pacoGS
Curveando
Por matizar;
En el caso de pagos en los que una de las partes actúe en calidad de empresa o profesional, si el monto total supera los 1.000€, o los 10.000€ según el caso del domicilio fiscal fuera de España por parte del comprador particular, no se puede pagar nada en efectivo.
"No pueden pagarse en efectivo operaciones en las que...
Para calcular los importes señalados anteriormente, se suman los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios."
El límite regula la suma total de la transacción, y esta no se puede fraccionar. Es decir, si la operación es por 2.000 euros, el pagador no puede optar por entregar 999 euros en efectivo y 1001 a través de otro medio. Todo el pago debe efectuarse por esta otra vía.
Por otro lado, tiene sentido tu razonamiento en cuanto a que no hay límite entre particulares pero se dice en diversos medios de internet que en ese caso el límite es de 2.500€. Bien es cierto que no he conseguido encontrar esa información ni en la Ley 11/2021 “de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal" ni en la web de la Agencia Tributaria. ¿Serán incorrectas esas informaciones? ?
Tienen que ser del todo incorrectas porque de lo contrario yo ya estaría en la cárcel ???.
Lo que persigue esa Ley es al profesional/empresa que evade impuestos como IVA o matriculación.
Entre particulares es bien fácil seguir el rastro, yo personalmente puedo sospechar que el dinero con el que pagan es en B pero tampoco lo puedo asegurar.
Yo he comprado motos en metálico muchas veces a particular, haciendo una retirada en efectivo en caja y pagando en dinero contante y sonante que se dice y jamás ha habido problema alguno.
La Agencia Tributaria es clara y la Ley actual que es de Julio del 2021 también que lo único que viene a modificar con respecto a la del 2012 es la cantidad que baja de 2500 a 1000 en caso de comprar el vehículo en un establecimiento profesional, concesionario o compraventa.
Salvo que tengas el domicilio fiscal en el extranjero que entonces sí puedes pagar hasta los 10 mil euros en efectivo al profesional del sector.
Entre particulares insisto no hay límites a la forma de pago, eso sí, el contrato tiene que ser claro y en Hacienda el pago del impuesto de transmisiones ha de hacerse efectivo según precio o según tablas.