Necesidad de llevar la documentación

chemagv

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He estado buscando por el foro y no he encontrado una respuesta clara, seguro que existe, pero no la encuentro...

Mi duda:
¿Es obligatorio llevar físicamente y en todo momento la documentación de la moto o si te para la policía ellos pueden comprobar si está todo en regla?.
¿Bastaría llevar el DNI?
Me comentan que no es necesario llevar el DNI, que de oficio te pueden identificar.

Gracias y un saludo
 
Hola, yo creo que la documentacion si que es obligado llevarla. Otra cosa es el recibo del seguro.
Yo de todas formas, llevo todo ( documentacion y seguro ). total, un papel mas en la cazadora no ocupa y así cuando me paren, me evito esperar un rato a que el agente compruebe si llevo seguro o no.

Saludos.
 
pienso igual que Chin......
no es lo que ocupa y te ahorras tiempo. Si en ese momento (por lo que sea) el agente no puede comprobar por sus medios telemáticos que está todo en regla, serás tú el perjudicado aunque tan solo sea por esperar cinco minutos más de la cuenta.......
 
Buenas tardes, ¿ y sino llevas el DNI, como te identifican?. Por otra parte la documentación de la moto si tienes que llevarla, puedes omitir el recibo del seguro, pero esto también tiene su inconveniente ya que si en el momento en que te paran no es posible comprobar si lo tienes en vigor no queda claro que opciones tienes para demostrarlo.

Otra opción si circulas en territorio nacional es la de llevar fotocopias compulsadas por trafico para no tener problemas, y dejar la documentación original en casa. Ojo esto solo es valido como comento si circulas por territorio nacional, en el resto de países. no vale
 
Documentacion de la moto: Permiso de circulacion y tarjeta de la ITV. Obligatorio llevarlo.
Recibo del seguro: Si no lo llevas, y en la base de datos que consultan los agentes no figura como pagado (aunque sea un error) puede ser un problema. Mejor llevarlo.

Documentacion del piloto: Carnet de conducir, y si llevas el DNI, pues mejor.
 
Buenas tardes, la documentacion de la motocicleta debes de llevarla en vigor, original o fotocopia compulsada, en cualquier jefatura te puede salir 7 euros cada documento. El recibo del seguro no es obligatorio, porque los agentes telematicamente pueden comprobarlos en el momento, pero te recomiendo q lo lleves, ya que si por cualquier motivo no pueden comprobarlo te denuncian y te costara justificarlo en la jefatura, con la molestia q acarrea.
Con respecto al conductor, siempre q se conduzca un vehiculo a motor debera de acreditar ante los agentes la posesion del permiso, sino lo llevas con el dni te lo podrian comprobar, pero aun comprobado te podrian denunciar por no llevarlo encima. Sino hay manera de identificar al conductor por no aportar identificacion, le ley justifica el traslado a dependencias policiales proximas a los solo efectos de identicacion. Ahora creo q merece la pena llevar por lo menos el dni. Espero haberte aclarado algo. Un saludo.
 
Gracias por la aclaración.
¿No es una contradicción que no sea obligatorio llevar el DNI que identifica una persona y sea obligatorio llevar la documentación de identificación de una máquina?
Queda claro que lo importante son los bienes materiales y no las personas.

Perdonad mi devaneo filosófico, estoy desenganchándome de los turrones y tengo mono.
Un cordial saludo.
 
....bueno, las leyes a veces son raras de interpretar, y parece que están escritas para confundir, tanto a la gente, como a la policía, ya que si toda persona tiene la obligación de obtener el Documento Nacional de Identidad, y tambien está obligada a exhibirlo cuando le sea requerido por cualquier Agente de la Autoridad, ¿como puede ser que no tenga lo obligación de portarlo?...con lo cual, estará obligado a exhibirlo si tiene la obligación de portarlo, y más si dice que lo lleva consigo, pero si no es así, y no lo lleva consigo, no habrá manera de identificar a una persona, ni estará obligada a ello..........con lo que acabaremos siempre en comisaría..........


...que difícil es esto.....
 
Pues yo hasta hoy pensaba que tambien era obligatorio el llevar el DNI encima........como es obligatorio mostrarlo a un agente si te lo solicita, es lógico que lo haya que llevar, de lo contrario a ver como se lo enseñamos :cool2:......menuda contradiccion.....:undecided:.

Saludossssss
 
Pues yo hasta hoy pensaba que tambien era obligatorio el llevar el DNI encima........como es obligatorio mostrarlo a un agente si te lo solicita, es lógico que lo haya que llevar, de lo contrario a ver como se lo enseñamos :cool2:......menuda contradiccion.....:undecided:.

Saludossssss


....así es Chin, mira lo que contesta textualmente el mismísimo Ministerio del Interior, sobre una consulta realizada a este respecto, fíjate especialmente en las conclusiones finales (es sólo una página):


http://www.elguardia.com/descargas/consulta-dni.pdf
 
Han eliminado con ello la denuncia por no portarlo, (antes podían denunciarte con 5.000 pesetas por no llevar encima el DNI), pero si por alguna denuncia administrativa o penal hubiera necesidad de acreditar la personalidad, sí existe la obligatoriedad de identificarse, si no portar documento que acredite tu identidad, a terminar en comisaría para determinarla, pero no te denunciarían con los 30 € de ahora por no portar el DNI. Conclusión: mejor llevar el dni y el permiso de conducir por si no funcionaran los sitemas informáticos de Tráfico y no fuera posible determinar la existencia o no de seguro y de permiso de conducir en vigor.
(sigue siendo denunciable no portar la documentación del vehículo y permiso de conducir, si bien esto no suele denunciarse, dada la posibiblidad de averiguarlo todo por medios informáticos, de cualquier modo la itv de mi coche no figura en la página de la DGT y hace más de diez meses que la pasé en la estación de mi ciudad y consta en la tarjeta de características.
No hay obligación de portar el documento acreditativo del pago del seguro, pero hay compañías que no pasan los datos al fiva para no pagar la parte que tienen que abonar el consorcio. Mucho ojo con ello.
 
con sólo el carnet de identidad suficiente en mi caso para que me identificaran .....a mi si tenia carnet de conducir a la moto por la la matrícula y si tenía seguro se conoce que le apareció también .
saque primero el carnet de identidad estaba buscando el otro y me dijo no hace falta más ....se fue al coche y regreso diciendo listo ...puede continuar .
 
Gracias por la aclaración.
¿No es una contradicción que no sea obligatorio llevar el DNI que identifica una persona y sea obligatorio llevar la documentación de identificación de una máquina?
Queda claro que lo importante son los bienes materiales y no las personas.

Perdonad mi devaneo filosófico, estoy desenganchándome de los turrones y tengo mono.
Un cordial saludo.

No entiendo el dilema que se te plantea con el DNI teniendo la oligación de llevar encima el permiso de conducir que te identifica suficientemente como persona y como conductor, pero claro que en un periodo de desenganche todo vale :) .
 
Hola amig@s, si partimos de la base de que los agentes de las FCSE,etc. no son unos sicópatas sedientos de sangre, y que dedican su vida a amargar al resto de la sociedad, creo que no es tan complicado el llevar encima la documentación del vehículo y la nuestra. Claro que si te paran y empiezas con tu curso de derecho comprado en los chinos, haces caso a bulos de internet,etc. pues tús probabilidades de acabar sancionado o en comisaría aumentan geométricamente.

Si perder la documentación de la moto es un problema, pues la compulsas, dejas la original a buen recaudo y ya está.

Un saludo y que cada uno haga lo que quiera...!
 
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