Grua y multa (hay que joderse!!!)

Danibox

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Buenas,

Es fácil, a la vista de esta señal vosotros aparcaríais


un sábado 6/12/2014, día festivo (día de la Constitución), pues yo sí que aparqué, y cual fue mi sorpresa, que a volver por él..., que no estaba, tampoco había pegatina en el suelo, la mujer con los nervios pensando que nos lo habían robado, yo ya sabía que seguro que se lo había llevado la grua, cosa que confirmé después de un par de llamadas.

Cuando fui a recogerlo al depósito, le comuniqué mi disconformidad al operario de guardia, ya que era día festivo, el cuál me contestó que él mismo tuvo que llamar primero a los gruistas y luego al agente que realizó la denuncia para confirmar la entrada, ya que para él era una retirada incorrecta, la contestación del agente a la llamada del operario del depósito...., dile que ha sido por requerimiento y "pa' lante", así que con cara de tonto paga 147€ para sacar el coche, más la correspondiente denuncia. Ahora a moverse y a poner un recurso y a ver que pasa...., aunque yo las tengo todas conmigo que tengo las de ganar, pero claro, con esta gente nunca se sabe....

saludos
 
Recurre, me da que el agente, se ha equivocado, ya que le sabado fue festivo, y creo que no se dio cuenta, si fuese cualquier otro sabado no cabria duda.
 
Creo que si la señal sólo viene en catalán no es válida la multa, eso tengo entendido

Algúno quizás lo pueda corroborar mejor


Salu2
 
Será que en esa localidad el día 06/12 no es fiesta????. O es que el Policía en cuestión llevaba algún traguito demás???. :cheesy: :cheesy: Porque la señal es clara y concisa. No cabe error posible.
 
No sé si está del todo mal puesta esa multa.
Tal vez si la señal llevase la frase "excepto festivos", estaría autorizando a aparcar allí cualquier día de la semana considerado festivo.
Que tanto puede ser un domingo como el martes día 1 de enero, por ejemplo.

Es solo mi interpretación.

A ver si alguien, o Danibox con su recurso, nos aclara el asunto.
 
Creo que si la señal sólo viene en catalán no es válida la multa, eso tengo entendido

Algúno quizás lo pueda corroborar mejor

No lo había escuchado nunca esto.


Salu2

Será que en esa localidad el día 06/12 no es fiesta????. O es que el Policía en cuestión llevaba algún traguito demás???. :cheesy: :cheesy: Porque la señal es clara y concisa. No cabe error posible.


Sí que era festivo, me decanto más que se quería asegurar la paga doble de Navidad a que llevara unos traguitos de más.

No sé si está del todo mal puesta esa multa.
Tal vez si la señal llevase la frase "excepto festivos", estaría autorizando a aparcar allí cualquier día de la semana considerado festivo.
Que tanto puede ser un domingo como el martes día 1 de enero, por ejemplo.

Es solo mi interpretación.

A ver si alguien, o Danibox con su recurso, nos aclara el asunto.


La frase "excepto festivos", queda dicho con el Laborables.


saludosss
 
Ya nos contaras...que muchas veces el miedo de perder y pagar el doble hace que no se reclame ni la hora!!

Vs
 
Con los datos que das, yo entiendo que el recurso lo tienes ganado. Lo lamentable es que para quedarte como deberías estar -es decir, sin multa- de por medio te obliguen a meterte en tinglados de recursos, tiempo y coñazos diversos, en definitiva: tiempo y esfuerzo que ese sí que nadie te va a devolver.

También creo, como dice Josetu, que todo texto en la señalización de tráfico -al márgen de los pictogramas normalizados, claro- ha de estar como mínimo en castellano, y luego, además y si se desea, opcionalmente, en cualquier otro idioma cooficial de las CC.AA. que así lo tenga reconocido. Pero como mínimo, en castellano:

Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. --> véase artículo nº 56:
Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. TÍTULO III.*De la señalización.


Y además:
[h=3]Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.[/h] --> véase artículo 138:
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2003-23514


---

Aunque ya jode que tengas que recurrir a esto, estando tan claro como está el tema del festivo, yo metería las dos razones en el recurso: no son excluyentes, y hay que ser pragmático y usar todos los instrumentos que legalmente te convenga usar para maximizar tus opciones de ganar el caso, faltaría más.

Ya nos contarás.

Vsss
 
Última edición:
Creo que si la señal sólo viene en catalán no es válida la multa, eso tengo entendido

Algúno quizás lo pueda corroborar mejor


Salu2
Eso es cierto, recuerdo que al ayuntamiento de zaraut le echaron varias multas abajo por rotular solo en euskera, eso si que el que las recurrio fue un abogado de madrid que evidentemente se ahorro el abogado y el procurador en los consiguientes recursos que fue haciendo hasta que llego a la instancia que anulo las sanciones. Por eso los ayuntamientos estan obligados a rotular en castellano y despues en lo que quieran, evidentemente la lengua de cada comunidad. Aunque me da que muchos hacen lo que les sale del forro como en este caso, total gracias a Gallardon ya es caro recurrir hasta para los abogados. jajajajajaja
 
Hummm

Como siempre en estos casos, por derecho y a lo fácil. Yo si fuera tú alegaría por el "laborable". Lo tienes ganado. El Día de la Cosntitución no es laborable, se pongan como se pongan. Con lo que tu coche aparcado debajo de esa señal ese sábado no incumplía ninguna reserva de aparcamiento.

Como te metas en el berenjenal del idioma, tienes más complicado el asunto, sobre todo en fase de alegaciones, y según de que partido político sea el alcalde que nombró al jefe de la policía municipal, más. Quizá te den la razón, pero desde luego en fases mucho más avanzadas del procedimiento administrativo.

Manuel
 
Última edición:
Buenas,

Recurso presentado, lo que he alegado ha sido lo de "laborables", que yo creo que con ésto ya tengo más que suficiente, llegado el caso ya me metería en berenjenales linguisticos, pero de momento prefiero no alegarlo, suerte que no lo he puesto también, ya que al salir de hacer el recurso me he encontrado a un amigo mío que es profesor de autoescuela y me ha comentado que esto había cambiado, que ahora aunque sólo esté puesto en uno de los idiomas oficiales de la CC.AA. ya es legal...

saludosss
 
Buenas,

Recurso presentado, lo que he alegado ha sido lo de "laborables", que yo creo que con ésto ya tengo más que suficiente, llegado el caso ya me metería en berenjenales linguisticos, pero de momento prefiero no alegarlo, suerte que no lo he puesto también, ya que al salir de hacer el recurso me he encontrado a un amigo mío que es profesor de autoescuela y me ha comentado que esto había cambiado, que ahora aunque sólo esté puesto en uno de los idiomas oficiales de la CC.AA. ya es legal...

saludosss

Suerte, ya nos contarás.

Manuel
 
Buenas,

Retomando el tema, tengo que deciros que ya me ha llegado la resolución del recurso, el cual me da la razón y me devuelven el importe de la multa y el importe de la grúa......

Estaba claro, al menos para mí, pero nunca se sabe con esta gente!!!

saludosss
 
no se supone que la señal tiene que estar en castellano y en el idioma oficial de la comunidad autonoma?
 
Me parece de risa......., para la resolución han tardado 2 meses en contestarme, una vez contestado, el pago de la grúa ha sido bastante rápido la verdad, pero para la devolución del importe de la multa, me acaban de comunicar que puedo ir esperando unos 6 meses aproximadamente, que vamos, que para recuperar el total del importe soltado en su momento y por error suyo, voy a estar 8 meses mínimo, cuando ellos si es al contrario todo son prisas a la hora de pagar,o empiezan con las demoras y los intereses, y a mí, me pagarán también demoras e intereses...., vamos que me parece de risa como he dicho antes, pero bueno, ya sabemos donde estamos!!!

saludosss
 
Sí, lamentablemente no hay la menor igualdad de trato entre la Administración y el administrado. Si el segundo se retrasa en cualquier pago, le crujen, mientras que si es la revés, no pasa naaaaaaada :tongue:.

Hace un par de años en tráfico me cobraron por error dos veces la misma tasa (la señora que me atendió pasó dos veces mi tarjeta de crédito). Aunque lo detectamos en cuestión de minutos (cuestión de ver por internet el extracto de mi banco), la devolución me la hicieron no sé cuántos meses más tarde. Me suena que fueron seis meses... Y por supuesto, me comí yo el tiempo perdido en hacer el correspondiente escrito explicando lo ocurrido, aportando los movimientos bancarios y demás, más el paseo adicional a la la Delegación de Tráfico para presentarlo... En fin: lamentable.

Me alegro por tu caso, pero vamos, manda carallos que algo como lo que te ha pasado ni siquiera llegue a darse. No me extrañaría que, como las Administraciones están sin un duro, los agentes salgan con la "sugerencia" de recaudar... Y no sé si eso será además "potenciado" vía incentivos, productividad y similares.

Vsss
 
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