ITV 2011

El_Conde_Angusta

Allá vamos
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17 Mar 2010
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Me ha llegado esta información sobre la ITV.

El Ministerio de Industria y Turismo ya ha presentado las rectificaciones sobre el manual de la aplicación del nuevo reglamento de la Inspección Técnica de Vehículos que fue presentado el 14 de enero de este año.
Gracias a la corrección de este manual, ya no será necesario legalizar todos los accesorios que estén instalados en nuestra motocicleta. Aunque no sea necesario legalizar todos los accesorios de nuestra moto, estos deberán estar homologados. Además no deben superar las medidas totales del vehículo que consten en ficha (anchura, altura y longitud) y no representarán un peligro para el conductor o los peatones (no tendrán aristas un bordes cortantes).


En esta manual, por medidas del vehículo se entiende como altura máxima la marcada por los retrovisores o carenado de serie instalados en la moto; la anchura viene definida por el manillar, y la longitud máxima va desde el borde anterior del neumático delantero hasta la parte final del último elemento trasero de la moto, el guardabarros. Si contamos con algún accesorio que supere estas medidas, en este caso, se deberá legalizar.

A continuación reproducimos textualmente los párrafos con las nuevas anotaciones.


Elementos externos
“No tendrá consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables cuando se utilicen los anclajes previstos por el fabricante (ej.: maletas, baúles, alforjas de cuero, bolsas sobredepósito, portaequipajes…). Los soportes base de estos elementos no tendrán consideración de reforma siempre y cuando una vez instalados en la motocicleta no sobresalgan de la anchura máxima del vehículo.Asimismo, no tendrá consideración de reforma la instalación de altavoces, paramanos, puños calefactables, soportes GPS, pequeños interruptores/dispositivos para el sistema de alarma o similar, topes anticaídas y protectores de motor, quillas, deflectores de aire. Los elementos decorativos y molduras que no sobresalgan del ancho del vehículo tampoco serán considerados reformas”.


Carenados y cúpulas
“En los vehículos de 2 ó 3 ruedas se entenderá por carrocería el carenado, parabrisas, la cúpula o cualquier elemento que rodee y proteja a los ocupantes o al vehículo. No obstante, las cúpulas cuya instalación no supere el valor máximo de la altura recogida en la homologación de tipo del vehículo o que se puedan desmontar, sin necesidad de ninguna herramienta, no se considerarán reforma”.


Asiento
“La modificación del sillín y/o instalación de respaldo en vehículos de categoría L1e, L3e y Quads no se considerará reforma si no afecta al número de plazas, asidero ni dimensiones máximas del vehículo, en cuyo caso se tramitarán por la/s reforma/s correspondiente/s.No se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta el asiento del pasajero”.
Manetas y pedales (freno/embrague/cambio)
“No se considerará reforma la sustitución de manetas y/o pedales que mantengan la configuración, emplazamiento y dimensiones originales del vehículo.La sustitución de una palanca manual de cambio por otra de similares características no se considera reforma”.


Neumáticos
“No se considerará reforma la instalación de neumáticos que cumplan con los siguientes criterios de equivalencia:- Índice de capacidad de carga igual o superior.- Código de categoría de velocidad igual o superior.- Igual diámetro exterior con una tolerancia de + 3 %.- Que el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático”.


Escapes
“Para la sustitución de silenciosos de escape se admiten dispositivos homologados para el vehículo reformado conforme a la directiva 97/24/CE Capitulo 9, en vehículos matriculados con anterioridad a 01/01/2009 u homologados con la Directiva 2005/30/CE o posteriores para el resto de vehículos sin necesidad de realización de ensayos.En vehículos con homologación por 92/61/CEE o 2002/24/CE, será obligatorio la incorporación de un silencioso homologado por 2005/30/CE o 97/24/CE Capítulo 9.No se considerará reforma la sustitución de silenciosos por otros que cumplan la Directiva 97/24/CE Capítulo 9 o sustitución de catalizadores por otros que cumplan la Directiva 2005/30/CE”.

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bastante bien, :-X no un respiro que nos dan los de arriba
 
Muchas gracias por informarnos,creo que a muchos nos quitas un peso de encima.
Una pregunta,sabes si los filtros de potencia estan permitidos?y si no es así como se puede ir legal con estos.
 
Yo entiendo que el carenado para aquellas que no lo traian de origen se tendra que anotar en la ficha tecnica ya que se considera una reforma.

saludos
 
Yo la he pasado esta mañana a la cafetera y estoy tan contento que lo voy pregonando a los cuatro vientos ;) ;) ;) ;) ;)
 
Gracias por la información, compañero. Aunque aquí, en la estación de ITV, me han pedido que aporte certificados de BMW tanto de la cúpula (original BMW) como de los protectores de puños. Esto no se considera reforma, como bien dices en tu escrito, pero para apuntarlo en la ficha técnica te hacen pagar tasas como si de reforma se tratara.
Se entiende así que es la única forma de circular legalmente, con todos los accesorios y modificaciones debidamente inscritos en la ficha técnica y autorizados por la ITV.
Como os digo, la cúpula es original pero los cubrepuños no, así que los del concesionario BMW no me han querido hacer los dos certificados. El jefe de la ITV me recomienda cambiarlos por originales  :-[ o presentar una declaración responsable de que la instalación es anterior a diciembre de 2010. Mañana por la mañana iré (otra vez) a la ITV y os contaré más cosas... ;)

P.S.: por cierto, esto antes del 15 de junio de 2011. Después de esa fecha cualquier modificación deberá ir acompañada de informe técnico pertinente = más pelas  >:(.

P.P.S.: o por mi tierra son muy tiquismiquis o a mí me han tomado por el pito del sereno.  >:(

P.P.S.: ¿Qué coño harán los propietarios de Harley ahora?  :D :D
 
4D4C5D4845484448474A48290 dijo:
Gracias por la información, compañero. Aunque aquí, en la estación de ITV, me han pedido que aporte certificados de BMW tanto de la cúpula (original BMW) como de los protectores de puños. Esto no se considera reforma, como bien dices en tu escrito, pero para apuntarlo en la ficha técnica te hacen pagar tasas como si de reforma se tratara.
Se entiende así que es la única forma de circular legalmente, con todos los accesorios y modificaciones debidamente inscritos en la ficha técnica y autorizados por la ITV.
Como os digo, la cúpula es original pero los cubrepuños no, así que los del concesionario BMW no me han querido hacer los dos certificados. El jefe de la ITV me recomienda cambiarlos por originales  :-[ o presentar una declaración responsable de que la instalación es anterior a diciembre de 2010. Mañana por la mañana iré (otra vez) a la ITV y os contaré más cosas... ;)

P.S.: por cierto, esto antes del 15 de junio de 2011. Después de esa fecha cualquier modificación deberá ir acompañada de informe técnico pertinente = más pelas  >:(.

P.P.S.: o por mi tierra son muy tiquismiquis o a mí me han tomado por el pito del sereno.  >:(

P.P.S.: ¿Qué coño harán los propietarios de Harley ahora?  :D :D

Son muy tiquismikis por tu zona.
Yo la pasé ayer y me miraron lo esencial (luces, frenos, gases y decibelios), vamos lo que debe de ser. Que conste que tengo una RS sin cúpula, escapes ixil, asiento cafe racer y guardabarros trasero metálico.
 
Bueeeeeeno, finalmente ITV superada.
Fue suficiente con una "declaración responsable" que acredita que los accesorios están instalados antes de la entrada en vigor de la nueva ley (año 2010) y llevé las páginas del REALOM de BMW con los accesorios instalados (cúpula y protectores de manos).
Tasa de ITV periódica (19 €) y tasa de anotación en Ficha Técnica (7 €). Comprobación de que la referencia de los accesorios fuera la que decía el documento y anotación en la Ficha de esos elementos, con lo que la moto (la R850R) está totalmente en regla. :)
Realmente esto solo podrá hacerse hasta el próximo 15 de junio. Después habrá que presentar certificación de instalación por profesional autorizado, etc., etc.
Saludos a todos. :)

P.S.: estoy preparando lo mismo para la R100GS, supongo que pasaré ITV este mes de mayo.
 
ITV pasada sin problemas.

Despues de hacerle la gran parada ( hasta el ultimo tornillo) esta mañana he ido a pasarle la ITV y se han portado muy bien, han mirado frenos, luces, ruedas, nº de chasis y poco mas.
La ITV  es la de Sant Andreu de la Barca en Barcelona y la verdad es que se ha portado muy bien.
saludos
 
Hola,

Hoy he estado en el concesionario Vespa y estaban hablando de la ITV. Sólo les están poniendo pegas con los parabrisas y pantallas. Me han dicho, al igual que ya se ha dicho por aquí, que todo lo que se puedas desmontar sin necesidad de herramienta especial, pasa sin problemas.

Un abrazo.
 
He pasado ya dos ITV y hasta ahora lo unico que he tenido que desmontar solo antinieblas y Xenon y despues al tubo de escape meterle fibra por eso de los decibelios para una vez pasada saca la fibra y volver a motar es ma llevo en las tres la pantalla Vario y tampoco la he tenido que desmontar.Mañana paso la tercera moto es una loteria y hasta ahora todo bien parece divertido esto de las ITV....Saludo Komodoro... :D :D :D :D :D
 
Asiento
“La modificación del sillín y/o instalación de respaldo en vehículos de categoría L1e, L3e y Quads no se considerará reforma si no afecta al número de plazas, asidero ni dimensiones máximas del vehículo, en cuyo caso se tramitarán por la/s reforma/s correspondiente/s.No se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta el asiento del pasajero”.


Entonces, ¿los asientos mono?
 
Bueno parece que suaviza el temporal... a ver como van los quisquillosos...
Sobre el aseinto, si es mono... afecta el numero de plazas.
 
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