accidente y seguro a todo riesgo

marchy

Allá vamos
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Buenos dias hoy soy yo el que tiene el problema, haber si los expertos en la materia me pueden asesorar.

El pasado miercoles mi mujer tuvo un accidente con el coche, salida de via en la autopista, el coche se le fue y al no controlarlo golpeo contra la valla de proteccion lateral y reboto nontra la mediana, resultado susto momumental y coche bastante "perjudicado".

Problema, vehiculo con 9 años y supuesto valor venal de 3400€ importe aproximado de la reparacion 4800€, conclusion perito decide siniestro total y ahi va la pregunta

¿ de verdad que no se puede hacer nada y hay que tragar con lo que diga la compañia despues de llevar pagando una media de 750€ de seguro anual a todo riesgo?

Perdonad por el rollo pero es que me tiene quemado el tema

Gracias
 
Yo no soy experto en la materia pero creo que va a ser tal y como tu lo cuentas: siniestro total. Lo siento, y es indignante porque no se valora la utilidad o el servicio que puede estar dando el vehículo, unicamente se miran valores economicos. Quedate de esta historia con que ella se encuentra bien.
 
No te conformes con el siniestro total. Insiste en que tú quieres el coche que tenías, como lo tenías, VALOR DE REPOSICIÓN.....Habla con un abogado y no tragues, los seguros optan siempre por lo más fácil y lo que cuela, pues adelante.
Está estadísticamente demostrado que de Cien casos en que el asegurado no está conforme con la peritación de su seguro ó del contrario, sólo continuan y demandan 5 escasamente. El resto sólo el derecho de la pataleta.
No soy abogado.
Suerte y al toro.
V´sss
 
Ok gracias a todos, me he estado moviendo y el principal problema que me ponen es que como ha sido un accidente en el que no hay mas vehiculos implicados no hay manera de reclamar mas, yo tengo claro que lo que quiero pedir es un vehiculo de similares caracteristicas, el coche estaba en perfecto estado y es mas el pasado dia 4 le habia pasado la ITV y sin el minimo defecto, por otra parte se que esta duro pero como bien habeis comentado el problema muchas veces es que no sabemos protestar por lo tanto veremos que pasa el lunes
 
No te conformes con lo que te dan, reclama y que te asesore un abogado distito que el de la compañia.
 
Hola,

la compañía te ofrece valor venal porque así consta en el contrato.

Si tienes pensado repararlo, ponlo en manos de un buen abogado experto en seguros. Estos casos se ganan todos en el juzgado (hay jurisprudencia a patadas), porque la compañía está cobrando prima por el valor de nuevo del vehículo, pero siempre que haya reparación.

Si tienes una póliza de defensa jurídica (como Arag, Depsa o Das), ellos te harán la reclamación, primero en vía amistosa y luego en vía judicial.

La opción "amistosa" que tienes es intentar reducir el presupuesto, de acuerdo con el perito, con piezas de "competencia" o incluso de desguace. Depende de quien sea el personaje y la compañía suelen aceptar para evitarse la visita a los juzgados.
 
Reparar, factura del taller y a muerte !!!

No te va a ser sencillo, sería engañarte, pero el camino es reparar el vehículo, y luego exigir a la compañía de seguros el pago de la factura. Obviamente a tu compañía no le va a gustar esta opción... Pero al 100% tienes derecho a reparar y cobrar la reparación, dada la diferencia entre el valor venal y el coste de reparación.

Las compañías cogen el rábano por las hojas y se acogen a la figura del "siniestro total" y al "te doy lo que vale el coche" con una gran alegría.

Lo tienes muy bien explicado en esta web de un despacho de abogados:

http://abogasegur.blogspot.com/2007/12/siniestro-total-y-valor-venal.html


Ya que has decidido mantener el Todo Riesgo en un vehículo de 9 años de antigüedad, práctica poco habitual por cierto ya que la mayoría de los españolitos dejamos el todo riesgo en que el coche tiene 4-5 años, pelea con intensidad y no te rindas.

¿Qué modelo es, por cierto?

Manuel
 
Todos opinamos lo mismo. Y si no tienes asistencia jurídica, a buscarse un abogado tipo "legalitas" o parecido.

Los de los seguro corren mucho para cobrar, pero lo que es para pagar......

Tienes derecho, como ya te han dicho x aquí a que te reparen el coche y te lo dejen como estaba.

Saludos

:)
 
Si yo lo tengo claro lo que quiero es escuchar opiniones y sacar ideas a la hora de enfrentarte a ellos directamente o atraves de un abogado que creo sera lo mejor para evitar que te vacilen, en cuanto al coche es un citroen xsara al que mi mujer le tiene mucho cariño porque como dice ella ya se aparca solo ( y eso para una mujer es muy importante). jajajajajaja que nadie se me ofenda
 
.
Si el daño te lo hubiera causado otro vehiculo, sería mas facil que prosperara tu reclamación, pero un daño causado por ti mismo.... tu propia compañia no te dará mas del valor venal.
Si lo quieres reparar, tendrás que ''empalmar'' el dinero que falte.

Vssssssssss
 
"Si acudes a los tribunales la respuesta del juez será muy distinta a lo que te está ofreciendo la aseguradora, ya que los jueces se rigen normalmente por los siguientes principios:


   1. Rige la máxima de que el perjudicado tiene derecho a mantener las cosas de su propiedad, siempre que puedan ser reparadas.

   2. No se puede obligar al propietario del vehículo dañado a sustituirlo por otro de características semejantes, y ello aunque esa reparación sea superior al precio que tenía en el mercado en el momento inmediatamente anterior al siniestro.

   3. Únicamente en el supuesto de que la voluntad del propietario fuera contraria a la reparación, o ésta deviniera de todo punto imposible, entraría en juego, en aras de evitar un enriquecimiento injusto del perjudicado, la aplicación del llamado valor venal con los factores de corrección correspondientes (valor venal incrementado en un 20% o 30%).

   4. En caso de que el precio de la reparación del vehículo sea muy superior al valor venal, será éste el que sirva para fijar la indemnización, incrementándolo en un 20% o 30% (valor de afección).

Resumiendo, tienes derecho a que te reparen el vehículo si el coste de la reparación no supera en un 30% el valor venal del vehículo. En caso de que la reparación sea superior al 20-30% del valor venal, sólo tendrás derecho a que te indemnicen el valor venal más el valor de afección (es decir, el valor venal más ese 20-30%, porque difícilmente, dada la antigüedad del vehículo, podría su propietario encontrar otro en el mercado del mismo precio y características que le merezca la confianza que tenía depositada en su vehículo). La compañía de seguros nunca puede limitarse a ofrecerte simplemente el valor venal."

Tomado de http://abogasegur.blogspot.com/2007/12/siniestro-total-y-valor-venal.html

Manuel
 
58747B6070794F524F150 dijo:
"Si acudes a los tribunales la respuesta del juez será muy distinta a lo que te está ofreciendo la aseguradora, ya que los jueces se rigen normalmente por los siguientes principios:


   1. Rige la máxima de que el perjudicado tiene derecho a mantener las cosas de su propiedad, siempre que puedan ser reparadas.

   2. No se puede obligar al propietario del vehículo dañado a sustituirlo por otro de características semejantes, y ello aunque esa reparación sea superior al precio que tenía en el mercado en el momento inmediatamente anterior al siniestro.

   3. Únicamente en el supuesto de que la voluntad del propietario fuera contraria a la reparación, o ésta deviniera de todo punto imposible, entraría en juego, en aras de evitar un enriquecimiento injusto del perjudicado, la aplicación del llamado valor venal con los factores de corrección correspondientes (valor venal incrementado en un 20% o 30%).

   4. En caso de que el precio de la reparación del vehículo sea muy superior al valor venal, será éste el que sirva para fijar la indemnización, incrementándolo en un 20% o 30% (valor de afección).

Resumiendo, tienes derecho a que te reparen el vehículo si el coste de la reparación no supera en un 30% el valor venal del vehículo. En caso de que la reparación sea superior al 20-30% del valor venal, sólo tendrás derecho a que te indemnicen el valor venal más el valor de afección (es decir, el valor venal más ese 20-30%, porque difícilmente, dada la antigüedad del vehículo, podría su propietario encontrar otro en el mercado del mismo precio y características que le merezca la confianza que tenía depositada en su vehículo). La compañía de seguros nunca puede limitarse a ofrecerte simplemente el valor venal."

Tomado de http://abogasegur.blogspot.com/2007/12/siniestro-total-y-valor-venal.html

Manuel

Ojo, compañero, que en la misma página de donde sacas este texto, pone claramente y resaltado en negrita la siguiente frase "tras un accidente, del que no eres culpable, tu coche ha sufrido graves desperfectos".

El matiz de si tu eres el culpable del accidente o ha sido un tercero el que te ha causado los daños es muy importante a la hora de poder exigir el valor de reparación.

También una apreciación sobre el tema de la defensa jurídica, lo de que el abogado no le costaría nada dependerá de lo que tenga contratado en la póliza, porque normalmente cuando se opta por no elegir el abogado que ofrece la compañía se incluye en el contrato un límite económico.

Saludos.
 
Hola, yo en mi seguro ( a todo riesgo ) tengo una opicon en la que como mi coche tiene mas de dos años ( ya no me darian el 100% de lo que costó ), pues la compañia aseguradora me busca un coche de ocasion mas o menos con los mismos años que el mío.

Esto en un caso como el tuyo, sería util porque aunque el coche que te dan usado no sabes como está, es mejor que el valor venal, porque con eso no compras nada.

Intenta negociar eso a ver que pasa.
Suerte
 
0925224C0 dijo:
[quote author=58747B6070794F524F150 link=1263642361/11#11 date=1263737937]
"Si acudes a los tribunales la respuesta del juez será muy distinta a lo que te está ofreciendo la aseguradora, ya que los jueces se rigen normalmente por los siguientes principios:


   1. Rige la máxima de que el perjudicado tiene derecho a mantener las cosas de su propiedad, siempre que puedan ser reparadas.

   2. No se puede obligar al propietario del vehículo dañado a sustituirlo por otro de características semejantes, y ello aunque esa reparación sea superior al precio que tenía en el mercado en el momento inmediatamente anterior al siniestro.

   3. Únicamente en el supuesto de que la voluntad del propietario fuera contraria a la reparación, o ésta deviniera de todo punto imposible, entraría en juego, en aras de evitar un enriquecimiento injusto del perjudicado, la aplicación del llamado valor venal con los factores de corrección correspondientes (valor venal incrementado en un 20% o 30%).

   4. En caso de que el precio de la reparación del vehículo sea muy superior al valor venal, será éste el que sirva para fijar la indemnización, incrementándolo en un 20% o 30% (valor de afección).

Resumiendo, tienes derecho a que te reparen el vehículo si el coste de la reparación no supera en un 30% el valor venal del vehículo. En caso de que la reparación sea superior al 20-30% del valor venal, sólo tendrás derecho a que te indemnicen el valor venal más el valor de afección (es decir, el valor venal más ese 20-30%, porque difícilmente, dada la antigüedad del vehículo, podría su propietario encontrar otro en el mercado del mismo precio y características que le merezca la confianza que tenía depositada en su vehículo). La compañía de seguros nunca puede limitarse a ofrecerte simplemente el valor venal."

Tomado de http://abogasegur.blogspot.com/2007/12/siniestro-total-y-valor-venal.html

Manuel

Ojo, compañero, que en la misma página de donde sacas este texto, pone claramente y resaltado en negrita la siguiente frase "tras un accidente, del que no eres culpable, tu coche ha sufrido graves desperfectos".

El matiz de si tu eres el culpable del accidente o ha sido un tercero el que te ha causado los daños es muy importante a la hora de poder exigir el valor de reparación.

También una apreciación sobre el tema de la defensa jurídica, lo de que el abogado no le costaría nada dependerá de lo que tenga contratado en la póliza, porque normalmente cuando se opta por no elegir el abogado que ofrece la compañía se incluye en el contrato un límite económico.

Saludos.
[/quote]

En el texto en negrita, "ser culpable" siginifica que en un accidente con otro vehículo, tu eres el causante.

Tú no eres "culpable" del accidente en una salida de la vía,  si fuera así ¿para que quieres el seguro a todo riesgo?

Yo no lo quiero para repintarme el coche cada dos años, sino para que en el caso de que yo tenga un accidente y me meta una galleta que me quede sin coche, tenga una ayuda importante para reponerlo.

La compañía, si tienes un Todo Riesgo, sólo puede excusar el pago de los daños de un accidente que sufras tú sólo invocando exclusiones: que conducías borracho, que conducías a 200 por hora, que no tenías carnet o que lo tenías con una antigüedad inferior a la declarada, o cosas así...

Luego podrá tocar discutir, como en esta caso, por el importe de la indemnización.

Manuel
 
123E312A3A330518055F0 dijo:
[quote author=0925224C0 link=1263642361/12#12 date=1263806670][quote author=58747B6070794F524F150 link=1263642361/11#11 date=1263737937]
"Si acudes a los tribunales la respuesta del juez será muy distinta a lo que te está ofreciendo la aseguradora, ya que los jueces se rigen normalmente por los siguientes principios:


   1. Rige la máxima de que el perjudicado tiene derecho a mantener las cosas de su propiedad, siempre que puedan ser reparadas.

   2. No se puede obligar al propietario del vehículo dañado a sustituirlo por otro de características semejantes, y ello aunque esa reparación sea superior al precio que tenía en el mercado en el momento inmediatamente anterior al siniestro.

   3. Únicamente en el supuesto de que la voluntad del propietario fuera contraria a la reparación, o ésta deviniera de todo punto imposible, entraría en juego, en aras de evitar un enriquecimiento injusto del perjudicado, la aplicación del llamado valor venal con los factores de corrección correspondientes (valor venal incrementado en un 20% o 30%).

   4. En caso de que el precio de la reparación del vehículo sea muy superior al valor venal, será éste el que sirva para fijar la indemnización, incrementándolo en un 20% o 30% (valor de afección).

Resumiendo, tienes derecho a que te reparen el vehículo si el coste de la reparación no supera en un 30% el valor venal del vehículo. En caso de que la reparación sea superior al 20-30% del valor venal, sólo tendrás derecho a que te indemnicen el valor venal más el valor de afección (es decir, el valor venal más ese 20-30%, porque difícilmente, dada la antigüedad del vehículo, podría su propietario encontrar otro en el mercado del mismo precio y características que le merezca la confianza que tenía depositada en su vehículo). La compañía de seguros nunca puede limitarse a ofrecerte simplemente el valor venal."

Tomado de http://abogasegur.blogspot.com/2007/12/siniestro-total-y-valor-venal.html

Manuel

Ojo, compañero, que en la misma página de donde sacas este texto, pone claramente y resaltado en negrita la siguiente frase "tras un accidente, del que no eres culpable, tu coche ha sufrido graves desperfectos".

El matiz de si tu eres el culpable del accidente o ha sido un tercero el que te ha causado los daños es muy importante a la hora de poder exigir el valor de reparación.

También una apreciación sobre el tema de la defensa jurídica, lo de que el abogado no le costaría nada dependerá de lo que tenga contratado en la póliza, porque normalmente cuando se opta por no elegir el abogado que ofrece la compañía se incluye en el contrato un límite económico.

Saludos.
[/quote]

En el texto en negrita, "ser culpable" siginifica que en un accidente con otro vehículo, tu eres el causante.

Tú no eres "culpable" del accidente en una salida de la vía,  si fuera así ¿para que quieres el seguro a todo riesgo? 

Yo no lo quiero para repintarme el coche cada dos años, sino para que en el caso de que yo tenga un accidente y me meta una galleta que me quede sin coche, tenga una ayuda importante para reponerlo.

La compañía, si tienes un Todo Riesgo, sólo puede excusar el pago de los daños de un accidente que sufras tú sólo invocando exclusiones: que conducías borracho, que conducías a 200 por hora, que no tenías carnet o que lo tenías con una antigüedad inferior a la declarada, o cosas así...

Luego podrá tocar discutir, como en esta caso, por el importe de la indemnización.

Manuel[/quote]

Hola de nuevo, no estoy de acuerdo con lo que comentas, si te sales de la vía tu solo el responsable del accidente eres tu y no hay tercero al que reclamarle los daños, quizas la palabra "culpable" suena muy fuerte, queda mejor "responsable"  :). Esto, entiendo, es a lo que se refiere el abogado de la página web y por lo que he leido es lo que se refiere la jurisprudencia.

Un seguro a todo riesgo te cubre aunque tu seas el responsable, siempre que no se de alguna de las causas de exclusión que recoja la póliza (ir borracho, etc)

Si hay un tercero responsable de los daños, reclamar la reparación, con los margenes que indica el abogado, sino lo hay entonces a lo que ponga el contrato (valor a nuevo, valor venal o valor venal mejorado).

Saludos.
 
Por si os puedo aclarar algo, yo trabajo en esto y se de lo que hablo:

1.- La responsabilidad de un accidente es de la persona que la cuasa, en este caso la persona que lo causa (por el motivo que sea, exceso de velocidad, inexperiencia, despiste,..., mala suerte) es el conductor del vehículo, por que no hay nadie a quien achacarle la responsabilidad de que el coche se vaya de la carretera.

2.- Tomando el punto 1 como referencia, no puedes aplicar la responsabilidad civil a la hora de reclamar la reparación del coche, porque eres tu el responsable, por lo que todo se reduce a leer el condicionado de la póliza y ver que indica en la indemnización por daños propios.

Si pone valor venal, pues es ir a las guias de referencia (eurotax, ganvam) y ver cuanto es.

Si pone valor de mercado o reposición, pues hacer una media del valor de mercado y discutir sobre ese importe, e intentaar negociar con la compañia, o buscar un coche similar en modelo y año para que la compañia te lo pague.

El tema de la reparación, es peliagudo y depende mucho de los criterios que tenga la audiencia provincial de donde ocurrio el accidente, y eso solo lo puede saber un abogado de esa zona.

En cuanto a la teoria de la reparación,..., es complicada, sobre todo en este caso al ser una salida de carretera, os pongo un ejemplo claro:

Si compras un coche (pagas 20.000,00 eu) y cuando sales por la puerta del concesionario le dan un golpe que la reparacion es 23.000,00 eu,..., logicamente nadie te va a pagar 23.000,00 eu, cuando acabas de pagar 20.000,00 eu, porque eso seria un "enriquecimiento injusto".
Pues ese coche que costo 20.000,00 eu, al año siguiente, vale menos (se podrá discutir cuanto menos, 18.000,00 ,15.000,00, ..., pero todo el mundo tiene claro que vale menos), pero la continuará imperando la teoria del "enriquecimiento injusto".

Saludos
 
A mi hermano le paso algo parecido, pero a el le dieron por detras una furgoneta.
Lo dieron siniestro, 600eur le daban (15años)pero tenia un valor sentimental...
El tema es que peleo con la compañia y lo reparo(+-5000eur).Lo pago y le paso la factura a su compañia Line a Directa,a los 3 meses le pagaron,tambien tengo que decirte que lo marearon lo indesible >:( >:( >:(pero al final reparo su Ford Fiesta anciano.
Suerte,y al toro por los cuernos ;) ;) ;) ;)
 
A mi hermana le ofrecían el valor venal del vehículo, un tercio del valor de la reparación -el coche estaba i m p e c a b l e antes del accidente-.

No llegó a un acuerdo, lo arregló por su cuenta y demandó a la compañía que al final ha pagado la cantidad de la reparación más parte de la cantidad adicional que les reclamaba por vehículo de sustitucion por el tiempo en que el suyo estuba en el taller por el retraso en arreglarlo por toda la movida inicial. Claro que el tema lo llevaba un abogado especializado en seguros: ella misma (con 20 años de experiencia).

La única "crítica" cariñosa es que el seguro a todo riesgo rentable es el que asegura un capital importante -no es como mi madre se cree para arreglar cuatro arañazos que le hace todos los años al entrar en mi casa- y pagar 750 E anuales por un capital de 4.000 E es para reconsiderar el tema, máxime si para cobrarlos tienes que montar lo que vas ha tener que montar.

Ánimo, colega.
 
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