Colocación de carenado y legalización

fito80

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Buenas noches!

Estoy pensando en colocarle un carenado de rt a mi r80r. La verdad es que los precios son bastante buenos, pero como ahora se considera reforma de importancia pues no se a cuanto puede ascender la broma.

Alguien lo ha hecho y pasado por caja? o quitarlo, que al final tiene los mismos gastos...

Por que solicitar algún papel a bmw es absurdo, no?

Gracias de antemano por las respuestas!
 
Los documentos que necesitas para la ITV son :

- Proyecto técnico.
- Certificado de dirección final de obra
- Informe de conformidad
- Certificado de taller

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Tienes que homologarlo.Necesitas esos documentos.Creo que te podría salir por unos 120€ o así.
 
Emilio: ¿Qué es " INFORME DE CONFORMIDAD? ¿Eso lo emite el fabricante o puede emitirlo alguna otra entidad?
 
Pregunta:
Poner o quitar, por ejemplo,una cúpula tipo r90s en una r100, r45... etc,se considera reforma, si no se supera la altura y anchura máxima especificada en la ficha técnica del fabricante?
 
Pregunta:
Poner o quitar, por ejemplo,una cúpula tipo r90s en una r100, r45... etc,se considera reforma, si no se supera la altura y anchura máxima especificada en la ficha técnica del fabricante?
Efectivamente es una reforma de importancia,aunque no superen los límites,se colocan elementos no contemplados en la serie y que necesitan de homologación.Asimismo lo tiene que garantizar un taller autorizado,afirmando que el montaje es seguro.
 
Mi pregunta venía a cuento de esto que leí en un artículo sobre modificaciones:
"Las cúpulas cuya instalación no supere el valor máximo de la altura recogida en la homologación de tipo del vehículo o que se puedan desmontar, sin necesidad de ninguna herramienta, no se considerarán reforma",
sin enbargo decía este mismo artículo que se consideraba reforma ,modificar carrocería. Supongo que una cúpula tipo r90 s o similar se considera carrocería.
 
Tu mismo has escrito la respuesta.Herramienta..
Y la altura máxima se supera con creces con la cúpula.
 
Cuantos modelos r100 que venían sin carenado fueron modificados a rs o rt, mismo en los concesionarios hacían la modificación, y a la inversa cuantos propietarios quitaron carenados a sus motos,supongo que aplicando la ley estrictamente andan muchas motos fuera de la ley, yo mismo estoy preparando una cúpula de r100 cs para ponerle a mi r100 y desde mi desconocimiento hasta leer cierta información pensé que no tendría que hacer nada.
 
Y así era hasta hace unos años.Pero en las ITVs estan cambiando muchas cosas por normativas europeas.Ahora en muchas sacan una foto y ficha pormenorizada del modelo y lo comparan.Que en muchas no lo miran? vale,pero hasta cuando.La verdad es que hasta ahora teníamos mucha permisividad y vacíos legales respecto a las transformaciones y retoques varios en nuestros vehículos,pero seguridad aparte,han visto un filón de ingresos y como las normas europeas existen,las pueden aplicar.Eso sí,todavía muchos a su antojo.
 
Efectivamente es una reforma de importancia,aunque no superen los límites,se colocan elementos no contemplados en la serie y que necesitan de homologación.Asimismo lo tiene que garantizar un taller autorizado,afirmando que el montaje es seguro.
Y quitar el carenado (bueno la cúpula)? por que precisamente estaba pensando comprar una Yamaha viejecita para dejarla sin la cúpula y actualizarla un poco.
Pero si tengo que homologar solo por quutarle la cúpula como que paso.

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Muchos dueños de RS y RT que quitaron en su día el carenado,se pueden encontrar ahora que no pasen ITV por no haberlo inscrito en documentación.
 
Jodo cuantos años tiene esa documentación?
De cuando Franco era recluta?

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Pensaba que era más antigua, pero bueno tener dos años más que naranjito ya tiene mérito.
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Última edición:
Bueno para terminar os cuento.

He estado pidiendo presupuestos y he conseguido dos, solo orientativos, en un sitio 280 mas iva y en el otro 300, aunque en este último según los puntos que se modifique y según van aumentando los puntos sube 50 euros.

A mi me parece caro, la verdad. En fin ya veremos que hago.

saludos!!
 
Todo depende de si quieres algo o no lo quieres. El dinero invertido en estas motos es dinero que no se recupera,o sea inversión para sentirte tu mismo más a gusto con tu moto.
O como mi caso,una moto exclusiva hecha a tu gusto. Y eso se paga, en mi caso 1000€ homologar todo. Pero la tranquilidad que tienes cara a ITVs o controles de autoridades......no tiene precio.
 
Fito80,..a parte de los puntos que te mencionan con respecto a ITV..has pensado y comprobado si es viable
el carenado de la RT en una R, lo digo por manillar, intermitentes, etc, el diseño de las R con respecto a las RT, no tiene nada que ver en cuanto altura, depósito.....................?
No solo será el coste del carenado, si no acoplar la araña y demas.
Saludos
 
hace cuatro años le quite el carenado RS a mi moto y no he tenido ningun problema en pasar ITVS.
 
Ósea que si quito el cajón de los relojes y unificó con uno que tenga las mismas funciones debo homologarlo, saludos
 
Todo depende de si quieres algo o no lo quieres. El dinero invertido en estas motos es dinero que no se recupera,o sea inversión para sentirte tu mismo más a gusto con tu moto.
O como mi caso,una moto exclusiva hecha a tu gusto. Y eso se paga, en mi caso 1000€ homologar todo. Pero la tranquilidad que tienes cara a ITVs o controles de autoridades......no tiene precio.

Ya lo se bmwero, lo que pasa es que me parece un gasto un poco elevado teniendo en cuenta que pongo todo original, y eso me hace pensar que tal vez me merezca más la pena comprar una segunda moto en buen estado y dejar la mía tal cual. Date cuenta que tu primer mensaje era de 120 euros, y los prepuestos que he encontrado yo son de 300 más iva.

Ya iremos viendo. Más presupuestos si creo que voy a pedir.

Ya os contaré.
 
Fito80,..a parte de los puntos que te mencionan con respecto a ITV..has pensado y comprobado si es viable
el carenado de la RT en una R, lo digo por manillar, intermitentes, etc, el diseño de las R con respecto a las RT, no tiene nada que ver en cuanto altura, depósito.....................?
No solo será el coste del carenado, si no acoplar la araña y demas.
Saludos

Si que se puede poner. Rebuscando en las fotos de google encontre una r100r con sidecar a la que le habían colocado el carenado rt manteniendo todo de origen. Si que me pareció un poco más bajo el manillar, pero como el asiento también tiene un rebaje no se como quedará conduciendo...

Si quieres ver como queda busco las fotos, aunque eran de una calidad horrible..
 
Hola,

Hace unos años alguien del foro nos enseñó una r100r con el carenado RT. Poderse se puede poner. Tendrás que ver como van los anclajes de debajo del depósito y cómo colocar la araña.
 
Tiene que ser una gozada, con la parte ciclo de la 100r y ese carenado, hacer curvas e ir calentito. Habla con ellos a ver qué te dicen.
 
Me permito daros mi opinión sobre el tema. Aunque lo generalizaré para ampliar la situación a otras posibles afectaciones que no solo sean el carenado.

Existe una opinión muy generaliozada sobre el hecho de que al superar una inspección técnica con una o más modificaciones que no han sido detectadas por el técnico, comporta que el vehículo cumple on la reglamentación exigible en materia de seguridad de vehículos. Yo discrepo de esta opinión.

Que una ITV no detecte una modificación que está sujeta a ser regularizada mediante su correspondiente homologación o procedimiento administrativo, no significa que si tienes un percance en el que intervenga la Autoridad en materia de trafico o con el seguro, quedes exonerado de tu parte de responsabilidad.

Hay que tener especial cuidado con las modificaciones que afecten a los sistemas básicos de seguridad, como frenos, suspensiones y neumáticos, depósito de combustible, etc. Puedes encontrarte con problemas muy serios en caso de siniestro con daños personales a terceros. No pretendo meter mido a nadie pero debo decirlo.

Cada uno e smuy libre de actuar como estime conveniente. Pero yo pienso que lo más recomendable es legalizar las modificaciones. No todas ellas son consideradas como reformas. Pero conviene legalizar las que si que son consideradas como reformas. Sobre todo si afectan a la seguridad. Y el criterio está escrito. No hay que buscar la opinión de un catedrático en ingeniería mecánica o el mejor mecánico de España.

Soy consciente que la legalización supone un coste que no es despreciable, pero en nuestros trabajos todos cobramos por prestar un servicio y este servicio hay que pagarlo. Como en todo, no conviene quedarse con el primero que pasa. Es cuestión de buscar una buena relación calidad/precio.

De todos modos, la homologación de una reforma mínimas no saldrá por menos de 150,00 € + IVA. Lo normal, en función del nº y tipo de reformas a legalizar, está entorno a un coste de 350,00 €+IVA. Un sidecar se te irá a los 800,00 € + IVA y así sucesivamente. El precio e slibre, tanto para el laboratorio, como para el ingeniero y la ITV.

Considerar lo que es una reforma, que debería ser legalizada, y lo que no es una reforma, que no se ha de legalizar, daría para 20 folios. Se han hecho algunos comentarios al respecto que en mi opinión no se ajustan a la realidad reglamentaria. Por lo que con el objeto de intentar aoportar algo de luz sobre este punto me permito dar mi punto d evista sobre los mismos.

Desmontar un carenado es una reforma. Debería de ser legalizada. Además te varia la altura máxima del vehículo, que es una de las características que figuran en la tarjeta ITV.

Cambiar el velocímetro es una reforma. El cambio suele afectar al velocímetro, propiamente dicho, y a los testigos indicadores de luces e intermitentes, que es otra reforma. El velocímetro de sustitución deberá ser preciso en cuanto a su medición. Ya sea analógico o digital. En este último caso deberá acreditar que cumple con la compatibilidad electromagnética con un marcado CE. El analógico no tiene por que estar homologado, solo se ha de acreditar que su precisión en la medición cumple con la Directiva de que afecta a este componente.

Modificar los neumáticos no es una reforma si su desarrollo no varia en más de un 3% el indicado o indicados en la tarjeta ITV. Pero cuidado. La llanta original ha de ser compatible con el nuevo neumático. De otro modo se ha de homologar la llanta, aunque el neumático sea equivalente en el rango del 3%. Es decir. Aunque conserves el diámetro, si tu nuevo neumático no es compatible con la anchura de la garganta de la llanta original. Es una reforma. Ni que decir tiene que tambien lo es si varias el diámetro.

Cambio del asiento. No es una reforma. Aunque hay que tener cuidado si el asidero del acompañante forma parte del asiento.

Cambio de depósito. Es una reforma.

Cambio de pinzas de freno, bomba de freno. Es una reforma.

Cambio de disco de freno. No es reforma si se mantiene el tipo (fijo o flotante) y no se varian sus medidas de diámetro. Es una reforma si se añade otro o se elimina uno.

Modificaciones de manillar. Es reforma. Con algún matiz en cuanto a su variación dimensional. Las torretas tambien son reforma si estas varían su altura o rigidez (paso de fijas a elásticas, por ejemplo).

Modificaciones de tijas. Es reforma.

Modificaciones de guardabarros. Es reforma. Auqnue suele existir mucha tolerancia en la interpretación si s etrata de recortes.

Recortes de chasis. Es reforma y cuidado con lo que recortas. Por que hay recortes que no s epueden legalizar.

Cambio semiautomático (corte de encendido o inyección). Es reforma.

Modificaciones de la centralita. Es reforma.

Cambio de luces. Es reforma. Han de estar homologadas, pero esto es solo una condición necesaria. Falta legalizarlas.

Cambio de emplazamiento de la placa de matrícula. Es reforma. Y además suele afectar a la reforma de luz de matrícula y luces traseras, que son otras reformas.

Modificaciones de amortiguadores. Es reforma. Pero hay cierta permisibilidad si no se varia el tipo y longitud d ehorquilla y el entrecentros de los traseros.

Y así hasta el infinito y mas allá.

Conviene consultar con un experto antes de enfrascarse con las modificaciones o compar una moto modificada con reformas no legalizadas. Legalizar una reforma es caro y en mi opinión este coste debería de recortarse del precio de venta.

Nada más. Espero que este tocho os sea útil.
 
Me permito daros mi opinión sobre el tema. Aunque lo generalizaré para ampliar la situación a otras posibles afectaciones que no solo sean el carenado.

Existe una opinión muy generaliozada sobre el hecho de que al superar una inspección técnica con una o más modificaciones que no han sido detectadas por el técnico, comporta que el vehículo cumple on la reglamentación exigible en materia de seguridad de vehículos. Yo discrepo de esta opinión.

Que una ITV no detecte una modificación que está sujeta a ser regularizada mediante su correspondiente homologación o procedimiento administrativo, no significa que si tienes un percance en el que intervenga la Autoridad en materia de trafico o con el seguro, quedes exonerado de tu parte de responsabilidad.

Hay que tener especial cuidado con las modificaciones que afecten a los sistemas básicos de seguridad, como frenos, suspensiones y neumáticos, depósito de combustible, etc. Puedes encontrarte con problemas muy serios en caso de siniestro con daños personales a terceros. No pretendo meter mido a nadie pero debo decirlo.

Cada uno e smuy libre de actuar como estime conveniente. Pero yo pienso que lo más recomendable es legalizar las modificaciones. No todas ellas son consideradas como reformas. Pero conviene legalizar las que si que son consideradas como reformas. Sobre todo si afectan a la seguridad. Y el criterio está escrito. No hay que buscar la opinión de un catedrático en ingeniería mecánica o el mejor mecánico de España.

Soy consciente que la legalización supone un coste que no es despreciable, pero en nuestros trabajos todos cobramos por prestar un servicio y este servicio hay que pagarlo. Como en todo, no conviene quedarse con el primero que pasa. Es cuestión de buscar una buena relación calidad/precio.

De todos modos, la homologación de una reforma mínimas no saldrá por menos de 150,00 € + IVA. Lo normal, en función del nº y tipo de reformas a legalizar, está entorno a un coste de 350,00 €+IVA. Un sidecar se te irá a los 800,00 € + IVA y así sucesivamente. El precio e slibre, tanto para el laboratorio, como para el ingeniero y la ITV.

Considerar lo que es una reforma, que debería ser legalizada, y lo que no es una reforma, que no se ha de legalizar, daría para 20 folios. Se han hecho algunos comentarios al respecto que en mi opinión no se ajustan a la realidad reglamentaria. Por lo que con el objeto de intentar aoportar algo de luz sobre este punto me permito dar mi punto d evista sobre los mismos.

Desmontar un carenado es una reforma. Debería de ser legalizada. Además te varia la altura máxima del vehículo, que es una de las características que figuran en la tarjeta ITV.

Cambiar el velocímetro es una reforma. El cambio suele afectar al velocímetro, propiamente dicho, y a los testigos indicadores de luces e intermitentes, que es otra reforma. El velocímetro de sustitución deberá ser preciso en cuanto a su medición. Ya sea analógico o digital. En este último caso deberá acreditar que cumple con la compatibilidad electromagnética con un marcado CE. El analógico no tiene por que estar homologado, solo se ha de acreditar que su precisión en la medición cumple con la Directiva de que afecta a este componente.

Modificar los neumáticos no es una reforma si su desarrollo no varia en más de un 3% el indicado o indicados en la tarjeta ITV. Pero cuidado. La llanta original ha de ser compatible con el nuevo neumático. De otro modo se ha de homologar la llanta, aunque el neumático sea equivalente en el rango del 3%. Es decir. Aunque conserves el diámetro, si tu nuevo neumático no es compatible con la anchura de la garganta de la llanta original. Es una reforma. Ni que decir tiene que tambien lo es si varias el diámetro.

Cambio del asiento. No es una reforma. Aunque hay que tener cuidado si el asidero del acompañante forma parte del asiento.

Cambio de depósito. Es una reforma.

Cambio de pinzas de freno, bomba de freno. Es una reforma.

Cambio de disco de freno. No es reforma si se mantiene el tipo (fijo o flotante) y no se varian sus medidas de diámetro. Es una reforma si se añade otro o se elimina uno.

Modificaciones de manillar. Es reforma. Con algún matiz en cuanto a su variación dimensional. Las torretas tambien son reforma si estas varían su altura o rigidez (paso de fijas a elásticas, por ejemplo).

Modificaciones de tijas. Es reforma.

Modificaciones de guardabarros. Es reforma. Auqnue suele existir mucha tolerancia en la interpretación si s etrata de recortes.

Recortes de chasis. Es reforma y cuidado con lo que recortas. Por que hay recortes que no s epueden legalizar.

Cambio semiautomático (corte de encendido o inyección). Es reforma.

Modificaciones de la centralita. Es reforma.

Cambio de luces. Es reforma. Han de estar homologadas, pero esto es solo una condición necesaria. Falta legalizarlas.

Cambio de emplazamiento de la placa de matrícula. Es reforma. Y además suele afectar a la reforma de luz de matrícula y luces traseras, que son otras reformas.

Modificaciones de amortiguadores. Es reforma. Pero hay cierta permisibilidad si no se varia el tipo y longitud d ehorquilla y el entrecentros de los traseros.

Y así hasta el infinito y mas allá.

Conviene consultar con un experto antes de enfrascarse con las modificaciones o compar una moto modificada con reformas no legalizadas. Legalizar una reforma es caro y en mi opinión este coste debería de recortarse del precio de venta.

Nada más. Espero que este tocho os sea útil.


Perfectamente explicado y razonable, eso está claro, es solo que necesitamos un tiempo para asimilarlo, porque hasta hace poco la gente modificaba lo que le daba la gana sin ningún miramiento, y ahora estamos en el extremo opuesto. Nada nuevo por estos lares, que pasamos de 0 a 100 en fracción de segundo (ajajajajaja).
De momento me quedo como estoy r80r a secas. Son demasiadas pegas para mi y al final me sale más caro el collar que el perro.
 
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