Permiso de circulación denegado

Abaco666

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Buenas tardes:

Voy a tratar de explicar una situación surrealista que me está ocurriendo:
  • En 2014 compró una moto (BMW F700GS) nueva y el conce la matricula y se encarga en la ITV de limitar su potencia a 35Kw dado que yo tenia el A2. Esto queda registrado en la ficha técnica.
  • En 2018, con un certificado de taller del mismo conce, la deslimito pasando la correspondiente ITV y pasa a tener su potencia original de 55Kw, quedando registrado nuevamente en la ficha técnica.
  • En 2020 me instalo la App miDGT donde puedo ver el permiso de circulacion.
  • A finales de 2021 en la App anterior en lugar de aparecer el permiso de circulación aparece un mensaje indicando que hay una incidencia con una reforma —> ALARMA.
Me pongo en contacto con la DGT y me indica que debido a una reforma, la potencia que aparece en la casilla P2 del permiso de circulacion, la potencia, no corresponde a la de la moto y que he de solicitar un nuevo permiso.
El permiso que tengo es el original que se expidió en la matriculación, previo a la limitación que realizó el propio conce a los pocos días, para después entregármela limitada, cuyo valor P2= 55 corresponde hoy día a su valor real.
Siendo riguroso, entre 2014 y 2018 el permiso no tenia la potencia real.
Al realizar posteriormente la deslimitacion, nadie me indicó que deberia hacer nada con el permiso. Tampoco la DGT da respuesta a por qué lo deniega a finales 2021 y no antes, así como no tener claro como poder expedir uno nuevo con el mismo valor que el actual.

No se como voy a salir de esta y en la ITV me recalcan que no tenían constancia de la obligación de expedir un nuevo permiso de circulación dado que el permiso establece que tendrá validez junto con la ficha tecnica y aquí marca la potencia real.

¿Os ha pasado a alguien algo similar?
¿Tenias constancia que ante una limitación/deslimitacion era necesario pasar por tráfico para expedir un nuevo permiso?
 
La solución debe de ser tan sencilla como solicitar en Tráfico la expedición de un nuevo permiso de circulación acorde a la reforma que consta en la tarjeta de inspección técnica, no?
 
Pues evidentemente si has cambiado (deslimitado) la potencia de la moto, en el permiso de circulación físico seguirá apareciendo la misma potencia.

No creo que tengas mayor problema en ir a tu delegación de Tráfico (con la tarjeta de inspección técnica) y que te expidan un nuevo permiso de circulación (en el acto) con la potencia real corregida.

Porque entiendo que tienes una ficha técnica donde dice que la moto tiene 55Kw de potencia y un permiso de circulación donde pone que tiene 35Kw.

Eso sí, hasta no tenerlo todo solucionado yo no cogería la moto para nada.






Saludos.
No es así.
Mi permiso de circulación se creó en la matriculación inicial y por lo tanto pone 55Kw. No tengo otro que este.
A los pocos días se limito a 35kw y en 2018 se deslimito por lo que ahora es correcto, pero se encuentra denegado (no válido) con el problema que no saben como expedir uno nuevo con la misma potencia.
Este es el verdadero problema.
 
La solución debe de ser tan sencilla como solicitar en Tráfico la expedición de un nuevo permiso de circulación acorde a la reforma que consta en la tarjeta de inspección técnica, no?
Esa es la solución pero parece ser que el ordenador no lo permite dado que sería de la misma potencia y sería un duplicado, cosa que no permite al estar denegado. Tendrán que indagar si hacerme uno de 35kw (quizás así dejaría de estar denegado) y después otro de 55Kw.

De todas formas, ¿es necesario hacer un nuevo permiso de circulación al hacer una reforma de cambio de potencia?
Los que conozco nunca lo han hecho y en la ITV me dicen no tener constancia.
 
Puedes compra una moto de segunda mano y limitarla....
Por regla general, las motos que van a conductores con permiso limitado, ya se matriculan así.
Entiendo que, aunque hayas vuelto a la original, te has saltado dos pasos.
Quozas el sistema informático nota que han habido cambios y ahora no te deja hacer una nueva.
 
A mi me pasó algo parecido, me lo arreglaron en trafico. Pero tuvieron que llamar a otro funcionario más experto

Un saludo.
 
Es que eso es totalmente ilegal. Una moto nueva con el propósito que tú dices (tener el carné limitado) se ha de limitar antes de matricular la moto.

Mi hermano estuvo en la misma tesitura y por supuesto les advirtió al concesionario de que tenía el carné limitado y quería una moto limitada.

Mi hermano cuando compró y matriculó la moto, ya salió del concesionario con 35Kw de potencia y así siguió porque la vendió limitada.

Pero salió así ya del concesionario, limitada en la ficha técnica y por ende, limitada en el permiso de circulación.





Saludos.
Eso que me dices, con todo el respeto, no es posible. BMW me adjudicó una moto nueva en stock con 55kw.
Se precisa matricularla antes porque en la ITV piden el permiso de circulacion y la Ficha tecnica y además anotan la matrícula.
Creo entender, que el conce una vez pasada la ITV con la anotacion en la ficha tecnica, debería haber pedido un nuevo permiso de circulacion con la potencia P2 = 35Kw. y no lo hizo. Me entregó la documentación con el permiso original.
Por mi parte no preste atencion porque supuse que el conce había hecho la tramitación correcta, de hecho, sólo comprobé que mi nombre era correcto y la fecha de matriculación también.
La segunda vez fui yo mismo el que pase la ITV (no el conce) y no me dijo nada de tener que solicitar un nuevo permiso, por lo que pensé que la potencia real la marcaba la ficha tecnica y el permiso tenía la máxima admisible.
Hasta que ha ocurrido esto....ya me voy enterando de como funciona.
Los de tráfico son unos incompetentes pues podían haberme avisado antes, a ver como reclamo a BMW un hecho de 2014.
 
Última edición:
Los intrincados caminos de la administración y la inoperancia habitual del funcionariado en general.
Paciencia, que seguro que hay solución, falta encontrar a quien sepa y quiera trabajar, vamos como un eclipse, cada 100 años.
 
Pero a ver, que yo me enteré, tienes una moto ahora mismo con 55 kw, y que tanto en el permiso de circulación como en la ficha técnica pone que tiene 55 kw, no? donde está el problema?
El problema lo tendrán los de tráfico con lo que tengan ellos en sus ordenadores, tu tienes tu permiso físico con los datos correctos. Yo no haría nada la verdad.
 
Pero a ver, que yo me enteré, tienes una moto ahora mismo con 55 kw, y que tanto en el permiso de circulación como en la ficha técnica pone que tiene 55 kw, no? donde está el problema?
El problema lo tendrán los de tráfico con lo que tengan ellos en sus ordenadores, tu tienes tu permiso físico con los datos correctos. Yo no haría nada la verdad.
No, el problema tambien lo tendra si en un control, en la base de datos de la Policia les saldra que tiene el permiso de circulacion denegado y a parte de la sancion, sera la inmobilizacion del vehiculo, por carecer de un permiso de circulacion valido. RGV Art. 1.2.5C: 200€ - CIRCULAR CON EL VEHÍCULO RESEÑADO ESTANDO SUSPENDIDO ELPERMISO DE CIRCULACIÓN DEL MISMO. (LA CONSTATACIÓN DE LOS PRESENTES HECHOS
PODRÁ DAR LUGAR A LA ADOPCIÓN.
(la constatación de los hechos será mediante resolución
administrativa correspondiente por incumplir algún requisito documental o
administrativo para el mantenimiento de la vigencia)
 
Eso que me dices, con todo el respeto, no es posible. BMW me adjudicó una moto nueva en stock con 55kw.
Se precisa matricularla antes porque en la ITV piden el permiso de circulacion y la Ficha tecnica y además anotan la matrícula.
Creo entender, que el conce una vez pasada la ITV con la anotacion en la ficha tecnica, debería haber pedido un nuevo permiso de circulacion con la potencia P2 = 35Kw. y no lo hizo. Me entregó la documentación con el permiso original.
Por mi parte no preste atencion porque supuse que el conce había hecho la tramitación correcta, de hecho, sólo comprobé que mi nombre era correcto y la fecha de matriculación también.
La segunda vez fui yo mismo el que pase la ITV (no el conce) y no me dijo nada de tener que solicitar un nuevo permiso, por lo que pensé que la potencia real la marcaba la ficha tecnica y el permiso tenía la máxima admisible.
Hasta que ha ocurrido esto....ya me voy enterando de como funciona.
Los de tráfico son unos incompetentes pues podían haberme avisado antes, a ver como reclamo a BMW un hecho de 2
He pasado exactamente por la misma situación y si, nadie te informa de que debes solicitar un nuevo permiso tras las sucesivas reformas de la moto. Deberías haberlo tramitado en su día y luego después de la delimitación.
Míralo por el lado bueno: Ya que nadie te ha informado de ello, la app de la dgt lo ha puesto de manifiesto y puedes solicitar el nuevo permiso, aunque será exactamente igual al que ya tienes en papel.
Yo, en evitación de que si me para u agente de trafico tuviera divergencias a la hora de comprobación de la documentación he solicitado on line la expedición del nuevo permiso (previo pago de los 20,81 € de la tasa)
 
Bueno, finalmente gracias a la gentileza de una persona de la DGT, el tema acaba de ser solucionado.
El problema lo generó el conce BMW que me la vendió limitada, según consta en factura, que una vez la matriculó, paso la ITV para reducir la potencia y no solicito un nuevo permiso de circulación con la potencia reducida, entregándomela con el permiso de circulación que había obtenido unos días antes en la propia matriculación.
La duda me surge, si lo habrá hecho más veces y cuantas motos podrían estar afectadas.
 
Menos mal la soluciónaste, yo compré la f800gs limitada en papeles, para venderla la deslimite en ficha técnica y anotaron la reforma , al poco la vendí se traspasó y sin más.
Pero vete tú a saber.
Increíble.
 
Si os vale de referencia, la semana pasada pase la ITV de un coche de cuatro años.

Resulta que no encontraba el papel de la ficha técnica del coche, fui a la ITV y me dijeron que desde el 2016 ( creo recordar) esta en marcha la ficha técnica electrónica, y que para los vehículos posteriores a esa fecha , no es necesario llevar el papel. En mi caso, pase la ITV sin problema y fueron amables y me dieron una copia.

Pero comento esto por el tema de los papeles.
 
Si os vale de referencia, la semana pasada pase la ITV de un coche de cuatro años.

Resulta que no encontraba el papel de la ficha técnica del coche, fui a la ITV y me dijeron que desde el 2016 ( creo recordar) esta en marcha la ficha técnica electrónica, y que para los vehículos posteriores a esa fecha , no es necesario llevar el papel. En mi caso, pase la ITV sin problema y fueron amables y me dieron una copia.

Pero comento esto por el tema de los papeles.
Yo siempre recomiendo llevar encima toda la documentacion del vehiculo, pudiera darse el caso que en cualquier control, no funcionase el sistema informatico y no se puedan comprovar los datos, tambien esta la App de My DGT que sale tu carnet de conducir y la documentacion de todos los vechiculos a tu nombre, incluido la compañia del seguro y su caducidad, pero volvemos a lo mismo, si no tienes cobertura, la App no funciona.

LA ficha tecnica te la puedes descargar desde la pagina de la DGT y tenerla siemre en el vehiculo, es la ficha tecnica igual, pero en lugar del carton verde, ahjora es un folio A-4 blanco.
 
Bueno, finalmente gracias a la gentileza de una persona de la DGT, el tema acaba de ser solucionado.
El problema lo generó el conce BMW que me la vendió limitada, según consta en factura, que una vez la matriculó, paso la ITV para reducir la potencia y no solicito un nuevo permiso de circulación con la potencia reducida, entregándomela con el permiso de circulación que había obtenido unos días antes en la propia matriculación.
La duda me surge, si lo habrá hecho más veces y cuantas motos podrían estar afectadas.

A mi me pasó exactamente lo mismo.

Un saludo
 
incluido la compañia del seguro y su caducidad,
O no.

En mi app MyDGT sale el nombre de la aseguradora y la fecha de INICIO de la contratación. No la de CADUCIDAD de la póliza en vigor. Compruébalo.

Menudo fallo de diseño de la app.
 
A mi me pasó exactamente lo mismo.

Un saludo

Un fallo inexcusable, son profesionales y deben saber que la limitacion y la deslimitacion pasan por la ITV y se anotan EDITO en el permiso de circulación... en la ficha técnica.
 
Última edición:
O no.

En mi app MyDGT sale el nombre de la aseguradora y la fecha de INICIO de la contratación. No la de CADUCIDAD de la póliza en vigor. Compruébalo.

Menudo fallo de diseño de la app.
En la página de la DGT no sale la caducidad de la póliza nunca. Solamente cuando ha caducado.
No es un fallo de de diseño es como lo hace la DGT.
 
O no.

En mi app MyDGT sale el nombre de la aseguradora y la fecha de INICIO de la contratación. No la de CADUCIDAD de la póliza en vigor. Compruébalo.

Menudo fallo de diseño de la app.
LA DGT solo pone fecha de fin en el caso que este caducada, Cuando esta en vigor, no pone la fecha de fin, tanto en la App, como en el sistema informatico policial. Lo que si sale en el sistema policial es la compañia en la que estas y las compaías anteriores, no pone fecha de fin, porque la DGT interpreta que el titular renovara, si no renueva, pone la nueva compañia, si el vehiculo se velve asegurar. La ITV si que sale la fecha de fin y las anteriores, si fueron favorables,, desfavorables y el numero de la estacion que las hacen.
 
Tuve una Suzuki GSR, limitada en 2006, delimitada en 2008. Sólo lo anotaron en la ficha técnica, nada de cambiar en permiso de circulación. La vendí en 2019 y no hubo ningún problema de permiso de circulación no válido ni estas historias.
 
LA DGT solo pone fecha de fin en el caso que este caducada, Cuando esta en vigor, no pone la fecha de fin, tanto en la App, como en el sistema informatico policial. Lo que si sale en el sistema policial es la compañia en la que estas y las compaías anteriores, no pone fecha de fin, porque la DGT interpreta que el titular renovara, si no renueva, pone la nueva compañia, si el vehiculo se velve asegurar. La ITV si que sale la fecha de fin y las anteriores, si fueron favorables,, desfavorables y el numero de la estacion que las hacen.

La fecha de utilidad es la caducidad, tanto para la ITV como del seguro... Incluso para el propio titular que decide confiar en la aplicación, y puede necesitar una consulta rápida y no lleva los papeles en el vehículo.
 
El problema empezó en 2014, al estar matriculada y tener su Permiso, limitarla después y no solicitar uno nuevo.

Pero vamos, que tendrá fácil solución de alguna u otra forma, vete a una Jefatura de Tráfico que eso lo arreglan.

Edit: OK, ya leí que estaba arreglado 😂
 
La solución debe de ser tan sencilla como solicitar en Tráfico la expedición de un nuevo permiso de circulación acorde a la reforma que consta en la tarjeta de inspección técnica, no?
Es así... yo lo tuve que hacer en 2007. Lo más jorobado es encontrar el certificado de taller con la modificación de la moto para quitar la limitación (a mi me costó pedirla a BMW tres veces a un taller que ya no existe, pero costó un mes y medio o dos de dar la tabarra.

Hoy será más fácil (auguro)
 
Veo que se habla de una general inoperancia y desidia de los funcionarios y quiero romper una lanza por aproximadamente el 40% de los mismos. Por el otro 60% no rompo ni un palito.

Efectivamente hasta las cosas burocráticas más enrevesadas tienen solución siempre que haya un poco de voluntad, de ganas de trabajar, de conocimientos (que los tienen) y, sobre todo, de EMPATÍA hacia el sufrido administrado.

A los empleados públicos no todos los días nos vienen con pequeños y tediosos dramas, que para el que los sufre son grandes, por lo que no nos cuesta tanto ayudar, aportar, aconsejar y guiar para que todo se resuelva. Conocemos los caminos y los recovecos administrativos y sabemos cuál es el departamento correcto y quién es el inepto al que hay que puentear hasta llegar a la solución.
Apunten hacia arriba: Jefe de Área mejor que Jefe de Servicio, éste mejor que técnico y técnico mejor que encargado. Encargado mejor que oficial.

Sólo un consejo: no exijan, pidan con humildad y paciencia. Tengan una pequeña y simpática conversación previa, a poder ser, y regalen unas palabras amistosas. Muéstrense inermes y no arrogantes; necesitan ayuda, no vienen a regalar jamones (jamás hagan tal cosa!! ) y verán cómo las posibilidad de solución rápida aumentan hasta el 85%.

En cualquier oficina, consejería o ministerio pasa como en las carreteras: al guardia nunca le puedes decir: "Eso es mentira!" o "Usted no sabe con quién está hablando". Eso es un suicidio.

Las horas buenas para pedir atención por teléfono son de 9 a 10.00 y de 11.30 a 15.00, lunes a viernes.
Para funcionarias difiere un poco la cosa.
Si alguien no entiende lo de los horarios yo se lo explico en privado.

Un saludo.

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