Intercomunicadores. Legales SEGÚN libro de autoescuela¡¡¡

Novosevi

Curveando
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Resulta que mi mujer quiere sacarse el permiso de conducir de la clase A.

Entre otras cuestiones me dice que se puede utilizar el intercomunicador legalmente, y yo le contesto con contundencia que NO, (mas lo que se ha hablado en este foro sobradamente del tema).

PERO¡¡¡¡  Leedlo vosotros mismo lo que pone el libro de la autoescuela, lo he bordeado en azul¡¡¡¡

Editorial ETRASA, página 117, edicion 25ª de 2007.

Para los que no tenemos tan buena vista, edito literalmente
"Existen cascos que están intercomunicado`por sistema de radio, de esta manera permiten la conversacion entre los ocupantes de la motocicleta"

Mentira1.jpg
 
Re: Intercomunicadores. Legales segun libro de autoescuela¡¡¡

Pero que lo ponga en un libro de la autoescuela, no creo q quira decir q sea legal.
SALU2
 
Re: Intercomunicadores. Legales segun libro de autoescuela¡¡¡

Tienes razón¡¡¡

Pero si te examinas del permiso A o A1 y te hacen esa pregunta, puede infundirte a error en contestar que "SI se puede utilizar". El texto no pone que NO se puede utilizar, eso es lo que me llama la atención.

Por eso pongo "...Según libro de autoescuela" (pero si me dices otro titulo lo cambio, soy poco imaginativo ;) :D ;D


Salu2
 
Re: Intercomunicadores. Legales segun libro de autoescuela¡¡¡

pues ahora q lo dices no habia leido el titulo completo :-/ :-/
solo se veia parte del titulo en el indice y lo di por supuesto.
Mil disculpas
salu2
 
Re: Intercomunicadores. Legales segun libro de autoescuela¡¡¡

222B2D213C2C3B4E0 dijo:
pues ahora q lo dices no habia leido el titulo completo :-/ :-/
solo se veia parte del titulo en el indice y lo di por supuesto.
[highlight]Mil disculpas[/highlight]
salu2


En absoluto¡¡¡¡ no hay que disculpar nada¡¡¡¡ he jugado un poco con las "interpretaciones" Un abrazo a Valencia¡¡

Salu2
 
17362F362A3C2F30590 dijo:
Resulta que mi mujer quiere sacarse el permiso de conducir de la clase A.

Entre otras cuestiones me dice que se puede utilizar el intercomunicador legalmente, y yo le contesto con contundencia que NO, (mas lo que se ha hablado en este foro sobradamente del tema).

PERO¡¡¡¡  Leedlo vosotros mismo lo que pone el libro de la autoescuela, lo he bordeado en azul¡¡¡¡

Editorial ETRASA, página 117, edicion [highlight]25ª de 2007[/highlight].
Para los que no tenemos tan buena vista, edito literalmente
"Existen cascos que están intercomunicado`por sistema de radio, de esta manera permiten la conversacion entre los ocupantes de la motocicleta"

Mentira1.jpg

¿Puede ser por eso?

Bueno, llevate el manual en el bolsillo, y cuando te multen por llevar el intercomunicador se lo enseñas, y asi te entretienes un rato mientras siguen rellenando la denuncia. ;)
 
60656B697E633874380C0 dijo:
[quote author=17362F362A3C2F30590 link=1286397496/0#0 date=1286397496]Resulta que mi mujer quiere sacarse el permiso de conducir de la clase A.

Entre otras cuestiones me dice que se puede utilizar el intercomunicador legalmente, y yo le contesto con contundencia que NO, (mas lo que se ha hablado en este foro sobradamente del tema).

PERO¡¡¡¡  Leedlo vosotros mismo lo que pone el libro de la autoescuela, lo he bordeado en azul¡¡¡¡

Editorial ETRASA, página 117, edicion [highlight]25ª de 2007[/highlight].
Para los que no tenemos tan buena vista, edito literalmente
"Existen cascos que están intercomunicado`por sistema de radio, de esta manera permiten la conversacion entre los ocupantes de la motocicleta"

Mentira1.jpg

¿Puede ser por eso?

Bueno, llevate el manual en el bolsillo, y cuando te multen por llevar el intercomunicador se lo enseñas, [highlight]y asi te entretienes un rato mientras siguen rellenando la denuncia[/highlight]. ;)[/quote]


Jejejejeje..... Verdad¡¡¡¡....

Los intercomunicacadores o "aparatos reproductores de sonido" etc. etc. etc. no han estado permitidos nunca (aunque si ha habido vacio legal).

Me estraña que sea por la edición.

Todo esto lo digo a modo de "curiosidad", no por otra cosa.

Salu2
 
Tampoco dice que estén permitidos, simplemente que existen.
Y las condiciones en las que están permitidos son las que son, como en exámenes, uso por las policías, etc.
También puede usarlo el acompañante con ottros acompañantes, para oír la radio...
Lo que te multarán es si lo usa el conductor.
 
Mi hijo se ha examinado recientemente de A-1 y es curioso lo estúpido de las normativas y su interpretación.

Un aspirante a pilotar una motocicleta, puede recibir instrucciones del profesor de la autoescuela durante las clases de circulación en tráfico abierto, hablar, preguntar a la vez que conduce y después mas de lo mismo el día del examen por parte del examinador de la DGT sin que sea peligroso, ni nada parecido ........ la falta de experiencia, los nervios propios de la prueba, el tráfico intenso de primera hora de la mañana, mi hijo se ha examinado dos veces de circulación a las 8,15 de la mañana por la zona de Móstoles con un tráfico de traca y todo eso a la DGT le parece razonable y necesario para realizar el examen.

Pero que alguien con experiencia pueda hablar con su acompañante a está misma gente, LA DGT les parece peligroso, temerario y un montón de cosas mas con lo que mas que justificadamente solo puedo decir, vayan ustedes a la mierda por inútiles, sectarios e incompetentes.

por ésto y por cientos de cosas mas, P€R€ NAVARRO DIMISIÓN

EL SÁBADO 13 DE NOVIEMBRE, TOD@S A MADRID
MANIFESTACIÓN NACIONAL ANTIGUARDARRAILES

www.manifestacionmotera2010.com
 
No están permitidos, otra cosa es, que la autoridad competente quiera denunciarte o no, pero legales no son, y en los libros de auto escuela, dice que existen pero no pone que sean legales, pero como nos dejan como estan no aclaran nada, cada uno que lo interprete como crea conveniente.
 
1F3D32383D38335C0 dijo:
Tampoco dice que estén permitidos, simplemente que existen.
Y las condiciones en las que están permitidos son las que son, como en exámenes, uso por las policías, etc.
También puede usarlo el acompañante con ottros acompañantes, para oír la radio...
Lo que te multarán es si lo usa el conductor.


Pues sigo insistiendo.... TIENES RAZÓN, y vuelvo a decir, que lo que [highlight]me llama la atención es que pudiera llegar a infundir error [/highlight]ante una persona que se examine del A - A1.

Simplemente con decir que "este tipo de dispositivo estan permitidos para los casos que puntualmente se determinen. No está permitida su utilización.... etc etc.", no se interpretaria que quizas se pudieran utilizar.

No se si me explico¡¡¡

Salu2
 
7F6D6B732F2D180 dijo:
Mi hijo se ha examinado recientemente de A-1 y es curioso lo estúpido de las normativas y su interpretación.

Un aspirante a pilotar una motocicleta, puede recibir instrucciones del profesor de la autoescuela durante las clases de circulación en tráfico abierto, hablar, preguntar a la vez que conduce y después mas de lo mismo el día del examen por parte del examinador de la DGT sin que sea peligroso, ni nada parecido ........ la falta de experiencia, los nervios propios de la prueba, el tráfico intenso de primera hora de la mañana, mi hijo se ha examinado dos veces de circulación a las 8,15 de la mañana por la zona de Móstoles con un tráfico de traca y todo eso a la DGT le parece razonable y necesario para realizar el examen.

Pero que alguien con experiencia pueda hablar con su acompañante a está misma gente, LA DGT les parece peligroso, temerario y un montón de cosas mas con lo que mas que justificadamente solo puedo decir, vayan ustedes a la mierda por inútiles, sectarios e incompetentes.

por ésto y por cientos de cosas mas, P€R€ NAVARRO DIMISIÓN

EL SÁBADO 13 DE NOVIEMBRE, TOD@S A MADRID
MANIFESTACIÓN NACIONAL ANTIGUARDARRAILES

www.manifestacionmotera2010.com

Cuando lo entienda el primero, que me lo expliquen a mi. :D ;) ;D

Salu2
 
Vamos haber en la nacional de BMW-LT que se ha celebrado recientemente en Córdoba tuvimos ese comentario con el teniente creo que hera de la benemérita y el nos explico que lo que estaba prohibido hera llevar el pinganillo en la oreja, o algo que pudiese entorpecer la audición, pero llevarlo integrado en el casco no estaba prohibido
 
4C405348404F4E444D5254444240210 dijo:
Vamos haber en la nacional de BMW-LT que se ha celebrado recientemente en Córdoba tuvimos ese comentario con el teniente creo que hera de la benemérita y el nos explico que lo que estaba prohibido hera llevar el pinganillo en la oreja, o algo que pudiese entorpecer la audición, pero llevarlo integrado en el casco no estaba prohibido

Exacto arroser, yo tenia entendido lo mismo, tambien por boca de un GC, me explico, si el dispositivo de sonido no esta, digamos, acoplado en la oreja, no esta prohibido. Por ejemplo, un pequeño altavoz, integrado en las almohadillas de dentro si estaria permitido.

Salut i Vsss
 
Por más que leo no veo donde dice que "SE PUEDEN UTILIZAR APARATOS TRANSCEPTORES PARA LOS QUE SE NECESITEN CASCOS O AURICULARES ACOPLADOS AL OIDO"

La ley dice que se prohíbe utilizar los teléfonos móviles o cualquier otro medio de sistema de comunicación mientras se conduce, salvo que el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos, [highlight]cascos, auriculares o instrumentos similares[/highlight]. Se ha añadido el uso de emisoras de radio a [highlight]través del micrófono [/highlight]por la grave interferencia al grado de atención exigible a todo conductor, así que lo tenemos prohibido por partida doble. Por definición un auricular no es solamente el pinganillo que se introduce en la oreja, sino cualquier aparato de sonido aplicada a ella, siendo indiferente que esté fijado por un alambrito alrededor de la cabeza como en el casco, eso último hay quien no quiere asimilarlo....allá ellos.

En el libro de la autoescuela dice "EXISTEN", y en eso tiene razón.

Si dijese que existen drogas de diseño ¿Podríamos conducir hasta las cejas de éxtasis?


Atentamente: Basilio
 
Buenas,

Novosevi, y porque no lo pregunta tu mujer en la autoescuela??? que le digan si es legal o no y si no es legal, porque lo pone entonces en el libro.

Salut i Vsss
 
524746504D4554220 dijo:
Buenas,

Novosevi, y porque no lo pregunta tu mujer en la autoescuela??? que le digan si es legal o no y si no es legal, porque lo pone entonces en el libro.

Salut i Vsss

Y preguntado está¡¡¡¡

NO ES LEGAL LLEVAR ESE TIPO DE DISPOSITIVO¡¡¡

La autoescuela, ha mandado una consulta a la editorial (porque tambien ve lógico que "pudiera infundir a error") y esta aún no ha contestado (hace una semana mandó la consulta). Aúnque dice que debemos leer el contexto, pero yo no veo por ninguna parte de ese contesto de que digan que "no está permitida su utilización". Si lo pone en el libro, pero muy al principio....

Salu2
 
133022383D383E510 dijo:
Por más que leo no veo donde dice que "SE PUEDEN UTILIZAR APARATOS TRANSCEPTORES PARA LOS QUE SE NECESITEN CASCOS O AURICULARES  ACOPLADOS AL OIDO"

La ley dice que se prohíbe utilizar los teléfonos móviles o cualquier otro medio de sistema de comunicación mientras se conduce, salvo que el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos, [highlight]cascos, auriculares o instrumentos similares[/highlight]. Se ha añadido el uso de emisoras de radio a [highlight]través del micrófono [/highlight]por la grave interferencia al grado de atención exigible a todo conductor, así que lo tenemos prohibido por partida doble. Por definición un auricular no es solamente el pinganillo que se introduce en la oreja, sino cualquier aparato de sonido aplicada a ella, siendo indiferente que esté fijado por un alambrito alrededor de la cabeza como en el casco, eso último hay quien no quiere asimilarlo....allá ellos.

En el libro de la autoescuela dice "EXISTEN", y en eso tiene razón.

Si dijese que existen drogas de diseño ¿Podríamos conducir hasta las cejas de éxtasis?


          Atentamente:  Basilio

Basilio¡¡¡¡ que es cierto¡¡¡ que digo lo mismo que tu, aunque de otra forma.....

No por que esté escrito, va ha ser legal¡¡. Me refiero a que si no está permitida su utilización (y este tema es muy sensible para interpretar, aunque solo cabe una sola interpretación), en mi humilde opinión (hay muchas¡¡¡), que ponga explicitamente en el contexto "que no está permitida la utilización", aunque "existan esos dispositivos". No se si me he explicado¡¡¡????
Que no expongo que este permitida o no permitida la utilización (yo lo tengo claro¡¡¡). Expongo un escrito que a los que están empezando a sacarse el permiso de conducir puede confundirlo¡¡¡


El hecho infringido es:

[highlight]LSV art. 11.3 - CIR 18.2 Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores
de sonido.
importe de la sanción: 200€ - reducida 100€; Puntos: 3[/highlight]

Vamos a poner mas¡¡¡

Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

TÍTULO II.
NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN LA CIRCULACIÓN
CAPÍTULO I.
NORMAS GENERALES

Artículo 11. Normas generales de conductores

3. Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.


--------------------------------------------------------------------------------

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

CAPÍTULO III.
NORMAS GENERALES DE LOS CONDUCTORES.

Artículo 18. Otras obligaciones del conductor.

2. Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar [highlight]sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares [/highlight](artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).


Salu2
 
yo lo pregunté a 2 agentes de la guardia civil y me dijeron que ERAN LEGALES  :) :) :)
me comentaron que lo que era ilegal es el auricular dentro del oído, pero los "altavoces" que llevamos en el casco no...

hay que tener en cuenta que no van conectados por cable, sino via bluethot (o como se escriba)
 
lo que pasa es que se la cogen con papel de fumar, al final es la interpretación del agente, a mi me hablado con agentes, me han parado, y ninguno nunca me han echo mención siquiera y eso que siempre le llevo encendido, pero que sepais que si os quieren multar lo pueden hacer, >:(
 
Hola, Novo que te ha entrado con los intercomunicadores ahora, mandame por correo lo que tú sabes lo espero impaciente, saludos a Rosa.-
 
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