Cierres perimetrales y compra de vehiculos

Garvayo

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Supongo que con esto de los confinamientos, no se podra ir a otra localidad de la provincia o de otra provincia estando con los cierres perimetrales a comprar una moto o un coche?
O hará falta algún documento?
 
Contrato de compraventa, documentación del vehículo y recibo del pago.
El transporte de mercancías no está prohibido, puedes transportar el vehículo que has comprado
 
Ok, eso si vas a recoger lo que has comprado. Pero si vas a ver si lo vas a comprar?
 
Con las inmobiliarias por ejemplo si puedes ir a otra provincia a ver una casa,,,
por qué no un coche?
 
Yo creo que va a depender y mucho de quién te pare...no busques ese supuesto en ningún decreto porque no existe y será totalmente discrecional.
Pero cuantos más papeles lleves, mejor.
 
Cierre perimetral es cierre perimetral. Solamente se puede salir para ir al trabajo, médico o cuidado de mayores.
Lo demás son excusas que nos ponemos para saltarnos las normas. No hay más.


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Cierre perimetral es cierre perimetral. Solamente se puede salir para ir al trabajo, médico o cuidado de mayores.
Lo demás son excusas que nos ponemos para saltarnos las normas. No hay más.


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Te falta algún supuesto... Se puede salir por ejemplo...por Estudios.
Mis hijas lo hacen todas las semanas.
Y podría poner algún otro motivo pero no quiero aburrir...
Cordiales saludos.
 
Si claro que si. Y para atender a la justicia y muchas más actividades esenciales.
Pero comprar un coche o una moto, no es una actividad considerada esencial.


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Mi criterio es que si compras un vehículo nuevo y tienes que ir al concesionario a por él, sí puedes.
Pero solo es mi opinión.
Respeto al que tenga opinión contraria a la mía, pero no la comparto.
Cordiales saludos.
 
Mi criterio es que si compras un vehículo nuevo y tienes que ir al concesionario a por él, sí puedes.
Pero solo es mi opinión.
Respeto al que tenga opinión contraria a la mía, pero no la comparto.
Cordiales saludos.
Y por qué nuevo si y usado no? no esta nada claro el tema la verdad. La compra de un vehículo también puede considerarse una actividad comercial ( uno puede comprar una moto para luego revender y ganar dinero, por ejemplo). Repito, no esta nada claro y podria dar argumentos en ambos sentidos.

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Bueno... Simplemente puse el ejemplo de ir a un Concesionario para diferenciarlo del supuesto de compraventa entre particulares, supuesto éste que no he negado... Aunque esto último a mi juicio sería más discutible...
Cierto que la cosa no está clara, por eso tenemos opiniones diversas...
Todas respetables por supuesto...
Cordiales saludos
 
A mi me gustaria ir a ver una moto que me interesa a otra ciudad dentro de mi Comunidad, pero a parte de la restricción de movilidad, por sentido común, responsabilidad, solidaridad, etc. no lo hago. Me aguanto y me espero a tiempos mejores. El ocio puede y debe esperar. Otra cosa sería que esa moto o coche lo necesitara como único medio de transporte.
 
Supongo que estos supuestos de compraventa estarán recogidos en alguna normativa.
 
Ya lo consulté con la GC y no se puede.
Si se compra algo hay que contratar una empresa de transportes que lleve la moto de un sitio a otro.
 
Ok, eso si vas a recoger lo que has comprado. Pero si vas a ver si lo vas a comprar?
Mi madre está vendiendo su casa y llega gente de otros municipios con justificante para visitar la casa (verla). No he preguntado cómo lo hacen o dónde lo piden, pero vienen con autorización puesto que aquí hay confinamiento municipal.

También te digo que según dónde o cuándo, no te paran. Yo trabajo en otro municipio y nuncahe visto controles igual que la semana pasada tuve que ir de urgencia a la protectora de animales a 20km de casa y tampoco encontré ningún control.
 
Mi madre está vendiendo su casa y llega gente de otros municipios con justificante para visitar la casa (verla). No he preguntado cómo lo hacen o dónde lo piden, pero vienen con autorización puesto que aquí hay confinamiento municipal.

También te digo que según dónde o cuándo, no te paran. Yo trabajo en otro municipio y nuncahe visto controles igual que la semana pasada tuve que ir de urgencia a la protectora de animales a 20km de casa y tampoco encontré ningún control.
Una cosa es que no haya controles permanentes y otra cosa distinta es que se pueda circular libremente.
Este caso concreto ( como tantos otros) de ir a comprar una moto no está reflejado en ninguna normativa.
Pienso que lo más lógico y responsable es esperar o contratar el servicio
 
Ya lo consulté con la GC y no se puede.
Si se compra algo hay que contratar una empresa de transportes que lleve la moto de un sitio a otro.
Con todos mis respetos... una afirmación demasiado tajante: el "no se puede".
Si preguntas a la GC unos te dirán que sí y otros que no, de hecho a mi ya me ha pasado pues, tengo contacto con ellos casi a diario por motivos que no vienen al caso, y suelo hablar con ellos de estas cosas... y ellos mismos reconocen que no lo tienen claro, al menos en mi "area de influencia" o de trabajo.
La Norma no es clara y ellos mismos, como me ha dicho textualmente alguno, "nosotros no somos jueces", si la gente lo justifica adecuadamente y con documentos, no solemos poner problema, aunque te puedes encontrar de todo (insisto, dicho por ellos mismos, y repito, en las zonas de mi Comunidad Autónoma por las que me suelo mover).
Y como siempre, respetando las opiniones que no coincidan con la mía; mejor dar opiniones y decir "yo creo" "yo opino"... que decir tajantemente "se puede" o "no se puede"....Las afirmaciones tajantes no suelen convencerme, aquí Magistrados del Tribunal Supremo, hay pocos creo.

La Normativa es imposible que refleje todos los supuestos.

Una vez más, es simplemente mi opinión...
Cordiales saludos
 
Como decís todo depende de el Gc o policía que te toque. Yo en mi trabajo envío "salvoconductos" a la gente para que acuda a firmar a la notaría aunque vengan de otros municipios y no suele haber problema y eso que también podrían firmar en las localidades de su domicilio. A mí desde marzo nunca, por confinados que estuviéramos, me han parado para ver de donde o a donde voy, pero cualquier día puede pasar.
Lo normal es que teniendo un justificante de cita no te digan nada, pero....
 
Pone "otros supuestos análogos".
No hay que pasarse de rosca, justificación por escrito como dice pacoGS y educación al exponerlo al agente si te paran. Hay personas que cuando les paran se meten ellos mismos en el problema por ser bruscos, maleducados o quejarse del gobierno o cosas que no vienen al cuento. Yo me dirijo a ellos utilizando el Ud, escuchando lo que me dicen sin interrumpir, aportando los documentos y nunca he tenido ningún problema.
Y si toca el "garbanzo negro", que hay en todas las profesiones, se recurre y se GANA
Lo que no se puede es discutir o desobedecer porque entonces te multan con la Ley Mordaza, que no la han derogado, y la razón que puedes tener la pierdes.
No creo que una compraventa de un bien, con contrato, impuestos y registro NO sea un motivo suficiente para cruzar la provincia. Hay que acabar con el virus, no con la economía del país.
Salu2
 
Esto es un tema que depende de cada comunidad autónoma, cada una implanta las medidas que considera oportunas. No hay dos CCAA que tengan las mismas restricciones. Puede ser entonces que lo que no está permitido en una lo esté en otra. Lo que sí puedo confirmar es que en Galicia NO se puede salir para comprar un vehículo. Sólo se puede salir de la zona perimetrada, que en nuestro caso es por ayuntamientos, para los casos expuestos en la normativa (salud, trabajo, estudios,...). En ningún caso está contemplado en esos supuestos la compra de un vehículo. Y como en todo habrá excepciones. Supongo que un transportista que necesita ir a recoger un vehículo para desarrollar su actividad profesional no tendrá problema. Pero comprar una moto no creo que sea comparable, y por supuesto no es una "actividad esencial".

Otra cosa es que menganito o zutanito lo hayan hecho, que seguro que hay ejemplos para todo. A mí en una semana me pararon 3 veces, siempre por trabajo, y luego en dos meses no me pararon más. Y hay gente a la que no pararon nunca. Pero que no haya medios para controlar las restricciones no implica que nos las podamos saltar. Seamos un poco responsables y hagamos sólo lo imprescindible, que ya vemos cómo está el patio.
 
Como decís, no está claro el tema, depende con quién des, te dirá una cosa u otra, yo tengo justificante impreso con firma digital, por motivos laborales, en la zona/pueblo donde vivo, me han parado, y el GC se quejó de que no le era válido, no me puso impedimentos en seguir ni me multó, pero me dijo que algún compañero me podían multar si me volvían a parar, que tenía que ser con sello y firma de puño y letra, pues eso, todo depende, pero con educación y respeto no fue a mas y seguí mi camino.

Otros sin embargo, me han parado, me he echado al mano a la chaqueta y no lo he tenido que sacar y he seguido, otros directamente me ven ir solo en moto, y no me paran.

Los controles, es cierto que en general hay muchisimos menos, pero es una lotería, y el respeto y sentido común de cada uno debería imperar.
 
Esto es un tema que depende de cada comunidad autónoma, cada una implanta las medidas que considera oportunas. No hay dos CCAA que tengan las mismas restricciones. Puede ser entonces que lo que no está permitido en una lo esté en otra. Lo que sí puedo confirmar es que en Galicia NO se puede salir para comprar un vehículo. Sólo se puede salir de la zona perimetrada, que en nuestro caso es por ayuntamientos, para los casos expuestos en la normativa (salud, trabajo, estudios,...). En ningún caso está contemplado en esos supuestos la compra de un vehículo. Y como en todo habrá excepciones. Supongo que un transportista que necesita ir a recoger un vehículo para desarrollar su actividad profesional no tendrá problema. Pero comprar una moto no creo que sea comparable, y por supuesto no es una "actividad esencial".

Otra cosa es que menganito o zutanito lo hayan hecho, que seguro que hay ejemplos para todo. A mí en una semana me pararon 3 veces, siempre por trabajo, y luego en dos meses no me pararon más. Y hay gente a la que no pararon nunca. Pero que no haya medios para controlar las restricciones no implica que nos las podamos saltar. Seamos un poco responsables y hagamos sólo lo imprescindible, que ya vemos cómo está el patio.

Para ir a comprar un coche nuevo creo que sí, o al taller, previo justificante emitido por el conce. Pero no lo sé seguro.

Pero bueno sabemos que hay mucha picaresca con esto de los justificantes. ... y gente que pasa de todo y esto no va con ellos, y luego así nos va y pagamos justos por pecadores. Aquí llevamos casi 3 meses de cierre perimetral en un ayuntamiento pequeño y esto sigue igual que el primer dia. Las irresponsabilidades de unos pocos están jodiendo a todos, economía local incluida.
 
Esto es un tema que depende de cada comunidad autónoma, cada una implanta las medidas que considera oportunas. No hay dos CCAA que tengan las mismas restricciones. Puede ser entonces que lo que no está permitido en una lo esté en otra. Lo que sí puedo confirmar es que en Galicia NO se puede salir para comprar un vehículo. Sólo se puede salir de la zona perimetrada, que en nuestro caso es por ayuntamientos, para los casos expuestos en la normativa (salud, trabajo, estudios,...). En ningún caso está contemplado en esos supuestos la compra de un vehículo. Y como en todo habrá excepciones. Supongo que un transportista que necesita ir a recoger un vehículo para desarrollar su actividad profesional no tendrá problema. Pero comprar una moto no creo que sea comparable, y por supuesto no es una "actividad esencial".

Otra cosa es que menganito o zutanito lo hayan hecho, que seguro que hay ejemplos para todo. A mí en una semana me pararon 3 veces, siempre por trabajo, y luego en dos meses no me pararon más. Y hay gente a la que no pararon nunca. Pero que no haya medios para controlar las restricciones no implica que nos las podamos saltar. Seamos un poco responsables y hagamos sólo lo imprescindible, que ya vemos cómo está el patio.

Ya estamos con las afirmaciones rotundas.. en fin.
Dicho sea con todos mis respetos, de qué tipo de Autoridad suprema estás investido, si se puede saber, para afirmar tajantemente: "puedo confirmar que...".

Coincido contigo en que debemos tomar esto muy en serio y que debe primar la prudencia, pero si me lo permites, la misma prudencia debe primar a la hora de hacer afirmaciones categóricas que van más allá de la Autoridad que uno tiene.

Y visto lo visto, dejo el tema...
Cordiales saludos.
 
Última edición:
Soy Policía Nacional, un compañero tiene apalabrada una GS de segunda mano en un pueblo de Cataluña y no puede ir a por ella. Actividades esenciales, no hay más. No entiendo la manía de hacernos trampas al solitario. Vss.
 
Si claro que si. Y para atender a la justicia y muchas más actividades esenciales.
Pero comprar un coche o una moto, no es una actividad considerada esencial.


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Hola.
Sí que lo es.
Si se dice que se necesita para trabajar, es bien de primera necesidad.
Consultado con un abogado.
Eso sí, justificante de la cita con el vendedor, que no falte.
Saludos.
 
Soy Policía Nacional, un compañero tiene apalabrada una GS de segunda mano en un pueblo de Cataluña y no puede ir a por ella. Actividades esenciales, no hay más. No entiendo la manía de hacernos trampas al solitario. Vss.
Es lo que yo dije, pero al final cada cual busca su justificacion.
Ademas la mayoria de las comunidades tienen cierre perimetral y solo se puede salir por unos cuantos puntos dentro de los que la compra de segunda mano no se incluye.
 
Ya estamos con las afirmaciones rotundas.. en fin.
Dicho sea con todos mis respetos, de qué tipo de Autoridad suprema estás investido, si se puede saber, para afirmar tajantemente: "puedo confirmar que...".
Con la autoridad que me da saber leer y comprender lo que leo, por ejemplo en el DOG (para los que no sois gallegos aclaro que es el equivalente autonómico del BOE). Si me dices que en algún sitio está contemplado como excepción el hecho de comprar una motocicleta me retractaré con mucho gusto, porque al fin de al cabo aquí estamos para aprender. Pero en este caso te vuelvo a asegurar (tajantemente si lo prefieres) que no dice nada de eso. Estos son los supuestos que están permitidos:

"la asistencia a centros, servicios o establecimientos sanitarios; para el cumplimiento de obligaciones profesionales, empresariales, institucionales, sindicales o legales, y para la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas escuelas de educación infantil. También se pueden vulnerar para el retorno a la residencia habitual o familiar, para la asistencia y cuidado de personas mayores, menores dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables, y para acudir a entidades financieras y de seguros o estaciones de servicio en territorios limítrofes". También se incluyen como justificadas "las actuaciones requeridas o urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales; renovación de permisos y documentación oficial, así como otros trámites inaplazables; realización de pruebas o exámenes oficiales inaplazables o por causa de fuerza mayor o actividad análoga debidamente justificada." Y por último ayer incluyeron "el cuidado de huertas o animales y la asistencia a academias o clases de refuerzo, entre otras acciones de formación".

Está claro que la compra de una motocicleta no está contemplada entre las actividades que permiten saltarse el confinamiento perimetral. Ahora, si queremos interpretar que comprar una moto se puede considerar "causa de fuerza mayor o actividad análoga" pues vale. Para mí no tiene ningún sentido, pero así nos va.

Quiero insistir que el texto que he puesto antes es sólo válido para Galicia, desconozco lo que está permitido en otras comunidades, aunque intuyo que no variará mucho. Y siento el tocho, pero está claro que a veces hay que poner las cosas con todas las letras para que se entiendan, y aún así...

Un saludo
 
Aquí todos llevamos a un Lazarillo de Tormes dentro.
Plantearlo en vez de si se puede o no (que visto lo visto podemos inventar excusas mil y hasta convencer a la autoridad, que estará hastiada a estas alturas que la mangoneen) plantearlo como si debo o no. Plantear con la que está cayendo, si yo contagiando a alguien puedo acabar con su vida. Hoy, repito HOY, se han contagiado en España 1021 personas que moriran en los próximos días y todavía no lo saben.
Cada cual que decida lo que DEBE hacer.

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Última edición:
Con la autoridad que me da saber leer y comprender lo que leo, por ejemplo en el DOG (para los que no sois gallegos aclaro que es el equivalente autonómico del BOE). Si me dices que en algún sitio está contemplado como excepción el hecho de comprar una motocicleta me retractaré con mucho gusto, porque al fin de al cabo aquí estamos para aprender. Pero en este caso te vuelvo a asegurar (tajantemente si lo prefieres) que no dice nada de eso. Estos son los supuestos que están permitidos:

"la asistencia a centros, servicios o establecimientos sanitarios; para el cumplimiento de obligaciones profesionales, empresariales, institucionales, sindicales o legales, y para la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas escuelas de educación infantil. También se pueden vulnerar para el retorno a la residencia habitual o familiar, para la asistencia y cuidado de personas mayores, menores dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables, y para acudir a entidades financieras y de seguros o estaciones de servicio en territorios limítrofes". También se incluyen como justificadas "las actuaciones requeridas o urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales; renovación de permisos y documentación oficial, así como otros trámites inaplazables; realización de pruebas o exámenes oficiales inaplazables o por causa de fuerza mayor o actividad análoga debidamente justificada." Y por último ayer incluyeron "el cuidado de huertas o animales y la asistencia a academias o clases de refuerzo, entre otras acciones de formación".

Está claro que la compra de una motocicleta no está contemplada entre las actividades que permiten saltarse el confinamiento perimetral. Ahora, si queremos interpretar que comprar una moto se puede considerar "causa de fuerza mayor o actividad análoga" pues vale. Para mí no tiene ningún sentido, pero así nos va.

Quiero insistir que el texto que he puesto antes es sólo válido para Galicia, desconozco lo que está permitido en otras comunidades, aunque intuyo que no variará mucho. Y siento el tocho, pero está claro que a veces hay que poner las cosas con todas las letras para que se entiendan, y aún así...

Un saludo

Cordiales saludos.
 
Aquí todos llevamos a un Lazarillo de Tormes dentro.
Plantearlo en vez de si se puede o no (que visto lo visto podemos inventar excusas mil y hasta convencer a la autoridad, que estará hastiada a estas alturas que la mangoneen) plantearlo como si debo o no. Plantear con la que está cayendo, si yo contagiando a alguien puedo acabar con su vida. Hoy, repito HOY, se han contagiado en España 1021 personas que moriran en los próximos días y todavía no lo saben.
Cada cual que decida lo que DEBE hacer.

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Yo te he entendido y creo que lo que quieres decir es que del total de los contagiados, 1021 personas moriran.

Para aclarar , no todos los contagiados mueren, la tasa de mortalidad media desde el principio de la pandemia es aprox es del 3 % . ( sobre la cifra de 2,4 Millones de contagiados en España en 2020 existe un exceso de mortalidad en 2020 de 70.000 personas). Aunque esta tasa a dia de hoy , dia a dia , ha bajado del 3 % al 1 %.

En 19 y 20 de enero : Los contagiados por día han sido el 19 de enero 37.000 y del 20 de enero han sido 43.000 , los muertos de media diaria a la fecha estan siendo de 400 personas por día ( enorme) , la tasa de mortalidad estos dias esta siendo aprox del 1 % que es una pasada habiendo pasado un año de los primeros casos en España y continuamos sin aprender.

Yo compre una moto el 10 de marzo de 2020 y el 14 de Marzo cerraron carreteras, gracias al vendedor retrasamos ver la moto y la operación hasta Julio 2020 que nos dejaron viajar y no paso nada, solo que nos comimos todas las uñas varias veces. (Gracias Ivan).

Dicho esto pregunto :
¿Las personas de los concesionarios y talleres de automóviles tienen que ir a trabajar? . Si van a trabajar es por que los clientes de dichos talleres y concesionarios podemos ir ? yo solo pregunto.
 
Buenos días, en todas las comunidades autónomas existe un tlf de información sobre éstas cuestiones donde seguro que os informarán.
En Castilla y León, según ese teléfono se puede salir a por un vehículo si es el único del que dispones porque se puede entender que es necesario para desplazarse. Dicho de otra forma, si dispones de un coche difícilmente podría considerarse necesaria la moto.
Repito, info de Castilla y León.

Un saludo
 
Dicho esto pregunto :
¿Las personas de los concesionarios y talleres de automóviles tienen que ir a trabajar? . Si van a trabajar es por que los clientes de dichos talleres y concesionarios podemos ir ? yo solo pregunto.
Siguen teniendo trabajo, aunque menos. Van a trabajar porque tienen que atender a sus clientes, aunque físicamente sólo a los que son del mismo ayuntamiento, provincia (o como esté definido en cada comunidad autónoma). También para dar asistencia técnica o información a cualquier persona, por teléfono, correo electrónico etc. Para atender temas de asistencia en carretera aquellos que presten ese servicio. Incluso hay talleres que ya están prestando un servicio que consiste en recoger el vehículo en casa del cliente, llevarlo a sus instalaciones para hacerle el mantenimiento o reparaciones pertinentes, y lo llevan de vuelta a casa del cliente. Cada uno se busca la vida como puede. Y por supuesto también pueden atender a los clientes, sean del municipio o no, para los que su vehículo es imprescindible para realizar alguna de las actividades que permiten saltarse el confinamiento perimetral. Evidentemente que los talleres y concesionarios tienen menos trabajo, gente en ERTE, etc. Todos los sectores en mayor o menor medida sufren las consecuencias de lo que estamos viviendo. Por eso es necesario ser responsables para acabar con esto cuanto antes.

Un saludo
 
Cordiales saludos.
Tú me has preguntado directamente y yo te he contestado a lo que me preguntabas con respeto (creo) y con argumentos, intentando clarificar mi respuesta. No entiendo tu comentario, aunque puede ser que yo esté algo espeso. Si algo te ha parecido mal ruego me disculpes.

Un saludo
 
Tú me has preguntado directamente y yo te he contestado a lo que me preguntabas con respeto (creo) y con argumentos, intentando clarificar mi respuesta. No entiendo tu comentario, aunque puede ser que yo esté algo espeso. Si algo te ha parecido mal ruego me disculpes.

Un saludo
No no por favor, no me has molestado, simplemente no tengo más que decir después de lo que he dicho.

Cordiales saludos.
 
No te la compres. Te lo dice uno con una nueva en el garaje muerta de risa.

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Hola
El Lunes 18 fui a recoger una Rt que había comprado la semana anterior, el vendedor nos hizo un certificado a mi y a mi mujer que iba a traer el coche, a la vuelta me pararon en un control en Yuncos y no me multaron de milagro. Me dijeron que no se podía hacer y estuvieron unos minutos pensandoselo.
Cuidado, que lo mismo no tenéis tanta suerte, depende como siempre del criterio de los agentes. Les dije que me hacía falta para ir a trabajar, cosa que es cierta y no estaban muy convencidos, me faltó muy poco, y hubieran sido dos multas, una para mi y otra para mi mujer que iba detrás con el coche.
Un saludo
 
Pues yo para la semana tengo cita en Santiago para revisión de la furgoneta de reparto del trabajo, y tanto donde vivo como en Santiago están cerrados perimetralmente.....
Entiendo que no me dirán nada puesto que la necesito para trabajar. Al llevar la furgoneta rotulada la verdad es que nunca nos han parado en ningún control.
Lógicamente, donde vivo no hay ningún concesionario Toyota, el mas cercano es a donde la llevo.
 
Pues yo para la semana tengo cita en Santiago para revisión de la furgoneta de reparto del trabajo, y tanto donde vivo como en Santiago están cerrados perimetralmente.....
Entiendo que no me dirán nada puesto que la necesito para trabajar. Al llevar la furgoneta rotulada la verdad es que nunca nos han parado en ningún control.
Lógicamente, donde vivo no hay ningún concesionario Toyota, el mas cercano es a donde la llevo.
Lleva un papel con la cita del taller y no tendrás problema. Es una actividad laboral, y por lo tanto está permitida. Al ser una furgoneta rotulada no creo ni que te vayan a parar.
 
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