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Sabio consejo... graciasKarlos BMW dijo:O sea, que si no lo llevas, más vale llevar una copia del comunicado, por lo que para el caso, es mejor llevarlo, no?
Yo lo que si que hago es tachar los códigos bancarios.
O acaso nadie ha pensado en que podría pasar si esos datos caen en manos ajenas? :-?
A120 dijo:Nino, en el tercer párrafo lo que viene a decir es que si la base de datos no funcionase o en esa base de datos no figurase la existencia del seguro (hay veces que las compañias tardan en pasar las altas), el agente formulará la denuncia, habiendo un plazo de cinco dias para acreditarlo en la JPT. Esta es otra de las razones por las que es recomendable llevar el recibo.
[highlight]Lo que te puedo asegurar y te aseguroes que no es obligatorio llevarlo[/highlight]. Aunque yo tambien recomiendo llevarlo.
nino273 dijo:[quote author=A120 link=1235599107/0#9 date=1235847935]Nino, en el tercer párrafo lo que viene a decir es que si la base de datos no funcionase o en esa base de datos no figurase la existencia del seguro (hay veces que las compañias tardan en pasar las altas), el agente formulará la denuncia, habiendo un plazo de cinco dias para acreditarlo en la JPT. Esta es otra de las razones por las que es recomendable llevar el recibo.
[highlight]Lo que te puedo asegurar y te aseguroes que no es obligatorio llevarlo[/highlight]. Aunque yo tambien recomiendo llevarlo.
A120 dijo:Todos los agentes encargados de la vigilancia del tráfico (al menos los de la Guardia Civil y me imagino que los Ertzainas y los Mossos igual) tienen instrucciones específicas y claras de que no se denuncie por no llevar el recibo del seguro obligatorio, siempre que se pueda consultar la base de datos. [highlight]Pueden pasar dos cosas, que la base de datos se haya "caido" o que las transmisiones se encuentren en zona de sombra y los agentes no puedan hacer la consulta con la central, ya que no en todas las provincias están funcionando ya las famosas PDAs, aunque éstas tambien pueden estar en zona de sombra y no tener cobertura.[/highlight]
Por ello es recomendable llevar el recibo, además de por lo que dices del supuesto de tener un accidente. En este último caso siempre que sea solamente de daños materiales y se haga parte amistoso. Si los agentes de tráfico tienen que instruir diligencias, porque haya heridos (en este caso no sirve de nada hacer parte amistoso) o las partes no se pongan de acuerdo, no les hace falta tener a la vista el recibo del seguro, para hacer el atestado pueden consultar la base de datos, donde si que es verdad que no figura el número de póliza, pero tampoco les es necesario, en el atestado solamente se pone si el seguro del vehículo está en vigor y el nombre de la compañía aseguradora, siendo éstos datos los que figuran en la base de datos.
En el supuesto de que te denunciasen porque los agentes no pudiesen tener acceso a la base de datos, tienes cinco dias para justificar la vigencia del seguro ante la J.P.T.. Sabiendo las colas que hay habitualmente en dichas oficinas, que vas a perder una mañana entera en hacer este trámite y que no cuesta ningún trabajo llevar el recibo con el resto de la documentación del vehículo, pues creo que sobra decir nada más.