El_Uve dijo:
[quote author=eloyRT link=1256108344/0#6 date=1256134810]Lo que obvia [highlight]el particular, es que también responde de la garantía,[/highlight] lo que pasa es que ese tema solamente lo conocemos unos pocos.
Por mi parte, que la venda el concesionario y responda por ella.
Tengo muy claro que es una empresa y nadie monta empresa sin el objetivo de obtener beneficios.
Me llama la atención cuando me hacen una consulta y después de responder, paso la minuta, y se le queda al cliente cara de poker y dice que "no sabía que tenía que pagar". "A ver, entonces, si le parece, le arranco una muela y así usted no se queja de que le cobre".
Más curioso es que alguien se avergüence de cobrar por su trabajo o por el beneficio de su comercio.
Como decía FORGES, país...
mmmm....corrígeme si me equivoco pero...el particular no responde unica y exclusivamente por vicios ocultos que se demuestre que ya se conocían en el momento anterior a la venta?[/quote]
Si que existirá esa garantía si así se estipula en el contrato de compraventa, y ya empiezan a circular contratos que incluyen la cláusula de garantía, INCLUSO HAY ENTIDADES ASEGURADORAS QUE LAS HACEN CUBREN.
Además, la clausula de exclusión de responsabilidad se considera a veces nula, sobre todo cuando la avería es gorda (respecto a los vicios ocultos). Para mayor protección del comprador está la acción del artículo 1101 del Código civil (acción de "aliud por alio", con plazo de prescripción DE 15 AÑOS. Esta es para las averías gordas cuyo origen sea anterior a la venta, algo así como rodar 2.000 km en la moto y que rompa motor-)
Respecto a los vicios ocultos es eso, ocultos, (6 meses para interponer la acción) no tiene además que conocerlos el vendedor (si no, no serían ocultos, serían ocultados, y el vendedor además respondería por los daños y perjuicios causados al comprador. Tampoco aquí se consideraría válidad la cláusula de exoneración de la garantía, simplemente se consideraría inadmisible).
Por supuesto, esencial, un buen abogado y una buena pericial que no deje lugar a dudas que el origen de la avería es ANTERIOR A LA VENTA.
Solamente te librarías de responder en caso de que el comprador fuera perito que por razón de profesión u oficio debiese conocer los vicios.
En fin, que la venda el concesionario.