MULTADO A 250 KM/H

Gabrielr

Curveando
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Pues no sabía donde poner este post, si en consultas legales, por si encontramos una base legal sólida, que dudo mucho, o en chistes, juzgarlo vosotros:

CARTA DE UN AUTOMOVILISTA "FLASHEADO" A  250  KM/H, EN UNA VÍA LIMITADA A 70

"Señor  Juez, he visto perfectamente la señal de "70", en negro con círculo rojo, sobre  el panel de tráfico, sin ninguna otra indicación de unidades (métricas). Usted  sabe que la Ley del 4 de Julio de 1.837 establece obligatorio el sistema métrico  en España, y que el decreto nº 65-501 de 3 de Mayo de 1.961 modificado (tomado  en aplicación de las directivas europeas), define como UNIDADES DE BASE LEGAL,  las unidades del sistema (métrico) internacional (SMI). Usted puede verificar  todo esto en la web del gobierno: por lo que en el SMI, la unidad de longitud es  el METRO, y la unidad de tiempo es el SEGUNDO. Es pues evidente, que la unidad  de velocidad LEGAL es en consecuencia el METRO POR SEGUNDO. No puedo ni imaginar  por un momento, que el Ministerio del Interior no esté aplicando las leyes del País o inclusive de Europa.
Por tanto, 70 metros por segundo corresponderían exactamente a 252 Km/h. La Policía afirma que he  sido fotografiado a una velocidad de 250 Km/h, esto no lo pongo en duda.  Me encontraba pues 2 Km/h por debajo del límite autorizado. Le agradezco tome usted buena nota de ello, devuélvanme   mi carné de conducir y retiren la denuncia contra mi persona. mi permiso de conducción y déjenme  tranquilo."

Saludos
 
Pues un poco a cachondeo suena, pero como el recurso prospere, no veas p´a cambiar en España todas las señales de velocidad ;D.

Salu2
 
Este recurso no es nada nuevo por aqui, incluso se le atribuyen diversos origenes. En cualquier caso, lamentablemente no fue aceptado y consecuentemente no sentó antecedentes. :( :)
 
parodri dijo:
[quote author=Juan_Xixon link=1156281829/0#2 date=1156287966]Ponlo en humor.

;)


mejor en el manicomio :o :o :o
[/quote]

Que cohone!
POnlo en la carcel.
V's
 
este recurso lo hizo un frances, pero quien se examina para obtener el permiso de conducir sabe perfectamente (o deberia de saberlo) que cuando hay una limitacion de velocidad es en km./h, por lo alegado por este tipo pongo yo en duda de que sea apto para conducir, por lo que ademas de la retirada y aunque solo fuese por tocar los webs, yo lo propondria a revision ;D ;)
 
marcos dijo:
este recurso lo hizo un frances, pero quien se examina para obtener el permiso de conducir sabe perfectamente (o deberia de saberlo) que cuando hay una limitacion de velocidad es en km./h, por lo alegado por este tipo pongo yo en duda de que sea apto para conducir, por lo que ademas de la retirada y aunque solo fuese por tocar los webs, yo lo propondria a revision  ;D ;)

El recurso del francés lleva tiempo por internet y no creo que deje de ser una gracieta que algún cachondo se curró.

Quizás sea mas útil el francés directamente, pero hacerle uno al agente que te para con intención de identificarte pues no se, yo casi prefiero pagar la multa y perder los puntos antes que hacerle una "churrupaita" al agente.

;) ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D
 
Hombre si al juez, un recurso como ese le hizo gracia, pues quizá le redujera la pena, ahora como le pillara con un día chungo pues aviado iba el recurrente ;D ;D ;D
Era cuestión de jugársela ;)
 
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