Novedad Sentencia Madrid Intercomunicador Casco

Muy interesante. Muchas gracias por el aporte.

Pues si no me equivoco al leerla, no sólo deja la sanción sin efecto alguno, pues la anula tanto como las costas, que también las anula, sino que además la sentencia es firme y no deja lugar a recurso alguno.

Un saludo
 
Última edición:
YA les vale a los de la DGT.
Que los legalicen de una santa vez y se dejen de tonterías.Me tienen aburrido con sus sandeces.
 
Una sentencia para una denuncia que no soluciona nada en torno a los Inter comunicadores, cuidado que continuaran denunciando y esta sentencia no significa que otro juez o juzgado le de total validez a la denuncia


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Una sentencia para una denuncia que no soluciona nada en torno a los Inter comunicadores, cuidado que continuaran denunciando y esta sentencia no significa que otro juez o juzgado le de total validez a la denuncia


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Desde luego que le soluciona al que recurrió. NO desde luego al que está en el sofá sentado, a que se lo den hecho, algo muy típico en la geografía hispánica y en lo que coincido contigo totalmente


J. Salva
 
Desde luego que le soluciona al que recurrió. NO desde luego al que está en el sofá sentado, a que se lo den hecho, algo muy típico en la geografía hispánica y en lo que coincido contigo totalmente


J. Salva
Salva , Otros muchos no nos quedamos en el sofá y recurrimos y como resultado ...Un año y seis meses de paseos a trafico para pagar la multa sin descuentos y 3 puntos de carnet.

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Salva , Otros muchos no nos quedamos en el sofá y recurrimos y como resultado ...Un año y seis meses de paseos a trafico para pagar la multa sin descuentos y 3 puntos de carnet.

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ya te digo que lo de anular esa denuncia va a suceder en casos contados...

Espero cambien pronto la normativa


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Salva , Otros muchos no nos quedamos en el sofá y recurrimos y como resultado ...Un año y seis meses de paseos a trafico para pagar la multa sin descuentos y 3 puntos de carnet.

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Pues tienes razón, mi comentario no ha sido en absoluto afortunado, y pido disculpas por ello, máxime cuando estamos entre compañeros


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La sentencia es buena porque quita la multa, pero jurídicamente ..... El juez es miembro de este foro, casi fijo; es broma, pero me la jugaría a que es motero o tiene relación con ello
Salvo la mención a los principios básicos del derecho penal, que son de aplicación al procedimiento sancionador administrativo por analogía, no veo yo mucha base en la resolución; la libra por una interpretación muy literal de la norma, en base a la RAE, lo que me genera dudas porque si la literalidad no es clara hay que ir al espiritu o al conjunto de la norma y no me parece que con esa linea argumental la resolución fuera la misma
No cabe recurso por el tipo de procedimiento
Creo que se seguirá multando y se podrá recurrir, pero no hay seguridad de que todos los juzgados c-ad hagan esta interpretación.
A los que no les importe abonar 150 euros (50% de la multa que te puedes ahorrar) pueden usar la defensa jurídica de su seguro y recurrir, a ver como se van pronunciando otros juzgados de otros territorios
 
La sentencia es buena porque quita la multa, pero jurídicamente ..... El juez es miembro de este foro, casi fijo; es broma, pero me la jugaría a que es motero o tiene relación con ello
Salvo la mención a los principios básicos del derecho penal, que son de aplicación al procedimiento sancionador administrativo por analogía, no veo yo mucha base en la resolución; la libra por una interpretación muy literal de la norma, en base a la RAE, lo que me genera dudas porque si la literalidad no es clara hay que ir al espiritu o al conjunto de la norma y no me parece que con esa linea argumental la resolución fuera la misma
No cabe recurso por el tipo de procedimiento
Creo que se seguirá multando y se podrá recurrir, pero no hay seguridad de que todos los juzgados c-ad hagan esta interpretación.
A los que no les importe abonar 150 euros (50% de la multa que te puedes ahorrar) pueden usar la defensa jurídica de su seguro y recurrir, a ver como se van pronunciando otros juzgados de otros territorios

Creo, por lo que leo, que ya sabes de que va esto, que se puede resumir en:

“Para ganar, hacen falta los siguientes tres elementos:
1. Tener razón
2. Saber usarla
3. Que te la quieran dar”

Coincido en que en ocasiones tenemos coberturas en la póliza que desconocemos (aplicable a todo tipo de productos de aseguramiento)


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Joderrrr, esa frase me trae algún que otro recuerdo
A mi me decían, tener razón, saber pedirla y que te la quieran dar, y la verdad es que cuanta razón esconde

Todavía no me he visto en la tesitura, pero en este tema si la póliza me lo cubre, personalmente creo que sería de las multas que sí recurriría, aunque solo sea para que se vaya posicionando la judicatura al respecto y evitar problemas
 
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