kits limitadores de potencia

pissjapan

Arrancando
Registrado
10 Ene 2006
Mensajes
7
Puntos
0
He recibido del IDIADA la siguiente información
Gracias Admin



Desde el mes de mayo la manera de legalizar las reformas para limitar la potencia de las motocicletas ha sido modificada por lo que lo primero que se ha de hacer es la homologación de un kit de reducción de potencia.


Para proceder a esa homologación, cada combinación motocicleta-kit deberá ser sometida a los ensayos de potencia y par máximo, y de nivel sonoro con el kit de reducción ya instalado.



REQUISITOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN KIT LIMITADOR



El proceso para la homologación de un kit limitador de potencia es el siguiente:



1- El solicitante de la homologación del kit debe definir un kit de limitación que cumpla con los nuevos requisitos que el Ministerio de Industria Turismo y Comercio establece en relación a este tipo de dispositivos.



Dichos requisitos son:



- Los dispositivos limitadores de potencia deberán incluir un “sistema anti-manipulación” que pueda delatar la alteración o desmontaje de alguno de los componentes del dispositivo y que permita la comprobación de su estado a las I.T.V., Agentes de Tráfico o Autoridades competentes.



- Las piezas y/o componentes fundamentales que formen parte de los dispositivos de reducción de potencia deberán ir debidamente marcadas con sus correspondientes números de serie y/o referencias.



- Las reducciones de potencia solo se podrán realizar cuando la variación de la potencia máxima sea [ch8804] al 75% de la potencia original.



2- El solicitante debe enviar dos kits completos, uno de ellos instalado en el vehículo al cual va a estar destinado para la realización los ensayos de potencia máxima y nivel sonoro, y el otro quedará almacenado como muestra en el laboratorio.



3- Una vez realizados los ensayos, con resultados favorables, se emite un informe que, junto con una documentación descriptiva de todos los elementos que forman el kit que debe aportar el solicitante, es enviada al Ministerio de Industria Turismo y Comercio para la obtención de una Resolución Favorable.




SOLICITUD DE INFORME DE LIMITACIÓN DE POTENCIA



Una vez obtenida la homologación del Kit, el proceso para la legalización de la reforma de limitación de potencia es el siguiente:



1- El solicitante de la reforma debe instalar un kit homologado y solicitar los siguientes documentos:



· Certificado del taller que realiza el montaje. En el apartado de observaciones se deberá incluir una relación de piezas y/o elementos montados o sustituidos así como sus números de serie y/o referencias.



· Informe favorable del laboratorio. Para la obtención de este informe el solicitante debe enviar la siguiente documentación:



- Fax de solicitud emisión de informe de reforma incluyendo la dirección para el envío del informe y la factura, el DNI/NIF y el teléfono de contacto.

- Ficha técnica del vehículo.

- Permiso de circulación

- Certificado de taller



2- Una vez obtenidos estos documentos, el solicitante debe dirigirse a la ITV para que le modifiquen la Ficha Técnica.



No dude en contactar con nosotros para cualquier consulta o si necesita más información.



Atentamente,
 
Atrás
Arriba