Revision itv y golpe lateral moto

Rafuky

Allá vamos
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Hola a todos

Joder, mil siglos sin escribir por aquí, con la de ratos buenos que hemos echado por aquí... en fin...

Desalejado del ambiente motero que estoy en estos tiempos, pero aún con moto quiero planteados un par de dudas a ver que opináis.

El pasado Junio me tiraron la moto estando aparcada en un Parque, rompiendo la carcaza del intermitente delantero (es una 1200 RT) y rozando las maletas, cilindro y demás. El tío se dio a la fuga (que raro verdad¿) con tan buena suerte que un Policia Municipal tomo nota, iniciamos el parte, pidieron atestado y porfin ya admitió culpa la compañía contraria a finales de Julio.

Bien es verdad que la moto, viene arrastrando desde hacia tiempo, el típico ruido del EJE PRIMARIO, y el cla cla típico que todo conocemos y que el Taller (obviaré su nombre para evitar suspicacias), me ha dicho siempre que dentro de lo tolerable... etc.. etcc.. cuando conozco a otros compañeros que les han cambiado incluso fuera de garantía este tema.

Bueno a lo que voy, me vino la carta aceptando culpa y que designara taller, y se me iluminó la idea de si poder, al menos intentar, meterle este ruido para que la avería de eso la pague el seguro... He consulta o con el mismo taller, (que volveré a obviar porque sino me termino de calentar) y me dicen que NI SE ME OCURRA, que no lo van a valorar nunca... y que una moto en parado no ocasiona avería ninguna en el motor..

El problema es que en estas me ando, cuando HOY me cumple la revisión de la ITV de la moto, y aquí viene la segunda pregunta, en lo que busco un taller, y poder intentar esto, y de paso arreglar el intermitente, SABEIS si me pasaran la itv con el intermitente así como defecto leve? Es que claro, si voy y perito tardarán un tiempo si intento reclamar esto, y si voy y no perito, ni me he dado la oportunidad de intentarlo.. y tampoco es plan de ir por ahí sin itv

Ale a ver si alguien me aclara un poco

Saludotes

Rafuky
 
Echa un ojo a esto:

LUCES y SEÑALES | Preitv.com.es

Al parecer en un coche, que un intermitente no se encienda, es defecto grave, lo que supone inspección desfavorable y tener que volver una vez subsanado. Pero en una moto no lo sé con certeza, toda vez que en una moto se supone que puedes indicar los cambios de dirección con el brazo izquierdo...

A ver si algún compañero sabe responderte con certeza, pero si no, siempre puedes preguntar en la propia estación de ITV, antes de "meter" los papeles.

---

En cuanto a lo de intentar "encasquetar" al seguro la reparación del primario, no teniendo que ver ello con que te tirasen la moto, me parece tan impresentable como el que te tiró la moto y se piró sin dejar nota. No, corrijo: me parece más impresentable aún, ya que al que te tiró la moto aún se le puede conceder el beneficio de la duda de si se dio cuenta o no, mientras que lo que tu dices es un intento de fraude premeditado. Tú mismo...

Vsss
 
En mi opinión es un defecto leve pues los indicadores de dirección no son obligatorios en las motos.

Mira el MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V. II.- INSPECCIONES DE VEHÍCULOS DE DOS, TRES RUEDAS, CUADRICICLOS Y QUADS 4.- Alumbrado y Señalización 4.3.- Luces indicadoras de dirección

a.- ESPECIFICACIONES GENERALES Obligatoriedad y número de luces:

Motocicleta sin sidecar Opcional (b) 2 delante y 2 detrás Bordes exteriores

Color: El color de dichas luces será amarillo auto.

b.- MÉTODO
*
Mediante inspección visual se comprobará:
- El número de luces.
- Su funcionamiento.
- Su situación.
- La homologación, en su caso.
- El estado de los dispositivos.
- El color de la luz emitida.
- Que al operar sobre el mando de funcionamiento de estas luces, no se encienda ningún otro
dispositivo luminoso diferente a los reglamentariamente establecidos.

c.- REGLAMENTACIÓN DE REFERENCIA
General: Reglamento General de Vehículos Art. 15, 16 y 17 y Anexo X.
Particular: Directiva 93/92/CEE.
Reglamento CEPE/ONU 53 R.
Reglamento CEPE/ONU 74 R.

d.- INTERPRETACIÓN DE DEFECTOS


2.- No funciona alguna luz o la frecuencia de pulsación es tal que
el efecto es próximo a la luz fija o luz apagada ........................................... GRAVE
Si es opcional ........................................................................................... LEVE



http://www.minetur.gob.es/es-ES/ser...teres/ManualITVMitycRevision7Enero2012web.pdf



Saludos
 
Intermitente roto no pasa.

Si solo esta agrietado y no deja pasar luz blanca igual tienes suerte, si se ve luz blanca no pasa si se dan cuenta.

Si la moto tenia intermitentes el dia que salio de fabrica y fue homologada con ellos debe llevarlos si o si. Lo de los brazos no cuenta para la ITV.
 
A veces me apabulla tanta rectitud. Gracias de corazón por no incitar de oficio a la fiscalía para q actúe de oficio en tamaño fraude que influiría seguro en poner mis huesos en chirona ... Madre de Dios, si pasarán nuestros políticos por este foro la de dinero q ahorraba el país.
Benditos ustedes los q no tienen tentaciones, rectos como velas, en suma todo honestidad. Cuanto q aprender de vosotros!!!!

Al resto: mil gracias por tomaros las molestias de contestar

Saludotes cordiales

Rafuky
 
Por evidentes alusiones:

1.- De entrada te he ayudado en lo que he podido en el tema del intermitente. De nada...

2.- En lo de estafar al seguro te he puesto lo que pienso... y de manera bastante comedida, pues si hay actitudes que me molestan particularmente son las de aquellos que pretenden sacar un beneficio propio a costa de perjudicar a los demás.

A lo mejor en tu consulta podrías aclarar que sólo quieres respuestas que alaben tu "picardía", que te aplaudan hasta con las orejas, y que dejen de lado el detallito sin importancia de que lo que estás proponiendo es cometer un delito de estafa, tipificado en el código penal. Naaaada, minucias...

Y como bien dice Victormes, "picardías" como las que propones las acabamos pagando solidariamente entre todos con seguros más caros, con lo que en mayor o menor medida, sí, tu "picardía" me perjudica.

¿Soy un ejemplo de honestidad, recto como una vela, y voy a desbancar a Santa Teresa de Jesús como referente de bondad?. Pues no; ni yo ni nadie. Pero lo que sí sé es que nunca he cometido ni me he planteado estafar a nadie, y si algún día lo hago, también es seguro que no lo airearé en un foro público, y menos aún me sentiré ofendido si alguien me lo recrimina.

Venga, que te vaya bien...
 
Lo que te digo... "tipificado en el código Penal"... de cárcel... Ay señor...

Que te vaya lindo a ti también campeón!!! ah!! y y por nada no, hombre, infinidad de gracias por tu inestimable ayuda en lo del intermitente...

Saludos

Pdt y/o Aclaracion: Porfavor, en lo sucesivo, solo respuestas que alaben mi "picardía", que me aplaudan hasta con las orejas, y que dejen de lado el detallito sin importancia de que lo que estoy haciendo es simplemente tratar de obtener un beneficio de la compañía de seguros, de un particular que dio un golpe a mi moto a las 7.30 de la mañana un sábado, en un Parque y del bullicio que había el "pobrecito" no lo escucho... Abstenerse por tanto, moralistas, hombre rectos de buena fé y mejor quehacer, que quieran empezar por las bases la regeneración de todo un país, que digo país ... de toda la humanidad.
 
Los peritos no son tontos y las compañias no se chupan el dedo... si con verdaderos daños por accidente intentan no pagartelos imagina por "daños imaginarios"

Esta el tema como para que te acepten una averia de motor por una caida en parado. No creo que acabes en la carcel, ni te multen ni cosas asi, mas que nada porque a la compañia no le sale a cuenta... pero que lo que intentas es ilegal, pues si.

A partir de ahi, si lo haces, no olvides contarnoslo. Mas que nada por curiosidad.
 
Gracias Koji, por tu aporte. Por supuesto que os contaré, si es que finalmente doy por hacerlo, que viendo como está el patio, lo mismo no merece la pena ni intentarlo en efecto muchas veces los golpes reales rehuyen cuanto menos por algo así....
El planteamiento de la duda, sinceramente, era, dado mis desconocimientos totales en mecánica, simplemente saber si era "planteable" una cosa así, o muy por el contrario, si el Taller tenia razón en que era poco menos que descabellado, por dos cosas por ver si el arreglo salia gratis por supuesto, pero también para mencionar y valorar -en consecuencia- la "complicidad" que tenia conmigo el Taller... que no atendiendo en garantía el problema del primario, ahora también tiran balones fuera... No sé si me he explicado... Nada más..

Agradecido en cualquier caso,

Saludotes

Rafuky
 
Intermitente roto no pasa.

Si solo esta agrietado y no deja pasar luz blanca igual tienes suerte, si se ve luz blanca no pasa si se dan cuenta.

Si la moto tenia intermitentes el dia que salio de fabrica y fue homologada con ellos debe llevarlos si o si. Lo de los brazos no cuenta para la ITV.


Bastaría con quitar la bombilla en cuestión para que se quede en una deficiencia leve:

2.- No funciona alguna luz o la frecuencia de pulsación es tal que
el efecto es próximo a la luz fija o luz apagada ........................................... GRAVE
Si es opcional .................................................. ......................................... LEVE


Saludos.
 
Bastaría con quitar la bombilla en cuestión para que se quede en una deficiencia leve:

2.- No funciona alguna luz o la frecuencia de pulsación es tal que
el efecto es próximo a la luz fija o luz apagada ........................................... GRAVE
Si es opcional .................................................. ......................................... LEVE


Saludos.


No si la moto salio de fabrica con ellos. Si en la ficha de homologacion que tienen aparecen, deben fucionar al 100% y estar en perfecto estado. No es opcional.

Incluso si en la ficha de homologacion aparece una cosa, por ejemplo un solo retrovisor, pero ha habido modificaciones legislativas al respecto se ciñen a ellas, por ejemplo, todas las motos que superen los 100 km/h deben llevar dos retrovisores. Si es asi deberas montar otro si o si.

Saludos
 
rafuky está a la altura del que golpeó su moto y se dió a la fuga, este post hay que borrarlo
 
No si la moto salio de fabrica con ellos. Si en la ficha de homologacion que tienen aparecen, deben fucionar al 100% y estar en perfecto estado. No es opcional.

Tienen que funcionar, sí, pero si no funciona y su instalación es opcional la deficiencia es LEVE. Lo dice muy claro el MANUAL de inspecciones, lo mismo que dice que si se dan otras circunstancias, aun siendo opcionales, se trataría de una deficiencia GRAVE. No tendría ningún sentido que ese hecho lo calificara como leve si le pones tú los intermitentes sin encomendarte a Dios ni al Diablo y como grave si viene con ellos de fábrica.

Incluso si en la ficha de homologacion aparece una cosa, por ejemplo un solo retrovisor, pero ha habido modificaciones legislativas al respecto se ciñen a ellas, por ejemplo, todas las motos que superen los 100 km/h deben llevar dos retrovisores. Si es asi deberas montar otro si o si.

Eso es distinto. Si esas modificaciones legislativas incluyen a los vehículos matriculados antes de su entrada en vigor no habrá nada que decir, pero no siempre es así, pero si fuera obligatorio ya dejaría de ser opcional, no?. Creo que todavía se pueden ver vehículos por ahí sin cinturones de seguridad, por poner un ejemplo, y no se les puede obligar. De todos modos en este caso concreto estamos hablando de lo que estamos hablando y parece que queda claro en el MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES I.T.V.

Saludos


Un saludo.
 
(b) Obligatorio para vehículos matriculados a partir del 1/11/99.

Con lo que si que tiene sentido que no sea lo mismo si los instalas tu que si vienen de fabrica. Como tantas otras cosas de las ITV.

La opcion es unicamente para motos matriculadas antes de esa fecha, en ese caso, si "no funcionan" es una infraccion leve. En el resto de motos vendran instalados de fabrica, no es una opcion, y por tanto es grave.
 
Última edición:
Me veo en la obligación de apoyar a los que están defendiendo la honestidad en este hilo.
 
(b) Obligatorio para vehículos matriculados a partir del 1/11/99.

Con lo que si que tiene sentido que no sea lo mismo si los instalas tu que si vienen de fabrica. Como tantas otras cosas de las ITV.

La opcion es unicamente para motos matriculadas antes de esa fecha, en ese caso, si "no funcionan" es una infraccion leve. En el resto de motos vendran instalados de fabrica, no es una opcion, y por tanto es grave.

Tienes razón, se me pasó la coletilla ;)

Así las cosas... DEFICIENCIA GRAVE.


Saludos.
 
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