multa con certificado de verificación de randar caducado

perisRT

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Buenos días.
Ayer recogí una notiniciación de sanción por exceso de velocidad.
La multa es por circular en autovía a 132 km/h, lo cual supone 100 euros y no conlleva retirada de puntos.
El caso es que en la notificación incluyen un documento que pone "certificado de verificación después de reparación o modificacion" que hace referencia a todos los datos del radar en cuestión.
Bien, pues en la parte inferior de dicho certificado hay un apartado que pone "válido hasta: 14/11/14" y la fecha de la infracción es 15/11/14.
no entiendo mucho de estos temas pero me da la impresión de que en el momento de hacerme la foto ese radar no tenia en vigor el correspondiente certificado de verificación.
Puede ser esto motivo para que la sanción no tenga validez?
Que tendría que hacer yo?
Gracias por adelantado y vsss.
 
Hola peris, sin ser un experto parece que en principio un recurso debería prosperar, el problema es que te vas a enfrentar a lo de siempre, es decir, si inicias los trámites de recurso ya pierdes la posibilidad de pagar con descuento y que quede la cosa en 50 euros y nada te garantiza que al administración que vea el recurso te lo estime (personalmente lo dudo) lo que te dejaría en la situación de pagar los 100 o embarcarte en el contencioso con lo que conlleva, todo ello sin tener además la garantía de que lo vas a ganar pues como ya sabemos no son matemáticas.

Pienso que es una decisión que debes valorar, yo pagaría y me olvidaría.

Suerte con lo que hagas.
 
Gracias Dibi. La verdad es que esa en la reflexión que hice yo inicialmente. Supongo que lo más sensato en este caso es pagar los 50.
 
Gracias al amigo gallardon mas te vale pagar los 50, y deja los pleitos para los ricos.
 
Hola peris, sin ser un experto parece que en principio un recurso debería prosperar, el problema es que te vas a enfrentar a lo de siempre, es decir, si inicias los trámites de recurso ya pierdes la posibilidad de pagar con descuento y que quede la cosa en 50 euros y nada te garantiza que al administración que vea el recurso te lo estime (personalmente lo dudo) lo que te dejaría en la situación de pagar los 100 o embarcarte en el contencioso con lo que conlleva, todo ello sin tener además la garantía de que lo vas a ganar pues como ya sabemos no son matemáticas.

Pienso que es una decisión que debes valorar, yo pagaría y me olvidaría.

Suerte con lo que hagas.

Yo puedo entender esta reflexión que haces Dibi, pero si una cosa está mal hecha o caducada, ¿tenemos que callarnos por todo?
Partiendo de la base que el compi circulaba por encima de la velocidad establecida para la vía en cuestión, realmente la decisión y la inversión de tiempo es de nuestro amigo peris y personalmente creo, que si el certificado no está en vigor la denuncia no es valida (por ello te envían con la sanción la fotocopia del certificado, para que se pueda comprobar su legalidad).
¿Quien dice que en ese día que ha pasado no se ha vuelto loco el invento y resulta que con las lluvias, la antigüedad e incluso la casualidad, mide mal la velocidad? Hablamos de una denuncia que no comporta puntos y es baja, pero ¿y si el radar estuviera colocado en una vía interurbana limitada a 50 y el invento te hace una foto y dice que ibas a 90km/h cuando circulas a la velocidad legal? ¿Recurriríamos la sanción o también la dejamos por acogernos al descuento?
Y todo de buen rollo Dibi.

Peris, si pides opinión como creo que lo haces al crear este hilo, yo reclamaría.
Saludos a tod@s.
 
...los certificados se renuevan siempre antes de su caducidad y se van cambiando las fechas en los escritos, es seguro que ya disponen del certificado actualizado, y , por lo qud sea, no han actualizado la fecha, pero estás en tu pleno derecho de solicitarlo si lo crees conveniente......seguro que te lo mandaràn.......
 
...los certificados se renuevan siempre antes de su caducidad y se van cambiando las fechas en los escritos, es seguro que ya disponen del certificado actualizado, y , por lo qud sea, no han actualizado la fecha, pero estás en tu pleno derecho de solicitarlo si lo crees conveniente......seguro que te lo mandaràn.......

No te acostarás sin saber algo más.
Siendo así, ya no hace falta hacer nada más.
Gracias por la aclaración.
 
Yo puedo entender esta reflexión que haces Dibi, pero si una cosa está mal hecha o caducada, ¿tenemos que callarnos por todo?
Partiendo de la base que el compi circulaba por encima de la velocidad establecida para la vía en cuestión, realmente la decisión y la inversión de tiempo es de nuestro amigo peris y personalmente creo, que si el certificado no está en vigor la denuncia no es valida (por ello te envían con la sanción la fotocopia del certificado, para que se pueda comprobar su legalidad).
¿Quien dice que en ese día que ha pasado no se ha vuelto loco el invento y resulta que con las lluvias, la antigüedad e incluso la casualidad, mide mal la velocidad? Hablamos de una denuncia que no comporta puntos y es baja, pero ¿y si el radar estuviera colocado en una vía interurbana limitada a 50 y el invento te hace una foto y dice que ibas a 90km/h cuando circulas a la velocidad legal? ¿Recurriríamos la sanción o también la dejamos por acogernos al descuento?
Y todo de buen rollo Dibi.

Peris, si pides opinión como creo que lo haces al crear este hilo, yo reclamaría.
Saludos a tod@s.

Hola bilbo, tienes razón, yo sólo le he dado mi opinión, pragmática, eso sí y he dicho lo que yo haría y los motivos. Si la sanción fuese de más envergadura o comportara pérdida de puntos y además yo supiese que circulaba bien, posiblemente recurriría pero con las circunstancias que nos cuenta peris sigo pensando lo mismo. No pasa nada por opinar distinto ;)

También es muy posible que haya sucedido lo que dice Eraser y que estén actualizadas las revisiones pero no hayan modificado la notificación "tipo".

Saludos
 
Gracias a bilbo72 y a era ser por vuestras opiniones e información. Efectivamente es lo que busco al crear este hilo.
Ciertamente me debato entre las dos opciones, por un lado pagar los 50 euros y olvidarme del tema que no merese preocupaciones y por otro lado reivindicar mi derecho y no bajarme los pantalones si las cosas no están bien hechas.
Me da rabia pensar que si a mi se me pasa la itv de plazo un solo día y me paran me van a sancionar aunque vaya de camino a pasarla pero ellos pueden utilizar para multar me un radar que, según su propio certificado, en ese momento no es legal.
saludos y vsss.
 
A ver, una duda: ¿te han enviado el certificado del cinemómetro con la primera notificación, es decir, sin que tengas que pedirlo expresamente?.

Si es que no, es decir, si lo pediste, tengo dudas de que puedas coger el camino del "pronto-pago".

Pero si es que sí, es decir, te lo han enviado "de oficio" sin tú pedirlo, el certificado que ta han dado una de dos:

a.- o es correcto y por tanto la validez de calibración está caducada, luego si reclamas ganas...

b.- o es incorrecto porque te han enviado el que ya no procedía por haber otro más reciente, como indica Eraser, que te enviarán cuando reclames. En cualquier caso es un fallo de la Administración y entiendo que procede que reclames bien por la caducidad, bien porque si tras reclamar posteriormente te envían "el bueno", tú habrás actuado en base a una información errónea que te ha dado la Administración (que está para servir al ciudadano). En este segundo supuesto creo que sería de justicia que como mínimo te respetasen la posibilidad del pronto pago aunque fuese a posteriori de recibir el 2º certificado. Vamos, que tal y como yo lo veo es como jugar a la lotería gratis: o ganas el máximo (= te quitan la multa) o no ganas dicho máximo, pero tampoco pierdes y te quedas como estabas, pudiendo acogerte al pronto pago una vez que recibas la información correcta.​

Ahora bien, nuestra querida, bienamada y nunca suficientemente valorada Administración (aplicable esto ya sea en general o separadamente a cualquiera de las administraciones: Estado, Autonomía, Ayuntamientos...) es probable que por el camino te maree, te haga perder tiempo (que también tiene su valor), y que tarde la hueva y media en resolver. Es más: también es posible que compliquen más la cosa y te hagan recurrir a abogados (total: tus abogados los pagas tú y los suyos también, vía impuestos), contenciosos, y aunque los ganes, esto sea dentro de X años... Entre tanto, tasas, adelanto a abogado (si te pide una provisión de fondos), más tiempo... Y total, a ellos se la bufa perder juicios y pagar costas, ya que de nuevo eso lo pagamos todos. Sí, da gusto.

En fin: que en mi opinión (subjetiva) si quieres quitarte de líos, ajo, agua y a pagar. Si en cambio quieres ejercer tus derechos, con el "certificado caducado" que te han entregado seguramente salgas ganando, pero con una gran incertidumbre de si proceso acaba siendo limpio y rápido, o todo lo contrario (y ya es triste decirlo).

Vsss
 
Hola romerito, efectivamente me han mandado el certificado adjunto a la notificación que, dicho sea de paso, he recibido por correo ordinario sin acuse de recibo y en el domicelio donde esta registrada la moto que es mi segunda residencia en la que no estoy ahora precisamente. Menos mal que fui este fin de semana a buscar unas cosas y me encontré la sorpresa en el buzón.
Dicho esto he de reconocer que estoy de acuerdo en todo lo que comentas excepto en el supuesto de que en el peor de los casos me deberían respetar la reducción de sanción por pronto pago ya que he leído noticias de algún caso en Galicia que habían enviado notificaciones de sanción con certificados caducados hacia tres añosemanas por error (en realidad estaban actualizados) y por lo visto a quienes recurrieron les presentaron el certificado actualizado y les tocó pagar el 100% de la sanción.
Injusto a todas luces pero.....
Saludos y vsss
 
Joder, y tan injusto. Vamos, que es para echar a correr... Por esa regla de tres la Administración lo tiene a huevo para que nadie se acoja al descuento del 50%: basta con que por sistema envíen "cebos" de este tipo (datos erróneos como matrículas, localizaciones, certificados caducados de los radares como ha sido tu caso, o directamente diciendo que te han pillado a 750 km/h en vez de a 150...) para que todo dios recurra y entonces, zas, a pagar el 100% pese a su equivocación.

Creo, sinceramente, que un abogado con ganas de ir a por todas (y eso incluye acabar recurriendo incluso hasta las máxima instancias judiciales, sin limitarse si es necesario a las nacionales), lo acaba ganando, por que es de pura justicia y sentido común. Ahora bien, ¿quién le pone el cascabel al gato?.

Vsss
 
Joder, y tan injusto. Vamos, que es para echar a correr... Por esa regla de tres la Administración lo tiene a huevo para que nadie se acoja al descuento del 50%: basta con que por sistema envíen "cebos" de este tipo (datos erróneos como matrículas, localizaciones, certificados caducados de los radares como ha sido tu caso, o directamente diciendo que te han pillado a 750 km/h en vez de a 150...) para que todo dios recurra y entonces, zas, a pagar el 100% pese a su equivocación.

Creo, sinceramente, que un abogado con ganas de ir a por todas (y eso incluye acabar recurriendo incluso hasta las máxima instancias judiciales, sin limitarse si es necesario a las nacionales), lo acaba ganando, por que es de pura justicia y sentido común. Ahora bien, ¿quién le pone el cascabel al gato?.

Vsss

Suscribo todo lo que dices
 
Joder, y tan injusto. Vamos, que es para echar a correr... Por esa regla de tres la Administración lo tiene a huevo para que nadie se acoja al descuento del 50%: basta con que por sistema envíen "cebos" de este tipo (datos erróneos como matrículas, localizaciones, certificados caducados de los radares como ha sido tu caso, o directamente diciendo que te han pillado a 750 km/h en vez de a 150...) para que todo dios recurra y entonces, zas, a pagar el 100% pese a su equivocación.

Creo, sinceramente, que un abogado con ganas de ir a por todas (y eso incluye acabar recurriendo incluso hasta las máxima instancias judiciales, sin limitarse si es necesario a las nacionales), lo acaba ganando, por que es de pura justicia y sentido común. Ahora bien, ¿quién le pone el cascabel al gato?.

Vsss

Suscribo todo lo que dices
 
Buenas noches. En mi humilde opinión la administración te está diciendo que esa sanción está puesta por un medio idóneo al estar caducado su certificado de calibración. Esa multa pese a ser legal tiene un defecto de forma. Sólo por eso es motivo de reclamación y de anulación del informe. Ahora si la respuesta de la administración es que por error te han enviado mal el certificado será cuando tu puedes alegar indefensos ante esta situación. Es la administración la que te ha puesto en esa situación haciéndote creer que había un error. Tienes las de ganar siempre. El quizás d e la. Cuestión está en la cantidad a pagar,50€. Tu decides y tienes la ultima palabra. Valora si crees que la sanción es injusta y deseas exponerte a pagar 100€.
 
O también puede que fuese a 119 km/h, y como ese radar no tiene en vigor la calibración que debería, de lecturas erróneas y pese a ello esté en funcionamiento y emitiendo denuncias no se sabe si correctas o no :rolleyes2:

Y a efectos legales lo mismo da que esté un día retrasado que cien, igual que si te pillan con la ITV sin pasar por un día, o por cien (y hablo de aplicar la ley, no de lo bondadoso o comprensivo que quiera ser el agente de turno), o si vas a matricularte a la Universidad un día fuera del plazo, o si presentas la declaración de Hacienda un día más tarde del límite fijado, o si tenías programada una operación para el día "x" y te presentas en el hospital un día más tarde, o muchos ejemplos más similares que pueden ponerse.

Al final todo se reduce a: ¿pasas de líos y pagas, o asumes que vale la pena meterse en esos líos (que pueden ser mínimos, medios o máximos, y desgraciadamente no hay quien prevea cual va a ser el caso) y quizá (tampoco es seguro) no pagues, pese al error de la Administración, la cual a tí no te habría "perdonado"?.

Vsss
 
Hola vespavieja, la verdad es que no acostumbro a ir constantemente mirando al velocímetro porque prefiero una multa a un accidente pero si te puedo decir que no suelo pasar de 140 de marcador nunca porque ya no sabe uno cuando están al acecho. Me he acostumbrado a ese ritmo de 130 normalmente. Claro que en un momento concreto me puedo haber despistado y subir un poco más.
De todos modos ese día en concreto a las 09:15 desde Salamanca dirección Valladolid la verdad es que la temperatura y la incipiente llovizna no invitaban a correr demasiado.... quien sabe, no puedo demostrar nada al respecto pero si esta claro que el radar que me hizo la foto en ese momento no estaba autorizado.
gracias a todos por los comentarios y
vsss.
 
A ver, todo eso que decís alguno de que si recurre lo tiene ganado porque si el error... que si la revisión... que si... de eso nada. Una cosa es que tenga razón y otra que se la den. Es decidir entre pagar 50 euros y olvidarse del tema o liarse posiblemente hasta un contencioso administrativo de resultado incierto, porque ni siquiera estando seguro de poseer la razón se puede estar seguro de que te la den.

Así las cosas quien debe valorar si le merece la pena liarse es quien tiene que asumir el trabajo y el gasto porque desde aquí es muy fácil decir que sí, que recurra la denuncia que tiene razón y que no se deje pisotear, pero... estaríais dispuestos quienes dais esos consejos a participar en la empresa?

Además de todo lo anterior, que me corrijan si me equivoco, en los contenciosos cuando pierde la administración no es condenada en costas por lo que quien acude a esta instancia debe asumir la totalidad de los gastos que le ocasione con lo que, de ganar, se trataría de una victoria pírrica en toda regla.

Yo lo tengo clarísimo, económicamente no me interesaría, tampoco hay puntos de por medio que me incentivaran a meterme en ese berenjenal y sin garantías, que nadie te va a dar, paso de ese tipo de complicaciones, con la de cosas agradables que hay en las que perder el tiempo y desagradables por las que luchar...
 
Novedades!!!
Primero vespavieja decirte que en ningún momento me ha parecido mal tu comentario. Si ha podido dar esa impresión lo siento, de verdad que valoro muy positivamente todos vuestros comentarios.
Dicho esto os cuento.
He estado en la oficina de tráfico para exponerles mi caso y preguntar si el radar en cuestión tiene otro certificado actualizado y solo ha sido un error en la notificación o por el contrario solo dispone de ese certificado y esta fuera de validez.
a ellos no les consta que exista ningún otro certificado pero no me lo pueden asegurar al 100% así que la chica que me ha atendido me ha invitado a presentar un escrito de alegaciones exponiendo la situación y así lo he hecho.
En un plazo aproximado de 1 mes deberían responderme y si existe otro certificado comunicarmelo. En ese caso pagaría la sanción pero siempre podría acogerme a la reducción de sanción del 50%. En caso de no existir ningún otro certificado me ha dicho la chica que cree que la denuncia no tendría validez.
Por lo visto ahora envían las notificaciones por correo ordinario que es más barato que el certificado y por eso no hay plazo tope para el pronto pago salvo que te lo comuniquen expresamente en otra notificacion.
ya os contare.
vsss
 
Yo mi reflexion es la siguiente, independientemente que tenga razon o no, ¿ Que me sale más barato? recurrir o pagar.
 
...
En un plazo aproximado de 1 mes deberían responderme y [HIGHLIGHT2]si existe otro certificado comunicarmelo. En ese caso pagaría la sanción pero siempre podría acogerme a la reducción de sanción del 50%[/HIGHLIGHT2]. En caso de no existir ningún otro certificado me ha dicho la chica que cree que la denuncia no tendría validez.
...

Exactamente a esto me refería en mi primera intervención cunado ponía el símil de "jugar a lotería gratis". Si te toca, perfecto... y si no estarás como estabas, pudiendo acogerte al descuento por pronto pago. ;)

Ahora a ver qué te contestan. ¡No dejes de poner aquí cómo acaba el tinglado!.

Vsss
 
Exactamente a esto me refería en mi primera intervención cunado ponía el símil de "jugar a lotería gratis". Si te toca, perfecto... y si no estarás como estabas, pudiendo acogerte al descuento por pronto pago. ;)

Ahora a ver qué te contestan. ¡No dejes de poner aquí cómo acaba el tinglado!.

Vsss

Exactamente. Este es el dato que buscaba yo.
No pierdo nada.
Por supuesto que os mantendré informados pero ya sabéis que "las cosas de palacio.......
sin prisa.
vsss
 
Novedades!!!
Primero vespavieja decirte que en ningún momento me ha parecido mal tu comentario. Si ha podido dar esa impresión lo siento, de verdad que valoro muy positivamente todos vuestros comentarios.
Dicho esto os cuento.
He estado en la oficina de tráfico para exponerles mi caso y preguntar si el radar en cuestión tiene otro certificado actualizado y solo ha sido un error en la notificación o por el contrario solo dispone de ese certificado y esta fuera de validez.
a ellos no les consta que exista ningún otro certificado pero no me lo pueden asegurar al 100% así que la chica que me ha atendido me ha invitado a presentar un escrito de alegaciones exponiendo la situación y así lo he hecho.
En un plazo aproximado de 1 mes deberían responderme y si existe otro certificado comunicarmelo. En ese caso pagaría la sanción pero siempre podría acogerme a la reducción de sanción del 50%. En caso de no existir ningún otro certificado me ha dicho la chica que cree que la denuncia no tendría validez.
Por lo visto ahora envían las notificaciones por correo ordinario que es más barato que el certificado y por eso no hay plazo tope para el pronto pago salvo que te lo comuniquen expresamente en otra notificacion.
ya os contare.
vsss

No sé dónde ha sucedido eso peris, pero si presentas alegaciones se tramitará como procedimiento sancionador ordinario por el art. 81 del RDL 339/1990 en lugar de por el art. 80 que sería el procedimiento abreviado, por lo que ya no tendrías ocasión de pagar ese 50%.

Yo no me fío ni un pelo de lo que me digan, de todas formas ya está hecho y ahora sólo te queda que cruzar los dedos, aunque tampoco se pierde tanto.

Suerte.
 
Hola dibi.
Ha sido en la oficina de tráfico de Salamanca. Todo ha ocurrido como os he contado, de hecho le he insistido varias veces a la chica que me atendió en la posibilidad de acogerme a la reducción de sanción si finalmente tenia que pagar y ella no ha dudado ni un solo momento.
No obstante, llegados a este punto creo que aún sin la certeza de poder pagar el 50 % habría tomado la misma decisión. Esto ha trascendido lo puramente material y ya no lo veo como 50 euros sino como una cuestión de justicia. Asumire el riesgo y veremos si este sistema actúa como las evidencias y el sentido común mandan (lo cual no suele ser muy habitual, jajaja)
vsss
 
Hola dibi.
Ha sido en la oficina de tráfico de Salamanca. Todo ha ocurrido como os he contado, de hecho le he insistido varias veces a la chica que me atendió en la posibilidad de acogerme a la reducción de sanción si finalmente tenia que pagar y ella no ha dudado ni un solo momento.
No obstante, llegados a este punto creo que aún sin la certeza de poder pagar el 50 % habría tomado la misma decisión. Esto ha trascendido lo puramente material y ya no lo veo como 50 euros sino como una cuestión de justicia. Asumire el riesgo y veremos si este sistema actúa como las evidencias y el sentido común mandan (lo cual no suele ser muy habitual, jajaja)
vsss

Siendo así, nada que decir, mucha suerte y no te cabrees mucho si no te sale bien. :)

Saludos.
 
Por cierto, si llegas al contencioso, que por el importe de la sanción no compensa; lo mas caro no son las tasas de Gallardón.
A no ser que seas Letrado o tengas un amigo que te lleve gratis; eso es lo que te va a costar.
Saludos
 
Espero que no sea neceserio llegar tan lejos.....
ya os contare.
 
perisRT como te ha dicho PERIS la persona que te ha atendido en la oficina podrá decir lo que ella cree. Si no te lo da por escrito lo que es legal lo que dice la ley sobre el procedimiento sancionador abreviado u ordinario. Yo creo que te darán la razón y no pagarás nada porque el certificado que te han enviado esta caducado. Pero si te contestan en contra sólo te quedará pagar el total del importe o acudir al contencioso administrativo. Es más conozco un caso de una denuncia de las graves que primero pago con el 50% y luego como había renunciado a las alegaciones envió al contencioso por detectar un error de forma. Ganó y le devolvieron el dinero, de haber perdido le hubiese tocado pagar el otro 50% seguro.
 
Muy buenas a todos y feliz año.
finalmente ya puedo contaros como ha terminado este asunto. Ayer recibí por correo certificado la respuesta de la DGT a mis alegaciones.
En realidad lo único que me han remitido es una nueva notificación de la sanción idéntica a la anterior pero con el certificado de verificación del radar actualizado. En este pone como fecha de validez hasta 12/11/2015 con lo cual queda claro que en el momento de la sanción el radar estaba cubierto por este certificado.
Así las cosas, he procedido a abonar la sanción a través de la web de la DGT acogiéndome al 50% de descuento por pronto pago sin ningun problema.
Asunto zanjado.

Saludos y Vsss.
 
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