Informe AMM. Uso auriculares, altavoces y protecciones auditivas.

Fernando28

Curveando
Registrado
8 Nov 2006
Mensajes
3.567
Puntos
48
Ubicación
Rodando por esta vida
Pego las conclusiones finales:

En base a todo lo anterior, este Departamento considera que:
P R I M E R O
La utilización de sistemas de comunicación directa (moto[ch8208]moto o conductorpasajero)
cuyo altavoz esté incorporado o instalado en la parte interna del casco
de protección, próximo a oído del conductor, a día de hoy se encuadra dentro de
una infracción a la Ley de Seguridad Vial y al Reglamento que la desarrolla, pese a
constituirse en un claro beneficio a la seguridad vial.
S E G U N D O
La utilización de sistemas de comunicación directa (conductor[ch8208]navegador) cuyo
altavoz esté incorporado o instalado en la parte interna del casco de protección,
próximo al oído del conductor, a día de hoy se encuadra dentro de una infracción
a la Ley de Seguridad Vial y al Reglamento que la desarrolla, pese a que ser un
claro beneficio a la seguridad vial, al evitar que éste tenga que distraer la mirada
de la conducción para visualizar las instrucciones por pantalla del navegador
T E R C E R O
La utilización de sistemas de comunicación telefónica cuyo altavoz esté
incorporado o instalado en la parte interna del casco de protección, próximo a la
oreja del conductor usuario, a día de hoy se encuadra dentro de una infracción a
la Ley de Seguridad Vial y al Reglamento que la desarrolla, pero no está
demostrado que incida negativamente en la seguridad vial.
C U A R T O
Si el conductor de una motocicleta decide instalar altavoces en el interior del
casco de protección y los mismos se encuentran conectados a un equipo
productor de sonido que se encuentra apagado, siempre y cuando no se alteren
las condiciones que otorgaron la homologación del mismo (R[ch8208]22[ch8208]CE), no comete
infracción alguna.

El informe completo:
Parte 1:http://www.formulamoto.es/wp-content/uploads/2010/12/informe-1.pdf
Parte 2:http://www.formulamoto.es/wp-content/uploads/2010/12/informe-2.pdf
 
osea que se puede llevar apagado... menuda cagada, ¿no os parece hipocresía que se permita vender en España cascos con dichos dispositivos y sin embargo no se puedan usar?, ¿alguien sabe como va el tema en el resto de paises CE?, me imagino que si por ej los bmw y schuberth los llevan, en Alemania por ej estará permitido su uso??
menos mal que desde la comunidad poco a poco van obligando a modificar legislaciones para homogeneizar...
 
muchas gracias por la informacion CANELO28;

es lo que ya sabiamos, que lo podemos llevar, pero no utilizar.

estoy convencido, de que si no existiese el afan recaudatorio actual, serían totalmente legales, pero estando al mando de la dgt el innombrable, ya se sabe.

saludos
 
He leido los informes y me parecen bastante serios y rigurosos. No obstante hay una parte interpretativa que no comparto, y es la siguiente afirmación:

la colocación de los altavoces en el casco de protección del motorista sobre el oído del mismo se ajusta a la definición de “auricular”
y, según el mismo informe:
El diccionario entiende por “auricular”, entre otras definiciones, el aparato que
consta de dos pequeños altavoces que se acoplan a los oídos.

Yo dentro del casco [highlight]no tengo auriculares [/highlight][highlight]acoplados[/highlight] a los oidos, yo tengo altavoces (igualitos que los de la radio del coche), altavoces ( y no auriculares), por tanto me permiten seguir escuchando lo que pasa a mi alrededor.

esa es mi interpretación (tan válida como otras) y si me sancionan será mi argumento para pedir que se retire la sanción.

Saludos.
 
Prohibido........prohibir. :P  :-X

pere_navarro.jpg
 
Los auriculares. Fíjate si son peligrosos, que los motoristas de la GC los llevan "obligados" por ser parte de su equipación. Algún iluminado podrá decir: "Es que los motoristas de la GC son tan expertos que pueden con ese peligro". Ya: y por eso también los llevan los conductores noveles mientras dan clases prácticas y mientras se examinan  :P . El argumento se cae por su propio peso.

Esta es la típica gilipoyez de los legisladores de este país, que sin saber de la misa la mitad, sientan cátedra "por nuestra seguridad". Vamos: del mismo modo que cuando, de la nocha a la mañana, la tercera luz de freno en los coches pasó de prohibida y sancionable, a obligatoria en vehículos de nueva construcción  ::) .

Aquí lo que deberían hacer es que los aparartos estén homologados y punto. Vamos, que se hayan construido conforme a unos requerimientos lógicos que los hagan seguros de utilizar, para evitar por ejemplo que te puedan dejar sordo por excesivo volumen.

Todo lo demás, lo ya dicho: legislar por legislar, sin tener ni puñetera idea, y ya de paso poder multar y recaudar, que hace falta pasta para los sueldos y pensiones vitalicias de sus señorías.

Asco de gente  >:(.

Vsss
 
44797B73647F627949525A160 dijo:
Los auriculares. Fíjate si son peligrosos, que los motoristas de la GC los llevan "obligados" por ser parte de su equipación. Algún iluminado podrá decir: "Es que los motoristas de la GC son tan expertos que pueden con ese peligro".

Dejando claro que bajo mi punto de vista los intercomunicadores deberían de estar permitidos, no me parece justa la comparación.

Si la GC no lleva intercomunicadores... ¿cómo se comunican con central (COTA, si no me equivoco)? Y lo de los noveles, con un coche detrás a modo de guardaespaldas, chaleco y L tampoco me parece lo mismo.

Saludos.
 
Yo uso intercomunicador aún sabiendo que está prohibido y lo seguiré haciendo, con él puesto y conectado me han parado dos veces, en una no me hicieron alusión a él y en la segunda el GC que también era motero me preguntó que como iban los BT2 y me preguntó que si había probado los Cardo....
No conozco a nadie a quien hayan denunciado por usarlos.
 
3C3A3D26312732480 dijo:
Dejando claro que bajo mi punto de vista los intercomunicadores deberían de estar permitidos, no me parece justa la comparación.

Si la GC no lleva intercomunicadores... ¿cómo se comunican con central (COTA, si no me equivoco)? Y lo de los noveles, con un coche detrás a modo de guardaespaldas, chaleco y L tampoco me parece lo mismo.

Saludos.

Hola.

No entiendo por qué no te parecen justas las comparaciones  :-?

Claro que los GC los lleva para hablar entre ellos y comunicarse con "COTA" ( ;) ), ¿y?. ¿Que se les dé ese uso a sus intercomunicadores hace que no sean peligrosos, pero los míos, por no hablar con "COTA" sino con mi novia, sí lo sean?. ¿Y si mi novia es guardia civil y/o se cambia el nombre por "mi sargento" o "COTA", automáticamente ya mis (nuestros) intercomunicadores dejan de ser peligrosos?  ;D

En cuanto a lo de los que están haciendo prácticas (autoescuela), lo mismo: ¿por qué mis intercomunicadores son peligrosos y los suyos no?. O dicho de otro modo, con tu argumento: si detrás mio viene mi hermano en su coche "escoltándome", y llevo un chaleco amarillo y con una "L" a la espalda, ¿ya no son peligrosos mis intercomunicadores?  :o .

Veo mucho más fácil explicar lo de la velocidad y el tocino, de toda la vida.

Conclusión: no veo, ni de lejos, la justificación de que su uso "normal", "civilizado", o como se quiera llamar, suponga un peligro y que por tanto esté justificada la prohibición de sus uso... en lo que coincido contigo ;)

Vsss
 
Comparándolo con un coche, que puedes poner la radio a todo volumen y está permitido, no entiendo la diferencia de llevar unos altavoces insertados en el casco..... es más, en el coche con la radio a todo volumen se puede oir incluso menos, nada.

En moto y en marcha , oyes el ruido ambiente, el motor, un pitido..... cosa distinta es en parado y que te hablen con la música puesta, pero en marcha se escucha perfectamente lo que hay que escuchar, no dan tanto de sí como un equipo de música, es un murmullo.
 
Yo seguiré llevando mis manos libres en el teléfono, y cuando viajo el intercomunicador con el pasajero.

Aunque la ley la ha parido un subnormal profundo, pienso que los GC tienen un cerebro infinitamente superior, y por esto no multan. Ya he parado varias veces para preguntarles algún tipo de información y jamás me han dicho nada.

El día que me multen pensaré que me ha tocado el tocahuevos que hay en todos lados. Que le vamos hacer ::)
 
Que yo sepa en el coche tienes que llevar la música a un volumen tal que te permita escuchar el entorno. Otra cosa es que se denuncie o no (igual que no se denuncia el intercomunicador).

@Ruterillo: Mejor creo que no me puedo explicar. Lo que quiero decir es: ¿si no se puede hacer una excepción con la GC, qué otros medios propones para sustituírlos?
 
0D30323A2D362B30001B135F0 dijo:
Los auriculares. Fíjate si son peligrosos, que los motoristas de la GC los llevan "obligados" por ser parte de su equipación. Algún iluminado podrá decir: "Es que los motoristas de la GC son tan expertos que pueden con ese peligro". Ya: y por eso también los llevan los conductores noveles mientras dan clases prácticas y mientras se examinan  :P . El argumento se cae por su propio peso.

Esta es la típica gilipoyez de los legisladores de este país, que sin saber de la misa la mitad, sientan cátedra "por nuestra seguridad". Vamos: del mismo modo que cuando, de la nocha a la mañana, la tercera luz de freno en los coches pasó de prohibida y sancionable, a obligatoria en vehículos de nueva construcción  ::) .

Aquí lo que deberían hacer es que los aparartos estén homologados y punto. Vamos, que se hayan construido conforme a unos requerimientos lógicos que los hagan seguros de utilizar, para evitar por ejemplo que te puedan dejar sordo por excesivo volumen.

Todo lo demás, lo ya dicho: legislar por legislar, sin tener ni puñetera idea, y ya de paso poder multar y recaudar, que hace falta pasta para los sueldos y pensiones vitalicias de sus señorías.

Asco de gente  >:(.

Vsss
+1
Es mucho más seguro ir mirando la pantalla del navegador que escuchar por los auriculares.
Lo dicho no tienen ni idea, y si además les permite ir recaudando mejor.
 
Re: Informe AMM. Uso auriculares, altavo lo oces y protecciones auditivas.

Cada vez que aparece un post sobre este tema siempre digo lo mismo.

Que levante la mano al que hayan multado por llevar intercomunicador.

Pues eso.

Francesc
 
Está claro, estamos en la época del PROHIBIDO PROHIBIR.

*Uso el intercomunicador desde hace mucho tiempo con mi pareja y cuando voy en grupo, con el resto de los compañeros que también lo llevan por que ESTA DEMOSTRADO que lejos de ser un peligro, es bastante recomendable e incluso beneficioso para la conducción y puede evitar accidentes. No en vano en más de una ocasión nos hemos "avisado" entre compañeros (por ejemplo) de algo raro que ocurre en la siguiente curva, algún loco que va con su coche "disparado", etc...etc...
*Lo seguiré usando porque en más de una ocasión ha evitado que mi mujer tenga que hacer posturas y maniobras indeseadas para avisarme que debo parar (por algún motivo), llegando incluso a distraerme poniendo en peligro la seguridad de ambos.

*Lo seguiré usando porque en más de una ocasión me ha parado la GC y en ese momento se lo decía al resto de mis compañeros y no me dijeron nada. Será por que... ellos también son moteros y saben lo beneficioso Y NUNCA PERJUDICIAL que puede llegar a ser y por eso hacen la vista gorda.
*Los seguiré usando por que... se los permiten a los moteros "en practicas" para recibir las órdenes del monitor de turno... a pesar de ser moteros inexpertos y acumular en ese momento un montón de nervios (se están examinando) y yo estoy montando en moto más de 40 años y no voy nada nervioso cuando estoy encima de mi moto.

En fin.... cuando algún politico se de cuenta o le hagan ver lo beneficioso de estos "aparatos", puede que incluso entonces nos obliguen a llevarlos.......PODRIA SER EL COLMO......   
 
Re: Informe AMM. Uso auriculares, altavo lo oces y protecciones auditivas.

784C5F505D5B4D5D3E0 dijo:
Cada vez que aparece un post sobre este tema siempre digo lo mismo.

Que levante la mano al que hayan multado por llevar intercomunicador.

Pues eso.

Francesc

Sí, al parecer hoy no lo aplican, pero ¿y mañana?. El hecho es que ahí está legislado. Que a día de hoy no lo apliquen (imagino que gracias al sentido común de los agentes) no quita para que en cualquier momento la cosa cambie, sea por órdenes directas de sus superiores (y arriba del todo, los políticos en el gobierno), sea por el mero hecho de que te encuentres con el agente "cuadriculado" de turno.

Esa mera posibilidad es la que nunca debería haberse dado, al menos sin razones objetivas para ello.

Al final todo es regular, prohibir, legislar, ordenar... Ya sea necesario, o no. Esté justificado, o no.

Olé, la libertad (en su concepto sano; no confundir con libertinaje), cada día más lejana.  >:(

Vsss
 
Yo pienso seguir usándolos, más peligroso me parece que yo vaya con la visera medio abierta y la cabeza medio girada, gritando o tratando de oir lo que me grita mi compañero. ¿Está prohibido que te hable el pasajero del asiento de atrás cuando vas en coche?.

Sí considero peligroso conectar el mp3 a toda pastilla, ahí sí llevan razón, pero el manos libres, navegador y comunicación con pasejero u otra moto ..... venga hombre
 
No estoy conforme con lo que dice este informe  >:(.Bien está prohibido usarlos cuando vas conduciendo.Entonces me pregunto ¿Si no se pueden usar,para que los venden?.Es mejor que tu acompañante te hable a gritos, no te enteres y tuerzas la cabeza para saber lo que te está diciendo. ;D
Que es más grave.No dar aviso a tus compañeros de algo que sucede en un determinado punto de la carretera aceite etc.,ni de comunicar que un loco de cuatro ruedas va a toda pastilla.Mejor será darte el morrazo por no poder comunicarnos entre nosotros.
ENTONCES LOS PROPIOS MOTORISTAS DE TRAFICO,INCUMPLEN LA NORMATIVA.   ;D ;DEllos si que los tienen en el casco y lo UTILIZAN.No logro entenderlo :-? :-?
 
El legislador tiene que legislar, pero el solo entiende de leyes, no de motos o de barcos o de trenes, deben tener asesores espertos en cada tema pero por lo visto de motos no hay espertos asesores, tienen espertos en trafico de coches, camiones, carromatos, patines, pero motos no, creo que solo tienen que preguntarle a un G.C. de trafico y seguro que les dira que esto es bueno, ¿que se puede hacer mal uso?, pues claro como de un cuchillo jamoreno tambien.

Por otro lado, si esta prohibido, esta prohibido, te pueden denunciar, puede que el seguro o un juez en un acidente diga que lo usabas y fue la causa, etc.

Se usan en muchas de las competiciones, coches y motos, y se supone que estas competiciones son un referente para experimentar adelantos en temas de seguridad y ademas son situaciones limite en las que la menor distraccion te lleva al desastre y mira por donde no les distrae.

Y lo mas importante, es bueno y contribuye a la seguridad.

Vsssssss
 
Pongámonos en el caso de salida de vía con resultado de pierna y brazo roto, y ambos, moto y piloto, ocultos al tráfico por terraplén, campo de trigo, etc.
Cualquiera daría lo que fuese por apretar un botón y poder realizar una llamada telefónica de auxilio sin necesidad de quitarse el casco. Sólo por esto yo encuentro el intercomunicador imprescindible.
Sin ponernos tan dramáticos cualquiera de las razones anteriores inciden en la seguridad y confort de la conducción.
Un saludo y feliz Navidad a todos :)
 
Re: Informe AMM. Uso auriculares, altavo lo oces y protecciones auditivas.

6C51535B4C574A51617A723E0 dijo:
[quote author=784C5F505D5B4D5D3E0 link=1292660920/14#14 date=1292693551]Cada vez que aparece un post sobre este tema siempre digo lo mismo.

Que levante la mano al que hayan multado por llevar intercomunicador.

Pues eso.

Francesc

Sí, al perecer hoy no lo aplican, pero ¿y mañana?. El hecho es que ahí está legislado. Que a día de hoy no lo apliquen (imagino que gracias al sentido común de los agentes) no quita para que en cualquier momento la cosa cambie, sea por órdenes directas de sus superiores (y arriba del todo, los políticos en el gobierno), sea por el mero hecho de que te encuentres con el agente "cuadriculado" de turno.

Esa mera posibilidad es la que nunca debería haberse dado, al menos sin razones objetivas para ello.

Al final todo es regular, prohibir, legislar, ordenar... Ya sea necesario, o no. Esté justificado, o no.

Olé, la libertad (en su concepto sano; no confundir con libertinaje), cada día más lejana.  >:(

Vsss[/quote]

+1  8-)
Al final nos queda una sensación, cada vez que salimos con nuestra moto con los intercomunicadores, de que somos unos delincuentes.  >:(
Este el uno de los muchísimos ejemplos, que se dan en este país de que algo puede ser legal, pero inmoral, y de igual forma, pueden criminalizar y prohibir algo bueno, razonable y hasta ahora legal, para la conducción relajada y segura de nuestras motos con nuestros acompañantes, y ser una normativa chapucera, sin vínculo con la realidad, e inmunda e inmoral. ¡¡Hala!!
Sds.
 
575955464541514E340 dijo:
He leido los informes y me parecen bastante serios y rigurosos. No obstante hay una parte interpretativa que no comparto, y es la siguiente afirmación:

la colocación de los altavoces en el casco de protección del motorista sobre el oído del mismo se ajusta a la definición de “auricular”
y, según el mismo informe:
El diccionario entiende por “auricular”, entre otras definiciones, el aparato que
consta de dos pequeños altavoces que se acoplan a los oídos.

Yo dentro del casco [highlight]no tengo auriculares [/highlight][highlight]acoplados[/highlight] a los oidos, [highlight]yo tengo altavoces[/highlight] (igualitos que los de la radio del coche), altavoces ( y no auriculares), por tanto me permiten seguir escuchando lo que pasa a mi alrededor.

esa es mi interpretación (tan válida como otras) y si me sancionan será mi argumento para pedir que se retire la sanción.

Saludos.

No dudo que lo hayas leido, pero te has saltado este párrafo:

Debemos tener en cuenta que la colocación de los [highlight]altavoces[/highlight] en el casco de
protección del motorista sobre el oído del mismo se ajusta a la definición de
“auricular” respetando la definición de “aparato”, por tanto, en atención a lo
preceptuado por el artículo 18.2 del R.D. 1428/03, [highlight]su uso (que no instalación) se
contempla como infracción[/highlight]
 
Leyes incomprensibles, dictadas por póliticos ineptos que no entienden del tema, aplicadas de manera arbitraria, con lagunas legales a las que te puedes, o no agarrar, que dependen del buen criterio, o no del agente en cuestión, que si te pilan, te crujen vivo, o bien pasan de tí, y no te hacen ni caso. Seguridad juridica, creo que lo llaman...o , No >:(
 
4A697B61646167080 dijo:
[quote author=575955464541514E340 link=1292660920/4#4 date=1292672888]He leido los informes y me parecen bastante serios y rigurosos. No obstante hay una parte interpretativa que no comparto, y es la siguiente afirmación:

la colocación de los altavoces en el casco de protección del motorista sobre el oído del mismo se ajusta a la definición de “auricular”
y, según el mismo informe:
El diccionario entiende por “auricular”, entre otras definiciones, el aparato que
consta de dos pequeños altavoces que se acoplan a los oídos.

Yo dentro del casco [highlight]no tengo auriculares [/highlight][highlight]acoplados[/highlight] a los oidos, [highlight]yo tengo altavoces[/highlight] (igualitos que los de la radio del coche), altavoces ( y no auriculares), por tanto me permiten seguir escuchando lo que pasa a mi alrededor.

esa es mi interpretación (tan válida como otras) y si me sancionan será mi argumento para pedir que se retire la sanción.

Saludos.

No dudo que lo hayas leido, pero te has saltado este párrafo:

Debemos tener en cuenta que la colocación de los [highlight]altavoces[/highlight] en el casco de
protección del motorista sobre el oído del mismo se ajusta a la definición de
“auricular” respetando la definición de “aparato”, por tanto, en atención a lo
preceptuado por el artículo 18.2 del R.D. 1428/03, [highlight]su uso (que no instalación) se
contempla como infracción[/highlight]
[/quote]
Je, se las saben todas.

La verdad es que no conozco a nadie que hayan multado por llevar esta instalación, que de todas todas, canta. El único sitio donde se extañaron y miraron raro, fue en Noruega, un hostelero, nos insinuó que podríamos tener problemas con la Poli... Pero no nos paró nadie.

Me han multado hace poco por rebasar un trailler por la derecha en un atasco..... >:( El GC que me paró iba en un camuflado y yo llevaba activado el intercom con el móvil (se ve claramente el pilotito azul parpadeando) y los xenon. Ni mú, "solo" 200 lebros por rebasar por la derecha al camión.
 
232628383C20273A20253F2C3B490 dijo:
Está claro, estamos en la época del PROHIBIDO PROHIBIR.

*Uso el intercomunicador desde hace mucho tiempo con mi pareja y cuando voy en grupo, con el resto de los compañeros que también lo llevan por que ESTA DEMOSTRADO que lejos de ser un peligro, es bastante recomendable e incluso beneficioso para la conducción y puede evitar accidentes. No en vano en más de una ocasión nos hemos "avisado" entre compañeros (por ejemplo) de algo raro que ocurre en la siguiente curva, algún loco que va con su coche "disparado", etc...etc...
*Lo seguiré usando porque en más de una ocasión ha evitado que mi mujer tenga que hacer posturas y maniobras indeseadas para avisarme que debo parar (por algún motivo), llegando incluso a distraerme poniendo en peligro la seguridad de ambos.

*Lo seguiré usando porque en más de una ocasión me ha parado la GC y en ese momento se lo decía al resto de mis compañeros y no me dijeron nada. Será por que... ellos también son moteros y saben lo beneficioso Y NUNCA PERJUDICIAL que puede llegar a ser y por eso hacen la vista gorda.
*Los seguiré usando por que... se los permiten a los moteros "en practicas" para recibir las órdenes del monitor de turno... a pesar de ser moteros inexpertos y acumular en ese momento un montón de nervios (se están examinando) y yo estoy montando en moto más de 40 años y no voy nada nervioso cuando estoy encima de mi moto. 

En fin.... cuando algún politico se de cuenta o le hagan ver lo beneficioso de estos "aparatos", puede que incluso entonces nos obliguen a llevarlos.......PODRIA SER EL COLMO......   
Amén Joaquín,subrayo todo lo que dices lo que sí es cierto es que hacen la vista gorda hasta que hagan campañas para pillar al personal,entonces ya estaremos jodidos. >:(
 
Si Pakito, pero....... ¿como podrán demostrar que yo los ESTOY USANDO?
Me parece que hasta que no te pillan hablando con el movil en la oreja, no pueden sancionarte, pero nunca por llevar el movil en el coche :o :o :o ::) ::) ::) ::).
En nuestro caso, no veo forma MATERIAL de que puedan demostrar que estoy usando los "auriculares" del casco.....
 
0B283A20252026490 dijo:
[quote author=575955464541514E340 link=1292660920/4#4 date=1292672888]He leido los informes y me parecen bastante serios y rigurosos. No obstante hay una parte interpretativa que no comparto, y es la siguiente afirmación:

la colocación de los altavoces en el casco de protección del motorista sobre el oído del mismo se ajusta a la definición de “auricular”
y, según el mismo informe:
El diccionario entiende por “auricular”, entre otras definiciones, el aparato que
consta de dos pequeños altavoces que se acoplan a los oídos.

Yo dentro del casco [highlight]no tengo auriculares [/highlight][highlight]acoplados[/highlight] a los oidos, [highlight]yo tengo altavoces[/highlight] (igualitos que los de la radio del coche), altavoces ( y no auriculares), por tanto me permiten seguir escuchando lo que pasa a mi alrededor.

esa es mi interpretación (tan válida como otras) y si me sancionan será mi argumento para pedir que se retire la sanción.

Saludos.

No dudo que lo hayas leido, pero [highlight]te has saltado este párrafo[/highlight]:

[highlight]Debemos tener en cuenta [/highlight]que la colocación de los [highlight]altavoces[/highlight] en el casco de
protección del motorista sobre el oído del mismo se ajusta a la definición de
“auricular” respetando la definición de “aparato”, por tanto, en atención a lo
preceptuado por el artículo 18.2 del R.D. 1428/03, [highlight]su uso (que no instalación) se
contempla como infracción[/highlight]
[/quote]

No me he saltado el párrafo, lo he leido todo hasta el final ;) ;), solo que no lo comparto, porque es "interpretación" del que hace el informe, no es e literal de la norma ni es tampoco la definición de auricular.

Saludos
 
Yo creo que CarlosRT tiene bastante razón. Mi impresión es que lo dejan a la interpretación del señor agente ::), que creo que es lo peor de lo peor ya que de este modo nunca sabes a que atenerte.
 
Espero que modifiquen esa estúpida norma ya que quiero poder hablar con mi chico, pero sin el riesgo de la multa. >:(

V´sss.
 
4A44485B585C4C53290 dijo:
He leido los informes y me parecen bastante serios y rigurosos. No obstante hay una parte interpretativa que no comparto, y es la siguiente afirmación:

la colocación de los altavoces en el casco de protección del motorista sobre el oído del mismo se ajusta a la definición de “auricular”
y, según el mismo informe:
El diccionario entiende por “auricular”, entre otras definiciones, el aparato que
consta de dos pequeños altavoces que se acoplan a los oídos.

Yo dentro del casco [highlight]no tengo auriculares [/highlight][highlight]acoplados[/highlight] a los oidos, yo tengo altavoces (igualitos que los de la radio del coche), altavoces ( y no auriculares), por tanto me permiten seguir escuchando lo que pasa a mi alrededor.

esa es mi interpretación (tan válida como otras) y si me sancionan será mi argumento para pedir que se retire la sanción.

Saludos.


Pues lamento discrepar, pero creo que no has debido leer bien la definición que da la D.R.A.E acerca de los auriculares, ya que has confundido la palabra acoplar con aplicar y que nada tiene que ver. En la definición 3 de auricular, que es la referida al caso que nos ocupa dice lo siguiente:

auricular1.

(Del lat. auricul[ch257]ris).

3. m. En los aparatos telefónicos y, en general, en todos los empleados para percibir sonidos, parte de ellos [highlight]o pieza aislada que se aplica a los oídos.[/highlight]

Aquí tambien lo explican bien:
http://es.wikipedia.org/wiki/Auriculares



Así que si nos atenemos a esta definición tendrás pocos argumentos para tu defensa en caso de que te paren y decidan sancionarte.


Saludos :).
 
4C666068646B2B050 dijo:
[quote author=4A44485B585C4C53290 link=1292660920/4#4 date=1292672888]He leido los informes y me parecen bastante serios y rigurosos. No obstante hay una parte interpretativa que no comparto, y es la siguiente afirmación:

la colocación de los altavoces en el casco de protección del motorista sobre el oído del mismo se ajusta a la definición de “auricular”
y, según el mismo informe:
El diccionario entiende por “auricular”, entre otras definiciones, el aparato que
consta de dos pequeños altavoces que se acoplan a los oídos.

Yo dentro del casco [highlight]no tengo auriculares [/highlight][highlight]acoplados[/highlight] a los oidos, yo tengo altavoces (igualitos que los de la radio del coche), altavoces ( y no auriculares), por tanto me permiten seguir escuchando lo que pasa a mi alrededor.

esa es mi interpretación (tan válida como otras) y si me sancionan será mi argumento para pedir que se retire la sanción.

Saludos.


Pues lamento discrepar, pero creo que no has debido leer bien la definición que da la D.R.A.E acerca de los auriculares, ya que has confundido la palabra acoplar con aplicar y que nada tiene que ver. En la definición 3 de auricular, que es la referida al caso que nos ocupa dice lo siguiente:

auricular1.

(Del lat. auricul[ch257]ris).

3. m. En los aparatos telefónicos y, en general, en todos los empleados para percibir sonidos, parte de ellos [highlight]o pieza aislada que se aplica a los oídos.[/highlight]

Aquí tambien lo explican bien:
[highlight]http://es.wikipedia.org/wiki/Auriculares[/highlight]


Así que si nos atenemos a esta definición tendrás pocos argumentos para tu defensa en caso de que te paren y decidan sancionarte.


Saludos :).
[/quote]

bueno, en el enlace que pones, todas las fotos me dan la razón: mi BT no tiene eso, por eso digo que no tengo auriculares.

De todas formas, como dije al principio, es mi interpretación y mi argumento (en el hipotético caso de que me sancionen por llevar el BT, que como ya han dicho otros foreros, no parece que esté pasando).
 
444A46555652425D270 dijo:
[quote author=4C666068646B2B050 link=1292660920/32#32 date=1292984590][quote author=4A44485B585C4C53290 link=1292660920/4#4 date=1292672888]He leido los informes y me parecen bastante serios y rigurosos. No obstante hay una parte interpretativa que no comparto, y es la siguiente afirmación:

la colocación de los altavoces en el casco de protección del motorista sobre el oído del mismo se ajusta a la definición de “auricular”
y, según el mismo informe:
El diccionario entiende por “auricular”, entre otras definiciones, el aparato que
consta de dos pequeños altavoces que se acoplan a los oídos.

Yo dentro del casco [highlight]no tengo auriculares [/highlight][highlight]acoplados[/highlight] a los oidos, yo tengo altavoces (igualitos que los de la radio del coche), altavoces ( y no auriculares), por tanto me permiten seguir escuchando lo que pasa a mi alrededor.

esa es mi interpretación (tan válida como otras) y si me sancionan será mi argumento para pedir que se retire la sanción.

Saludos.


Pues lamento discrepar, pero creo que no has debido leer bien la definición que da la D.R.A.E acerca de los auriculares, ya que has confundido la palabra acoplar con aplicar y que nada tiene que ver. En la definición 3 de auricular, que es la referida al caso que nos ocupa dice lo siguiente:

auricular1.

(Del lat. auricul[ch257]ris).

3. m. En los aparatos telefónicos y, en general, en todos los empleados para percibir sonidos, parte de ellos [highlight]o pieza aislada que se aplica a los oídos.[/highlight]

Aquí tambien lo explican bien:
[highlight]http://es.wikipedia.org/wiki/Auriculares[/highlight]


Así que si nos atenemos a esta definición tendrás pocos argumentos para tu defensa en caso de que te paren y decidan sancionarte.


Saludos :).
[/quote]

bueno, en el enlace que pones, todas las fotos me dan la razón: mi BT no tiene eso, por eso digo que no tengo auriculares.

De todas formas, como dije al principio, es mi interpretación y mi argumento (en el hipotético caso de que me sancionen por llevar el BT, que como ya han dicho otros foreros, no parece que esté pasando).

[/quote]

A ver, las fotos son sólo unos modelos de los miles que existen, lo que te interesa es leer el texto y ver que con la Ley en la mano, no hay lugar a la interpretación del agente. Sobre todo, si te ciñes a la definición que la propia D.R.A.E. (que es la que vale, de cara a un jucio) da sobre los auriculares.

Pero como tú mismo dices, es tu interpretación que, aunque respetable, es más que posible que no te libre de una multa si alguna vez das con algún agente que te quiera aplicar la Ley. Por suerte, de momento, no están dando mucha caña con este asunto ::).

Saludos :).
 
Atrás
Arriba