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Ok, eso si vas a recoger lo que has comprado. Pero si vas a ver si lo vas a comprar?
De eso no estoy seguro, porque tampoco puedes ir a un centro comercial de otro municipio a ver por ejemplo una TV que quieres comprar si no comprasOk, eso si vas a recoger lo que has comprado. Pero si vas a ver si lo vas a comprar?
Te falta algún supuesto... Se puede salir por ejemplo...por Estudios.Cierre perimetral es cierre perimetral. Solamente se puede salir para ir al trabajo, médico o cuidado de mayores.
Lo demás son excusas que nos ponemos para saltarnos las normas. No hay más.
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Y por qué nuevo si y usado no? no esta nada claro el tema la verdad. La compra de un vehículo también puede considerarse una actividad comercial ( uno puede comprar una moto para luego revender y ganar dinero, por ejemplo). Repito, no esta nada claro y podria dar argumentos en ambos sentidos.Mi criterio es que si compras un vehículo nuevo y tienes que ir al concesionario a por él, sí puedes.
Pero solo es mi opinión.
Respeto al que tenga opinión contraria a la mía, pero no la comparto.
Cordiales saludos.
Mi madre está vendiendo su casa y llega gente de otros municipios con justificante para visitar la casa (verla). No he preguntado cómo lo hacen o dónde lo piden, pero vienen con autorización puesto que aquí hay confinamiento municipal.Ok, eso si vas a recoger lo que has comprado. Pero si vas a ver si lo vas a comprar?
Una cosa es que no haya controles permanentes y otra cosa distinta es que se pueda circular libremente.Mi madre está vendiendo su casa y llega gente de otros municipios con justificante para visitar la casa (verla). No he preguntado cómo lo hacen o dónde lo piden, pero vienen con autorización puesto que aquí hay confinamiento municipal.
También te digo que según dónde o cuándo, no te paran. Yo trabajo en otro municipio y nuncahe visto controles igual que la semana pasada tuve que ir de urgencia a la protectora de animales a 20km de casa y tampoco encontré ningún control.
Con todos mis respetos... una afirmación demasiado tajante: el "no se puede".Ya lo consulté con la GC y no se puede.
Si se compra algo hay que contratar una empresa de transportes que lleve la moto de un sitio a otro.
Esto es un tema que depende de cada comunidad autónoma, cada una implanta las medidas que considera oportunas. No hay dos CCAA que tengan las mismas restricciones. Puede ser entonces que lo que no está permitido en una lo esté en otra. Lo que sí puedo confirmar es que en Galicia NO se puede salir para comprar un vehículo. Sólo se puede salir de la zona perimetrada, que en nuestro caso es por ayuntamientos, para los casos expuestos en la normativa (salud, trabajo, estudios,...). En ningún caso está contemplado en esos supuestos la compra de un vehículo. Y como en todo habrá excepciones. Supongo que un transportista que necesita ir a recoger un vehículo para desarrollar su actividad profesional no tendrá problema. Pero comprar una moto no creo que sea comparable, y por supuesto no es una "actividad esencial".
Otra cosa es que menganito o zutanito lo hayan hecho, que seguro que hay ejemplos para todo. A mí en una semana me pararon 3 veces, siempre por trabajo, y luego en dos meses no me pararon más. Y hay gente a la que no pararon nunca. Pero que no haya medios para controlar las restricciones no implica que nos las podamos saltar. Seamos un poco responsables y hagamos sólo lo imprescindible, que ya vemos cómo está el patio.
Esto es un tema que depende de cada comunidad autónoma, cada una implanta las medidas que considera oportunas. No hay dos CCAA que tengan las mismas restricciones. Puede ser entonces que lo que no está permitido en una lo esté en otra. Lo que sí puedo confirmar es que en Galicia NO se puede salir para comprar un vehículo. Sólo se puede salir de la zona perimetrada, que en nuestro caso es por ayuntamientos, para los casos expuestos en la normativa (salud, trabajo, estudios,...). En ningún caso está contemplado en esos supuestos la compra de un vehículo. Y como en todo habrá excepciones. Supongo que un transportista que necesita ir a recoger un vehículo para desarrollar su actividad profesional no tendrá problema. Pero comprar una moto no creo que sea comparable, y por supuesto no es una "actividad esencial".
Otra cosa es que menganito o zutanito lo hayan hecho, que seguro que hay ejemplos para todo. A mí en una semana me pararon 3 veces, siempre por trabajo, y luego en dos meses no me pararon más. Y hay gente a la que no pararon nunca. Pero que no haya medios para controlar las restricciones no implica que nos las podamos saltar. Seamos un poco responsables y hagamos sólo lo imprescindible, que ya vemos cómo está el patio.
Hola.Si claro que si. Y para atender a la justicia y muchas más actividades esenciales.
Pero comprar un coche o una moto, no es una actividad considerada esencial.
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Es lo que yo dije, pero al final cada cual busca su justificacion.Soy Policía Nacional, un compañero tiene apalabrada una GS de segunda mano en un pueblo de Cataluña y no puede ir a por ella. Actividades esenciales, no hay más. No entiendo la manía de hacernos trampas al solitario. Vss.
Con la autoridad que me da saber leer y comprender lo que leo, por ejemplo en el DOG (para los que no sois gallegos aclaro que es el equivalente autonómico del BOE). Si me dices que en algún sitio está contemplado como excepción el hecho de comprar una motocicleta me retractaré con mucho gusto, porque al fin de al cabo aquí estamos para aprender. Pero en este caso te vuelvo a asegurar (tajantemente si lo prefieres) que no dice nada de eso. Estos son los supuestos que están permitidos:Ya estamos con las afirmaciones rotundas.. en fin.
Dicho sea con todos mis respetos, de qué tipo de Autoridad suprema estás investido, si se puede saber, para afirmar tajantemente: "puedo confirmar que...".
Con la autoridad que me da saber leer y comprender lo que leo, por ejemplo en el DOG (para los que no sois gallegos aclaro que es el equivalente autonómico del BOE). Si me dices que en algún sitio está contemplado como excepción el hecho de comprar una motocicleta me retractaré con mucho gusto, porque al fin de al cabo aquí estamos para aprender. Pero en este caso te vuelvo a asegurar (tajantemente si lo prefieres) que no dice nada de eso. Estos son los supuestos que están permitidos:
"la asistencia a centros, servicios o establecimientos sanitarios; para el cumplimiento de obligaciones profesionales, empresariales, institucionales, sindicales o legales, y para la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas escuelas de educación infantil. También se pueden vulnerar para el retorno a la residencia habitual o familiar, para la asistencia y cuidado de personas mayores, menores dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables, y para acudir a entidades financieras y de seguros o estaciones de servicio en territorios limítrofes". También se incluyen como justificadas "las actuaciones requeridas o urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales; renovación de permisos y documentación oficial, así como otros trámites inaplazables; realización de pruebas o exámenes oficiales inaplazables o por causa de fuerza mayor o actividad análoga debidamente justificada." Y por último ayer incluyeron "el cuidado de huertas o animales y la asistencia a academias o clases de refuerzo, entre otras acciones de formación".
Está claro que la compra de una motocicleta no está contemplada entre las actividades que permiten saltarse el confinamiento perimetral. Ahora, si queremos interpretar que comprar una moto se puede considerar "causa de fuerza mayor o actividad análoga" pues vale. Para mí no tiene ningún sentido, pero así nos va.
Quiero insistir que el texto que he puesto antes es sólo válido para Galicia, desconozco lo que está permitido en otras comunidades, aunque intuyo que no variará mucho. Y siento el tocho, pero está claro que a veces hay que poner las cosas con todas las letras para que se entiendan, y aún así...
Un saludo
Aquí todos llevamos a un Lazarillo de Tormes dentro.
Plantearlo en vez de si se puede o no (que visto lo visto podemos inventar excusas mil y hasta convencer a la autoridad, que estará hastiada a estas alturas que la mangoneen) plantearlo como si debo o no. Plantear con la que está cayendo, si yo contagiando a alguien puedo acabar con su vida. Hoy, repito HOY, se han contagiado en España 1021 personas que moriran en los próximos días y todavía no lo saben.
Cada cual que decida lo que DEBE hacer.
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Siguen teniendo trabajo, aunque menos. Van a trabajar porque tienen que atender a sus clientes, aunque físicamente sólo a los que son del mismo ayuntamiento, provincia (o como esté definido en cada comunidad autónoma). También para dar asistencia técnica o información a cualquier persona, por teléfono, correo electrónico etc. Para atender temas de asistencia en carretera aquellos que presten ese servicio. Incluso hay talleres que ya están prestando un servicio que consiste en recoger el vehículo en casa del cliente, llevarlo a sus instalaciones para hacerle el mantenimiento o reparaciones pertinentes, y lo llevan de vuelta a casa del cliente. Cada uno se busca la vida como puede. Y por supuesto también pueden atender a los clientes, sean del municipio o no, para los que su vehículo es imprescindible para realizar alguna de las actividades que permiten saltarse el confinamiento perimetral. Evidentemente que los talleres y concesionarios tienen menos trabajo, gente en ERTE, etc. Todos los sectores en mayor o menor medida sufren las consecuencias de lo que estamos viviendo. Por eso es necesario ser responsables para acabar con esto cuanto antes.Dicho esto pregunto :
¿Las personas de los concesionarios y talleres de automóviles tienen que ir a trabajar? . Si van a trabajar es por que los clientes de dichos talleres y concesionarios podemos ir ? yo solo pregunto.
Tú me has preguntado directamente y yo te he contestado a lo que me preguntabas con respeto (creo) y con argumentos, intentando clarificar mi respuesta. No entiendo tu comentario, aunque puede ser que yo esté algo espeso. Si algo te ha parecido mal ruego me disculpes.Cordiales saludos.
No no por favor, no me has molestado, simplemente no tengo más que decir después de lo que he dicho.Tú me has preguntado directamente y yo te he contestado a lo que me preguntabas con respeto (creo) y con argumentos, intentando clarificar mi respuesta. No entiendo tu comentario, aunque puede ser que yo esté algo espeso. Si algo te ha parecido mal ruego me disculpes.
Un saludo
Lleva un papel con la cita del taller y no tendrás problema. Es una actividad laboral, y por lo tanto está permitida. Al ser una furgoneta rotulada no creo ni que te vayan a parar.Pues yo para la semana tengo cita en Santiago para revisión de la furgoneta de reparto del trabajo, y tanto donde vivo como en Santiago están cerrados perimetralmente.....
Entiendo que no me dirán nada puesto que la necesito para trabajar. Al llevar la furgoneta rotulada la verdad es que nunca nos han parado en ningún control.
Lógicamente, donde vivo no hay ningún concesionario Toyota, el mas cercano es a donde la llevo.