Pido consejo: posible venta GSA1250ADV 2022

Por matizar;


En el caso de pagos en los que una de las partes actúe en calidad de empresa o profesional, si el monto total supera los 1.000€, o los 10.000€ según el caso del domicilio fiscal fuera de España por parte del comprador particular, no se puede pagar nada en efectivo.

"No pueden pagarse en efectivo operaciones en las que...
Para calcular los importes señalados anteriormente, se suman los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios."


El límite regula la suma total de la transacción, y esta no se puede fraccionar. Es decir, si la operación es por 2.000 euros, el pagador no puede optar por entregar 999 euros en efectivo y 1001 a través de otro medio. Todo el pago debe efectuarse por esta otra vía.


Por otro lado, tiene sentido tu razonamiento en cuanto a que no hay límite entre particulares pero se dice en diversos medios de internet que en ese caso el límite es de 2.500€. Bien es cierto que no he conseguido encontrar esa información ni en la Ley 11/2021 “de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal" ni en la web de la Agencia Tributaria. ¿Serán incorrectas esas informaciones? 🤔

Tienen que ser del todo incorrectas porque de lo contrario yo ya estaría en la cárcel 😂😂😂.

Lo que persigue esa Ley es al profesional/empresa que evade impuestos como IVA o matriculación.

Entre particulares es bien fácil seguir el rastro, yo personalmente puedo sospechar que el dinero con el que pagan es en B pero tampoco lo puedo asegurar.

Yo he comprado motos en metálico muchas veces a particular, haciendo una retirada en efectivo en caja y pagando en dinero contante y sonante que se dice y jamás ha habido problema alguno.

La Agencia Tributaria es clara y la Ley actual que es de Julio del 2021 también que lo único que viene a modificar con respecto a la del 2012 es la cantidad que baja de 2500 a 1000 en caso de comprar el vehículo en un establecimiento profesional, concesionario o compraventa.

Salvo que tengas el domicilio fiscal en el extranjero que entonces sí puedes pagar hasta los 10 mil euros en efectivo al profesional del sector.

Entre particulares insisto no hay límites a la forma de pago, eso sí, el contrato tiene que ser claro y en Hacienda el pago del impuesto de transmisiones ha de hacerse efectivo según precio o según tablas.
 
Entre particulares no hay límite de pago en metálico. A mi la gs un interesado me la quiso pagar por contrato el minimo legal de las listas de hacienda para esta moto ( gs 1250) que son 6000 y pico euros y el resto hasta 17000 que era el precio en metálico. Yo insistí en poner todo el importe en el contrato y no hubo trato. Queria, en definitiva, que yo le blanquease su dinero negro, asi de claro, y se fue sin moto y con el rabo entre las piernas.

Enviado desde mi CPH2091 mediante Tapatalk
 
Entre particulares no hay límite de pago en metálico. A mi la gs un interesado me la quiso pagar por contrato el minimo legal de las listas de hacienda para esta moto ( gs 1250) que son 6000 y pico euros y el resto hasta 17000 que era el precio en metálico. Yo insistí en poner todo el importe en el contrato y no hubo trato. Queria, en definitiva, que yo le blanquease su dinero negro, asi de claro, y se fue sin moto y con el rabo entre las piernas.

Enviado desde mi CPH2091 mediante Tapatalk

Bueno en realidad lo que quieren con ese trato es que tú heredes parte del dinero en negro y que siga siendo negro... es decir, aún por encima que pago en negro, por favor no se lo cuentes a nadie y quédate aún por encima con el mojón del dinero en B.

En cuanto afloras el total de la operación pues los metes en un brete.

Porque ya me dirás cómo se puede justificar la adquisición de una moto valorada en 20 mil euros sin hacer un sólo movimiento en cuentas.
 
Última edición:
Efectivamente, como dice Paco, en Galicia tenemos el impuesto de Transmisiones Patrimoniales más caro de toda España, casi el doble que en la mayoría de las CCAA....
 
Aquí una moto grande con menos de dos años te cuesta la transferencia haciéndolo uno mismo claro unos 1000 pavos, si vas por gestoría y tal unos 1200...

Así que si ves una semi nueva o kilómetro cero de particular que te ahorras 2000 euros que es un buen ahorro, te ves después de transferir ahorrando como mucho 900 pavos y para eso estrenas 😒
 
En la C.Valenciana también está al 8%

si no me equivoco, el 8% en la C. Valenciana es sólo en determinados supuestos no? creo que a nuestras motos se le aplica un 6... que me corrijan lso compañeros valencianos si estoy equivocado.
En cualquier caso, la diferencia entre un 8% y un 4% (la mayoría), es una cantidad a tener en cuenta dado el valor de una 1250 con menos de un año.
 
Última edición:
Veo que para tí no es nueva una venta de éste tipo.
Después de leer todo lo que estáis diciendo, no dejo de pensar que es muy extraño que se repita una situación tan anómala que hace que tengas que vender dos motazas de estos importes en tan poco tiempo...

Es lo que me ha dejado pensando, y conste que a todos nos han pasado cosas que te cambian la vida pero 2 casos semejantes en tan poco tiempo por lo menos a mi me extrañan.
 

¿Cuánto pagar de ITP Valencia?​

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un tributo que depende de cada Comunidad Autónoma, y por lo tanto, es la propia autonomía la que establece el importe del tributo o porcentaje que aplicar sobre la base imponible. En el caso de la Comunitat Valenciana, el ITP Valencia es muy diferente al resto de territorios. Aplica un porcentaje del 6% para todos los vehículos que no cumplen con una serie de requisitos.

Los que sí los cumplen, en función de sus características, tienen o una cuota fija o un porcentaje del 8%. Lo detallamos a continuación:

A)
Turismos, vehículos mixtos adaptables, todoterrenos, motos o ciclomotores… de un valor inferior a los 20.000 euros y con más de 12 años de antigüedad, y que no sean vehículos históricos, tienen las siguientes cuotas fijas en función de su cilindrada:

  • Turismo o todoterreno de:
  1. 1.500 cc o menos: 40 euros.
  2. Entre 1500 cc y 2..000 cc: 60 euros.
  3. Más de 2.000 cc: 140 euros.
  • Motocicletas:
  1. Menos o igual a 250 cc: 10 euros.
  2. Entre 250 cc y 550 cc: 20 euros
  3. Entre 550 cc y 750 cc: 35 euros
  4. Más de 750 cc: 55 euros.
B) Vehículos turismos, mixtos adaptables, todoterrenos, motos o ciclomotores… de menos de 20.000 euros de valor, entre 5 y 12 años de antigüedad, disponen de las siguientes cuotas fijas:

  • Turismo o todorerreno:
  1. 1.500 cc o menos: 120 euros.
  2. Entre 1500 cc y 2..000 cc: 180 euros.
  3. Más de 2.000 cc: 280 euros.
  • Motos:
  1. Menos o igual a 250 cc: 30 euros.
  2. Entre 250 cc y 550 cc: 60 euros
  3. Entre 550 cc y 750 cc: 95 euros
  4. Más de 750 cc: 140 euros.
C) Turismo, vehículo mixto adaptable, todoterreno, motocicleta, ciclomotor… con menos de 5 años o igual y una cilindrada superior a los 2.000 cc o un valor de 20.000 euros o superior, tendrán un ITP Valencia del 8%.

Para todo el resto de vehículos que no coinciden con las características detalladas aquí, el ITP Valencia es e un 6% sobre la base imponible.
 
hasta hace poco era el 6 no?
si no me equivoco, el 8% en la C. Valenciana es sólo en determinados supuestos no? creo que a nuestras motos se le aplica un 6... que me corrijan lso compañeros valencianos si estoy equivocado
La mayoria de casos entran el 6% pero en determinados casos se aplica el 8% y en otros casos son tablas fijas cuando el vehículo ya tiene bastantes años.

Creo que el caso del compañero para un comprador de la C.Valenciana aplicaría la opción C. Y por lo tanto pagaría el 8%.

Un saludo.
 
Última edición:
Después de leer todo lo que estáis diciendo, no dejo de pensar que es muy extraño que se repita una situación tan anómala que hace que tengas que vender dos motazas de estos importes en tan poco tiempo...

Es lo que me ha dejado pensando, y conste que a todos nos han pasado cosas que te cambian la vida pero 2 casos semejantes en tan poco tiempo por lo menos a mi me extrañan.

Bueno yo he cambiado muchas veces y por suerte nunca ha sido por necesidad, en este foro hay mucho caprichoso... yo debo ser de los que más 😅😅😂😂.

Luego como ya han dicho por ahí estamos dando por hecho que la venta supone un quebranto económico por lo que se le pierde a la moto pero es que hay casos en los que los descuentos personalisimos que cada uno tiene, compensan la devaluación.

Yo no oculto nada... hay motos que me han salido literalmente gratis.

Eran otros tiempos también lo digo... hoy me pego hostias como casi todos.
 
Aquí se combina un 8 por ciento con unas tablas de valoración bastante altas.

Un desastre.

Joder, menos mal que aquí los primos del narco galego en la tierra de la libertad debe haber más movimiento y es justo al revés, 4% y tablas bajitas...
 
La mayoria de casos entran el 6% pero en determinados casos se aplica el 8% y en otros casos son tablas fijas cuando el vehículo ya tiene bastantes años.

Creo que el caso del compañero para un comprador de la C.Valenciana aplicaría la opción C. Y por lo tanto pagaría el 8%.

Un saludo.
Tengo mis dudas compañero... yo creo que la opción C dice motos cuyo valor sea superior a 20.000 euros (valor fiscal, no valor de la motocicleta nueva)... y la 1250 tiene un valor inferior a 20.000 a efectos del ITP...
Es mi opinión claro, pero igual estoy equivocado.
 
Aquí se combina un 8 por ciento con unas tablas de valoración bastante altas.

Un desastre.

Estoy flipando con lo que ha colgado @Joucrow 😬

Acabo de calcular en Madrid lo que se paga por una 1250 con 2 meses y poco, y por la mía, un pecio obsoleto con 3 años y medio escasos.

La GSA valor de tablas 12000 pavos.

Factor de corrección 1. Cuota 480

La V1000, 9500

Factor 0.56 Cuota 212

Para obtener esos datos solo se mete CC y fecha de matriculación.
 
960 euros de impuestos paga una 1250 en su primer año de matrícula en Galicia.

Mas lo que se paga en Tráfico más lo que hay que pagar a la gestoría.

Lo dicho, unos 1200 palos.
Así es, lo cual hace que aquí en el 99% de los casos, por no decir siempre, saldrá más barato ir al Concesionario, que comprar a un particular una 1250 con solo unos meses de uso.
 
20 mil pavos le saqué yo a la mía con un año, 20 mil kilómetros, las ruedas en el alambre y con la revisión sin pasar...

que me costó nueva 21300... le enseñe la factura al tipo y le dije pero como me vas dar 20 si te sale más barata nueva sumando transferencia.

Me dijo... la nueva tengo que esperar 6 meses, la tuya me voy ya de viaje con ella.

Y en el concesionario no puedo pagar con billetes...

El día que se la llevó me preguntó si no me daba pena venderla.... "Por 20 mil y en ese estado... NO" evidentemente 😂
 
20 mil pavos le saqué yo a la mía con un año, 20 mil kilómetros, las ruedas en el alambre y con la revisión sin pasar...

que me costó nueva 21300... le enseñe la factura al tipo y le dije pero como me vas dar 20 si te sale más barata nueva sumando transferencia.

Me dijo... la nueva tengo que esperar 6 meses, la tuya me voy ya de viaje con ella.

Y en el concesionario no puedo pagar con billetes...

El día que se la llevó me preguntó si no me daba pena venderla.... "Por 20 mil y en ese estado... NO" evidentemente 😂
le habrás pagado una mariscada...:ROFLMAO:
 
20 mil pavos le saqué yo a la mía con un año, 20 mil kilómetros, las ruedas en el alambre y con la revisión sin pasar...

que me costó nueva 21300... le enseñe la factura al tipo y le dije pero como me vas dar 20 si te sale más barata nueva sumando transferencia.

Me dijo... la nueva tengo que esperar 6 meses, la tuya me voy ya de viaje con ella.

Y en el concesionario no puedo pagar con billetes...

El día que se la llevó me preguntó si no me daba pena venderla.... "Por 20 mil y en ese estado... NO" evidentemente 😂

Es lo único que no se puede comprar con dinero, tiempo y vivir....

Bueno, y amor dicen algunos, aunque te puedes apañar en el lupanar o unas scorts si eres de morro fino 😏🤪🤪🤣🤣
 
Tengo mis dudas compañero... yo creo que la opción C dice motos cuyo valor sea superior a 20.000 euros (valor fiscal, no valor de la motocicleta nueva)... y la 1250 tiene un valor inferior a 20.000 a efectos del ITP...
Es mi opinión claro, pero igual estoy equivocado.
Seria un 6% en la C Valenciana

Enviado desde mi CPH2091 mediante Tapatalk
Es que la moto nueva con todos los extras que lleva, es fácil que se vaya a los 26.000€
Si rebaja 3.000€. A mi la moto me cuesta 23.000€ que es lo que he de poner en el ITP.
Moto de 1 año y 23000€ ahí ha estado mí confusión y he creido que entrabamos en la opción C (para valencia).
Gracias por la corrección compañeros.

Un saludo.
 
Todo es un despropósito. La moto ya paga unos elevadísimos impuesto en la adquisición. Luego en la venta entre particulares sigue pagando, y así hasta casi el infinito.

Pagar, pagar y mas pagar. Mal para todos los mortales.
 
Creo que no se está contemplando otra cosa.

Aunque se pueda pagar en efectivo entre particulares, no todas las economías se pueden permitir un desembolso de ese nivel. ¿Cuantas motos de esta categoría salen financiadas, de un modo o de otro? Posiblemente sean la mayoría.

Si yo, como comprador, he de financiar, probablemente BMW me lo ponga más sencillo. Y si no llego a una nueva, también me lo ponen más fácil con una de Premium Selection.

Quiero decir con esto que es posible que encuentres a algún caprichoso que tenga prisa por la moto, y más ahora en verano. Sin embargo, creo que para venderla relativamente "fácil" ha de tener un precio lo suficientemente competitivo para que compense hacer el esfuerzo de pagar la moto + impuestos a tocateja (o que el comprador se arregle con su banco).

De hecho, muchos compra-ventas tienen motos similares a precio casi de nuevas, y diría que se venden únicamente porque las financieras que manejan aceptan más riesgo que BMW Bank. De otro modo, a mi no me entra en la cabeza.

Lo que si está claro es que, desafortunadamente, creo que estás en una de las peores situaciones para vender un vehículo. Aún con todo, no hay mal que cien años dure ;)
 
Ojo con la compraventa con pago en metálico, ahora está limitado a 1.000€.
Que si, que se pone en el contrato lo que marca Hacienda, pero cada vez es más complejo.
 
Entre particulares no hay limite. Eso si, lo mejor es reflejar la operación completa en contrato y declararlo todo.
 
Cuando decís declararlo todo a q os referis? Donde declarais q os han comprado una moto de 20k en la renta o donde?
 
Cuando decís declararlo todo a q os referis? Donde declarais q os han comprado una moto de 20k en la renta o donde?

Es poner en el contrato de compraventa el precio real que te pagan / pagas.

No hay más.

Obviamente si es 1€, el ITP se paga por tablas.

Más arriba lo explican bien.

A nivel IRPF no hay que hacer nada (salvo plan moves o ayudas públicas)
 
Cuando decís declararlo todo a q os referis? Donde declarais q os han comprado una moto de 20k en la renta o donde?

El que tiene obligación de declarar es el comprador que es el que tiene que liquidar el impuesto de transmisiones en la oficina de recaudación correspondiente.

El vendedor no declara nada porque ya ha sido comprador en su momento y ya ha pagado los impuestos que correspondían en ese momento.
 
El que tiene obligación de declarar es el comprador que es el que tiene que liquidar el impuesto de transmisiones en la oficina de recaudación correspondiente.

El vendedor no declara nada porque ya ha sido comprador en su momento y ya ha pagado los impuestos que correspondían en ese momento.

Si te vas a poner en plan técnico / follamisses, hubiera dicho que es el sujeto pasivo el que afloja la panoja para el ITP 🤪🤣🤣
 
Revisad la ley de pagos, ahora entre particulares hay limite. Ojo con eso. 2500€ entre particulares.B4AF3FF0-6B50-4723-8B18-95A157553BC7.png
 
Última edición:
El que tiene obligación de declarar es el comprador que es el que tiene que liquidar el impuesto de transmisiones en la oficina de recaudación correspondiente.

El vendedor no declara nada porque ya ha sido comprador en su momento y ya ha pagado los impuestos que correspondían en ese momento.
vale deacuerdo al 100% pero el vendedor tiene un incremento de patrimonio en cuenta de 20K a nivel de hacienda habrá que justificarlo o no hace falta solo si te requieren muestras el Contrato C/V y ya está?
 
vale deacuerdo al 100% pero el vendedor tiene un incremento de patrimonio en cuenta de 20K a nivel de hacienda habrá que justificarlo o no hace falta solo si te requieren muestras el Contrato C/V y ya está?
Opino lo mismo que tú, el vendedor tiene que declarar si tuvo ganancia
Que NO... que esa información esta mal y esta mal en varios medios, consultar directamente en la Agencia Tributaria.
Creo que estás equivocado Paco
 
Opino lo mismo que tú, el vendedor tiene que declarar si tuvo ganancia

Creo que estás equivocado Paco

Ya te digo yo que no... pero bueno que cada uno haga lo que quiera, si me llega una multa después de ( y no exagero nada) unas 30 ventas entre coches y motos os lo hago saber.

Luego no se que ganancia vas a tener si vendes un vehículo por menos de lo que te costo...
 
Si yo vendo por 20-22 mil euros una moto…..que nueva me costó 25-26 mil euros… ¿qué incremento patrimonial he tenido? Da igual que en mi cuenta hayan entrado 20 mil euros “de golpe”, ya que han sido por haberme desprendido de algo que en otro momento me costó mas dinero (y que o bien pagué al contado(en cuyo caso me desapareció mas dinero del que ahora me ha entrado), o bien financié….y que igualmente costó mas dinero, ya que el dinero que ahora me entra es probable que, o sirva para pagar lo que queda de financiacion(que es inferior al precio original), o, si ya esta pagado del todo, sea inferior a lo que pagué en su dia. Vamos, que no por ingresas 20 mil euros tengo un incremento patrimonial.
 
vale deacuerdo al 100% pero el vendedor tiene un incremento de patrimonio en cuenta de 20K a nivel de hacienda habrá que justificarlo o no hace falta solo si te requieren muestras el Contrato C/V y ya está?

Pero que incremento de patrimonio vas a tener si palmaste hace un año por decir algo 23000 euros y ahora repones 20000???

Tienes todo justificado, factura de compra nueva y venta de ella usada por ambos importes.

La Ley fiscaliza a las empresas unicamente.
 
Ya te digo yo que no... pero bueno que cada uno haga lo que quiera, si me llega una multa después de ( y no exagero nada) unas 30 ventas entre coches y motos os lo hago saber.

Luego no se que ganancia vas a tener si vendes un vehículo por menos de lo que te costo...
Si lo vendes por menos, lógicamente no. El problema es que cuando compras pones en contrato 10.000€ y luego vendes y pones en contrato 15.000€, si te hacen una investigación, que dudo que hagan, pues te pueden multar
 
Lo que hay que leer es esto...

 
Si lo vendes por menos, lógicamente no. El problema es que cuando compras pones en contrato 10.000€ y luego vendes y pones en contrato 15.000€, si te hacen una investigación, que dudo que hagan, pues te pueden multar

Cuando me pase... tranquilo que gustosamente pagare lo que corresponda... pero en mi mundo real, le pierdo a todos los vehículos que he tenido, tengo y tendré.

No me pasa de ganarle a vehículos usados... si mantengo su precio ya es un milagro.
 
Lo haré, estaba convencido de que es así.


Como si ya fuera poco los impuestos que pagamos al comprar una moto que luego al venderla hubiese que tributar de nuevo por ella... tamos locos??
 
vamos a ver, es fácil..la LIRPF establece que toda transmisión se debería justificar en la AEAT mediante la renta, el problema radica que en cualquier venta de vehículo "normalmente" "siempre" hay perdida patrimonial por lo tanto no se altera el patrimonio del vendedor y no vas en contra de los intereses de hacienda.

De momento en estas transmisiones entre particulares hacienda no mete ojo debido a las perdidas, pero no es lo mismo que cuando vendes un bien inmueble porque aunque tengas perdida patrimonial por ley estas obligado a declarar su venta puesto que los notarios tienen obligación de dar parte de toda transacción, igualmente ahora pasa incluso con la venta de acciones de sociedades que también se tienen que declarar haya o no ganancia o perdida.
 
Sin joder no quedamos porque el comprador insisto, si que tributa por la moto o dicho de otra manera tributamos todos porque si no tuviera que tributar por ella podríamos nosotros venderlas un poco mas caras y siempre hay que andar que si me bajas para la transferencia etc...

Cuando compras moto palmas... es decir ya tributas... IVA, IM, IT.... etc... como vas a tributar de nuevo al venderla???

Hombre igual si compras una Harley del 36 la restauras y le ganas X al venderla pues me imagino que tendrás que tributar claro.

Pero "nuestras motos"... palmas siempre... en el caso del post... PALMAS.
 
Desde luego que vendiendo por debajo del precio de nuevo, el vendedor no ha de pagar nada.
Y el comprador el impuesto de transmisiones que le toque según su comunidad y con la salvedad de si es a nombre de empresa o particular, no hay más.
 
Arriba