MMT la peor compañia

ivanesence

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Hola , pongo este post por si alguien esta pensando en mirarse esta compañía , no le pase como ha mi , llevo en moto desde el 2004 y coche desde el 1997 en moto nunca he dado un parte y en coche di uno en 2001 .
Tengo la BMW r1200gs desde el 2014 , resulta que en el mes de abril me dan un golpe por detrás una moto con sidecar , yo iba cargado con las maletas y mi mujer , al golpearme no me caí al suelo ni sufrí lesiones , solo daños en las maletas .
La persona que me golpeo realiza el parte de accidente reconociendo la culpa y todo correcto , hasta que llevo la moto a peritar y el perito de la compañía dice que los daños no se corresponden con el parte realizado ,el tonto del perito porque no tiene otro nombre no tiene en cuenta que en el momento del accidente la moto estaba cargada con dos personas encima ( yo peso 100 kg )y que en el taller estaba la moto vacía sin peso y con el caballete central , por lo que la altura varia y mucho (hay que ser cenutrio ....) .
Mi compañía no se hace cargo de la reparación ( aun habiendo reconocido la otra parte la culpa ) y me dicen que si quiero reclamar vaya a juicio corriendo yo con las costas .... ya q mi compañía tampoco me pone abogado.....
Después de mucho reclamar por el fallo del perito intentandoles hacer ver su fallo me derivan a un mediador "parcial" que resulta es un bufete de abogados que representa a varias compañías los cuales se remiten al informe del perito ,.....
Por mucho que les aporte pruebas que el perito se equivoco , no me escuchan y m tengo que joder con las maletas rotas ... en cuanto m cumpla el seguro me cambio .....
 
Hola,
había una figura que se llamaba algo asi como "Defensor del asegurado". Creo que es una entidad independiente que dependía (suponiendo que siga existiendo, que no lo tengo muy claro), del Consorcio de Compensación de Seguros o algo asi.

Mira a ver si lo encuentras por algún sitio, e intenta ponerte en contacto con ellos, a ver si te pueden ayudar, porque creo que estaban para casos de este tipo.

Saludos y suerte
Carlos
 
Menudas mafias las compañías de seguros y de peritaje (no todas por fortuna). A mi me paso algo bastante similar con AMV y me ha costado 7 meses de guerras con ellos.

Paciencia y a agotar las vías legales.
 
Mira lo que dice la Ley del Contrato del Seguro y actúa en consecuencia:

Artículo 38
Una vez producido el siniestro, y en el plazo de cinco días, a partir de la notificación prevista en el artículo 16, el asegurado o el tomador deberán comunicar por escrito al asegurador la relación de los objetos existentes al tiempo del siniestro, la de los salvados y la estimación de los daños.

Incumbe al asegurado la prueba de la preexistencia de los objetos. No obstante, el contenido de la póliza constituirá una presunción a favor del asegurado cuando razonablemente no puedan aportarse pruebas más eficaces.

Si las partes se pusieren de acuerdo en cualquier momento sobre el importe y la forma de la indemnización, el asegurador deberá pagar la suma convenida o realizar las operaciones necesarias para reemplazar el objeto asegurado, si su naturaleza así lo permitiera.

Si no se lograse el acuerdo dentro del plazo previsto en el artículo 18, cada parte designará un perito, debiendo constar por escrito la aceptación de éstos. Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada a realizarla en los ocho días siguientes a la fecha en que sea requerida por la que hubiere designado el suyo, y de no hacerlo en este último plazo se entenderá que acepta el dictamen que emita el perito de la otra parte, quedando vinculado por el mismo.

En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias que influyan en la determinación de la indemnización, según la naturaleza del seguro de que se trate y la propuesta del importe liquido de la indemnización.

Cuando no haya acuerdo entre los peritos, ambas partes designarán un tercer perito de conformidad. De no existir esta, se podrá promover expediente en la forma prevista en la Ley de la Jurisdicción Voluntaria o en la legislación notarial. En estos casos, el dictamen pericial se emitirá en el plazo señalado por las partes o, en su defecto, en el de treinta días a partir de la aceptación de su nombramiento por el perito tercero. Párrafo sexto del artículo 38 redactado por la disposición final novena de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria («B.O.E.» 3 julio).Vigencia: 23 julio 2015

El dictamen de los Peritos, por unanimidad o por mayoría, se notificará a las partes de manera inmediata y en forma indubitada, siendo vinculante para éstos, salvo que se impugne judicialmente por alguna de las partes, dentro del plazo de treinta días, en el caso del asegurador y ciento ochenta en el del asegurado, computados ambos desde la fecha de su notificación. Si no se interpusiere en dichos plazos la correspondiente acción, el dictamen pericial devendrá inatacable.

Si el dictamen de los Peritos fuera impugnado, el asegurador deberá abonar el importe mínimo a que se refiere el artículo 18, y si no lo fuera abonará el importe de la indemnización señalado por los Peritos en un plazo de cinco días.

En el supuesto de que por demora del asegurador en el pago del importe de la indemnización devenida inatacable el asegurado se viere obligado a reclamarlo judicialmente, la indemnización correspondiente se verá incrementada con el interés previsto en el artículo 20, que, en este caso, empezará a devengarse desde que la valoración devino inatacable para el asegurador y, en todo caso, con el importe de los gastos originados al asegurado por el proceso, a cuya indemnización hará expresa condena la sentencia, cualquiera que fuere el procedimiento judicial aplicable.

Artículo 39

Cada parte satisfará los honorarios de su Perito. Los del Perito tercero y demás gastos que ocasione la tasación pericial serán de cuenta y cargo por mitad del asegurado y del asegurador. No obstante, si cualquiera de las partes hubiera hecho necesaria la peritación por haber mantenido una valoración del daño manifiestamente desproporcionada, será ella la única responsable de dichos gastos.
 
Última edición:
Y por qué motivo no tienes derecho a abogado? Yo en Allianz dispongo de 900 € para eso, y viendo que ellos no me defendían con diligencia, después de 9 meses me busqué uno y éste a su vez se encargó de cobrar esos 900 € por arreglarme en 15 días lo que ellos no fueron capaces en esos 9 meses. Yo cobré mi indemnización y la abogada los 900 €, que en ningún caso son para el asegurado, sino para eso, gastos de defensa.
 
hola ivanesence , cógelo como lo que es un negocio y como tal debes de actuar, si su perito te dice y les dice que no corresponde , pues lo normal es que la compañía lo rechace , o por intereses xxx la compañía da orden de rechazar cualquier reclamacion de cuantia que no sea
muy clara , o mil intereses de empresa en estos momentos.
ellos juegan con tu prisa y enfado , todo lo que hagas será perder el tiempo , con lo que abogado y a demandar/reclamar , a partir de hay lo mismo respiran y llegais a un acuerdo o si lo tienen muy claro defenderan lo que ellos dicen o creen , que es un montaje por eso te lo rechazan.
desde un foro opinar sin ver los dos vehiculos es imposible , con lo que solo te digo lo que toca hacer pero no opino si ha obrado bien o mal tu compañía de seguros. ya diras
 
Una vez tuve un percance con mi Africa Twin y Mapfre. Me remitían al Defensor del asegurado (figura que pagan las compañias) y que no me convenció mucho. Al final tiré de AEA (Automovilistas Europeos Asociados) y de nada que tenía, conseguí al menos el 50% de la tasación de daños sin ir a juicio, simplemente con una llamada del abogado de AEA. Desde AEA me dijeron que no les hizo mucha gracia que mi abogado se pusiera en contacto con ellos. La primera cuota de socio son 65€. Metido en el ajo en que estás, 65€ más o menos no van a ninguna parte e igual te solucionan el problema. Ah, no tengo nada que ver con AEA, sólo una buena experiencia.
Ah, y una buena cosa que tienen es que ser asociado vale para todos los vehículos que tengas.
 
Última edición:
En este momento Iván está jugando con un peritaje ya en contra, no será más lógico que antes de todo lo que proponéis aproveche al máximo sus derechos? La Ley del Contrato del Seguro, como ya puse, establece lo siguiente:

Si no se lograse el acuerdo dentro del plazo previsto en el artículo 18 (40 días desde el siniestro que fue en abril!!), cada parte designará un perito, debiendo constar por escrito la aceptación de éstos. Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada a realizarla en los ocho días siguientes a la fecha en que sea requerida por la que hubiere designado el suyo, y de no hacerlo en este último plazo se entenderá que acepta el dictamen que emita el perito de la otra parte, quedando vinculado por el mismo.

Es decir, que tiene derecho a que un perito de su compañía valore los daños. Hay que hablar con el del taller si no puede estar él mismo presente en el momento del peritaje para hacerle ver al perito que la moto cargada con equipaje y dos personas baja lo suficiente para que los daños sean compatibles con la colisión y que ese perito haga un informe en condiciones, nada de a ojo, en el que mida distancias del suelo a los daños y las compatibilice con las del otro vehículo.

Si no lo acepta la parte contraria habrá que designar un tercer perito consensuado entre las partes.
 
En este momento Iván está jugando con un peritaje ya en contra, no será más lógico que antes de todo lo que proponéis aproveche al máximo sus derechos? La Ley del Contrato del Seguro, como ya puse, establece lo siguiente:

Si no se lograse el acuerdo dentro del plazo previsto en el artículo 18 (40 días desde el siniestro que fue en abril!!), cada parte designará un perito, debiendo constar por escrito la aceptación de éstos. Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada a realizarla en los ocho días siguientes a la fecha en que sea requerida por la que hubiere designado el suyo, y de no hacerlo en este último plazo se entenderá que acepta el dictamen que emita el perito de la otra parte, quedando vinculado por el mismo.

Es decir, que tiene derecho a que un perito de su compañía valore los daños. Hay que hablar con el del taller si no puede estar él mismo presente en el momento del peritaje para hacerle ver al perito que la moto cargada con equipaje y dos personas baja lo suficiente para que los daños sean compatibles con la colisión y que ese perito haga un informe en condiciones, nada de a ojo, en el que mida distancias del suelo a los daños y las compatibilice con las del otro vehículo.

Si no lo acepta la parte contraria habrá que designar un tercer perito consensuado entre las partes.

DIBI , es perder el tiempo no lees que ya le dijo al perito que si altura ETC . ETC, el perito es un profesional , que lo esta viendo el golpe , y lo rechaza , pues la compañia se mantendrá en que no le cuadra el golpe. si el perito lo rechaza es lo mismo que decirle no me lo creo esto es un montaje , con lo que dices es perder el tiempo , no dirimen responsabilidades , dirimen un rechazo. analiza.
 
DIBI , es perder el tiempo no lees que ya le dijo al perito que si altura ETC . ETC, el perito es un profesional , que lo esta viendo el golpe , y lo rechaza , pues la compañia se mantendrá en que no le cuadra el golpe. si el perito lo rechaza es lo mismo que decirle no me lo creo esto es un montaje , con lo que dices es perder el tiempo , no dirimen responsabilidades , dirimen un rechazo. analiza.

Claro que leo estimado Pepe, te recomiendo hacer lo mismo.

Como decía, el perito que le ha dicho que no le acepta los daños es el de la compañía contraria, él tiene, por el momento, la posibilidad de aportar su propio peritaje que es lo que le recomiendo, pero asegurándose de que tiene en cuenta todos los factores que a nosotros nos ha comentado y el tiempo lo ha perdido una vez transcurridos los 40 primeros días desde el accidente que son los que tiene la compañía para resolver.

Si como dices el perito le dice que lo rechaza porque es un montaje lo que tiene que hacer el perito es denunciar por presunta estafa, pero imagino que en el otro vehículo también habrá daños y los propios del compañero son perfectamente compatibles con un alcance por otro vehículo por lo que cuenta así que no veo yo motivos para sospechar de estafa alguna, porque a mí no se me ocurre la forma de dañar la parte trasera de las maletas, que es lo que entiendo que se dañó, si no es por el alcance de otro vehículo.
 
ok DIBI , preguntale al compañero que hace la consulta y a ver que resultados te da.

un saludo
 
además yo estoy seguro , que como dice el que ha abierto el post , el perito de tonto no tiene nada. no lo llamarían para peritar.

por eso te digo leas. espero a ver que te reponde el comañero que pudo el post
 
además yo estoy seguro , que como dice el que ha abierto el post , el perito de tonto no tiene nada. no lo llamarían para peritar.

por eso te digo leas. espero a ver que te reponde el comañero que pudo el post

Tú sabes qué valor tiene un peritaje de un perito de parte? El mismo que el que pueda aportar la otra salvo que uno haya elaborado el informe con mayor destreza o fuera un profesional de reconocido prestigio lo que no suele ser el caso.

Por ello, ante una peritación de la que estamos convencidos que es errónea podemos contrarrestarla con otra que se puede además mejorar como en este caso y si no hay acuerdo se designa un tercer perito que será el que en circunstancias normales habrá que aceptar por ambas partes. Léete la la Ley del Contrato del Seguro, yo mismo he hecho un copia/pega de lo que resulta de interés. Un perito no es Dios ni se le parece.
 
pues por eso digo , que el forero que ha abierto el post se pronuncie , veras cosas que ahora no ves.
 
A ver, el forero podrá hacer lo que le parezca, pero si se conforma con un primer peritaje no es lo que yo haría y, consecuentemente, no veré nada nuevo. Afortunadamente el perito que mandan a valorar los daños no es Dios y como reseño, la Ley del Contrato del Seguro prevé la discrepancia y da respuesta a ellas.

Tiene una opción muy clara, contratar uno de su bolsillo cuyo importe luego recuperará si le da la razón, por lo que yo estaría presente para asegurarme que las mediciones se hacen convenientemente (moto completamente cargada). Si finalmente y con un peritaje favorable sigue sin aceptarlo la aseguradora contraria, deberán acudir a un tercer perito que actúe a modo de árbitro.
 
DIBI , no te cierres se inteligente , ahora nos tiene que dar respuestas el forero interesado ,nos dira que le han dicho y como solucionarlo y con eso veras cosas que no ves.

dicen que no hay mas ciego que el que no quiere ver . un saludo DIBI.
 
He vivido ya dos casos de gente cercana, en la que los peritos o van a comisión o no es normal , les intentaba pagar menos de lo que estipula el cobertura o incluso regatearles ....cosas alucinantes!!!!

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He vivido ya dos casos de gente cercana, en la que los peritos o van a comisión o no es normal , les intentaba pagar menos de lo que estipula el cobertura o incluso regatearles ....cosas alucinantes!!!!

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hola spiderman , no debería de ser asi , lo entiendo , pero la realidad es que es asi , por eso le digo al amigo DIBI , espere acontecimientos y se sorprenderá , el seguro es un negocio y como tal aunque sea duro de asimilar su obligacion es no pagar o retener un tema para buscar una negociación favorable o barata como quieras llamar , eso esta dentro de la ley , y por lo tanto lo usan , los inexpertos hablan y mucho de lo que dice la ley del seguro , pero no hablan de lo que entre líneas se interpreta. es asi y seguirá siendo. yo muchos solo en tribunal supremo 10/12 años se han podido ganar (tres juicios y 8/10 reuniones con compañia de media ) , pero quien puede gastar tanto para recoger migajas ?? eso si cuando tienen compañia para morder si no tienen pactos muerden.
 
por eso la realidad esta mal vista, no la verdad de el libro, que es diferente(lo que defiende el amigo DIBI) .

publio tulio ciceron es inmortal , después de su muerte , por sus pensamientos , pero de momento ROMA lo decapito.ejemplo
 
hola spiderman , no debería de ser asi , lo entiendo , pero la realidad es que es asi , por eso le digo al amigo DIBI , espere acontecimientos y se sorprenderá , el seguro es un negocio y como tal aunque sea duro de asimilar su obligacion es no pagar o retener un tema para buscar una negociación favorable o barata como quieras llamar , eso esta dentro de la ley , y por lo tanto lo usan , los inexpertos hablan y mucho de lo que dice la ley del seguro , pero no hablan de lo que entre líneas se interpreta. es asi y seguirá siendo. yo muchos solo en tribunal supremo 10/12 años se han podido ganar (tres juicios y 8/10 reuniones con compañia de media ) , pero quien puede gastar tanto para recoger migajas ?? eso si cuando tienen compañia para morder si no tienen pactos muerden.

De verdad que tienes un problema de lectura o de comprensión de la lectura. No lo repito más porque no sirve de nada.
 
DIBI , el escrito iba dirigido a spiderman , dando mi punto de vista de lo que a veces ocurre , no espero lo compartas ni mucho menos , pero si permíteme opine , si todos pensaramos igual , pues no habría foro je je je . ni malas peritaciones o errores , asi que deja que esperemos a ver que resultados le dan al compañero que ha abierto el post , a ver que nos cuenta , pero solo y solo eso mi parecer e diferente nada mas.a ver si asi. un saludote
 
Pepe, entiendo lo que me dices...mi reflexión es que a los peritos les tienen que apretar muy mucho, o ir a comisión.... es una opinión sin ofender a nadie.

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DIBI , el escrito iba dirigido a spiderman , dando mi punto de vista de lo que a veces ocurre , no espero lo compartas ni mucho menos , pero si permíteme opine , si todos pensaramos igual , pues no habría foro je je je . ni malas peritaciones o errores , asi que deja que esperemos a ver que resultados le dan al compañero que ha abierto el post , a ver que nos cuenta , pero solo y solo eso mi parecer e diferente nada mas.a ver si asi. un saludote

En esta ocasión te diriges a spiderman, de acuerdo, pero en otras muchas lo has hecho a mí y sin embargo no contestas a mis palabras.

Dime, qué opinas. Cuando un perito te dice que los daños que presenta tu vehículo no se corresponden con el accidente notificado, qué haces? Te jodes y te lo comes o recurres a las posibilidades que te brinda el art. 38 de la L.C.S.?
 
Hola , gracias a todos por responder , puse el post para comentar un hecho que me sucedió y por si alguien busca compañía se lo piense dos veces antes de contratar esta si se conocen las malas praxis de algunas compañías a lo mejor se lo piensan...
1º el defensor del asegurado , es un "ente" pagado por la compañía ( de imparcial nada ) , se remite al parte del perito y punto no dan opción a nada mas .
2º Mi compañía no me cubre los gastos de abogado al decir que los daños no se corresponden y hay se excusan.
3º La opción de me queda es buscarme un perito pagar lo de mi bolsillo , un abogado he ir a juicio .
Un perito de accidente , aunque sea malo es un perito judicial y en caso de juicio su palabra es dios (después del juez ) , si por ejemplo hubiera intervenido la policía local o guardia civil haciendo un atestado la cosa cambiaría porque ellos si cargarán la responsabilidad a una parte, seria muy difícil contradecirles en un juicio al ser una parte neutral.
Yo para ir a juicio tendría que buscarme otro perito , pagar abogado , procurador y tasas judiciales y aun así estaría al 50% de posibilidades un perito contra otro .... los daños son en las maletas si fueran daños de mucha cuantía si ira a juicio pero me va a costar mas todo que los daños que reclamo y siempre con la posibilidad de estar al 50% .
P.D. Después de esta experiencia cuando tengáis un accidente de circulación decir que os duele algo y pedir ambulancia así actuaria la guardia civil o p.l , es una pena ....intento poner alguna foto de los vehículos...
DSC01403.jpg
DSC01404.jpg
 
Iván, un perito no es Dios ni mucho menos. No dependen del juzgado como un forense, sino que son de parte, por ello es interesante que si las cosas son como dices y como parecen por las fotos que no te conformes, los gastos que te ocasione, si ganas el procedimiento, te los devolverán.

De todas formas un perito no puede cobrar mucho por un informe como el que necesitas y si es posible que vea a la vez a la moto que te golpeó pues perfecto. Tú decides.
 
Pepe, entiendo lo que me dices...mi reflexión es que a los peritos les tienen que apretar muy mucho, o ir a comisión.... es una opinión sin ofender a nadie.

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hola spiderman , utiliza la lógica , tu que crees a quien llamara primero una compañía ,ya que cobran en función de imtes y resultas , a un perito que les abarate lo importes , otro que acepte todo , pues eso hace la compañia algo lógico pero no muy correcto.
 
tal como le decía al amigo DIBI , ya que ojala fuese como dice el manual del seguro , es por eso le decia que la realidad es bien distinta , al ser rechazo la compañía para hacer presión no te da el abogado , y la verdad aunque tengas razón, la verdad es que no vale la pena ya que al final fijo que ganando pierdes , esperabamos respondieras para asi ver los resultados y tu impresión .
en el tema gastos DIBI no cuenta que siempre hay gastos que no se pueden poner y no te los pagan , por eso no interesa.
 
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