hmm... la ley dice esto:
Ley 17/2005 que modifica el Real decreto legislativo 339/1990 en su artículo 11.5:
Queda prohibido circular con menores de 12 años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas, con o sin sidecar, por cualquier clase de vía. Excepcionalmente, se permite esta circulación a partir de los siete años, siempre que los conductores sean los padres o madres, tutores o persona mayor de edad autorizada por ellos, utilicen casco homologado y se cumplan las condiciones específicas de seguridad establecidas reglamentariamente.
También es cierto lo de que deben llegar a los reposapiés. Almenos eso es lo que dicta mi manual del carnet.