Se qué no va de moto y menos de clásica pero como es aquí donde me muevo repito lo que he preguntado en consultas legales. Sí el moderador no lo considera oportuno pues a moderar.
Acaba de llegarme un multa por exceso de velocidad que no niego pero mirando en internet estoy mosqueado.
Denuncia una velocidad de 115km/h donde esta limitado a 80 en la A15. Vale.
Pero precisa " se ha tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la norma UNE 26444"
Resulta que esta norma ha dejado de aplicarse oficialmente en el 2006 y que se tendría que aplicar otra normativa, ademas
he llamado a un teléfono de la dgt y me explican que el margen de error se aplica al valor del límite y no a la velocidad detectada, es decir que sí voy a 85 no hay multa (80+5 de error) pero si el radar mide 115 pues eso son 115 sin minoración por posible error de medición.
Mi preocupación es que 115 son 300€ más 2 puntos y si es 115-5% se queda en 100€.
Alguien sabe algo al respecto? Muchas gracias.
Acaba de llegarme un multa por exceso de velocidad que no niego pero mirando en internet estoy mosqueado.
Denuncia una velocidad de 115km/h donde esta limitado a 80 en la A15. Vale.
Pero precisa " se ha tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la norma UNE 26444"
Resulta que esta norma ha dejado de aplicarse oficialmente en el 2006 y que se tendría que aplicar otra normativa, ademas
he llamado a un teléfono de la dgt y me explican que el margen de error se aplica al valor del límite y no a la velocidad detectada, es decir que sí voy a 85 no hay multa (80+5 de error) pero si el radar mide 115 pues eso son 115 sin minoración por posible error de medición.
Mi preocupación es que 115 son 300€ más 2 puntos y si es 115-5% se queda en 100€.
Alguien sabe algo al respecto? Muchas gracias.