Pingu
Curveando
Aún no salgo de mi asombro. Acabo de leer la sentencia de mi juicio y me va a tocar releérmela y pellizcarme para creérmela. Más aún cuando el propio juez presume de motero con 40 años de experiencia.
No puedo no extenderme mucho porque el tema tiene muchos bemoles. Veamos los hechos:
Tuve un accidente porque un conductor de un coche se saltó un stop en un cruce normal de dos calles. Se lo saltó tan despacio que yo pensaba que iba a parar, pero no paró. El cruce es cerca de mi casa y paso a diario por ahí, así que sé que la gente tiene que sacar el morro o no ve nada. Saca el morro, no mira, saca más el coche, no mira... pero va tan despacio que parece que va a parar. Inicié la maniobra evasiva de pasarle por delante esquivándole y dejándome metros de reserva pero, al ver que no frenaba y que me cortaba todo el paso, no tuve más remedio que frenar o estamparme contra el coche. Mi calle es cuesta abajo y en mi izquierda hay unas vallas de obra justo antes del cruce (unos dos metros antes de la esquina), de esas de hierro amarillo, que me recortan la escapatoria por la izquierda y el ancho de calle. El coche prácticamente ocupa desde la acera de mi derecha hasta las vallas de mi izquierda, así que con 5 metros antes de un impacto inevitable, pierdo la opción de corregir trayectoria o enderezar la moto para frenar más vertical, porque me hubiera estampaba de pleno. Mi mejor opción era, irremediablemente, frenar con la moto inclinada para evitar impactar a la misma velocidad. Pierdo la adherencia de la rueda delantera al hacerlo y caigo. Al caer choco contra las vallas -que derribo con la cabeza y así consta en el atestado y en las marcas amarillas de mi casco azul- y la moto se arrastra por el suelo hasta chocar contra el coche. Fin del accidente. Decir que mi velocidad era inferior a 50km/h y que la distancia desde mi frenada en el suelo hasta el impacto con el coche es de menos de 5 metros. Los daños de la moto ascendieron a cerca de 3000 euros. Si no hubiera perdido adherencia en la rueda, hubiera impactado contra el coche todavía subido en ella.
Hubo varias lesiones pero además de las lógicas contusiones varias, la más grave fue la producida por derribar las vallas de hierro con la cabeza (con casco): una hernia discal cervical entre las vértebras 5 y 6, probada como de origen traumático por el neurocirujano que me operó, por otro neurocirujano de la Seg. Social, por el Médico Forense y por los numerosísimos partes de incapacidad temporal y la consiguiente incapacidad total permanente del Tribunal Médico del INSS al agotar todos los plazos y prórrogas de la temporal. Las consecuencias de la hernia eran parestesias en ambos brazos -se me dormían enteros desde los hombros- con lo que no podía trabajar en mi profesión, diseñador gráfico, motivo que provocó la incapacidad. Fui operado con un implante de placa Titanio atornillada a ambas vértebras y a fecha de hoy, casi 4 años después del accidente, sigo con mi incapacidad total permanente que me impide trabajar en mi profesión. Tal incapacidad me obligó a cerrar un estudio propio de diseño tras 15 años de actividad, perdiendo todos mis clientes y un considerable perjuicio económico.
Ahora sale el Sr. Juez, el Ilustrísimo Sr. D. José Manuel Megía Carmona de la Audiencia Provincial de Valencia, y dicta sentencia de la siguiente forma: (cito textualmente)
"El motorista se cae al suelo al no saber frenar ni reaccionar ante una incidencia de la circulación, pues según se deduce del atestado, habían algunos metros entre el punto donde se cae y la esquina por donde se salió el coche, lo que denota que, ante lo improvisto pero previsible, no reaccionó con la pericia necesaria. Bastaba haber bajado una marcha, si la velocidad era corta, tocar con moderación el freno trasero y más suavemente el delantero, para detener la moto en una vía urbana sin riesgo y en pocos metros, lo que en este caso no hubierse hecho falta pues bastaba con haber reducido y lo podía haber hecho la velocidad. Todo menos girar rueda y frenar a tope con el delantero, por cuanto quien conozca algo de motos y su velocidad conoce y quien esto firma las maneja desde hace más de cuarenta años, que si haces éso te caes al suelo sobre todo si, como en el caso enjuiciado, el tramo es de bajada. Hubierse bastado una ligera frenada y buscar hacia la derecha, en atinada maniobra evasiva, la trasera del coche para haber salido indemne del accidente."
Con ésto el Sr. Juez considera probado que no sé frenar, que con mis 23 años de experiencia y 10 motos demostrables y aseguradas a mi nombre desde 1984, y mis más de 500.000 kms no tengo solvencia conduciendo motos. Que 12 años conduciendo motos de más de 600cc no son suficientes para alcanzar a conocer algo de motos. Que casualmente las últimas 3 motos fueron de la misma marca y mismo modelo, y la anterior a la del accidente hasta de la misma cilindrada... pero azul y blanca. Ignora que jamás he tenido un accidente por mi culpa. Y por si fuera poco el Sr. Juez se regodea de saber conducir un montón y que él hubiera frenado a tiempo. Evidentemente él no estaba allí y no pudo demostrarlo, porque me gustaría verle frenar en un cruce con preferencia ya que, según él, que se salten un stop es una incidencia de la circulación previsible. Y cuando un coche se salta un stop, aunque al empezar a esquivarlo sólo tenga asfalto libre por delante, si al final me tapa el hueco, tenía que haber empezado esquivándolo por detrás (supongo que atravesando la pared, ya que yo sólo veía medio coche cuando le ví el morro y pensaba que iba a parar, como era su obligación en un cruce regulado por STOP).
Resumiendo: parte de la culpa de mi accidente es mía por ir por una vía con preferencia y no saber esquivar con pericia a los coches que se saltan los stops, con lo que me quita parte de la indemnización. Luego considera que no debo cobrar por la incapacidad, porque en la declaración de Incapacidad Total Permanente de la Seguridad Social para el desempeño de mi trabajo no consta el motivo inicial de mi incapacidad y podría estar simulando que otra lesión ajena al accidente y posiblemente degenerativa fuera la que me incapacita aunque, sólo casualmente, el inicio de mi baja temporal coincida con la fecha del accidente y las lesiones demostradas como traumáticas sean de esa fecha. Para aprovechar, seguramente, me tiré contra un coche a ver si colaba y sacaba tajada y soy tan macho que de paso derribo 2 vallas de obra de un cabezazo. Como no he demostrado estar sano antes del accidente (el informe del médico de cabecera no le vale) seguramente soy un estafador de seguros y le hago perder su tiempo.
Acojonante el tema de que se dan por válidos todos los argumentos no probados por los abogados del contrario ¿cómo van a probar lo que no es?? y las contradicciones en los testimonios del conductor del coche el día del accidente y posteriormente en el juicio, pero se ignoran las pruebas médicas aportadas por mí confirmando el origen traumático de la lesión, los informes de la SS, el atestado policial, la primera declaración del contrario, la experiencia en moto, las fotos del lugar... la incapacidad total permanente y los perjuicios económicos que me pudiera haber causado que el contrario se saltara un stop, motivo por el que estamos aquí.
Resumiendo, sólo cobro por los días impeditivos, por 3 días de hospital, por las secuelas médicas sin contar la incapacidad que tengo, y un 10% de factor de corrección sobre las secuelas. Si he cerrado un negocio, si me quedo inútil para mi profesión para los restos, si he tenido algún lucro cesante por vivir 3 años y medio con 350 euros al mes... da igual. Debo ser un estafador y ya me puedo dar por contento con salir vivo de ésta.
En la sentencia de 1ª Instancia me concedían todo y le retiraban el carnet un año al del coche. Ahora y gracias al Juez del Provincial, el señor contrario sólo va a tener una multa de 360 euros. Ni multa por saltarse el stop, ni retirada de carnet, ni amonestación, ni cursillo de reaprendizaje sobre cómo se hace un STOP. Todo un logro. Dormirá tranquilo porque ahora sabe que la culpa del accidente no fue suya, sino mía por burro. Para este Juez "motero" saltarse stops y ahostiar motoristas es gratis. Ah, pero si vais en moto y tenéis preferencia, parad antes de los cruces y de los semáforos en verde, que si la preferencia se la salta un coche y os la dais, la culpa va a ser vuestra por no saber esquivarlos.
Juez y motero con 40 años de experiencia. Vosotros ya podéis reíros o llorar. >
A mí me va a costar asimilarlo... :'(
No puedo no extenderme mucho porque el tema tiene muchos bemoles. Veamos los hechos:
Tuve un accidente porque un conductor de un coche se saltó un stop en un cruce normal de dos calles. Se lo saltó tan despacio que yo pensaba que iba a parar, pero no paró. El cruce es cerca de mi casa y paso a diario por ahí, así que sé que la gente tiene que sacar el morro o no ve nada. Saca el morro, no mira, saca más el coche, no mira... pero va tan despacio que parece que va a parar. Inicié la maniobra evasiva de pasarle por delante esquivándole y dejándome metros de reserva pero, al ver que no frenaba y que me cortaba todo el paso, no tuve más remedio que frenar o estamparme contra el coche. Mi calle es cuesta abajo y en mi izquierda hay unas vallas de obra justo antes del cruce (unos dos metros antes de la esquina), de esas de hierro amarillo, que me recortan la escapatoria por la izquierda y el ancho de calle. El coche prácticamente ocupa desde la acera de mi derecha hasta las vallas de mi izquierda, así que con 5 metros antes de un impacto inevitable, pierdo la opción de corregir trayectoria o enderezar la moto para frenar más vertical, porque me hubiera estampaba de pleno. Mi mejor opción era, irremediablemente, frenar con la moto inclinada para evitar impactar a la misma velocidad. Pierdo la adherencia de la rueda delantera al hacerlo y caigo. Al caer choco contra las vallas -que derribo con la cabeza y así consta en el atestado y en las marcas amarillas de mi casco azul- y la moto se arrastra por el suelo hasta chocar contra el coche. Fin del accidente. Decir que mi velocidad era inferior a 50km/h y que la distancia desde mi frenada en el suelo hasta el impacto con el coche es de menos de 5 metros. Los daños de la moto ascendieron a cerca de 3000 euros. Si no hubiera perdido adherencia en la rueda, hubiera impactado contra el coche todavía subido en ella.
Hubo varias lesiones pero además de las lógicas contusiones varias, la más grave fue la producida por derribar las vallas de hierro con la cabeza (con casco): una hernia discal cervical entre las vértebras 5 y 6, probada como de origen traumático por el neurocirujano que me operó, por otro neurocirujano de la Seg. Social, por el Médico Forense y por los numerosísimos partes de incapacidad temporal y la consiguiente incapacidad total permanente del Tribunal Médico del INSS al agotar todos los plazos y prórrogas de la temporal. Las consecuencias de la hernia eran parestesias en ambos brazos -se me dormían enteros desde los hombros- con lo que no podía trabajar en mi profesión, diseñador gráfico, motivo que provocó la incapacidad. Fui operado con un implante de placa Titanio atornillada a ambas vértebras y a fecha de hoy, casi 4 años después del accidente, sigo con mi incapacidad total permanente que me impide trabajar en mi profesión. Tal incapacidad me obligó a cerrar un estudio propio de diseño tras 15 años de actividad, perdiendo todos mis clientes y un considerable perjuicio económico.
Ahora sale el Sr. Juez, el Ilustrísimo Sr. D. José Manuel Megía Carmona de la Audiencia Provincial de Valencia, y dicta sentencia de la siguiente forma: (cito textualmente)
"El motorista se cae al suelo al no saber frenar ni reaccionar ante una incidencia de la circulación, pues según se deduce del atestado, habían algunos metros entre el punto donde se cae y la esquina por donde se salió el coche, lo que denota que, ante lo improvisto pero previsible, no reaccionó con la pericia necesaria. Bastaba haber bajado una marcha, si la velocidad era corta, tocar con moderación el freno trasero y más suavemente el delantero, para detener la moto en una vía urbana sin riesgo y en pocos metros, lo que en este caso no hubierse hecho falta pues bastaba con haber reducido y lo podía haber hecho la velocidad. Todo menos girar rueda y frenar a tope con el delantero, por cuanto quien conozca algo de motos y su velocidad conoce y quien esto firma las maneja desde hace más de cuarenta años, que si haces éso te caes al suelo sobre todo si, como en el caso enjuiciado, el tramo es de bajada. Hubierse bastado una ligera frenada y buscar hacia la derecha, en atinada maniobra evasiva, la trasera del coche para haber salido indemne del accidente."
Con ésto el Sr. Juez considera probado que no sé frenar, que con mis 23 años de experiencia y 10 motos demostrables y aseguradas a mi nombre desde 1984, y mis más de 500.000 kms no tengo solvencia conduciendo motos. Que 12 años conduciendo motos de más de 600cc no son suficientes para alcanzar a conocer algo de motos. Que casualmente las últimas 3 motos fueron de la misma marca y mismo modelo, y la anterior a la del accidente hasta de la misma cilindrada... pero azul y blanca. Ignora que jamás he tenido un accidente por mi culpa. Y por si fuera poco el Sr. Juez se regodea de saber conducir un montón y que él hubiera frenado a tiempo. Evidentemente él no estaba allí y no pudo demostrarlo, porque me gustaría verle frenar en un cruce con preferencia ya que, según él, que se salten un stop es una incidencia de la circulación previsible. Y cuando un coche se salta un stop, aunque al empezar a esquivarlo sólo tenga asfalto libre por delante, si al final me tapa el hueco, tenía que haber empezado esquivándolo por detrás (supongo que atravesando la pared, ya que yo sólo veía medio coche cuando le ví el morro y pensaba que iba a parar, como era su obligación en un cruce regulado por STOP).
Resumiendo: parte de la culpa de mi accidente es mía por ir por una vía con preferencia y no saber esquivar con pericia a los coches que se saltan los stops, con lo que me quita parte de la indemnización. Luego considera que no debo cobrar por la incapacidad, porque en la declaración de Incapacidad Total Permanente de la Seguridad Social para el desempeño de mi trabajo no consta el motivo inicial de mi incapacidad y podría estar simulando que otra lesión ajena al accidente y posiblemente degenerativa fuera la que me incapacita aunque, sólo casualmente, el inicio de mi baja temporal coincida con la fecha del accidente y las lesiones demostradas como traumáticas sean de esa fecha. Para aprovechar, seguramente, me tiré contra un coche a ver si colaba y sacaba tajada y soy tan macho que de paso derribo 2 vallas de obra de un cabezazo. Como no he demostrado estar sano antes del accidente (el informe del médico de cabecera no le vale) seguramente soy un estafador de seguros y le hago perder su tiempo.
Acojonante el tema de que se dan por válidos todos los argumentos no probados por los abogados del contrario ¿cómo van a probar lo que no es?? y las contradicciones en los testimonios del conductor del coche el día del accidente y posteriormente en el juicio, pero se ignoran las pruebas médicas aportadas por mí confirmando el origen traumático de la lesión, los informes de la SS, el atestado policial, la primera declaración del contrario, la experiencia en moto, las fotos del lugar... la incapacidad total permanente y los perjuicios económicos que me pudiera haber causado que el contrario se saltara un stop, motivo por el que estamos aquí.
Resumiendo, sólo cobro por los días impeditivos, por 3 días de hospital, por las secuelas médicas sin contar la incapacidad que tengo, y un 10% de factor de corrección sobre las secuelas. Si he cerrado un negocio, si me quedo inútil para mi profesión para los restos, si he tenido algún lucro cesante por vivir 3 años y medio con 350 euros al mes... da igual. Debo ser un estafador y ya me puedo dar por contento con salir vivo de ésta.
En la sentencia de 1ª Instancia me concedían todo y le retiraban el carnet un año al del coche. Ahora y gracias al Juez del Provincial, el señor contrario sólo va a tener una multa de 360 euros. Ni multa por saltarse el stop, ni retirada de carnet, ni amonestación, ni cursillo de reaprendizaje sobre cómo se hace un STOP. Todo un logro. Dormirá tranquilo porque ahora sabe que la culpa del accidente no fue suya, sino mía por burro. Para este Juez "motero" saltarse stops y ahostiar motoristas es gratis. Ah, pero si vais en moto y tenéis preferencia, parad antes de los cruces y de los semáforos en verde, que si la preferencia se la salta un coche y os la dais, la culpa va a ser vuestra por no saber esquivarlos.
Juez y motero con 40 años de experiencia. Vosotros ya podéis reíros o llorar. >
