Luz de día

Ninjo

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Tengo una duda. La luz de día ¿es totalmente legal en España? ¿No hay posibilidad de que te pare un agente y te multe por no llevar las luces de cruce?
 
Hola,

se habló aquí ya del tema. En un principio es ilegal por lo que dices, es obligatorio llevar las de cruce.

Por otro lado el comercial me dijo que BMW tenía homologadas las luces de dia, pero no estoy yo tan seguro. Yo las pongo a sabiendas que me podrían parar.

Saludos,
Alex
 
Llevo luces de día, que puedo conectar o desconectar a mi voluntad, aunque las de cruce siempre permanecen encendidas. Y no, no son legales, así que si quieren te pueden multar.

jv4j.jpg
 
Última edición:
En efecto, yo siempre llevo las de día pero se que me arriesgo a una multa. Ahora que están tramitando un cambio en el código de circulación, podrían actualizar el tema de las luces de día para moto. Cuando se fijaron obligatoríamente las de cruce para motos nadia sabía si quiera lo que era un LED. Ahora cada vez son mas generalizadas
 
Si las tienes reflejadas en el cartón de itv, son legales, si no, no lo son.
 
Buenas, hace poco le pregunte este tema de la luces de día a un vecino guardia civil de trafico, se ha hecho hace poco 9500 Km en 28 días, vamos que son de los que ha ido acompañando a la vuelta ciclista a España.... y me contestó que el reglamento decía de "luces encendidas", así que, me dio a entender que es a juicio del agente o eso entendí yo.
De todas maneras me dijo que pronto iban a cambiar el reglamento para adaptarlo a hoy en día

saludos :)
 
En motos según el código actual es obligatorio llevar las de cruce. En la BMW C, si ponemos la de Led manualmente entonces se apaga la de cruce y nos pueden multar.
Así me lo comentaron en el propio concesionario BMW avisándome que se estaba tramitando la homologación pero que si iba sin las de cruce me podrían multar.
 
Gracias por vuestros comentarios. Me parece que, de momento, iré con las de cruce.
 
En motos según el código actual es obligatorio llevar las de cruce. En la BMW C, si ponemos la de Led manualmente entonces se apaga la de cruce y nos pueden multar.
Así me lo comentaron en el propio concesionario BMW avisándome que se estaba tramitando la homologación pero que si iba sin las de cruce me podrían multar.

Correcto. A fecha de hoy ES OBLIGATORIO CIRCULAR CON LA LUZ DE CRUCE en motocicletas y ciclomotores.

Las luces diurnas están homologadas por el fabricante, pero su uso queda vinculado a seguir circulando con la luz de cruce.

En resumen, la luz diurna es un complemento (al igual que la de posición) a la luz de cruce, nunca una sustituta.

Ahora, a esperar la modificación definitiva del actual Reglamento General de Circulación.

En cualquier caso, no conozco a nadie que le hayan denunciado por circular con la luz diurna sustituyendo a la de cruce, pero que sepamos que no es legal.

Saludos.
 
Supongo que debe variar mucho a que hora las llevas puestas, durante el día yo las llevo siempre puestas y por ciudad me he cruzado con infinidad de guardias y nunca me han dicho nada. Ahora cuando cae el sol nunca las llevo puestas, más que nada porque deslumbran al que viene de cara que da gusto.

Yo creo que con la cantidad de coches que las llevan de serie no se van a meter en eso, ahora si que es verdad que vienen los turrones y ya sabemos como funciona el tema recaudatorio.

Saludos,

Odon
 
Bueno, siento discrepar :tongue:

En el manual de usuario de las C dice explícitamente que la luz diurna SUSTITUYE a la luz de cruce. Y este modelo con sus manual de usuario ha superado la homologación pertinente y, por esto, cuando te la venden te la entregan con el tambien pertinente Permiso de Circulación.

Es decir, un modelo de vehículo que no supera la homologación pertinente (y el manual de usuario entra dentro de estas homologaciones) no es apto para recibir el Permiso de Circulación, quedando como un vehículo solo apto para su uso en circuito cerrado. Y no es el caso de nuestras C.

Resumiendo: circular tranquilamente con la luz de día. En caso de parada de un agente de tráfico y comunicación oral de que se va a proceder a una sanción por circular con la luz diurna enseñar el manual de usuario (donde vuelvo a recordar que dice explícitamente que la luz diurna SUSTITUYE a la luz de cruce) junto el Permiso de Circulación.

Ahora bien, puede ser que el agente esté tocapelotas (que lo estará, porqué sinó no se le ocurre intentar sancionarte por esto) y te sancione igualmente, por lo que tendrá que ser al hacer el recurso donde exponer el manual de usuario junto el Permiso de Circulación.

Y a partir de aquí se creará una jurisprudencia: o bien se " dará razón" al manual de usuario y al Permiso de Circulación o bien se tendrá que realizar una nueva homologación a las C modificando el manual de usuario donde se tendrá que EXPLICITAR que las luces diurnas NO sustituyen a las de cruce tal y como pone ahora.

Saludos ;)
 
Buenas, muchas gracias por la aclaración Xavier, ya nos quedamos mas tranquilos, la verdad es que la luz de día, se ve a leguas y eso es bueno para nuestra seguridad y para la de los demás

saludos :)
 
Bueno, siento discrepar :tongue:

En el manual de usuario de las C dice explícitamente que la luz diurna SUSTITUYE a la luz de cruce. Y este modelo con sus manual de usuario ha superado la homologación pertinente y, por esto, cuando te la venden te la entregan con el tambien pertinente Permiso de Circulación.

Es decir, un modelo de vehículo que no supera la homologación pertinente (y el manual de usuario entra dentro de estas homologaciones) no es apto para recibir el Permiso de Circulación, quedando como un vehículo solo apto para su uso en circuito cerrado. Y no es el caso de nuestras C.

Resumiendo: circular tranquilamente con la luz de día. En caso de parada de un agente de tráfico y comunicación oral de que se va a proceder a una sanción por circular con la luz diurna enseñar el manual de usuario (donde vuelvo a recordar que dice explícitamente que la luz diurna SUSTITUYE a la luz de cruce) junto el Permiso de Circulación.

Ahora bien, puede ser que el agente esté tocapelotas (que lo estará, porqué sinó no se le ocurre intentar sancionarte por esto) y te sancione igualmente, por lo que tendrá que ser al hacer el recurso donde exponer el manual de usuario junto el Permiso de Circulación.

Y a partir de aquí se creará una jurisprudencia: o bien se " dará razón" al manual de usuario y al Permiso de Circulación o bien se tendrá que realizar una nueva homologación a las C modificando el manual de usuario donde se tendrá que EXPLICITAR que las luces diurnas NO sustituyen a las de cruce tal y como pone ahora.

Saludos ;)

Depende, la moto tiene luz de cruce? Aparte de la luz de día? Pues entonces el agente se va a regir (y así debe hacer) por el reglamento general de circulación y/o la ley de seguridad vial, ya que en ningún sitio viene recogido que el manual del usuario de un vehículo sustituya a los dos textos legales por los que se denuncia a la gente en materia de tráfico. Casi con seguridad te puede contestar el agente que lo que ponga en el libro le da exactamente igual, que el te la coloca, y si no estas conforme, que recurras (y para recurrir, de poco va a valer por lo que pongo anteriormente, si acaso un certificado de la itv que si ponga explícitamente esa sustitución de las luces de cruce por la luz de día es lo que si puede valerle al agente o al instructor receptor del recurso)
 
Otro caso parecido pero no igual,

La Buell XB trae de serie una catadióptricos a los lados en la parte trasera en color ROJO, así es en América y así llega a España, se supone que pasando las homologaciones pertinentes... pues bien aquí en España está prohibido llevar catadióptricos ROJOS en los laterales, con lo cual normativa en mano te pueden poner multa, es mas a compañeros míos les han tumbado la itv por llevarlos.

Al final lo que creo es que los organismos de homologación no van muy de la mano de los organismos que marcan las normativas legales vigentes.

Saludos,

Odón
 
Otro caso parecido pero no igual,

La Buell XB trae de serie una catadióptricos a los lados en la parte trasera en color ROJO, así es en América y así llega a España, se supone que pasando las homologaciones pertinentes... pues bien aquí en España está prohibido llevar catadióptricos ROJOS en los laterales, con lo cual normativa en mano te pueden poner multa, es mas a compañeros míos les han tumbado la itv por llevarlos.

Al final lo que creo es que los organismos de homologación no van muy de la mano de los organismos que marcan las normativas legales vigentes.

Saludos,

Odón

Me da a mi que las homologaciones se consiguen como los certificados de calidad... con pasta sobre la mesa
 
Tema aparte de las homologaciones o legalidad, cuanta mas visible sea la moto mas seguridad.

Osea que aun con las de cruce puestas, si unas luz diurnas nos hacen ser mas visibles mejor que mejor.
 
con la ley en la mano NO SE PUEDE circular de día con la moto sin la luz de cruce, diga lo que diga el manual, aunque este homologada con la de día, es lo mismo que si te compras un coche, que alcanza una velocidad de 300 km/h y esta homologado, pero le ley dice que no puedes superar los 120 km/h y si lo haces te sancionan, pues con el alumbrado lo mismo.
Que la ley esta obsoleta y la que salga también, por ser más restrictiva en muchos aspectos, de acuerdo, pero que no tenemos más remedio que cumplirla también o exponernos a una sanción
 
Bueno, que cada uno proceda como crea conveniente, más faltaría :cheesy:

Pero yo iré tranquilamente con las luces diurnas conectadas sabiendo que "jurídicamente" me ampara el manual de usuario de un vehículo homologado con su correspondiente Permiso de Circulación ;)

Saludos.
 
Bueno, que cada uno proceda como crea conveniente, más faltaría :cheesy:

Pero yo iré tranquilamente con las luces diurnas conectadas sabiendo que "jurídicamente" me ampara el manual de usuario de un vehículo homologado con su correspondiente Permiso de Circulación ;)

Saludos.

Jurídicamente que sepas que no tiene ninguna validez (ya que no es un texto que se encuentra dentro del ordenamiento jurídico), ahora bien, como dices, actúa como creas más oportuno.
 
Pues yo creo tios, que un madero sea cual sea ve una moto (mas una bmw) y ni de coña se atreveria a multar una moto que se ve que no lleva modificaciones y que vas con tus luces diurnas encendidas como en todos los coches del planeta.

No veo motivo para multa. Las luces diurnas se crearon para eso para llevarlas encendidas x el dia, por que hacen funcion de luz de cruce.

Creo yo vamos...
 
Yo las llevo encendidas, (cuando me acuerdo de ponerlas) y me arriesgo a que me multen, pero como se me ve muchisimo mejor con las de dia que con las de cruce pues prefiero arriesgarme a la multa a que me peguen un a hostia por no verme bien. Eso si, cuando oscurece un poco las quito porque deslumbran con mas facilidad.
 
A mi me paro la Guardia Civil el otro día en la M40 de Madrid por llevar las dichosas luces diurnas encendidas.
Le comenté que era un sistema homologado de BMW y que para mi lo mas importante durante el dia es ver y SER VISTO. Pero le dió igual me empezó a contar un rollo que si otras motos tambien tienen un sistema parecido pero que en España la normativa dice que tiene que ser de cruce y punto.
Por lo menos los dos guardias civiles fueron majos y no me multaron solo me "advirtieron" verbalmente.
Yo que quereis que os diga... en Madrid por las mañanas con un trafico tan denso me arriesgo a ser multado por que me da mas seguridad cuando conduzco con luz diurna que la multa economica.
Esperemos que cambien la normativa algun dia.
Saludos!
 
Por lo menos ahora, después de la campaña de actualización de SW, el comportamiento de las luces al encender el moto es predecible. Antes no sabías en base a qué criterio te encendía las de led o las de cruce. Ahora siempre te enciende las de cruce y, si quieres poner las de led, las tienes que poner tú.
 
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