Re: Nueva sanción por llevar mal la placa de matrí
Mike_13 dijo:
[quote author=Maverick link=1180255529/15#16 date=1180297457][quote author=ankor link=1180255529/0#13 date=1180289160][quote author=Mike_13 link=1180255529/0#12 date=1180288973]Reglamento General de Vehiculos/Real Decreto 2822/1998, de 23 de Diciembre.
Articulo 49.1 Circular con el vehiculo reseñado con placas de matricula que no son perfectamente visibles o legibles, infraccion grave, 92,86 euros, con el 30% de descuento 65 euros,
no lleva aparejada la retirada del carne ni la retirada de punto alguno.
Articulo 25.1 Circular con el vehiculo reseñado sin las placas de matricula (solo para los vehiculos matriculados, en caso contrario se denunciara por no haber obtenido la autorizacion correspondiente), infraccion grave, 150 euros, con el descuento del 30% 105 euros,
no lleva aparejada la retirada del carne ni la retirada de punto alguno, pero si se procede a la inmobilizacion del vehiculo o traslado del mismo al deposito municipal.
Articulo 25.1 Circular con el vehiculo reseñado sin una de las placas de matricula, infraccion grave, 92,86 euros, con el 30% de descuento 65 euros,
no lleva aparejada la retirada del carne ni la retirada de punto alguno.
Esto es lo que se deben aplicar todos los Cuerpos con competencias en Regulacion y Ordenamiento del Trafico, ya que esta marcado por Ley
Seguro?.....no estarás equivocado?......es que un señor Guardia Civil dice que SI. ;D ;D ;D ;D ;D ;D
Gracias, compañero por la labor didáctica....ya que parece que con palabras no valía.

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Sin polémicas:
Hay que leer un poquito las Instrucciones de la D.G.T.
Artículo 18 - Apdo 3 - Opc. 1A, con una sanción de 150 € y 2 Puntos:
"Circular con el vehículo reseñado llevando instalado un
mecanismo o sistema encaminado a eludir la vigilancia del tráfico"
(Deberá concretarse el mecanismo o sistema, Detector de radares, bisagras, pañuelos, pegatinas, etc...)
Eso sí, retirada de PC, no, pero detracción de puntos sí.
Un saludo
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Es cierto, ya que tu te refieres o aplicas el Reglamento General de Circulacion, Real Decreto 1428/2003, (lo explicado anteriormente como se expecificaba era el Reglamento General de Vehiculos), aun que no tiene nada que ver con los articulos mencionados con anterioridad, que son referentes el art. 25 a
Matriculacion. Normas Generales. y el art. 49
Placas de Matricula.El que tu mencionas art. 18
Otras Obligaciones del Conductor. A mi modesto entender el detector de radar, inhibidor de radar, si me apuras incluso las bisagras o cable de la placa al puño para elevarla y ponerla en plano horizontal, podrian ser mecanismos, pero el pañuelo, pegatinas e incluso cinta aislante va a ser que no, en algun caso en el que me he encontrado que portaban numeros y letras modificados, he procedido a picar Diligencias Judiciales por falsificacion, ya que la matricula es manipulada y siempre han salido condenados.
Yo tampoco quiero polemicas, pero para eso esta este gran foro, para intercambiar opiniones y experiencias

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compañeros....y si la matricula va sucia, llena de barro, alquitran..etc..por ejemplo..es denunciable??? por que eso es muy comun en nuestras maravillosas carreteras?? Quien dice que es intencionado el llevar la matricula sucia???