Consulta realizada a itv sobre antinieblas bmw gs1200

Nandoxx

Curveando
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Viene de otro post mas extenso sobre la NO NECESIDAD DE LEGALIZAR LAS ANTINIEBLAS en las BMW Gs1200 y GSA1200.
http://www.bmwmotos.com/foro/modelo...ecesario-homologar-antinieblas-en-gs1200.html

Resumiendo dicho post: En la fichas Reducidas de homologación del modelo general, vienen las antinieblas como opcionales. Sin embargo, en las fichas técnicas individuales no vienen reflejadas. Las dos opiniones mayoritarias son:

- Si vienen como opcionales en la Ficha Reducida (de homologación general del modelo), no es necesario incluirla en la ficha técnica individual, al igual que el ABS, el EDS, el ESA, la Frenada combinada, etc.... que vienen como opcionales en la Ficha Reducida (General de homologación del modelo de moto) y no vienen reflejadas en la individual (Ficha Técnica del Vehículo) y que tampoco piden en la ITV.

- Aunque venga como elemento opcional en la Ficha Reducida (General de homologación del modelo), si se instala (antes o después de su matriculación) debería estar inscrito ese elemento en la Ficha Técnica (individual) del vehículo.

También, se ha dado el caso de compañeros foreros que han inscrito sus antinieblas en su ficha técnica individual acogiéndose a la Disposición Transitoria 5ª del RD 866/2010 (que permitía inscribir algunos elementos adicionales de los vehículos que antes del 14-01-2011 no estaban considerados como "reforma". Esta disposición daba un plazo de 6 meses (hasta 14-7-2011) para inscribir todos estos elementos. Pués bien, algunas ITV han seguido utilizando esta Disposición para legalizar antinieblas, barras, y un monton de cosas en todo tipo de vehículos.

Como quiera que la duda era enorme y en unas ITV inscriben las antinieblas, en otras dicen que no hace falta inscribirlas, en otras piden la legalización como cualquier reforma (certificado de taller, certificado de homologación, certificado de BMW como que son aptas para ese modelo, etc...)....

Me decidí a hacer una consulta escrita a una ITV en concreto, preguntándole:

1º.- Si es necesario o no incluir las antinieblas en la ficha técnica (Siempre hablando de GS1200 y GSA1200 modelos de aceite, 110 CV y doble árbol, que es del que se seguro que las antinieblas están como opcionales en la lFicha Reducida)

2º.- Si fuera necesario incluirla en la Ficha Técnica, les preguntaba si podría acogerme a la Disposición Adicional 5ª de RD 866/2010 (que con una simple diligencia manifestando que estaban instaladas antes de 14-01-2011 valdría).

Pues bién, la respuesta por escrito de la ITV ha sido la siguiente (Cito Textualmente):

"Efectivamente, como indicas, y con carácter general, puede decirse que si la homologación de tipo de un vehículo (Categoría "L" como es el caso de la motocicleta que nos comentas) contempla un elemento como opcional , éste no puede calificarse en rigor jurídico como reforma , por pura definición. Y por ello mismo no estaría obligado a "legalizar" su instalación en el vehículo, ni reflejarse en su Tarjeta de Inspección Técnica, conforme al procedimiento administrativo que establece, para el caso de reformas, el hoy vigente RD 866/2010 de 2 de Julio.

Cuestión distinta es conocer, en la práctica sucede en ocasiones, si ese elemento es el que realmente tiene homologado el fabricante en su homologación de tipo y amparado por su contraseña. Cosa nada fácil de saber a veces pues ni la ficha reducida contempla todas las especificaciones del elemento ni los propios fabricantes acompañan características de ese elemento; no digo ya a la itv sino que ni siquiera informan ni documentan correctamente al usuario propietario del vehículo en el momento de su adquisición.

PAra el caso que nos refieres lo que debes comprobar es:

1º) El marcaje del faro (conforme la directiva 97/24/CE) y para una luz antiniebla delantera debe ser "F" o "B" además de incorporar en el faro su contraseña. Es decir SIEMPRE han de estar homologadas conforma a la norma que le sea de aplicación como te indico, en función del elemento objeto.

2º) El número de luces antiniebla delanteras para un vehículo categoría "L" debe ser de 1 o 2; su color Blanco, situadas siempre delante y que no son obligatorias sino opcionales.

3º) Para una seguridad absoluta (y para tu propia tranquilidad) solo quedaría identificar que esas luces delanteras antinieblas que tu vehículo lleva instalados (conforme nos dices, desde la fecha de adquisición a través del propio concesionario) SON REALMENTE LAS QUE LA HOMOLOGADCION DE BMW AMPARA . Para ello debería pedirle al Dpto. de homologaciones de BMW (a través del concesionario que te la vendió para que tú no te molestes pues además los fabricantes no atienden como norma al usuario sino que ha de ser a través de un concesionario suyo) que te diga exactamente ¿Cuál es la contraseña de homologación de las luces antiniebla delanteras que tiene homologadas de tipo para ese modelo de vehículo?, pues como usted mismo puede comprobar no figura ese dato en la ficha reducida.

Con eso existiría una trazabilidad total y nadie podría exigirle su legalización o su tratamiento como reforma.

Por último indicarte que en ningún caso (aunque sí fuera reforma conforme las excepciones que le acabo de indicar) puede ampararse en la Disposición Transitoria Quinta del RD 866/2010 por 2 razones:

1º) Porque no le es aplicable desde el momento que SÍ era reforma también con el extinto RD 736/88 y que durante tantos años hemos utilizado (yo empecé en el sector allá por 1989) y

2º) Porque el período transitorio ya expiró el 14/07/2011, 6 meses después de entrada en vigor de la norma"




Me queda claro, pues:

1º.- Que NO NECESITO INSCRIBIR LAS ANTINIEBLAS EN LA FICHA TECNICA DEL VEHICULO.

2º.- Que si, a pesar de ello, quiero inscribirlas en mi Ficha Técnica, o el ABS, o el Control de Tracción o cualquier otra cosa que sea opcional, puedo hacerlo pagando certificados de taller, certificados de homologación, certificados a BMW y tasas a las ITV. Pero, solo si me apetece y me sobra tiempo y dinero.

3º.- Con todo el tiempo que se lleva hablando de las antinieblas de las GS, todavía nadie ha reportado que le hayan sancionado por llevar antinieblas instaladas en la moto (si estas tienen su homologación y no son chinas o de fabricación dudosa).

4º.- Que a pesar de que esta ITV lo tiene muy claro y pasaré favorablemente mi revisión cuatrianual aunque lleve las antinieblas puestas y no estén reflejadas en la tarjeta técnica, hay muchas ITV que sí piden la legalización e inscripción o su desinstalación. O diferencia de criterios o poderoso es Don Dinero y nos piden trámites que no son necesarias.

5º.- Que BASICAMENTE NO SE DEBEN DE INSCRIBIR EN LA FICHA TECNICA PORQUE "NO SON REFORMA", al estar homologadas y registradas en la Ficha de Tipo (Ficha Reducida que es la que homologa BMW para el modelo).
 
muy buena informacion nadoxx....muchas gracias
salu2
 
No hables muy alto, que SEGURO que cuando te dispongas a pasar tu ITV, algún lumbreras te dirá mil cosas para tocarte los eggs.
Por si las moscas cuando la pases lleva toda la documentación que nos has enseñado.


Enhorabuena por el curro y la consulta. La pena es que la ITV al finál depende de como se levante un operario.

Saludos a todos
 
pues yo al final he pagado 12€ por incluirlas en la ficha tecnica.
Le plantee al encargado que no haria falta segun el supuesto que tu planteas y me dijo que mejor lo hacia asi. Supongo que hacer caja de paso no tendria nada que ver....
 
Hola,yo pase la ITV la semana pasada en Pruvia,(Asturias) y no tuve ningún problema con la luces antiniebla,llevo puestas las leds originales de BMW,por si acaso lleve la ficha reducida que nos facilito un compañero del foro,pero no fue necesario hacer uso de ella.Un saludo.
 
Me sigue alucinando lo de las ITV. Que las inscriban por 12 euros en base a una Disposición Transitoria que venció el 14 de Julio de 2011 algo que no es necesario inscribir en la ficha técnica.

La pela, como dice el compañero.

Aunque hay otras, como en la que lo ha pasado Gartual en Pruvia, que lo hacen bien.
 
Pues nada, yo he ido hoy, me he llevado la ficha reducida y todo por si acaso. Y no ha habido forma, desfavorable. Que o las quito o voy a Bmw a q me lo pongan en la ficha técnica.
Alguien sabe se alguna itv por la zona de Valencia donde no sean tan tocapelotas?
 
Yo la pasé en la de San Antonio. Me dijeron que pidiese en BMW un certificado de que venían de origen, pero no me pusieron problema alguno para darla favorable. Eso sí, me advirtió que la GC me podía sancionar si no llevaba el dichoso certificado.
Suerte
 
Pues yo ha sido en la misma!!! Y me han dicho q nada!! Se ve que me ha tocado el Simpático!!
 
Pues sí, vaya mala suerte. A mí me la pasó un señor de unos 60 años
 
Yo he ido y me ha atendido un chaval, he hablado con el y ha venido el ingeniero y nanai. Me va a tocar desmontarlos
 
Hola,

Casualmente ayer me pasé por Dos Rodes (conce BMW en Valencia) a preguntar por los faros antiniebla molones. Me dijeron que si venían en catálogo como accesorio susceptible de colocación en el modelo en cuestión (esto es, faros auxiliares para colocar como opción en 1200GS y no faros de 1200GS Adventure para colocar en GS normal), no habría problema en pasar ITV porque ya vienen incluidos en la contraseña de homologación. Eso sí, deben ser los originales puesto que además cuentan con código de homologación "per se". Vamos, que se trata de una doble garantía: faro homologado por sí mismo y además la contraseña de la motocicleta.

También me dijeron que si me ponían algún problema, el concesionario o incluso la marca se encargarían de resolverlo poniéndose en contacto con la ITV.

Ahora bien, 400€ (material) + 2h de mano de obra en taller tienen la culpa de los originales.

Un saludo.
 
Hola,

En la ficha técnica de mi moto, GS 1200 comprada en 2012, si viene recogido literalemente pone "Opciones incluidas en la homologación de tipo: FAROS ANTINIEBLA".

Yo no las llevo, pero supongo no tendré problemas si decido ponerlas. No pone nada de contraseñas ni nada de eso.

Saludos.
 
Lo de homologación no lo se pero a mi me ha parado un mossus viniendo de Andorra diciéndome que porque llevo antinieblas encendidas y que solo son para condiciones climáticas adversas. No me ha puesto multa, me ha ayudado para apagarlas y seguir mi camino.
 
No se si lo conocéis pero si los faros son de Hella, estos han llegado a un acuerdo con el laboratorio oficial APPLUS-IDIADA para gestionar los trámites de homologación.

Toda la información y los pasos necesarios a dar estan en su web en el siguiente link:

Conductor | HELLA

Tras enviar la documentación que te solicitan y pagar 36.3€ por el coste del informe, en 3-4 días te envian el informe oficial con el que ir a la itv y tras pagar otros 30-40€ aprox. y te incluyen los focos en la ficha del vehículo.
El resto de fabricantes deberían dar las mismas facilidades.

Vss.
 
Yo en la gs 1150 llevo unos comprados en ebay por el anterior dueño de la moto y en la itv me los metieron en la ficha tecnica y no me costó ni un duro. La itv es una TUV de Madrid.
 
Los antiniebla, por lo que recuerdo, no se consideran reforma de importancia, si están homologados y debidamente instalados, con el certificado del instalador como mucho debería ser suficiente para no tener problemas en la ITV.
 
Los antiniebla, por lo que recuerdo, no se consideran reforma de importancia, si están homologados y debidamente instalados, con el certificado del instalador como mucho debería ser suficiente para no tener problemas en la ITV.
Apartir de no recuerdo bien que fecha del 2011 si se considera reforma de importancia.
 
yo he pasado dos revisiones de itv sin pegas, y me los puso un colega, y no son los originales, por si os sirve de algo
 
Hola, se que es un tema muy atrasado, pero alguien sabe si en la ficha técnica reducida de la GS1200 del 2010, la 110cv. Está contemplado el faro delantero led?
Muchas gracias.
 
Hola, se que es un tema muy atrasado, pero alguien sabe si en la ficha técnica reducida de la GS1200 del 2010, la 110cv. Está contemplado el faro delantero led?
Muchas gracias.

No he tenido esa moto…..pero el faro led no figuraba ni como opcional hasta que no llegó la LC, ya en 2013, asi que ni en la ficha reducida ni en la completa: un faro led en la GS de aire no es legal a no ser que lo homologues siguiendo todos los tramites tecnicos y burocráticos.

Pd: por cierto, pedazo reflote de hilo: mas de 7 años 😱😱😱
 
Doy fe, yo tuve que homologar, pasar itv y demás. Aproveché y le puse faro led y antinieblas led a mi doble arbol.
 
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