Pues eso. No se si se habia publicado ya en el foro, pero desde el 13 de octubre de 2008 ya no nos pueden multar por no llevar el recibo del seguro, sino que los agentes deben comprobarlo en sus sistemas. Esto no nos exime de tener el seguro en regla
sino solamente de llevar encima el recibo.
Os adjunto la nota de prensa de la DGT:
Reglamento de Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil
Se suprime la denuncia por no llevar el justificante de pago del Seguro Obligatorio
[ch56256][ch56451] Los Agentes de tráfico comprobarán por vía telemática la vigencia de la póliza.
http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/notaprensa102.pdf

Os adjunto la nota de prensa de la DGT:
Reglamento de Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil
Se suprime la denuncia por no llevar el justificante de pago del Seguro Obligatorio
[ch56256][ch56451] Los Agentes de tráfico comprobarán por vía telemática la vigencia de la póliza.
http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/notaprensa102.pdf