Son ilegales las luces led en motos?

Granadino

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He leido que en España las luces led no estan homologadas para circular en moto, es decir, que pueden cascar multa para todos los que circulan con la nueva GS que lleva la opcion de faro led.

Alguien que nos aclare este tema?
 
Si la moto "sale de casa" con ese faro, ya está homologado. Sólo para esa moto.
 
Hola, si el fabricante ha homologado el vehiculo con luces led, no pueden ser ilegales, la Ducati Panigale tambien lleva las luces principales (cruce y carretera) de led y se matricula sin problemas, otra cosa son las daylighs, que en las motos que las llevan hay que circular tambien con las de cruce encendidas. Sino han cambiado el cuento, esto era asi.

Saludos y Vssss.
 
En mi humilde opinión, mi moto tiene montados led de serie tanto de posición delantera y trasera como de freno, y no me ha parado para decirme nada, y llevo con ella mas de dos años. no se ya estoy en duda.
Me supongo que será como montarle los xenon que si es ilegal si no están homologados.
 
Buenas tardes... si no me equivoco, todo lo que sale montado de la fabrica, pasa por industria y allí le dan el visto bueno antes de salir a la venta. Corrijanme si me equivoco.
Un saludo.
 
Si y no sino todo lo contrario,
ningun guardia multara por llevar los led diurnos encendidos,
multaran si llevamos led diurnos encendidos y NO LA DE CRUCE
la multa no es por ir con los led, es por NO llevar la de cruce OBLIGATORIA encendida a la vez.


Reglamento General de Circulación Artículo 104.1 opc 5A
Circular durante el día con una motocicleta sin llevar encendido el alumbrado de corto
alcance o cruce.
200€, 100€ con la reduccion

Parecido a cuando multan por no encender en el auto luces en un tunel corto y alegamos que el coche lleva encendido automatico, el G.C. te dira que si, que muy moderno que el coche piense por ti,
pero que las luces hay que encenderlas a partir de la señal.
 
Última edición:
Si y no sino todo lo contrario,
ninguna guardia multara por llevar los led diurnos encendidos,
multaran si llevamos led diurnos encendidos y NO LA DE CRUCE
la multa no es por ir con los led, es por NO llevar la de cruce OBLIGATORIA encendida a la vez.

Totalmente cierto.

La tecnología de alumbrado, ya sea halógena, xenon o LED, si viene instalada homologada por el fabricante son totalmente legales.

Lo que es ilegal es circular con la lud diurna (ya sea LED o la que sea), y no con la luz de cruce.
 
Cuando una moto llega a españa tiene que pasar unas homologaciones y ya se pueden matricular con lo cual no se pueden denunciar, otra cosa es ponerle a cualquier moto leds sin estar homologadas, es lo mismo que ponerle XENON sin venir de fabrica.....
 
En cambio en los coches parece que debe apagarse (o atenuarse) al encender las de cruce

6.19.7. Conexiones eléctricas

Si se instalan, las luces de circulación diurna se ENCENDERÁN automáticamente cuando el dispositivo que pone en marcha o detiene el motor está en una posición que permita el funcionamiento de este último. Será posible activar y desactivar el encendido automático de las luces de circulación diurnas sin el uso de herramientas. La luz de circulación diurna se APAGARÁ automáticamente cuando se enciendan los faros, excepto cuando estos se utilicen para emitir ráfagas de advertencia.
 
Última edición:
todo lo que sale homologado de fabrica es legal
otra cosa es que temulten cosa rara por este motivo
mas que nada y con mis respetos a la autoridad es que no
yienen ni P.I si esta amologado

los faros de xenon tambien estan igual pero hay comunidades qure no son tan
papistas ,,,,,,,,,

pasa lo mismo con los cuneteros o antiniebla si quieren tocarte lo que suena
sonara pero no es su prioridad

en fin,,,,,,,,,,,,,

hay alguna formula para hacerlo legal como pasar ITV y hacerlo costar en la ficha
tecnica sobre todo los accesorios antiniebla, cuneteros eso depende tambien de la ITV
si no que se lo expliquen a las motos importadas rollo HD que las han pasado mas putas,,,,,,,,
 
Última edición:
Resumen:
Si llevas apagada la luz de cruce, multa. Y punto.

Esto es porque para las luces diurnas de Led no está homologado su uso para sustituir las de cruce.

Además de las luces de cruce, opcionalmente puedes llevar leds diurnos si los faros adicionales que utilizas están homologados (los propios faros...) por industria, el fabricante del faro y el taller instalador (esos dos últimos pueden ser BMW+conce).

En mi opinión, y por nuestra propia seguridad, os pido que encendáis la luz de cruce.. es lo único que nos diferencia en un retrovisor de un enlatado. ..
 
supuestamente, al menos en los coches, la intensidad de las luces de dia se encuentran entre la de posición y la de cruce..... si teniendo dia, enciendes cruce, las de dia tienen que apagarse o pasarse a la intensidad de posición.

Por ello, si la luz de led que viene es de dia, hay que llevar tambien puesta la de cruce. No es la tecnologia de la lampara, es la utilizacion lo que no es legal en españa...

hay coches que llevan la luz de cruce de led, no hay problema por eso...
 
Pues, ya estoy liado.... Entonces en vuestra opinión debes llevar las luces de cruce encendidas aún teniendo led de día????
Entonces para que las ponen y homologan si luego no valen???
 
Pues, ya estoy liado.... Entonces en vuestra opinión debes llevar las luces de cruce encendidas aún teniendo led de día????
Entonces para que las ponen y homologan si luego no valen???

Pues creo que queda muy claro, es legal el LED como luz de día siempre que sea la de cruze, pues es la de cruce la obligatoria. Tu puedes llevar un LED de luz de posición o de DLR como te lo venderá la marca y será legal circular y pasar las itvs pero si no va en cruze es ilegal circular sólo con ellas
 
Pues, ya estoy liado.... Entonces en vuestra opinión debes llevar las luces de cruce encendidas aún teniendo led de día????
Entonces para que las ponen y homologan si luego no valen???
por que igual no en todos los paises europeos existe la norma de la luz de cruce como en España... es que para algunas cosas, la
unión Europea sigue siendo un descojone....
 
Pues creo que queda muy claro, es legal el LED como luz de día siempre que sea la de cruze, pues es la de cruce la obligatoria. Tu puedes llevar un LED de luz de posición o de DLR como te lo venderá la marca y será legal circular y pasar las itvs pero si no va en cruze es ilegal circular sólo con ellas

Pues el otro día me dejaron para probar la nueva 1200 lc, y sólo tenía encendida la luz de día Led, en cuanto entras en un tunel se enciende la de cruce.

Entonces, luz de cruce siempre + luz de día (que es la que no se apaga). Deberíamos pedir que en la nueva 1200 la luz que no se apague sea la de cruce, y así evitar olvidarte...

Tanta novedad, para quedar igual....

Vssss
 
Pues, ya estoy liado.... Entonces en vuestra opinión debes llevar las luces de cruce encendidas aún teniendo led de día????
Entonces para que las ponen y homologan si luego no valen???

porque estas en Españistan amigo
yo de ti llevaria las dos
 
Recordad que la luz de cruce es obligatoria aunque vuestra moto ya traiga de serie las diurnas.
 
esta Semana Santa he rodado con la nueva GS por Francia,España y Andorra,cruzandome con controles de policia y ninguno me ha parado por llevar la luz diurna led,no se si son legales o no,pero no me han dicho nada,ni la policia Andorrana ni la Gendarmerie,ni la GG.CC ni los Mossos d'esquadra.......
 
esta Semana Santa he rodado con la nueva GS por Francia,España y Andorra,cruzandome con controles de policia y ninguno me ha parado por llevar la luz diurna led,no se si son legales o no,pero no me han dicho nada,ni la policia Andorrana ni la Gendarmerie,ni la GG.CC ni los Mossos d'esquadra.......

La Luz diurna de LED (o de kriptonita, daría igual), como vienen de serie están homologadas y son legales. Lo que no es legal (en España) es circular SÓLO con ellas, en moto es obligatorio ir con las de cruce (cortas) puestas. En Europa parece que no es así, y es posible que en España acabe cambiando, ya que antes no existían este tipo de luces. Si el objetivo es la visibilidad del motorista, las "luces de día" son más visibles por el resto de conductores/peatones que las de cruce.

Un Saludo
 
La Luz diurna de LED (o de kriptonita, daría igual), como vienen de serie están homologadas y son legales. Lo que no es legal (en España) es circular SÓLO con ellas, en moto es obligatorio ir con las de cruce (cortas) puestas. En Europa parece que no es así, y es posible que en España acabe cambiando, ya que antes no existían este tipo de luces. Si el objetivo es la visibilidad del motorista, las "luces de día" son más visibles por el resto de conductores/peatones que las de cruce.

Un Saludo

Estoy contigo, antes de tener las luces de día vale que fueran las de cruce obligatorias. Ahora, debería cambiar la legislación para adaptarse a esta nueva situación.

Vsssssssss Honor y Fuerza.....
 
Lo cierto es que mientras que la "luz de cruce" es un concepto legal, (pues viene en el Reglamento de circulación), lo de "luz día" es una denominación coloquial o comercial.

La duda, si un agente da el alto a la moto de la foto, ¿qué pondría en la denuncia? ¿circular sin llevar la luz de cruce encendida...? ¿Entonces Sr. agente, qué es lo que llevo...?, porque luz visible, ¡¡¡ y homologada !!!, sí que llevo.

Bonito recurso . . .

bmw-r1200gs-2013-carretera-16.jpg
 
Lo cierto es que mientras que la "luz de cruce" es un concepto legal, (pues viene en el Reglamento de circulación), lo de "luz día" es una denominación coloquial o comercial.

La duda, si un agente da el alto a la moto de la foto, ¿qué pondría en la denuncia? ¿circular sin llevar la luz de cruce encendida...? ¿Entonces Sr. agente, qué es lo que llevo...?, porque luz visible, ¡¡¡ y homologada !!!, sí que llevo.

Bonito recurso . . .

bmw-r1200gs-2013-carretera-16.jpg

Sí, circular sin la luz de cruce encendida. Esto no es más que una luz de posición moderna, y todos sabemos que con la luz de posición solamente NO se puede circular. De todas formas como siempre la tecnología avanza más rápido que las leyes, es posible y así debería ser, que homologuen la luz de día para circular de día (valga la redundancia), ya que es mucho más visible por los demás que la luz de cruce.

Un Saludo

PD: Pásate por aquí y verás de lo que son capaces "nuestros muchachos".
 
las luces LED de "día" las equiparan a las luces de posición, y la que estamos obligados a llevar encendida es la de cruce, por lo tanto tienen que estar encendidas las dos o en su caso la de cruce. En mi Scooter que no le he variado nada, tienes dos opciones: 1º corta y led día, 2º larga y led día. la moto de serie no admite mas configuraciones.
le he comentado el asunto a un amigo de una autoescuela y dice que mientras no se cambie la normativa, la luz obligatoria es la de cruce.
 
Si y no sino todo lo contrario,
ningun guardia multara por llevar los led diurnos encendidos,
multaran si llevamos led diurnos encendidos y NO LA DE CRUCE
la multa no es por ir con los led, es por NO llevar la de cruce OBLIGATORIA encendida a la vez.


Reglamento General de Circulación Artículo 104.1 opc 5A
Circular durante el día con una motocicleta sin llevar encendido el alumbrado de corto
alcance o cruce.
200€, 100€ con la reduccion

Parecido a cuando multan por no encender en el auto luces en un tunel corto y alegamos que el coche lleva encendido automatico, el G.C. te dira que si, que muy moderno que el coche piense por ti,
pero que las luces hay que encenderlas a partir de la señal.

Eso mismo...
 
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