me adelantó por la derecha!!! ;)...
 
2D2F3C22213D2A2B22213C2B3D2B2D262F4E0 dijo:
!Vamos!!, yo diría con seguridad que el que va a 82 Km/h es la lata....y haber quien dice lo contrario...que lo demuestre!!Y encima agente, el muy c.... me adelantó por la derecha!!! ;)...


;D ;D ;D ;D ;D ;D Muy bueno, que crack!! ;)
 
os relato mi opinion

aqui la cuestion no es si iba la moto ó el coche a exceso de velocidad

si la multa la pone el agente y los agentes que estaban delante paran a la moto

no hay mas que hablar la multa va dirigida a tu persona JL de echo firma el agente que te entrega la denuncia y su compañero como testigo

puedes recurrir estas en tu derecho y piensa que la denuncia va en primer lugar al agente y dependiendo de como hagas el recurso, el lo puede zanjar ó hace que siga hacia delante la denuncia en una palabra

apelas a su bondad se que vas a decir que no debia ser asi pero es lo que hay

a mi padre hace un mes mas ó menos le multaron con el radar en sentido contrario y le vino la denuncia firmada por el agente y con la retirada de 3 puntos nos estuvimos informando un poco y no se podia hacer nada pagar y joderse

pensamos que el agente que esta en el coche no hace nada mas que avisar a los que estan delante para que paren y notifiquen al infractor pues estamos muy equivocados puede parar multar y hacer muchas cosas dado que es un guardia civil y esta de servicio

habiendo en este foro algun agente bien sea del cuerpo que sea es lo mismo puede atestiguarlo

sabemos que es la hostia pero es asi

lo siento JL en ser tan directo pero darte falsas esperanzas, ..........................

prefiero decirte como son las cosas en realidad


javi
 
7C7E6D73706C7B7A73706D7A6C7A7C777E1F0 dijo:
!Vamos!!, yo diría con seguridad que el que va a 82 Km/h es la lata....y haber quien dice lo contrario...que lo demuestre!!Y encima agente, el muy c.... me adelantó por la derecha!!! ;)...

......Y ¿que hacias circulando por la izquierda, guapo?, te puede responder el agente ;D ;D ;D

Mañana por la mañana voy a trafico (Valencia) a recoger un retrato mio.
Me he enterado porque , esta tarde, me ha llamado a casa una comercial de una empresa que recurre sanciones.
Se ve que consultan, a diario, un listado que publica trafico y localizan a los propietarios para ofrecernos sus servicion.
Ya veremos como queda la cosa :-/
 
La verdad es que os agradezco a todos el interés que tenéis hacia mi situación y que demuestra una vez mas la calidad de todos los foreros.

Si la cosas no hubieran cambiado es decir pagas con el 50% y luego recurres no habría ninguna duda pero como lo dice Victor, es de mi bolsillo que tienen que salir 200€ o 400€, y ahora o pagas o recurres y si recurres y el recurso no es admitido pagas el máximo.
Por lo tanto quiero decidir con la cabeza fría.

La semana que viene podre (eso espero) hablar con una persona de bastante autoridad en la policía local de aquí y espero que podrá informarme sobre el tema de dos vehículos en la misma foto y también sobre la aplicación del margen de error en relación a la velocidad que aparece en la foto.

En función de lo que me dirá decidiré y os informare porque son cuestiones que interesan a todos y en particular a todos los que os habéis molestado en opinar o aconsejarme.
 
No pueden hacer nada, el redar multanova no detecta cuando dos vehiculos van en paralelo cual de los dos lo ha hecho saltar, el radar funciona por efecto doppler, sale la señal en forma de embudo de menos a mas por ello cuando lo hacen saltar y circulan dos vehiculos paralelos no saben cual le ha hecho saltar, otra cosa es que el agente al ver que salta el radar ve que vehiculo ha sido si hay en ese momento un claro adelantamiento, lo notifica al compañero que se encuentra un poco mas adelante.Eso si ahora es tu palabra contra la del funcionario que recibe la reclamacion, tu puedes decir que circulabas a la velocidad maxima permitida, y en ese momento el vehiculo que aparece en la foto te adelantaba por la derecha.........pero yo no he dicho nada que luego todo se sabe

un saludo
Jesus
 
7670116E0A093C0 dijo:
Pues eso, hace media hora me ha pillado el radar municipal con foto.
Iba perdido entre dos poligonos industriales de Zaragoza en busca de una junta para mi bomba de freno de la R65 y veo un municipal en el borde de la acera.
Pienso tengo suerte y me va a indicar lo que busco.
Sorpresa, era el que me esperaba porque un opel break gris matricula GTN acababa de pillarme.
Me dice que iba a 82km/h en un sitio limitado a 50.
Total multa de 400€ y 4 puntos de carnet.
Estoy CABREADO con mi mismo por ir tan de prisa ( la verdad pensaba que iba a mas de 50 pero 82????...)y con ellos porque el lugar no presenta peligro para nadie.

Sabeis si puedo hacer algo para aliviar cuantia y puntos.

Bueno os dejo que voy a que me quitan una muela. Hoy no es mi dia >:( >:( >:( >:(


Sin ánimo de hacerte un lío, te pongo más opiniones de diferentes foros:


windows
03-May-2007, 15:30



Son ellos los que tienen que demostrar la infracción, no tu el que tiene que demostrar que no la has cometido, hasta que no veas la foto no se paga y cuando la veas, si aparece otro coche, no hay multa y se tira a la basura la foto, te tienen que demostrar que es tu coche y no el otro y en una foto que aparezca otro coche no se como lo van a hacer.

Y pagarás solo cuando ayas agotado todos los recursos, sino estás reconociendo que ellos tienen razón y ahí si tienen pruebas.

Y como ya han comentado por aquí, hasta que no pasa de 21 km/h no tiene retirada de puntos.

Salu2 y suerte.


Más opiniones

http://www.audisport-iberica.com/foro/index.php?/topic/142242-multa-de-radar-a4/

Hola, bueno te daré mi opinión al respecto. Lo mejor para que no nos denuncien es respetar los limites pero una vez denunciados puede ser que se trate de un error o no.

Por la foto deduzco que te ha cazado un Multanova, seguramente uin 6FM, eso es una ventaja porque no es tan preciso como los láser, si fuera un Lidar o un Autovelox, olvídate porque distingue perfectamente un carril de otro y sabe cual es el vehículo infractor.

Siendo un multanova tendrías alguna posibilidad con un Multanova estático, pero me da la impresión que te han cazado directamtne desde el coche de la policiía, con lo cual si los llevas a juicio se presentarán los policias para atestiguar que en efecto el radar saltó con el paso de tu vehículo y que tu eras el que circulaba con manifiesto exceso de velocidad. El tema no es tan sencillo. Puedes probar a recurrir en via administrativa, pero no me arriesgaría a llevar esa foto al Juzgado porque la infracción seguramente habrá sido presenciada directamente por los agentes y te arriesgas a pagar las costas del juicio.

Ahora tu decides.


Analizando la foto en laboratorio se puede saber cual iba mas rápido, porque se verá mas borroso que el que iba mas despacio.

Aunque a simple vista el flash congela la imagen "perfectamente" ampliando suficientemente los margenes de partes bien iluminadas de ambas motos se vería una mas borrosa que la otra.

Pero no te comas el coco, no pueden multar a ambos si no pueden demostrar cual de los dos o si ambos sobrepasabais la velocidad.

Quizá se riera porque el ya sabía que la foto era nula.

No te comas el coco.

Y en el peor de los casos cualquier abogado con el que trates que sea medio bueno puede argumentar el tema correctamente.

Ante la duda no pueden multar a los dos.






[highlight]A ver si todo, se te soluciona satisfactoriamente. Y si no., tómatelo con humor.[/highlight]
Saludos

La multa
• ¡¡Me han puesto una puta multa ..y no sé porqué!!
• Quieren que pague 1000 € de multa y me quieren retirar el carné, no sé cuanto tiempo....Dicen que me hicieron la foto esa que te sacan desde la cuneta o desde el coche camuflado, ¡¡¡los muy capullos..!!!

• Claro que yo he puesto un recurso... Pero creo que no va a servir de nada.
• Me han enviado la foto a casa, y claro, ante las evidencias... ¡¡ RESIGNACIÓN!!
• Por lo menos la puedo mandar a mis amigos y reírnos un rato.
• Así que te mando la dichosa foto, que según ellos, dicen que voy con exceso de velocidad.
• ¿En qué se basarán para decir eso?

Al parecer en ésto de aquí abajo

                                          
http://img688.imageshack.us/img688/420/imagen1jhc.jpg[/quote]
 
Si no me confundo es una via urbana de dos carriles en la misma direccion.

Preguntale a este hombre que comentas Jean Luc, pero yo diria que la prueba no es valida de "base", se puede decir que los dos vais a la misma velocidad, que el va mas lento (a 50km/h) o que tu vas mas lento (a 50km/h) y la que nos vale es esta ultima...

Por preguntar no perdemos nada... mientras estemos a tiempo.

Un abrazo y animo con ello JL.
 
Mira colega, esa como decimos aquí te la comes con papas.
El mes pasado, a las 5 de la tarde, con un sol que te cagas, al incorporarme a la autovía con mi gs me paró la pareja que estaba bajo un paso elevado.
Buenas tardes, ¿sabe usted por que le paramos?
-pues no.
-Lleva usted el alumbrado de cruce apagado.
-¡vaya, no me he dado cuenta, de día no veo la luz!(las cinco de la tarde)
 
Perdonad pero me equivoqué de tecla con la emoción, bueno sigo:

Me piden los papeles, todo en regla, que si de cuanto es, que que máquina mas chula, bla bla y al final me dan un papelito que dice que a pagar 200 euros y que lo mismo tenía puntos.

¿200 euros por llevar la luz apagada, de día, en una vía de único sentido y a las 5 de la tarde en verano?, si llego a ir bebido, exceso de velocidad y sin seguro me pegan dos tiros amarrao al pilar.

Yo no digo ná, pero no olvido una cara.Paga y calla.
 
063933243F220261606004500 dijo:
[quote author=5B594A54574B5C5D54574A5D4B5D5B5059380 link=1315988887/64#64 date=1316714563]!Vamos!!, yo diría con seguridad que el que va a 82 Km/h es la lata....y haber quien dice lo contrario...que lo demuestre!!Y encima agente, el muy c.... me adelantó por la derecha!!! ;)...

Pues tú dirías todo lo que quieras, pero si el agente ha visto que uno adelantaba a otro, no va a servir de nada todo lo que digas, sólo para que tus afirmaciones sean tildadas de "falsas", a no ser que presentes algún tipo de prueba inequívoca que certifique tu versión de los hechos. [highlight]No se puede discutir con un agente de policía; en caso de palabra contra palabra, la que prevalece es la de la autoridad.
[/highlight]
Ya sé que todos tenemos buen número de frustraciones y de cuentas pendientes con algún "poli malo y corrupto"; pero hay que darse cuenta de que aquí lo que tenemos es a JL-R65 pidiendo consejo o buscando consuelo o ambas cosas; no demos rienda suelta a nuestras fantasías belicosas y seamos sensatos, pensando lo que de verdad haríamos si la cartera que va a sufrir fuera la nuestra ::)[/quote]

En el país en el que vivo TODOS somos iguales ante la ley....¿La palabra de un agente de la autoridad tiene má valor que la tuya?...No te lo crees ni tu....El echo de llevar placa no les convierte en "......". ¿Acaso leS pararon y leS presentaron la denuncia A AMBOS?

:-[ :-[
 
2A24292B23173E2D243E2D3C480 dijo:
[quote author=7C7E6D73706C7B7A73706D7A6C7A7C777E1F0 link=1315988887/64#64 date=1316714563]!Vamos!!, yo diría con seguridad que el que va a 82 Km/h es la lata....y haber quien dice lo contrario...que lo demuestre!!Y encima agente, el muy c.... me adelantó por la derecha!!! ;)...

[highlight]......Y ¿que hacias circulando por la izquierda, guapo?, te puede responder el agente  ;D ;D ;D
[/highlight]
Mañana por la mañana voy a trafico (Valencia) a recoger un retrato mio.
Me he enterado porque , esta tarde, me ha llamado a casa una comercial de una empresa que recurre sanciones.
Se ve que consultan, a diario, un listado que publica trafico y localizan a los propietarios para ofrecernos sus servicion.
Ya veremos como queda la cosa   :-/
[/quote]

SEÑOR AGENTE........ME ESTABA PREPARANDO PARA ENTRAR EN LA ROTONDA QUE ESTA A 50 MTS PORQUE TENGO LA SALIDA POR LA IZQUIERDA....

SEÑOR AGENTE.......ME ESTABA PREPARANDO PARA TORCER EN EL PROXIMO CRUCE SEÑALADO A LA IZQUIERDA....

!!!!ESTABA EN UN POLÍGONO!!......

NO COMENT.
 
5D5F4C52514D5A5B52514C5B4D5B5D565F3E0 dijo:
[quote author=063933243F220261606004500 link=1315988887/67#67 date=1316726575][quote author=5B594A54574B5C5D54574A5D4B5D5B5059380 link=1315988887/64#64 date=1316714563]!Vamos!!, yo diría con seguridad que el que va a 82 Km/h es la lata....y haber quien dice lo contrario...que lo demuestre!!Y encima agente, el muy c.... me adelantó por la derecha!!! ;)...

Pues tú dirías todo lo que quieras, pero si el agente ha visto que uno adelantaba a otro, no va a servir de nada todo lo que digas, sólo para que tus afirmaciones sean tildadas de "falsas", a no ser que presentes algún tipo de prueba inequívoca que certifique tu versión de los hechos. [highlight]No se puede discutir con un agente de policía; en caso de palabra contra palabra, la que prevalece es la de la autoridad.
[/highlight]
Ya sé que todos tenemos buen número de frustraciones y de cuentas pendientes con algún "poli malo y corrupto"; pero hay que darse cuenta de que aquí lo que tenemos es a JL-R65 pidiendo consejo o buscando consuelo o ambas cosas; no demos rienda suelta a nuestras fantasías belicosas y seamos sensatos, pensando lo que de verdad haríamos si la cartera que va a sufrir fuera la nuestra ::)[/quote]

E[highlight]n el país en el que vivo TODOS somos iguales ante la ley....¿La palabra de un agente de la autoridad tiene má valor que la tuya?...No te lo crees ni tu....El echo de llevar placa no les convierte en "......". ¿Acaso leS pararon y leS presentaron la denuncia A AMBOS?
[/highlight]
:-[ :-[[/quote]


buenono creo que debamos entrar en esa linea 

segun las leyes y de eso  ellos estan mejor preparados  que nosotros

hay una ley que lo dice bien claro  en caso de duda é igualdad prevalece la palabra de la autoridad

y hay otra que dice que d¡el no conocimiento de ellas no te esime  de tales obligaciones

no debemos entrar en polemicas yo he tenido una denuncia  como la que le hicieron a Parra  y es mas la llevaba dada y la apage para arrancar la moto y a unos 200 metros estaban ellos marque el intermitente para preguntar y me contestaron con 150 €  y entonces no era el tema de los puntos pero recurri y todo y al final a pagar

pero comprendo que no todos son asi   existe manzanas podridas  en todos los cestos   y algunas traen hasta gusanos  pero   no podemos decir que son todos iguales 


javi
 
Como tu dices, no voy a entrar en discusiones políticas. En mi caso, no he discutido con nadie porque con 29 años de carnet y tengo 45...no me han puesto una multa en mi vida...siempre razonando y exponiendo las circunstancias y los hechos se lleva el barco a buen puerto. La foto??...Una putada, pero ante la duda de dos vehiculos en linea en la que la máquina no puede discriminar, la multa es NULA...
 
Hoy he acudido a la jefatura de trafico a enterarme de mi sancion.
En la puerta suele haber gente que se ofrece a tramitarte el recurso. si les muestras la foto, te diran, si es posible recurrir.

Cuando nos han explicado nuestra infraccion y he pedido la foto, se me ha escapado la risa tonta (porque no tengo por donde escaparme)

multa001.jpg


La puta matricula brilla con blanco NUCLEAR ,(esta es una fotocopia barata) no me ha hecho falta preguntar a los "recursores"  :-X

A ver si tu tienes mas suerte ;)
 
4C424F4D4571584B42584B5A2E0 dijo:


Black...te van a dejar el "culito", que te dolerá para andar en moto!!! ;D ;D ;D

Lo siento colega, que pillada!!! :-/
 
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