Homologar faros antiniebla de aliexpress

Aiguan

Allá vamos
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Hola,

hay mil post de este tipo relacionados con poner faros antiniebla en la moto, pero me da que la mayoría son para la GS y yo tengo un ST

Mi duda es sobre el papel propio de la homologación de los faros, ese papel que te da el chino ¿en ese papel tiene que poner el modelo de moto para el que están homologados? es decir, siendo que mi modelo es una ST, tiene que aparecer por algún lado o sólo con el numerito de homologación ya se puede extrapolar a si son válidos o no para mi modelo? Esque mi modelo no aparece en los anuncios...

Gracias

Un saludo
 
Hace falta informe de ingeniero y certificado de montaje de mecánico, luego hay que pasar la itv como reforma del vehículo.
O eso o ir ikegal y desmontar para pasar la itv
No hay otra...

Enviado desde mi SM-G965F mediante Tapatalk
 
Hace falta informe de ingeniero y certificado de montaje de mecánico, luego hay que pasar la itv como reforma del vehículo.
a lo que me refiero es que al ingeniero le tendrás que dar el papel de homologación de los faros, el que te ha dado el chino, y en ese papel tiene que hacer referencia a mi modelo de moto? o con el número de homologación ya sabe si valen o no para mi moto?
 

Si monto unos antiniebla en mi moto, ¿tengo que homologarlo?​

Según el artículo 9.1 del Manual de Reformas en Automóviles, que trata sobre la adición de cualquier elemento, dispositivo independiente de alumbrado, añadir un faro antiniebla en una moto, que previamente no los llevaba, debe homologarse. También debe homologarse cualquier faro adicional que la moto no traiga de casa, como unas luces de largo alcance.

Esto es independiente a que los faros deban venir homologados de fábrica (el código E). Es un requisito legal para poder pasar la ITV.

sólo requiere informe de conformidad y certificado de taller.


¿Puedo circular con las antinieblas de moto encendidas?​

Sólo si se dan circunstancias de niebla, lluvia intensa, nevada, polvo o humo podrás llevar encendidas las luces antiniebla. De lo contrario, te expones a una multa de 200 €.

Esto es porque las luces antiniebla para moto son particularmente deslumbrantes para el resto de los usuarios de la vía, por lo que utilizarlas cuando no es preceptivo puede ser peligroso para los demás, y por ello está prohibido

Medidas mínimas y máximas para colocar las luces antiniebla​

Cuando las luces antiniebla delanteras sean dos, la distancia entre el exterior de cada una de ellas, y el exterior de la moto, no puede superar los 40 cm. Es decir, deben estar próximas al punto más exterior de la moto.

En cuanto a la altura, como mínimo, debes colocarlas a una altura de 25 cm por encima del suelo, y como máximo, a 80 cm de altura.

Encendido independiente​

Los antiniebla para moto deben encenderse y apagarse de manera independiente al resto de las luces de la moto. Es decir, no pueden encenderse al activar el resto de luces.

Si vas a instalar unas luces antiniebla en tu moto, también deberás colocar un piloto verde que se encienda cuando estén encendidas.








sacado de aqui

 
y de otra web

Lo que necesitas para colocar los focos adicionales según la ley de faros de moto​

1. Informe del fabricante o del servicio técnico​

Para evitar problemas tienes que conseguir un informe o un dictamen emitido por la marca fabricante de tu motocicleta o de su representante legal y acreditado en España.

No obstante, lo más probable es que no te lo faciliten porque la política habitual de las escuderías suele ser la de no aceptar este tipo de solicitudes.

Si te sucede, no te quedará más remedio que recurrir al plan B, que consiste en la obtención de un informe expedido por un Laboratorio Oficial o Servicio Técnico acreditado en España para reformas en vehículos.

Este documento dará fe de que tras la reforma la moto cumplirá con todas las exigencias medioambientales y de seguridad que establece la reglamentación vigente.

2. Certificado del taller​

También necesitas un certificado firmado y sellado en el taller en el que te coloquen el alumbrado suplementario. En él tienen que especificar en qué ha consistido la reforma y certificar que el resultado final es compatible con la normativa de faros de moto en vigor.

3. Solicitud ante la autoridad de homologación​

Hay que entregar los documentos anteriores a la autoridad de homologación que dispondrá de un plazo de 6 meses para responder de forma positiva o negativa a la solicitud efectuada por el propietario de la moto

Si transcurrido este espacio de tiempo no se pronuncian, se entenderá que la autorización ha sido denegada.

4. Llevar la moto y la documentación a la ITV​

Si se concede el permiso, el propietario deberá llevar su moto a la ITV en un plazo de 15 días. Y lógicamente, tendrá que aportar todos los documentos conseguidos a lo largo del proceso administrativo.

Durante la inspección del vehículo se comprobará que la reforma se ha efectuado de forma correcta y si se han modificado las condiciones exigidas para circular por la vía pública.

Si el resultado de la inspección es positivo, así se hará constar en la tarjeta de la ITV. Si fuera menester, se expediría una nueva.




 
sacado de otro foro

"
En caso de ser antinieblas tienen que tener un interruptor propio con el símbolo de antinieblas (si se enciende un testigo luminoso cuando están encendidos mejor aún, pero esto no es necesario para poder inscribirlos, si lo es que el rotulo del botón sea antiniebla).
En caso de ser de largo alcance tienen que encenderse con el mismo interruptor de las largas que trae la moto de serie y hay que anular la bombilla del faro original (quitando la conexión del casquillo de la bombilla es más que suficiente)

Bien, pues una vez tienes todo instalado hay unas cotas que se tienen que cumplir en ambos faros (antiniebla y largo alcance):
Siempre estos focos tienen que ir en un par (siempre dos unidades, no puedes poner 3 focos), que vayan a la misma altura los dos (no puede estar uno más alto que otro), que estén a 25 cm mínimo del suelo, que estén a una máxima de 80 cm de altura (siempre que no supere la altura del foco original de las luces de cruce), y que estén cada uno a la misma distancia del manillar, no pudiendo superar los 40 cm de la anchura máxima de la moto. Y como ya dije antes, su encendido en los antinieblas en un interruptor a parte que tenga el testigo de antinieblas inscrito, y los de largo alcance con el propio de la moto (anulando la bombilla de largas del foco original).

Una vez cumplido esto hay que pedir el informe de conformidad a cualquier empresa que se dedique a ello, en mi caso ha sido IDIADA, ellos te van a pedir el informe de laboratorio del que hablamos antes, fotos de la moto de frente de atrás y de cada lateral. Fotos de los focos con una cinta métrica al suelo para ver distancia al suelo, distancia entre los focos, distancia del foco al manillar y fotos de los focos donde se vea la contraseña de homologación.
Con esto te dirán también que necesitan un certificado de instalación de taller, otro papelito más que os costará un dinero, no es necesario pedirlo a un taller de motos, cualquier taller que este dado de alta en industria (puede ser de coches perfectamente) os lo puede hacer.

Bien, pues una vez os den el informe de conformidad es hora de pedir cita a la ITV, la cual podéis pedir como cita no periódica e inscribir solo los focos en la ficha, o ya aprovechar y pasar ITV normal también. Para la ITV hay que llevar el certificado de taller original y el informe de idoneidad"
 
a lo que me refiero es que al ingeniero le tendrás que dar el papel de homologación de los faros, el que te ha dado el chino, y en ese papel tiene que hacer referencia a mi modelo de moto? o con el número de homologación ya sabe si valen o no para mi moto?

En el cristal de los faros debe haber grabado un numerito que es el numero de homologación, con ese numerito ya el ingeniero localiza el certificado de homologación sin necesidad de que le entregues ningún papel del chino. Si no hay número grabado en el cristal olvidate de poder ponerlos en la ficha.

Yo lo hice aquí y solo con el número grabado en los faros fué suficiente para el resto del papeleo, habla con ellos.

https://goo.gl/maps/pjLxGL76TXJKwnHM6

Ahora mi opinión sobre lo que citas: Los faros no se homologan para una moto u otra, los faros por el nº grabado se homologan en cuanto a intensidad de luz y demás parametros, pero puedes poner cualquier faro antiniebla homologado como tal a cualquier moto.

Saludos.
 
No se si este hilo aun esta activo, pero compre unos faros y no me enviaron el documento para homologarlos, es este que adjunto en una fotografia. No se si algun compañero lo tendra en PDF.

Muchas gracias
 

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sacado de otro foro

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En caso de ser antinieblas tienen que tener un interruptor propio con el símbolo de antinieblas (si se enciende un testigo luminoso cuando están encendidos mejor aún, pero esto no es necesario para poder inscribirlos, si lo es que el rotulo del botón sea antiniebla).
En caso de ser de largo alcance tienen que encenderse con el mismo interruptor de las largas que trae la moto de serie y hay que anular la bombilla del faro original (quitando la conexión del casquillo de la bombilla es más que suficiente)

Bien, pues una vez tienes todo instalado hay unas cotas que se tienen que cumplir en ambos faros (antiniebla y largo alcance):
Siempre estos focos tienen que ir en un par (siempre dos unidades, no puedes poner 3 focos), que vayan a la misma altura los dos (no puede estar uno más alto que otro), que estén a 25 cm mínimo del suelo, que estén a una máxima de 80 cm de altura (siempre que no supere la altura del foco original de las luces de cruce), y que estén cada uno a la misma distancia del manillar, no pudiendo superar los 40 cm de la anchura máxima de la moto. Y como ya dije antes, su encendido en los antinieblas en un interruptor a parte que tenga el testigo de antinieblas inscrito, y los de largo alcance con el propio de la moto (anulando la bombilla de largas del foco original).

Una vez cumplido esto hay que pedir el informe de conformidad a cualquier empresa que se dedique a ello, en mi caso ha sido IDIADA, ellos te van a pedir el informe de laboratorio del que hablamos antes, fotos de la moto de frente de atrás y de cada lateral. Fotos de los focos con una cinta métrica al suelo para ver distancia al suelo, distancia entre los focos, distancia del foco al manillar y fotos de los focos donde se vea la contraseña de homologación.
Con esto te dirán también que necesitan un certificado de instalación de taller, otro papelito más que os costará un dinero, no es necesario pedirlo a un taller de motos, cualquier taller que este dado de alta en industria (puede ser de coches perfectamente) os lo puede hacer.

Bien, pues una vez os den el informe de conformidad es hora de pedir cita a la ITV, la cual podéis pedir como cita no periódica e inscribir solo los focos en la ficha, o ya aprovechar y pasar ITV normal también. Para la ITV hay que llevar el certificado de taller original y el informe de idoneidad"
Muy bien explicado compañero.
 
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