DrutaK - Salidas, rutas y viajes en motoMe gusta esta página
Ayer a las 12:56 ·
¿ SABIAS QUE...?
Los intercomunicadores de moto son legales y son realmente útiles y benefician a nuestra seguridad. Pero ¿lo son todos? ¿Por qué hay casos de multas? ¿Qué dice la jurisprudencia?
Te contamos todo lo que debes saber:
Existe mucha confusión respecto a la legalidad de los intercomunicadores de moto: llevar un intercomunicador en el casco de moto no es ilegal, aunque la Ley es ambigua al respecto.
Te explicamos por qué lo es y resolvemos tus principales dudas para que pierdas cualquier miedo a usarlos. Sigue leyendo porque hay mucho que contarte:
1) LA LEY Y LOS INTERCOMUNICADORES DE MOTO. QUÉ DICE EL CÓDIGO DE CIRCULACIÓN
Antes de nada, hay que recordarte qué son los intercomunicadores de moto.
Los intercomunicadores son unos aparatos electrónicos que nos permiten (a grandes rasgos), escuchar música, la radio, hacer y recibir llamadas, comunicarnos con nuestro pasajero u otros motoristas y, algunos modelos, hasta grabar vídeo.
Todo esto, dependiendo del modelo y de la marca. Los intercomunicadores son muy útiles, especialmente para viajar en moto o moverte en el día a día.
Actualmente, esto es los que estipula el Código de Circulación respecto a los dispositivos de comunicación, detallado en su artículo 18.2:
“Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas.
Reglamentariamente se podrán establecer otras excepciones a las prohibiciones previstas en los párrafos anteriores.”
2) ¿TE PUEDEN MULTAR POR LLEVAR UN INTERCOMUNICADOR DE MOTO?
Este artículo 18.2 es poco preciso y deja a la interpretación de la autoridad competente si el intercomunicador es un auricular o no.
Realmente, solo se detallan dos usos legales de sistemas de comunicación de este estilo (para autoescuelas y policía), pero también aclara que se podrían establecer más excepciones de cara el futuro.
Esta falta de concreción de la ley hace que existan casos de multas, donde agentes de tráfico han considerado que el intercomunicador de moto era un dispositivo ilegal, interpretando que es un auricular ya que impide percibir sonidos externos.
Afortunadamente, la jurisprudencia está de parte de los moteros y moteras. Las multas por llevar intercomunicador en el casco de moto se pueden recurrir y suelen fallar a favor del usuario.
El motivo es que los intercomunicadores actúan como altavoces y no como auriculares. Al estar integrados en el casco disponen de la misma consideración que los altavoces del coche, ya que no limitan ni reducen la audición de las señales acústicas del exterior.
Así que se puede recurrir la sanción y lograr que sea anulada.
Y tú, ¿ qué opinas sobre este tema ?
Un saludo V'sss !!!