Badenes ilegales

manoloR12R

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Hola, he abierto un tema en el foro de los modelos R (Boxer) convocando a la gente a denunciar los badenes ilegales, se titula Denunciar badenes ilegales y alguien ha apuntado que me dirija a vosotros. Creo que la normativa salió hace unos tres años y les daban a los responsables 2 años para adaptarse, y esa moratoria creo que expiró en octubre pasado. El resultado fue un caso omiso a la normativa y, aún más, los ayuntamientos no sólo no adaptaron los que ya había sino que en los que construyeron nuevos pugnaban por ver quién era el más bruto construyendo verdaderos andenes (tengo cerca alguno con más de 30cm de alto con rampa de menos de 40cm, un auténtico disparate, un peligro para nosotros que tenemos que pararnos para subirlos con el riesgo de alcance por detrás y algo más que una molestia cuando aterrizan los mismísimos).
En la revista Motociclismo pusieron algo de la normativa: 10cm máxcimo de altura con rampa mínima de 1 metro, plataforma máxima de 4 metros y distancia mínima de 150 metros entra dos consecutivos. Además decían que eran denunciables, pero no decían cómo. Yo estoy ya definitivamente harto y me dirijo a vosotros por si me podéis ayudar con el tema. ¿Cómo y ante qué instancia se pueden denunciar? ¿Podéis facilitarnos algún modelo de denuncia a ver si entre todos podemos poner un poco de cordura en los obstáculos en la calzada tan peligros para nosotros los motoristas?
Muchas gracias y un saludo y uves
 
ManoloR12R...

En realidad, no es necesario un modelo a modo de chuleta o de formulario, porque puedes exigir directa e individualmente al ayuntamiento ó al titular de la vía, que desmantele el artefacto ó que lo adapte a la normativa al efecto. Lo resumes en un escrito breve con fotos, dirección, medidas que tiene, etc... y lo depositas en el registro general, te sellan tu copia y a esperar.

Sólo tienes que tomar nota de los datos de ése badén con medidas aproximadas in situ y adjuntas los datos de la norma que se le aplica.

Ház mención a que además de incumplir la normativa, existe un obstáculo en la calzada que puede (y de hecho produce), daños y pérdida del control.

La administración tendrá que responderte y si no lo hace, puedes dirigirte con tu documentación del caso, al defensor del pueblo, pero nunca mientras estás en curso durante un plazo de 30 dias.

Admiro tu preocupación y tu iniciativa.

Un saludo.
 
Muchas gracias, es que ya me ha pasado un par de veces que desde lejos no se aprecia muy bien, pero al llegar al badén y darte cuenta de que incluso a 20 por hora te puede descabalgar, he frenado de golpe y algún coche por detrás que no se lo esperaba casi me ha alcanzado. Desde entonces siempre que veo un baden estoy muy pendiente de atrás, pero el riesgo existe.
La verdad es que sería deseable que se pudieran denunciar, de manera que el responsable de la vía en cuestión pudiera sufrir una multa, porque si no, no moverán un dedo para quitarlos, y menos con la crisis.
De todas formas lo intentaremos.
Un saludo
 
Es que algunos no son badenes, hay Ayuntamientos que construyen verdaderos "obstáculos" en medio de las travesías........nunca me ha pasado nada, porque suelo pasar despacio, pero como me roce en alguno los bajos o me caiga por culpa de su construcción inadecuada, desde luego que denunciaré al Ayuntamiento.......y si hay algún movimiento en su contra, me uniré y apoyaré en lo que haga falta.......................
 
Estoi totalmente de acuerdo con buestras propuestas, en muchos casos más que un baden son un autentico peligro. Apoyo totalmente esta iniciativa.........
 
Ya se hizo mención en este foro de los (guardias tumbados ) pero hay estan. Y mientras subiendo el impuesto de rodaje, poniendo mas multas, y esto se lo pasan ayuntamientos y diputaciones por los ....... te apoyo totalmente yo paso 28 todos los dias. Este año en Cantabria vi como civilizados pintaban 2 lineas trasversales la velocidad permitida y otras 2 lineas trasversales a la entrada de las travesias. (ya colgare alguna foto para que aprendan).
 
Repasando el tema, ganas me da de iniciar una buena cruzada por los pueblos de mi zona.
Seria cuestión de ir de ruta con la cámara de fotos y anotar en cada uno los detalles que incumplen conforme a la norma que los regula. Hasta bien, eso es fácil.
lo que si seria conveniente saber la base jurídica para hacer referencia a ella en el escrito de denuncia.
Creo haber leído hace ya tiempo que en Sevilla la G. Civil hizo un informe sobre el tema. El resultado no dejaba a dudas, decía que la inmensa mayoría de los badenes estaban fuera de la normativa.
Despues tengo entendido que el M. De Fomento dio un plazo para adaptarlos y todo quedo en eso...

Por eso si consiguiéramos esa normativa, no me importaría intentarlo. El no ya lo tengo...pero habrá que dar la lata y decirles lo incompetentes que son, no creéis?.

Saludos
 
Lo primero que habría que saber es quién es titular de la vía (ayuntamiento, diputación, comunidad, Estado) porque la normativa cambia, y porque sería frente a él que hay que plantear el asunto. Por lo demás, si puedes encontrar la legislación que citas estaría bien, porque estas cosas técnicas se suelen regular en normas de rango muy bajo y francamente no he podido encontrarlas aún. De todos modos cuando tenga tiempo a ver si busco un poco más.

Por cierto, si el badén efectivamente incumple la norma y alguien tiene un accidente, la Administración es responsable, le tendría que indemnizar (eso sí, tal como están las cosas, buena suerte...)

Es que cerca de mi casa hay alguno de esos, y porque los conozco, que si no...!
 
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¿Baden y paso de peatones?
 
Normativa reguladora?
De momento una mala noticia. He encontrado la Orden Ministerial de Fomento en el BOE http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/29/pdfs/A42795-42801.pdf pero que solo es aplicable a la Red de Carreteras del Estado.

Los municipios y poblaciones no estan obligados, segun parece, y por lo tanto cada uno hace lo que quiere.

Al menos por similitud podrian aplicarla, pero eso sería pedir demasiado.

Seguiremos buscando.
 
Claro, ése se aplicaría en la red de carreteras del Estado, lo que pasa es que -yo creo- la mayoría de las vías donde tiene sentido poner estas cosas son de titularidad local o autonómica, porque son más bien pequeñas y de velocidad no muy alta, ¿no?

Las CCAA deberían tener órdenes de la Consejería de Fomento / Obras Públicas o como la llamen (he encontrado una de Extremadura, Orden de 10 de febrero de 2009); y las Ayuntamientos tratan este asunto en la Ordenanza de Movilidad.

Lo que habría que averiguar es si, cuando la CA / Entidad Local competente no ha legislado, hay alguna norma que pueda ser de aplicación general; o si hay manera de aplicar la Orden del Ministerio. Voy a ver si le doy una vuelta a esto.
 
Bueno yo creo que si es de aplicación, en la red de carreteras del estado, desde luego, y en el resto a falta de legislación específica también, y aún cuando la haya, pues habria que ver si contradice a la estatal, y me explico es muy significativa la disposición final primera que literalmente dice:

Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el
artículo 149.1.24.ª de la Constitución, que atribuye al
Estado competencia sobre las obras públicas de interés
general.

el citado articulo dice:
Artículo 149.
1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias.
24. Obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma

Menciona especificamente el aspecto constitucional de interes general y no lo de " a más de una comunidad autónoma", con lo que marca como interes general la necesidad de normalizar las especificaciones tecnicas de los badenes, etc para que no tengan la calificación de obstáculos en la via pública, y al amparo contitucional de ese interes general, de las suspensiones de los vehículos de los usuarios, e incluso de la integridad fisica de estos sobre todo de los sufridos motoristas.
Otra cosa es que con lo que cae, ahora haya presupuestos que soporten la adecuación de esos obstaculos de la via, pero........
 
Bueno yo creo que si es de aplicación, en la red de carreteras del estado, desde luego, y en el resto a falta de legislación específica también, y aún cuando la haya, pues habria que ver si contradice a la estatal, y me explico es muy significativa la disposición final primera que literalmente dice:

Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el
artículo 149.1.24.ª de la Constitución, que atribuye al
Estado competencia sobre las obras públicas de interés
general.

el citado articulo dice:
Artículo 149.
1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias.
24. Obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma

Menciona especificamente el aspecto constitucional de interes general y no lo de " a más de una comunidad autónoma", con lo que marca como interes general la necesidad de normalizar las especificaciones tecnicas de los badenes, etc para que no tengan la calificación de obstáculos en la via pública, y al amparo contitucional de ese interes general, de las suspensiones de los vehículos de los usuarios, e incluso de la integridad fisica de estos sobre todo de los sufridos motoristas.
Otra cosa es que con lo que cae, ahora haya presupuestos que soporten la adecuación de esos obstaculos de la via, pero........


russafa...con todos mis respetos y sin querer ofender.......ese articulado se refiere a las obras públicas de interés general, como carreteras, puertos, aeropuertos, túneles, etc, etc, que pueden afectar a más de una Comunidad Autónoma...................la construcción de badenes en travesías, se lleva a cabo, de manera particular, por cada Ayuntamiento, en zonas de sus competencias y son obras de índole urbano.....................aunque existe una normativa general en torno a lo que deben de ser sus medidas y situación, pero no nos vale la Legislación que has comentado...........


...si me equivoco, que seguro puede pasar, no me importaría rectificar, pero ........
 
...creo que la construcción de badenes de todas las carreteras en general y actualmente tambien las construidas por los Ayuntamientos en sus travesías y calles, deben de cumplir y adaptar sus construcciones a lo estipulado en la última publicación del año 2008......referida a la ORDEN FOM/3053/2008, de 23 de septiembre y sus correspondientes Anexos........


http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/29/pdfs/A42795-42801.pdf
 
Es correcto...¡¡¡¡

TODAS las vias, sin distinción de la Titularidad, deben cumplir los parametros de construcción.

Entrando en otro tema y con referencia al hilo, el administrado no tiene que denunciar con la Orden de Fomento "en la mano"; el administrado, podrá denunciar, aportando las pruebas que considere oportunas (fotografias con referencia metrica en este caso) ante la administración (no tiene que ser en el propio Ayuntamiento, la denuncia podrá recogerse en Comisarias, Cuarteles, Juzgados, etc.) y el fiscal, aplicará el articulado que considere necesario. Es la Fiscalia la encargada de la "vigilancia" en el téma de los "badenes".

sl2
 
Es correcto...¡¡¡¡

TODAS las vias, sin distinción de la Titularidad, deben cumplir los parametros de construcción.

Entrando en otro tema y con referencia al hilo, el administrado no tiene que denunciar con la Orden de Fomento "en la mano"; el administrado, podrá denunciar, aportando las pruebas que considere oportunas (fotografias con referencia metrica en este caso) ante la administración (no tiene que ser en el propio Ayuntamiento, la denuncia podrá recogerse en Comisarias, Cuarteles, Juzgados, etc.) y el fiscal, aplicará el articulado que considere necesario. Es la Fiscalia la encargada de la "vigilancia" en el téma de los "badenes".

sl2

Cuando denuncié unas señales confusas y mal puestas, acudí a una estación de la guardia civil y me lo tramitaron como denuncia.

A los pocos días me llamó el oficial que me atendió para decirme que el trámite había sido admitido en una administración y que harían algo.
Tengo que decir que entregué fotos, croquis y todo tipo de datos sobre el reglamento, catálogo etc..., (Todo ésto no me lo pidieron, pero ayuda).

A las dos semanass, se corrigió el entuerto.

Un saludo.

P.D.
Me alegro de leerte de nuevo, apreciado forero Novosevi.
 
Última edición:
TODOS podemos "denunciar" o poner de manifiesto los errores, falta de señalización, mal estado, etc. de las vias. Los Agentes encargados de la vigilancia del tráfico tienen la "obligación" de hacerlo (y no siempre se hace, lamentablemente).

Como ha dicho "Pelin", mientras mas datos aportemos, mas facilitamos la labor de la administración y mas rápido se ejecutara su comprobación y solucíon al problema que hemos denunciado.

Considero que igual de peligroso son los "badenes ilegales" como la pintura horizontal con la que señalizan el "obstáculo". La pintura en general con la que se señalizan las vias en España, considero que no es la mas adecuada cuando existen condiciones meteorologicas adversas a la conducción. A mi, se me ha ido la moto "levemente" en algún paso de peatones, cuando aparece de repente un peatón para cruzar (que ocurre...¡¡) y tocas el freno rapido sin ajustar bien la presión sobre el.

Esos "badenes ilegales" a menudo está todo él pintado con bandas rojas y blancas, sin que nos dejen un hueco de calzada "gris" para pasar por ella.

Pies bien. Mi amigo Pelín denuncio una "anomalia" en la carretera, la denunció y solucionaron la vicisitud. Yo he denunciado (haciendolo como dice Pelín, aportando datos con fotografias, datos de fricción, solicitando ficha técnica de la pintura aplicada sobre la via, etc), y aún sigue el "badén ilegal", pintado todo el, no ajustandose a normas, etc; desde hace 1 año de mi denuncia.

Cosas para no entender....¡¡¡¡

P.D. Pelín cuando lo que se va ha decir, ya lo ha dicho otro, ¿para que decirlo?. Yo leo tus aportaciones a diario, y me enriquezco con ellas.

sl2
 
russafa...con todos mis respetos y sin querer ofender.......ese articulado se refiere a las obras públicas de interés general, como carreteras, puertos, aeropuertos, túneles, etc, etc, que pueden afectar a más de una Comunidad Autónoma...................la construcción de badenes en travesías, se lleva a cabo, de manera particular, por cada Ayuntamiento, en zonas de sus competencias y son obras de índole urbano.....................aunque existe una normativa general en torno a lo que deben de ser sus medidas y situación, pero no nos vale la Legislación que has comentado...........




...si me equivoco, que seguro puede pasar, no me importaría rectificar, pero ........

Eraser, creo que no me he expresado bien o no me has entendido, el articulado es de la norma ORDEN FOM/3053/2008 ( que en tu siguiente mensaje insertas un enlace y que creo que es de la que estabamos posteando) y mas concretamente de la disposiion final primera y posteriormente tambien he puesto una referencia a la constitución, que es la que hace la citada disposición, a modo de "situación"
Yo igualmente entiendo que las especificaciones técnicas de la citada norma son de aplicación, en caso contrario para mi tienen la consideración de obstáculos en la vía.
 
Hola, tienes toda la razón, en la A-472, al paso por Villarrasa (Huelva). hay dos del mismo aglomerado que la carretera, creo que los hizo la Diputación Provincial, con sus consecutivos baches encima en todo el morro, son grandisimos y peligrosos, ami entender son dos obstaculos en la via, al ser carretera, habia tres el otro lo hicieron en la misma puerta del cuartel de la G.Civil, pero ese lo quitaron el porque no lo se, me gustaria que se tomaran medidas al efecto, saludos.-
 
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