Impuesto circulación

Curroalb

Curveando
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Hola a todos.
Acabo de recibir por correo certificado la notificación de mi ayuntamiento (Alicante) por la que me comunican la exención del impuesto de circulación.
Esto no es nuevo, el año pasado ya no pagué el impuesto por lo mismo (tener la moto más de 25 años matriculada), el peñazo es que aquí tenemos que solicitar todos los años la exención.
Todos los años, por mayo me toca ir al Ayuntamiento con fotocopia del permiso de circulación y la tarjeta de la ITV a solicitar la bonificación del 100%.
Lo curioso es que aquí (no se si en otros sitios) te exigen ademas de tener pasada la ITV y los 25 años, no tener ninguna multa de trafico pendiente de pago.
Saludos.
 
Hola, si te sirve de consuelo, en Madrid no hay rebaja en el impuesto de circulación para motos clásicas :'( :'(
 
Aquí en Santander capital, pasando de 25 años no pagas, lo único que te piden para solicitarlo una fotocopia de la documentación de la moto y 2 fotos de la misma no se para que, en resumen que yo no pago ya ::)

PD Haber si nos vemos, si voy que todavia no lo se :( te llamo.
 
BANANERO dijo:
PD Haber si nos vemos, si voy que todavia no lo se :( te llamo.

El dia 16 me voy una semana a un pueblo de Leon (Vega de Valcarce). No lo tenía previsto, pero visto que el calor que estamos pasando este año y aprovechando la invitación de una prima, nos vamos a ver si consigo bajar la temperatura corporal unos grados.
Nos vamos en coche y volvemos el 23, si al final vienes a la playa llamame y un dia de esa semana me acerco a tomar una cerveza contigo.
Saludos.
 
En Alcala de Henares, es automatico. A los 25 años, automaticamente te mandan el recibo del impuesto con valor 0 € :)
 
En mi pueblo, vas se lo dices hacen una fococopia del permiso de circulación, rellenas formulario y sefini. Vamos que no vuelves a pagar nunca más. :D
En trafico me dijeron que el ayuntamiento ha de expedir un doc. conforme esta exenta de pago, esto es para poder realizar la venta del vehiculo o por si alguna autoridad le da por pedirtelo y tu no lo tienes. :o
de todos modos los ayuntamientos pueden decir lo que quieran pero esto no es una decisión de los ayuntamientos, ya que por lo que tengo entendido todos tienen que eximirte del pago. Ni multas ni puñetas, y encima que? les tienes que recordar cada año que es más vieja tu querida moto? es el colmo. Yo haria una instancia para el bien de todos ( de cada ayuntamiento).
Ya se ha pagado suficiento en 25 años. :(

Salut ;) 8-) 8-) 8-)
 
Yo alucino con los ayuntamientos, :o van por libre. Desconocía esa desigualdad de criterios, en el mio no tuve problemas (Huelva) además siempre me han tratado muy amablemente en el organismo que lo gestiona, asi es que pago por el coche y por la r80r, mientras que por la sanglas estoy eximido. Me llega el recibo pero pone importe "0". ¿Cual es la solución su no fuese asi? Bueno, yo desconozco tu situación, pero en mi caso seguro que si me tratasen injustamente me empadronaría en el ayuntamiento correspondiente a mi segunda vivienda, la de la playa, que pertenece a otro ayuntamiento, y seguro que eso les hace pupa. Además si en esa ciudad disponeis de algún club de clásicos (incluso de coches) no estaría de más que presentaseis (a través de este) una instancia dirigida al alcalde explicando la situación de agravio o desigualdad con respecto a otros ayuntamientos, insinuando que esto podría provocar el empadronamiento en otros pueblos de los aledaños más favorecedores... perdona el tostón.
 
Por cierto, la instancia también puede ser individual, "solicitando la exención del pago del impuesto de circulación", he dado la idea del "club" porque al ser un colectivo le prestarán más atención, incluso sería interesante mencionar el número de miembros, por los de los votantes ;D. Te quedas conuna copia sellada, y ten en cuenta que el denominado "silencio administrativo" podría jugar a tu favor, claro que eso habría de ser estudiado detenidamente. :-/
 
La decision de reducir el importe del impuesto de circulación es potestativa de las haciendas locales (osease Ayuntamientos), así cada Ayuntamiento puede hacer lo que quiera, bonificarte el 100% o el 20%.
Si tu Ayuntamiento no lo hace pues ya sabes: busca, compara, y si encuentras algo mejor, empadronate.
Saludos.
 
creo q es una ley,general para todos los ayuntamientos ,lo q hay ayuntamientos muy espavilados q si no dices nada te cobran el impuesto ,como el caso del compañero de madrid ,tube antes una ossa 250cc del 74,del ayuntamiento de martorelles (barcelona) y estuve pagando el impuesto de circulacion 12€, por que perdi la documentacion ,y no hubo manera de evitarlo. ah por ultimo creo que los impuestos municipales se hacen cargo las diputaciones ,probaria por hay haber si hay suerte con algun ayuntamiento espavilao
 
Es un impuesto municipal,con lo cual cada ayuntamiento dispone si lo cobra o no.Y en Madrid,como somos bastantes,es una fuente de ingresos importante.Y como hay que acometer tantas obras,nos tenemos que joder y pagar por las abuelas. :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'(
 
hola aqui en renedo de pielagos, (CANTABRIA) tampoco se paga lo tienes que solicitar, ellos mismos hacen una fotocopia y te dan un papel que a partir del año siguiente, te llega a casa el impuesto de traccion mecanica, con valor -- 0-- € y asi sucesivamente, en otros ayuntamientos de cantabria si hay que pagar pues no lo tienen metido en pleno y no importa el nº de motos clasicas que tenga, por lo menos eso me comento el concejal de urbanismo que se dedica a restaurar motos DUCATI y tiene unas
cuantas osea presionar que se puede intentar ((((aunque si hay como en madrid, un puñado de ellas no van a tirar piedras a su tejado)))))
un saludo


javi
 
eso de que en un Ayuntamiento lo cobren y en otro no, es por "la autonomía de las entidades locales", es decir ellos se lo guisan y ellos se lo comen, pues son dueños y señores sin contradecir normativas superiores de aplicar las tasas que quieran hasta unos baremos determinados. o es que en todos los lugares se paga lo mismo por un mismo concepto? por ej. impuesto de circulación....
 
En los impuestos locales, como el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (también llamado Impuesto de circulación), el Ayuntamiento puede elegir los tipos impositivos, pero siempre dentro de unos márgenes que dependen de la población. Es decir, según los habitantes pueden elegir el tipo que aplican (porcentaje) entre un máximo y un mínimo.

No sé si pueden elegir la exención de las motos de más de 25 años, pero parece que sí, que son ellos los que aplican la exención o no. En mi pueblo me cobran cerca de 30 €, lo que tiene gracia porque de mi otra moto, una 500, paga 10 €. >:( >:( >:(
 
En Barbera del Valles, poblacion de 25.000 habitantes y 3 poligonos industriales, "solo" me hacen un descuento del 25% del impuesto de circulacion (sin descuento, 30 euros). Cuando la moto tenga 35 años, me haran el 50% y cuando tenga 45 años, no pagaré. Así que solo tengo que aguantar la 45 15 años mas... :-X :-X :-X :-X
 
Bueno... a mi aún me quedan 10 para que la mia cumpla la mayoría de edad (25), por cierto para feria guapa la de tu pueblo. :D
 
Publicado por: kika Publicado en: 08.08.2009 a las 15:28:18
En Barbera del Valles, poblacion de 25.000 habitantes y 3 poligonos industriales, "solo" me hacen un descuento del 25% del impuesto de circulacion (sin descuento, 30 euros). Cuando la moto tenga 35 años, me haran el 50% y cuando tenga 45 años, no pagaré. Así que solo tengo que aguantar la 45 15 años mas...

;D ;D cuando tenga 100 te pagan?, Como son ...... :(
 
Esto está extraido de la Ley de Haciendas Locales:

6. Las ordenanzas fiscales podrán regular, sobre la
cuota del impuesto, incrementada o no por la aplicación
del coeficiente, las siguientes bonificaciones:
a) Una bonificación de hasta el 75 por ciento en
función de la clase de carburante que consuma el vehículo,
en razón a la incidencia de la combustión de
dicho carburante en el medio ambiente.
b) Una bonificación de hasta el 75 por ciento en
función de las características de los motores de los vehículos
y su incidencia en el medio ambiente.
c) Una bonificación de hasta el 100 por cien para
los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad
mínima de veinticinco años, contados a partir
de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera,
tomando como tal la de su primera matriculación o, en
su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o
variante se dejó de fabricar.

La regulación de los restantes aspectos sustantivos
y formales de las bonificaciones a que se refieren los
párrafos anteriores se establecerá en la ordenanza fiscal.
 
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