una pequeña duda

kepa

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tengo una duda , que requisito se necesita para que una moto . en este caso , se considere vehiculo historico ?, hace falta algun tramite? , o simplemente con la fecha de matriculacion ya se considera . Es para ver como se considera mi vespa del 76 , o mejor dicho la que lleva la jefa...
 
En tu caso, la Vespa podrá ser considerada vehículo histórico:

   1. Los que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación.

Para que un vehículo tenga la consideración de histórico se requerirá:

   1. La previa inspección en un laboratorio oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

   2. Resolución favorable de catalogación del vehículo como histórico, dictada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

   3. Inspección técnica, previa a su matriculación, efectuada en una estación de inspección técnica de vehículos de la provincia del domicilio del solicitante.

   4. Matriculación del vehículo como histórico en la Jefatura Provincial de Tráfico del domicilio del interesado.

Para un mayor información relativa a los trámites a realizar puedes consultar el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.

Un saludo!
 
3F352A392F32353D5C0 dijo:
En tu caso, la Vespa podrá ser considerada vehículo histórico:

   1. Los que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación.

Para que un vehículo tenga la consideración de histórico se requerirá:

   1. La previa inspección en un laboratorio oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

   2. Resolución favorable de catalogación del vehículo como histórico, dictada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

   3. Inspección técnica, previa a su matriculación, efectuada en una estación de inspección técnica de vehículos de la provincia del domicilio del solicitante.

   4. Matriculación del vehículo como histórico en la Jefatura Provincial de Tráfico del domicilio del interesado.

Para un mayor información relativa a los trámites a realizar puedes consultar el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.

Un saludo!
asi da gusto , muchas gracias y un saludo
 
No hay que confundir la "consideración de un vehículo" como histórico, con un vehículo "clàsico".... de cara a las exhemciones de impuestos y quotas bajas de seguros, se considera normalmente clásico a partir de 25 años.

En cambio, un vehículo solo se matricula histórico, si no tiene papeles, ni posibilidad de matricular de forma ordinaria....
Son los que tienen placa con las letras "VH"

Es lo que hace la mayoria de gente que se trae alguna clásica del extranjero.
Requisito 25 años de antiguedad, y prepararse para soltar una pasta (500-700 euros) y multitud de ventanillas

O sea, una cosa es un vehículo Histórico y otra clásico.... aunque pueden ser iguales
 
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