Uso de intercomunicadores

Ahora viene la batalla de que tipo de intercomunicadores estan certificados y/o homologados.


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Yo entendería que todos los que se venden para dicho fin y que tienen "autorización" para venderse en la UE están certificados y homologados de facto. Otra cosa son los que se pueden importar de países fuera de la UE... Pero me cuesta pensar que los agentes de tráfico se pongan a comprobar esto. No les veo con la lista de modelos y marcas de intercomunicadores en su bolsillo comprobando el que lleva el motorista que han parado....
 
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Todos los comentarios al respecto por privado por favor

¿Que tiene que ver la homologación o uso del intercomunicador con la homologación o uso del casco con la mentonera abierta?

¿Se puede usar el intercominicador en en un casco integral?, ¿y en un abatible con la mentonera cerrada?, ¿ha de usarse con la mentonera abierta si o si?, pues como las respuestas son SI, SI y NO, por mucho que os empeñéis nada tiene que ver con la homologación o uso de los intercominicadores, abrid otro tema para debatir el uso o la homologación de los cascos abatibles circulando con ellos abiertos, ¿tan dificil es?, ¿queréis discutir eso?, no aquí, por privado y dejemos este post para lo que se abrió.

Saludos
 
No sé si ya se ha dicho pero ya está publicado. Entra en vigor el 21/03/2022.

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Creo que la ley ya esta aprobada en el senado. Por fin esta legalizados y se mantiene los 20km para adelantamientos
Nueva ley de tráfico para Marzo 2022

Artículo 11

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
No se considerará dentro de la prohibición la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecten a la seguridad en la conducción.

ESTÁ CLARO QUE ESTO NO TE HABILITA A ESCUCHAR LA RADIO O MÚSICA… pero es un avance
 
" .... SIEMPRE QUE NO AFECTEN A LA SEGURIDAD DE LA CONDUCCIÓN .... "

Ahí está el tema ...... una homologación, está o no está, los auriculares la tienen, o no la tienen ..... pero eso de que " ... siempre que no afecten a la seguridad de la conducción ... " ¿ como se mide eso?, ¿ quien decide si afecta o no afecta en un caso en concreto ? ....... ya estamos en las mismas .... ni si, ni no, esto queda al libre albedrio, de quien lo quiera interpretar, como le venga en gana interpretarlo, en ese momento, o sea, al agente de turno, vamos.
Te multan por llevar intercomunicadores, "que afectaban a la seguridad de la conducción" , y como es el agente, en ese momento, quien lo decide, que para eso es el agente, pa casa te vas con un buen multote.

A parte, el punto crítico de la anterior ley, y que inducia a libres interpretaciones, aun está ahi .... " prohibidos los auriculares .... " O ALGO SIMILAR" ... no es lo mismo un auricular que el altavoz de un intercomunicador .... no es lo mismo, pero si es similar. Similar lo es, no cabe duda.

O sea, creo que el redactado, esta vez, igual que la anterior, no dice ni blanco, ni negro, ni todo lo contrario. Nos pueden meter leña por donde quieran.
Yo te respondo: SIEMPRE QUE NO AFECTE A LA CONDUCCIÓN, significa que si has liado alguna conduciendo, no sé… un stop, cambio de sentido, adelantamiento, giro brusco, cambio de carril etc… y llevas un Bluetooth, te van a denunciar por una cosa y por la otra, aunque una no sea consecuencia de la otra…
 
Buenas noches, yo veo el tema muy confuso y si van aprobar dicha ley a que viene que diga en uno de los apartados que que quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la seguridad, en mi opinión esa coletilla sobraba. Alguien interpreta esa coletilla? Saludo Vs
 
Buenas noches, yo veo el tema muy confuso y si van aprobar dicha ley a que viene que diga en uno de los apartados que que quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la seguridad, en mi opinión esa coletilla sobraba. Alguien interpreta esa coletilla? Saludo Vs

La coletilla quiere decir que los agentes pueden llevar aparatos chinos y escuchar música.
No debéis leer las Leyes pensando que el que las ha redactado ha repasado lo que ha escrito, tomareis muchos disgustos si lo hacéis así, debéis leerlas pensando que el que las ha redactado se ha inventado el texto 5 minutos antes de su exposición en la cámara (imaginar a un tipo corriendo por el pasillo con los papeles que deben exponerse a ultima hora) y que los que las han votado ni tan siquiera las ha leído, solo han votado según que partido las propone, solo así comprenderéis las redacciones legislativas.

Pais.
 
La coletilla quiere decir que los agentes pueden llevar aparatos chinos y escuchar música.
No debéis leer las Leyes pensando que el que las ha redactado ha repasado lo que ha escrito, tomareis muchos disgustos si lo hacéis así, debéis leerlas pensando que el que las ha redactado se ha inventado el texto 5 minutos antes de su exposición en la cámara (imaginar a un tipo corriendo por el pasillo con los papeles que deben exponerse a ultima hora) y que los que las han votado ni tan siquiera las ha leído, solo han votado según que partido las propone, solo así comprenderéis las redacciones legislativas.

Pais.
Te entiendo, yo no lo veo claro, nos podrán seguir denunciando ya que sigue siendo a criterio del agente de turno. Va.
 
Llevo intercomunicador desde que salieron y nunca he tenido ningún problema y me han parado un montón de veces, ahora no creo que vayan a buscar tres pies al gato con homologaciones y gaitas. Y lo de la coletilla que no afecte a la conducción yo personalmente no le veo ningún problema es cuestión de sentido común.
 
Te entiendo, yo no lo veo claro, nos podrán seguir denunciando ya que sigue siendo a criterio del agente de turno. Va.

Son ganas de darle vueltas al asunto... Estad tranquilos que va a ser legal su uso y si los usas para comunicarte o escuchar música va a ser difícil que lo sepa el agente, no te parece? Yo creo que el asunto éste no da más de sí.
 
Efectivamente, se podrán usar. La homologación hace referencia a los cascos que ya vienen, y vendrán, preparados para poner los intercomunicadores. También hay que estar al Reglamento 22, de homologación de cascos, porque muchos de los que tenemos no van a poder llevar intercomunicadores, ni siquiera cuando entre en vigor la ley el 21 de marzo, porque dicho reglamento ya prohíbe pegar cosas al caso (no se pueden llevar cámaras pegadas al caso, por ejemplo).
 
Efectivamente, se podrán usar. La homologación hace referencia a los cascos que ya vienen, y vendrán, preparados para poner los intercomunicadores. También hay que estar al Reglamento 22, de homologación de cascos, porque muchos de los que tenemos no van a poder llevar intercomunicadores, ni siquiera cuando entre en vigor la ley el 21 de marzo, porque dicho reglamento ya prohíbe pegar cosas al caso (no se pueden llevar cámaras pegadas al caso, por ejemplo).

Creo que hay que diferenciar entre los nuevos cascos que se homologuen al amparo de la nueva normativa y los ya existentes que son los que todos tenemos en estos momentos. Con los de nueva homologación podrán establecer requisitos pero con los actuales, salvo que lo recoja el Reglamento General de Circulación, no.
 
No es que haya que diferenciarlos en adelante, ya están diferenciados.

Algunos cascos que ya hay en el mercado ya están homologados para llevar los intercomunicadores, recordemos que la homologación es europea, y en otros países son legales los intercomunicadores. El kit de la cuestión es el Reglamento 22, ECE 22 modificaciones 5ª y 6ª, no la ley de tráfico, esta autorizará el uso del intercomunicador, pero luego hay que ver cómo y con qué. El Reglamento 22 habla en diversos puntos de la colocación de elementos exteriores en el casco, incluso menciona los intercomunicadores, y dice que en tal caso el casco debe pasar las pruebas de homologación con ese aparato puesto. Por eso no se pueden llevar cámaras en el casco como hacen muchos y muchos youtubers. Es más, incluso habla de que ese añadido debe estar diseñado de forma específica para ponerse en el exterior de un casco.


7.3.1.3.5. Helmets placed on the market with accessories shall be examined to assess that the supplementary equipment has no adverse effect and that in any case the protective helmet and/or visor still complies with all the requirements.


Note: The evaluation shall be done with and without the accessory and their support with particular attention, as example, to energy absorption, sharp edges and field of vision.


No helmet shall be modified from its original specification as manufactured. Accessories must be fitted in accordance with the helmet manufacturer’s instructions. Only accessories approved by the Authority shall be used. In case of any other modification or addition of non-approved accessories (helmet cameras, visors, communication devices, etc.) the helmet homologation becomes invalid.


En cristiano:

7.3.1.3.5. Los cascos puestos en el mercado con accesorios se examinarán para evaluar que el equipamiento complementario no tiene ningún efecto adverso y que, en cualquier caso, que la protección del casco y/o la visera siguen cumpliendo todos los requisitos.

Nota: La evaluación se realizará con y sin el accesorio y su soporte, prestando especial atención, a la absorción del golpe (energía), los bordes afilados y el campo de visión.

El casco no podrá modificarse de la especificación original como fue fabricado. Los accesorios se deben instalar conforme con las instrucciones del fabricante del casco. Solo se utilizarán accesorios aprobados por las autoridades. En el caso de que se realice cualquier otra modificación o se usen (se añadan) accesorios no aprobados (cámaras de casco, viseras, intercomunicadores, etc.) la homologación del casco deja de ser válida (y multa al canto).

Ese reglamento lo tienen que adaptar antes del 21 de marzo, y veremos cómo queda. Si no se hace en ese plazo solo se podrán usar los que se han homologado antes para llevar los intercomunicadores. Por ejemplo, X Lite, y muchos otros, tienen su hueco para los altavoces, tienen espacio para meter las conexiones y tienen un agujero para enganchar el intercomunicador. Otros muchos usuarios han hecho un hueco ellos mismos, han metido los cables como han podido y han pegado el intercomunicador con cinta de doble cara o con la propia pinza que este trae, esos no podrán usarse tras el 21 de marzo por mucho que la DGT autorice el uso de intercomunicadores.

Luego veremos cómo irá el tema de si el intercomunicador en sí debe ser homologado o no.
 
Última edición:
Se puede incluso enredar más, pero esa no es la idea.

Hasta la fecha los intercomunicadores son ilegales, no se pueden llevar. Y el debate no es si te sancionan o no, porque entonces no acabaríamos nunca. Hay comunidades en las que no hacen ni caso, y otra que te multan sí o sí, pero insisto que ese no es el debate.

Son ilegales, eso está claro, algunos se han librado de la multa tras recurrir y algún abogado ingenioso ha alegado que no se llevan auriculares sino altavoces, por tanto no se incumple la norma. Pero es que el agente sancionador casi nunca se ha dado cuenta del incumplimiento del R22 y no se ha sancionado por eso, cuando realmente sería una sanción equivalente a no llevar casco.

Desde luego yo lo tengo bastante claro, a partir del 21 de marzo, casco homologado para intercomunicador (ya lo tengo).
 
Eso da igual, que hagan la vista gorda no es el debate. Un día sancionarán a uno y tendremos un hilo diciendo que cómo se pasan, total por una homologación, que llevamos años con ellos, etc etc etc.
 
No es que haya que diferenciarlos en adelante, ya están diferenciados.

Algunos cascos que ya hay en el mercado ya están homologados para llevar los intercomunicadores, recordemos que la homologación es europea, y en otros países son legales los intercomunicadores. El kit de la cuestión es el Reglamento 22, ECE 22 modificaciones 5ª y 6ª, no la ley de tráfico, esta autorizará el uso del intercomunicador, pero luego hay que ver cómo y con qué. El Reglamento 22 habla en diversos puntos de la colocación de elementos exteriores en el casco, incluso menciona los intercomunicadores, y dice que en tal caso el casco debe pasar las pruebas de homologación con ese aparato puesto. Por eso no se pueden llevar cámaras en el casco como hacen muchos y muchos youtubers. Es más, incluso habla de que ese añadido debe estar diseñado de forma específica para ponerse en el exterior de un casco.


7.3.1.3.5. Helmets placed on the market with accessories shall be examined to assess that the supplementary equipment has no adverse effect and that in any case the protective helmet and/or visor still complies with all the requirements.


Note: The evaluation shall be done with and without the accessory and their support with particular attention, as example, to energy absorption, sharp edges and field of vision.


No helmet shall be modified from its original specification as manufactured. Accessories must be fitted in accordance with the helmet manufacturer’s instructions. Only accessories approved by the Authority shall be used. In case of any other modification or addition of non-approved accessories (helmet cameras, visors, communication devices, etc.) the helmet homologation becomes invalid.


En cristiano:

7.3.1.3.5. Los cascos puestos en el mercado con accesorios se examinarán para evaluar que el equipamiento complementario no tiene ningún efecto adverso y que, en cualquier caso, que la protección del casco y/o la visera siguen cumpliendo todos los requisitos.

Nota: La evaluación se realizará con y sin el accesorio y su soporte, prestando especial atención, a la absorción del golpe (energía), los bordes afilados y el campo de visión.

El casco no podrá modificarse de la especificación original como fue fabricado. Los accesorios se deben instalar conforme con las instrucciones del fabricante del casco. Solo se utilizarán accesorios aprobados por las autoridades. En el caso de que se realice cualquier otra modificación o se usen (se añadan) accesorios no aprobados (cámaras de casco, viseras, intercomunicadores, etc.) la homologación del casco deja de ser válida (y multa al canto).

Ese reglamento lo tienen que adaptar antes del 21 de marzo, y veremos cómo queda. Si no se hace en ese plazo solo se podrán usar los que se han homologado antes para llevar los intercomunicadores. Por ejemplo, X Lite, y muchos otros, tienen su hueco para los altavoces, tienen espacio para meter las conexiones y tienen un agujero para enganchar el intercomunicador. Otros muchos usuarios han hecho un hueco ellos mismos, han metido los cables como han podido y han pegado el intercomunicador con cinta de doble cara o con la propia pinza que este trae, esos no podrán usarse tras el 21 de marzo por mucho que la DGT autorice el uso de intercomunicadores.

Luego veremos cómo irá el tema de si el intercomunicador en sí debe ser homologado o no.
Este tema se ha tratado otras veces y siempre genera discrepancias. Los cascos actuales están homologados según la normativa ECE 22-05 por lo que no les afecta la nueva normativa. Se pueden seguir vendiendo cascos todavía y durante 3 años con homologación "05". En mi opinión, quien lleve un casco de éstos puede llevar un intercomunicador adosado y no debe de ser un agente el que determine si pierde o no la homologación por ello. Ya sabemos que siempre habrá alguno con exceso de celo que denuncie por ese motivo pero yo no comparto esa visión restrictiva del uso del casco con intercomunicador.
 
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