Cambiar de seguro cuando faltan 45 dias para el vencimiento.

BóXerpiente

Curveando
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Hola, se puede dar de baja un seguro para cambiar de compañía cuando faltan 45 dias para que venza?
Es que he leido que hay que avisar por escrito con 60 dias (dos meses) de antelación sino te pueden exijir el pago.
Es asi en la practica?
 
Hola, se puede dar de baja un seguro para cambiar de compañía cuando faltan 45 dias para que venza?
Es que he leido que hay que avisar por escrito con 60 dias (dos meses) de antelación sino te pueden exijir el pago.
Es asi en la practica?

Claro que se puede. De hecho se de casos que ni se limitan a llamar al seguro para informar de la baja. Simplemente dan la orden de no pagarlo mas al banco y punto. Así que no hay problema, ni aun faltando un día, aunque digan lo contrario las aseguradoras. Si deseas darlo de baja llama y comunícalo, y que digan misa.
 
Hola, se puede dar de baja un seguro para cambiar de compañía cuando faltan 45 dias para que venza?
Es que he leido que hay que avisar por escrito con 60 dias (dos meses) de antelación sino te pueden exijir el pago.
Es asi en la practica?



Legalmente tienes que dar un preaviso de DOS MESES para dar de baja tu seguro o te podrían exigir el pago de la prima (bastante raro por cierto) ahora bien el tema esta en saber DESDE CUANDO SE CUENTAN esos dos meses por que todo en esta vida no es blanco ni negro:

1. Si hay modificación de la cuantía que se paga por la prima a la ALZA los dos meses se cuentan desde que la aseguradora te lo comunica y como normalmente la prima no te comunican la modificación de la prima hasta 15 días antes del vencimiento pues entonces no tienes problema.

2. Si la prima se mantiene o se REDUCE pero lo que quieres es renegociar el seguro a la baja buscando otros precios sí deberías dar el previaso de DOS MESES (en teoría) pero en la practica no es muy normal que te pongan pegas dado que si no pagas tendrían que exigirte el pago judicialmente y eso conlleva gastos y lo que ellos pretenden es que sigas con tu seguro con lo que lo lógico es que no te digan nada.

Con todo y con eso dado que normalmente no conoces las condiciones de renovación que te van a ofrecer, lo del preaviso es bastante discutible siempre y cuando lo hagas antes de que la aseguradora te comunique las nuevas condiciones aunque el plazo sea menor, aunque si vas a preavisar con menos tiempo yo lo haría constar en el preaviso con una frase del tipo "debido a la falta de comunicación por su parte en tiempo y forma de las condiciones de renovación de la poliza XXXXX por la presente les comunico mi intención de no renovar con ustedes la mencionada poliza de seguro"...(aquí metes el ladrillo que quieras) y al final les pones "y para que así conste por la presente lo firmo .... en.... a fecha .....

Bueno pues eso.
 
Yo trabaje en una compañía y, aunque por ley hay que avisar con 2 meses de antelación, en mi compañía no se reclamaban primas de menos de 1500€.... Así que, aunque "no es lo correcto" busca el seguro que más te convenga y cambia sin miedo porque ninguna compañía va a pleitear por 200€. Evidentemente esto último es mi opinión.
Un saludo!
 
Gracias por las respuestas.
Vengo de consultarlo y efectivamente la ley dice que dos meses antes. En la practica no todas persiguen este incumplimiento, pero resulta que la mia si (Mapfre) ya que comunica antes de ese plazo los cambios en la póliza y si se te pasan los 60 dias date por jodido. Te reclaman judicialmente el pago, te incluyen en listado de morosos...
Lo tengo chungo.
 
Claro que se puede. De hecho se de casos que ni se limitan a llamar al seguro para informar de la baja. Simplemente dan la orden de no pagarlo mas al banco y punto. Así que no hay problema, ni aun faltando un día, aunque digan lo contrario las aseguradoras. Si deseas darlo de baja llama y comunícalo, y que digan misa.
Me acabo de informar en dos aseguradoras y lo de dar de baja ya no cuela.
No es lo que digan las aseguradoras, es que lo dice la ley.Dos meses antes o te lo pueden reclamar judicialmente.
Saludos
 
Y si pasados los dos meses, digamos que falta un semana para renovar la póliza, te dice tu compañía que te sube el seguro, digamos 30€, no te puedes dar de baja por faltar menos de dos meses?
 
Yo he cambiado de seguro después de pasar 2 días de recibir el recibo en el banco. Llamé a la correduría, devolví el recibo y me hice el seguro nuevo en otra compañía....
 
Y si pasados los dos meses, digamos que falta un semana para renovar la póliza, te dice tu compañía que te sube el seguro, digamos 30€, no te puedes dar de baja por faltar menos de dos meses?

Yo creo que en ese caso si, pero mapfre hace los deberes y notifica antes de los dos meses el precio y los cambios si los hubiere y luego te tienen cogido
 
Pues mi experiencia es que precisamente Mapfre (y su filial low-cost Verti) es de las compañías menos conflictivas si por lo que sea cancelas fuera de plazo.
 
Legalmente y como pone en la póliza que has firmado hay que notificarlo con dos meses de antelación.
En la práctica es muy improbable que te lo reclamen judicialmente: no les sale a cuenta y eres un futuro posible cliente.
Yo lo he hecho en alguna ocasión a pesar de que me han amenazado -sutilmente- con que me lo reclamarían judicialmente; no me gusta pero eso no es nada comparado con las judiadas que ellos hacen a los asegurados. Además, si dos meses antes, a pesar de requerirselo, no me dicen cuánto voy a pagar ese año de prima, ¿cómo voy a comparar y valorar si quiero seguir con ellos sin esa información?

PD- A mí, que me pongan en una lista de morosos me la trae al pairo...

Sinuhe, que te pierdes!, jeje
V'sss
 
Y si pasados los dos meses, digamos que falta un semana para renovar la póliza, te dice tu compañía que te sube el seguro, digamos 30€, no te puedes dar de baja por faltar menos de dos meses?

Si te incrementan la prima tienes dos meses desde la comunicacion para darte de baja en cualquier momento sin plazo alguno de preaviso.
 
Yo hace poco me he dado de baja de AXA con una moto faltando un mes y aunque me dieron algo la paliza el seguro se canceló sin más. En la ocasión anterior tenía otra moto que apenas usaba así que me decidía a contratar un seguro con Verti, la oferta eran 100€ durante tres años sin subirme la póliza, en la primera me cobraron 114€, les llamé y me dijeron que es que los 14€ de clavo me los abonarían una vez pasado el plazo de devolución del recibo, cosa que realmente nunca hicieron. Al segundo año me llegó una carta de renovación por 120€, así que les notifiqué por la web (faltarían como 15 días para el vencimiento) que ya me habían timado un año pero que un segundo iba a ser que no y que no se molestasen en pasar el recibo que me daba de baja. Me lo pasaron igualmente, así que lo devolví. Me llamó el comercial para decirme que no podía anular la póliza, que había incumplido el plazo y bla bla bla, le dije que me daba exactamente lo mismo y que si volvían a girar el recibo, lo devolvería de nuevo, me amenazó con el registro de morosos pero le dije que me la soplaba, que me pusiera donde le apeteciera. Curiosamente 6 meses después me surgió la necesidad de volver a asegurar esa moto así que como lo más cutre que encontré era Verti y era para salir del paso volví a asegurar esa misma moto en esa misma compañía también con una oferta de esas de 99€ por internet, y también me volvieron a clavar casi 120€.

Resumiendo, por una póliza de 300€ ninguna compañía se mete en fregados, como mucho te llaman y eso, pero poco más.

Vs
 
Hombre @tbote, es que solo faltaba que te denunciasen ellos después de robarte cargarte casi un 40% más del coste, el que se tenía que haber quejado a consumo eres tu por mentirosos.
 
A mi lo más raro que me ha pasado fue con LINEA DIRECTA, ni me di cuenta que terminaba el seguro y me pasaron la propuesta de renovación justo el día que me cargaron el seguro en la cuenta (para que no lo diera de baja supongo) y después de estar todo el año sin dar un parte me subían la poliza casi 80€ (hay que ser!) y dije, hombre ya que no me voy por lo menos podrías tener la decencia de aplicarme las bonificaciones correspondientes por no haber dado partes.

Así que me meti en el banco por internet nada mas leer la carta y les devolví el pago.

Acto seguido les llame y les explique les había devuelto el pago por haberme cobrado la poliza con incremento sin preavisarme de la propuesta y me mantuvieron el precio del año anterior (cosa que acepte por que no era muy alto y por que no tenia ganas de ponerme a buscar otra aseguradora).

Pero vamos lo dicho, ojo con los plazos por que ellos deben preavisarte con la oferta de renovación si hay cambio (o si no esta pre-fijado un precio en la policiza para los diferentes años subsiguientes y eso NO lo suelen hacer y luego te cuentan la película de los dos meses de preaviso cuando para preavisar DEBES conocer la oferta de renovación que te hacen).
 
Ah! se me olvidaba, lo del REGISTRO DE MOROSOS, tened en cuenta una cosa, para incluir a una persona en un registro de historial creditico es NECESARIO QUE HAYA UN IMPAGO SOBRE UNA DEUDA CIERTA, osea que si te están exigiendo la continuidad en una poliza por incumplir el preaviso cuando ellos han incumplido la obligación de comunicarte el precio de la nueva prima NO PUEDEN METERTE EN EL LISTADO POR QUE LA DEUDA NO ES LEGITIMA (es decir te estarían exigiendo un pago por un importe que tu desconoces prevaliandose del hecho de no habértelo comunicado).

En este caso si te meten en un registro (o te amenazan con hacerlo) estarían haciendo un CESIÓN ILEGAL DE DATOS DE CARACTER PERSONAL, lo cual es grave y lo podeis denunciar (gratuitamente) rellenando un pliego en la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS con multas para la empresa astronómicas.

Asi que si os intentar "convencer" para mantener la poliza con ese argumento (siempre que ellos hayan incumplido sus obligaciones ojo!) solo con decirles o comunicarles por escrito que vais a poner los hechos en conocimiento de la AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS se suele terminar el problema.
 
RESUMEN:

AVER QUE HA QUEDADO MUY LIOSO, LO VOY A PONER MAS CLARO.

(i) LA OBLIGACIÓN DE PREVISAR CON DOS MESES DE ANTELACIÓN APLICA A LA RENOVACIÓN DEL CONTRATO, esto significa que vas a mantener el MISMO CONTRATO, osea que CONOCES LAS CONDICIONES EN SE RENUEVA, osea:

(a) Que de antemano en la poliza figure una escala de precios de renovación de porcentajes de aumnento/descuento para caso de que des partes o no durante el año (Bonus/malus) ... pero ojo que la escala debe estar EXPLICADA.

(b) Que te comunique las condiciones de renovación previamente EN ESTE CASO PUEDES DAR DE BAJA el seguro en los dos meses siguientes a contar desde la fecha en que recibes la carta con la oferta de renovación (que como normalmente no está certificada puedes decir que la has recibido cuando te se más conveniente en caso de que andes ajustado de plazos.

(c) Que las condiciones se mantengan IGUALES o MEJORES, en este caso entiendo que aunque no haya notificación se trataría de una renovación.

(ii) LA OBLIGACIÓN DE PREAVISRA NO APLICARIA EN CASO DE CONTRATOS DE SEGURO NUEVOS, esto quiere decir que si te están intentando aplicar unas nuevas condiciones (mas perjudiciales) NO ES UNA RENOVACIÓN por que las condiciones cambian, es un nuevo contrato y para ello la compañía debe comunicarte las nuevas condiciones y en ese caso te puedes DAR DE BAJA:

(a) Sin preavisar si directamente sin comunicarte las nuevas condiciones o comunicándolas después te cargan la nueva prima en el BANCO (ojo en este caso, mirad la póliza para aseguraos que no están las nuevas condiciones ya reflejadas -supuesto (i.a).

(b) sin preavisar y devolviendo el pago en caso de produzca en los dos meses siguientes a la comunicación de las nuevas condiciones o al cargo bancario si las condiciones son peores a la existentes (se trataría de un nuevo contrato)

FINALMENTE SI TE INTENTAN METER POR IMPAGO EN UN REGISTRO DE MOROSOS POR ALGUNO DE LOS SUPUESTO EN LOS QUE NO APLICARIA EL PREAVISO POR NO SER UNA RENOVACIÓN SINO UN CONTRATO NUEVO ES CUANDO PODEIS IR A LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS Y DENUNCIARLES POR CEDER VUESTROS DATOS ILEGALMENTE (por una deuda no legitima) TAMBIEN PODEIS IR A CONSUMO Y PONERLES UNA QUEJA POR MALA PRAXIS y si finalmente os meten en un registro con todo y con eso PODEIS COMUNICAR AL REGISTRO DE CREDITO QUE TU INCLUSIÓN ES ILEGITIMA Y PEDIR QUE TE EXCLUYAN.

Vaya tostón! pero bueno espero que quede claro.

En definitiva que el preaviso aplica a la renovación del contrato pero tened claro que si la aseguradora CAMBIA UNILATERALMENTE LAS CONDICIONES (aumenta la poliza) se trata de un contrato NUEVO y por lo tanto desde que conoces las nuevas condiciones te puedes dar de baja y devolver el cargo sin problemas. Ahora bien, si ya desde el momento de la firma te dicen las condiciones para los siguientes años (mejores o peores) y por tanto las conoces no sería un contrato nuevo sino una renovación y sí que habría que preavisar.

Bueno después de este tocho entendería que el administrador me echara del foro a perpetuidad.
 
yo cuando cambio de seguro normalmente lo hago sin esos dos meses de antelación y es que las propias compañias cuando les llamas para saber el importe de la renovación no saben la cuantía de tu poliza hasta aprox 30 dias antes del vencimiento.... por lo que anularla con 60 dias..... como que no.
 
A mi, si me obligan a permanecer un año mas con ellos, fijo que les sale mas caro, porque si es en el coche, les cambio todos los cristales con el seguro de lunas, vamos.

No todas las compañías mandan la carta con dos meses de antelacion.
Axa, por ejemplo, en la moto nunca me la ha mandado.

Saludos.
 
Ah! se me olvidaba, lo del REGISTRO DE MOROSOS, tened en cuenta una cosa, para incluir a una persona en un registro de historial creditico es NECESARIO QUE HAYA UN IMPAGO SOBRE UNA DEUDA CIERTA, osea que si te están exigiendo la continuidad en una poliza por incumplir el preaviso cuando ellos han incumplido la obligación de comunicarte el precio de la nueva prima NO PUEDEN METERTE EN EL LISTADO POR QUE LA DEUDA NO ES LEGITIMA (es decir te estarían exigiendo un pago por un importe que tu desconoces prevaliandose del hecho de no habértelo comunicado).

En este caso si te meten en un registro (o te amenazan con hacerlo) estarían haciendo un CESIÓN ILEGAL DE DATOS DE CARACTER PERSONAL, lo cual es grave y lo podeis denunciar (gratuitamente) rellenando un pliego en la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS con multas para la empresa astronómicas.

Asi que si os intentar "convencer" para mantener la poliza con ese argumento (siempre que ellos hayan incumplido sus obligaciones ojo!) solo con decirles o comunicarles por escrito que vais a poner los hechos en conocimiento de la AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS se suele terminar el problema.

La legitimidad de la deuda, mientras se discute, sí te puede llevar al RAI, yo he estado años así e incluso aunque en el juzgado me dieron la razón todavía me costó unas cuantas llamadas el que me quitasen del registro de morosos, no por temas de seguros, fue una movida con Páginas Amarillas hace años. Vamos, que puedes tener más razón que un santo pero estas grandes compañías todo eso se lo pasan por el forro ya que están acostumbradas a hacer lo que les da la gana, y si cuela cuela. Y para cuando te dan la razón es posible que por el camino esto te haya traído problemas que ya no tienen solución, claro, te puedes meter en otro pleito reclamándoselo, pero al final te jubilas y sigues de juicios.

Lo de la APD...estoy por ver que esa agencia valga para algo, sin ir más lejos hace poco estuve como asesor técnico en un tema en el que se habían vulnerado todos los derechos habidos y por haber, yo ya le avisé al abogado que esto era perder el tiempo pero él me dictaba un montón de artículos y demás que se habían vulnerado así que tiró para adelante. El resumen final es que la APD simplemente envió una carta de apercibimiento para que esa empresa cambiase el modo de actuar, pero de sanción, 0€, y el cliente 6 meses mareado con este tema, para nada, que sí, que le han dado la razón, pero ni le han resarcido (el tema era algo más complejo) ni a la empresa se le ha sancionado. Y esto me ha pasado en mogollón de ocasiones con este tema.

Vs
 
@tbote Hombre el objetivo es intentar que no te metan en el registro pero si las decisiones de la AEPD es negativa se puede recurrir via contencioso administrativo, igual que la inclusión en el registro de deudas e incluso se le podría exigir responsabilidad, depende hasta donde quieras llegar pero vamos que dudo mucho que si te pones a interponer denuncias a diestro y siniestro por una poliza eso tenga mucho recorrido, lo normal es que si les avisas no te vas a quedar quieto te den de baja y san se acabó.

Pero sanciones de la AEPD ha habido ya algunas y ahora con la jurisprudencia Europea habrá más por que por el momento España está como bien dices a la cola de la vigilancia en temas de custodia de protección de datos (solo hay que ver la carpeta de correo basura de cualquier email) pero eso no durara demasiado.

Espero que el caso que comentas acabara bien.

Un saludo.
 
En época de crisis y existiendo monitorios te reclaman deudas de cualquier cuantia. Tienen contratados despacho que no tienen otra cosa que hacer.

La Ley hay que cumplirla otra cosa es que te suban la prima sin avisar mas de un 20% y ahí tienes la posibilidad de retroceder el recibo durante el primer mes.

Las empresas suelen denunciar (anunciar la voluntad de no renovación con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento) todas las pólizas para evitar problemas y poder negociar libremente.

Ojito que os reclamaran y además pagarás los gastos del monitorio.

https://www.administraciondejustici...f?idFile=59ce256e-11b1-46d9-b870-3a93d4a65c66


Si queréis cambiaros de compañía de salud empezad a enviar cartas pues lo normal es que el vencimiento sea el 31 de diciembre.


Denunciar la póliza no es anularla, es informar que no quieres renovar y dicha denuncia también puede anularse antes del vencimiento del seguro.
 
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