Pues a mí me parece perfecto.
La actuación de la jueza no solo me parece conforme a derecho sino que, al cabo, se convierte en una seguridad jurídica para todos y no solo en asuntos de tráfico.
La Administración tiene la obligación de mantener sus medios, de multar y de cualquier tipo; no es de recibo que se la cojan con papel de fumar para sancionar y tengan la manga muy ancha para sus prrpias obligaciones; es lo que toda la vida de Dios se ha llamado la Ley del Embudo.
Si existe un reglamento que exige que el mantenimiento de los radares, para ser fiables, debe tener tales y cuales reglajes, cada tanto tiempo, quiere decir que no es un tecnicismo el quitar la multa, es que el radar no es adecuado, probablemente bajo el puno de vista del fabricante y desde luego bajo el punto de vista legal.
Otra cosa es que el que no llore no mame y tenga que darse la conjunción astral de juez recto, abogado caro y sujeto influyente en su comunidad para que impere la lógica y la ley. Lo que atenta a la seguridad jurídica en España es que la Administración no esté obligada a pagar costas, lo que de facto limita la capacidad real de recurrir del 99,9% de la población al ser más caro el collar que el perro, y permite que la DGT, los Ayuntamientos y Comunidades Autónomas se dedique a ni contestar a los recursos más allá de la fotocopia de rigor, sabiendo que tu abogado te va a cobrar más de diez multas, las costas y tu tiempo, muy superior al que dedicarás a "servicios a la comunidad".
Los jueces, en estos casos evidentes deberían condenar a la Administración como si fuera (que lo es) una parte más en el proceso judicial, evitando que la chapuza a la hora de sancionar se institucionalice, que se consagre la negación de derechos en la vía administrativa de recursos y que el contencioso sea, de facto, una posibilidad legal más para la gente normal y evitar el sistemático atropello de derechos y libertades. Ni que dexir que estos casos en que la Administración es condenada al pago de costas, son raros.
Un diez para el del mini.