Matricula pequeña

danielss

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Alguie sabe qe passa si pongo una matricula pequeña en mi gs?? Matricula tipo moto enduro,hay algun agente de trafico que sepa la normativa? Solo pueden llevarla motos enduro? Una adventure por caminos se considera enduro?
 
Yo lo pregunte en el conce al matricularla y me comentaron que no...en las harley mucha gente las pone y ahi estan sin problemas ...pero si quieren te ponen la multa...yo ni la puse en la Gs ni en la Harley...de tidas maneras me gustaria saber la razon de que no puedan montarse


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Pues si empezamos diciendo q una moto de enduro es una moto de competición matriculada para poder circular y hacer enlaces por carretera y q por tanto está homologada para UN SOLO ocupante igual lo ves más claro.

Por cierto, no se puede circular por autovías con esa placa.
 
No entiendo lo del tamaño...en que influye de cara a circular el hecho de que sea mas grande o pequeña...


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Influye en q ese tamaño es mucho más pequeño para todos....incluyendo agentes, cámaras y radares.

Ese tamaño solo se ideó para lo q comenté anteriormente.
Que las motos de enduro q compiten con la placa de matrícula puesta, tuviesen menos riesgo de corte o lesiones en caso de caída.

Intentar poner esa placa en cualquier otra moto, aunq se apellide Adventure...no cuela y trae consigo la sanción correspondiente.

Saludos
 
La matricula pequeña se legalizo solo para motos de enduro y trial.
 
A mi me multaron por llevarla hace bastantes años. Ahora no se como estará la normativa.
 
Para las motocicletas de trial y enduro de dos ruedas, con
arreglo a la Directiva 92/61/CEE, la fecha establecida en el apartado
2 será la del 1 de enero de 2004 y la fecha establecida en
el apartado 3 será el 1 de julio de 2005.

Se entenderá por motocicletas de trial los vehículos que posean
las características siguientes:

a) altura máxima del asiento: 700 mm;
b) distancia mínima del suelo: 280 mm;
c) capacidad máxima del depósito de combustible: 4 l;
d) relación de transmisión mínima en la marcha superior (relación
primaria × relación de transmisión × relación de transmisión
final): 7,5.

Por motocicletas enduro se entienden los vehículos de las características
siguientes:

a) altura mínima del asiento: 900 mm;
b) distancia mínima del suelo: 310 mm;
c) relación de transmisión mínima en la marcha superior (relación
primaria × relación de transmisión × relación de transmisión
final): 6,0.

http://www.boe.es/doue/2002/252/L00020-00030.pdf (Articulo 2, capitulo 4)
 
Yo lo pregunte en el conce al matricularla y me comentaron que no...en las harley mucha gente las pone y ahi estan sin problemas ...pero si quieren te ponen la multa...yo ni la puse en la Gs ni en la Harley...de tidas maneras me gustaria saber la razon de que no puedan montarse


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La razón es sencilla, no esta homologada para otro tipo de motos
 
Cualquier guardia saber perfectamente si la moto es de enduro o no.........Una gs no cuela ni de coña.......
 
No tiene lógica lo de los radares
Hay un alfa creo que la lleva delante y puede circular
 
No tiene lógica lo de los radares
Hay un alfa creo que la lleva delante y puede circular
Si, y creo que algún Seat también me ha parecido verlas con la matrícula pequeña en algún paragolpes de la versión FR, pero siempre delante. además si quien homologa estas placas en sus vehículos paga, industria hace la vista gorda si no mira los microcars, siendo ciclomotores pueden ir dos personas, y ocupando toda la parte útil de la carretera cuando deberían ir por el arcén si es practicable o los quads cuando al llevar matrícula de "tractor" y lo digo porque tuve un yamaha raptor 660R, no hacia falta llevar luz rotativa y si la placa de limitación de 45kmh cuando por construcción superaba al menos el mio los 120 kmh.
 
La verdad es que las matriculas pequeñas para las motos de enduro y trial era una cosa que se pedía hace mucho tiempo. Al ser motos tan estrechas, la placa convencional, sobresale 4 dedos a cada lado de la moto. ( Cada vez que le tengo que pasar itv a la mía le monto un kit que tengo preparado con guardabarros trasero, matricula e intermitentes ) y queda fatal, ademas de peligroso si te caes, porque aunque no lo parezca, en una caída la matricula corta mucho.
Antes de homologar la matricula pequeña, en las competiciones nacionales e internacionales, todas las motos de enduro y trial llevaban una pegatina, y la policía solía hacer la vista gorda, en los tramos de enlace, pero no era lógico.
Hiceron muy bien en homologar esa matrícula, pero para lo que es, claro.
De hecho, en la DRZ 400 que tenemos en casa, no se la podemos colocar......
 
No tiene lógica lo de los radares
Hay un alfa creo que la lleva delante y puede circular

Algunos vehículos están autorizados y homologados para llevar placa de matricula reducida en la parte frontal por tema de refrigeración del vehículo, tiene que venir así por construcción, y cuentan con su autorización reflejada en ficha técnica.
 
Buenas a todos.

Todo vehículo a motor que circule por una vía pública, debe de llevar una placa de matrícula que le identifique. Ese es el principal motivo de que se tenga que llevar. Unicamente los vehículos que circulen en circuitos/terrenos privados están exentos de llevarla. Por ejemplo una carrera de cross por un circuito privado no la debe de llevar, pero una carrera de enduro que discurra por el monte si la debe de llevar. Por otra parte si tienes un terreno particular, podrías circular en él sin matricula, ya sea una GS, un 4x4 o lo que quieras, siempre que no salgas de él.

Como han dicho antes, las placas pequeñas se homologaron por razones de seguridad y como respuesta al clamor popular ya que casi todo el mundo que tenía una moto de enduro le hacía una pegatina de plástico diminuta (aun más pequeña que la de enduro) y cuando se veía a la policía, todo el mundo a correr, igual que pasa ahora con la gente que sale al monte sin matrícula.

Las características que deben cumplir las motos para llevar la placa pequeña se han puesto arriba y fuera de esos márgenes no se pueden llevar.

La placa pequeña en una GS cantaría a la legua y sería como un reclamo para los guardias que tendrían pocas dudas sobre lo que tendrían que hacer.

Hay motos, que por sus características o su nombre comercial inducen a error, como la KTM 690 Enduro y como hay dudas hacen la vista gorda. A mi con esta moto me han parado y he escuchado de todo. Algunas veces me dicen que la suponen de enduro porque llevo ruedas de tacos e incluso en la ITV cuando puse la placa grande me dijeron que porqué la había cambiado, si la podía llevar.

Por cierto, con la placa pequeña puedes circular perfectamente por autopistas, sólo está prohibida la circulación a ciclomotores y bicicletas.

Un saludo.
 
La burrocracia va muy lenta
Es como cuando se empezó con la tercera luz de freno (tarde)
Es más lógico que se permita las matrículas pequeñas por estética de los modelos ( harley etc)
Y no adaptar el vehículo a la matrícula
En fin lo de siempre
 
Es q esta matrícula no se homologo por estética, si no por seguridad.

Para saber si una moto la puede llevar o no, hay algo más fácil q las medidas q marca la normativa...

Todas las motos de enduro y de trial están homologadas para un solo ocupante.

Saludos
 
Hola, rescato este tema por si alguien sabe si ha habido alguna actualizacion de este aspecto, por que yo cuando mi moto salió del conce lo hizo con la pequeña y di por sentado que era correcto, hasta el momento he librado, pero no me haria gracia una multa por ingenuo.

Aunque tengo que reconocer que a la moto, por su diseño de la parte trasera, le queda mucho mejor la pequeña que el armatoste de la placa estandar
 
Yo lo pregunte en el conce al matricularla y me comentaron que no...en las harley mucha gente las pone y ahi estan sin problemas ...pero si quieren te ponen la multa...yo ni la puse en la Gs ni en la Harley...de tidas maneras me gustaria saber la razon de que no puedan montarse


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En la HARLEY como pilles a un GC toca huevos te multará

Yo cuando tenia la harley me pararon el GC de turno saco su metro midió la matrícula y zasca multa al canto.

Fue hace muchos años con que como está ahora el tema no te lo aconsejaría ni de coña..


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Buenas,,yo he pedido una con estas medidas y me voy a arriesgar. LAs medidas son 18x11cm....a ver si tengo suerte jejeje
 
Hola, rescato este tema por si alguien sabe si ha habido alguna actualizacion de este aspecto, por que yo cuando mi moto salió del conce lo hizo con la pequeña y di por sentado que era correcto, hasta el momento he librado, pero no me haria gracia una multa por ingenuo.

Aunque tengo que reconocer que a la moto, por su diseño de la parte trasera, le queda mucho mejor la pequeña que el armatoste de la placa estandar
Buenas tardes,,podrias enviarme alguna foto para ver como queda? . mi correo es ventas@auto95.es Gracias
 
Vale gracias. Al final se la he puesto pequeña. A ver si tengo suerte,, porque la verdad que la numeración se ve perfectamente, no se tapa nada y estéticamente queda preciosa.
 
Vale gracias. Al final se la he puesto pequeña. A ver si tengo suerte,, porque la verdad que la numeración se ve perfectamente, no se tapa nada y estéticamente queda preciosa.
Estéticamente quedan muy bien, pero si pasas por Madrid receta segura.

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Por estetica a mi tambien me gusta mas la pequeña, pero si no se puede pues no la pondré, a la ITV supongo tambien se tendrá que sacar y poner la grande.
 
Yo la lleve puesta en la anterior GS, la normativa tiene un vacio legal que la policia no puede multar, de echo tuve varios caos con distintos policias en distintos sitios de España y al final en ninguno de los casos se atrevieron a multarme.
Se define lo que es una moto de enduro o trial, y el uso de la matrícula pequeña.
No tiene que poner nada en la ficha técnica ni depende de la denominación "comercial" de la moto.

Imagino que esta misma definición, valdrá para el decreto que comentaba Edi en Castilla la Mancha:
"Según el artículo 8.2.L en estas "zonas especiales" (espacios naturales protegidos, reservas, montes de utilidad pública..) está prohibido en uso de motos de trial, enduro y quad excepto caminos expresamente autorizados (yo entiendo que para el resto de vehículos, incluyendo motos trail = gordas?, se permite).

BOE DONDE SE DEFINE QUE ES MOTO DE ENDURO O TRIAL:
Ver en la web: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases ... 2002-81630
Descargar PDF: http://www.boe.es/doue/2002/252/L00020-00030.pdf
Directiva 2002/51/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, sobre la reducción del nivel de emisiones contaminantes de los vehículos de motor de dos o tres ruedas, y por la que se modifica la Directiva 97/24/CE.

Se entenderá por motocicletas de trial los vehículos que posean las características siguientes:
a) altura máxima del asiento: 700 mm;
b) distancia mínima del suelo: 280 mm;
c) capacidad máxima del depósito de combustible: 4 l;
d) relación de transmisión mínima en la marcha superior (relación primaria × relación de transmisión × relación de transmisión final): 7,5.

Por motocicletas enduro se entienden los vehículos de las características siguientes:
a) altura mínima del asiento: 900 mm;
b) distancia mínima del suelo: 310 mm;
c) relación de transmisión mínima en la marcha superior (relación primaria × relación de transmisión × relación de transmisión final): 6,0.



BOE DONDE SE AUTORIZA LA MATRICULA PEQUEÑA:
Ver en la web: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-1011
Descargar PDF: http://www.boe.es/boe/dias/2010/01/23/p ... 0-1011.pdf

Boletín Oficial del Estado: 23 de enero de 2010, Núm. 20
I. Disposiciones generales
Ministerio de la Presidencia

Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por la que se modifican los anexos II, IX, XI, XII y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

"Por último, en el anexo XVIII, sobre las placas de matrícula, se introduce una nueva placa de matrícula para las motocicletas de dos ruedas de las especialidades de trial y enduro, más reducida que la de motocicletas ordinaria, para adecuarla a su diseño cada vez más estilizado, por lo que la placa de matrícula de motocicleta ordinaria sobresale notablemente."

Cinco. El anexo XVIII «Placas de matrícula» queda modificado del siguiente modo:
d) En el apartado cuarto «Dimensiones y especificaciones de las placas y de sus caracteres», en el CUADRO 1», se incorporan tres filas y los subíndices y el texto final quedan redactados del siguiente modo:

1.º Después de la fila correspondiente a «Motocicletas ordinaria», se añade una fila de «Motocicletas corta», con el siguiente contenido:

MOTOCICLETAS CORTA (5) 132 × 96 122×86 13 30 3,5 6 10 --- 7 12 40 8 31,5 31,5 B N ± 3 mm.
(ver cuadro I del Reglamento Gral de Vehículos más abajo)

Disposición transitoria única. Vehículos matriculados con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden.
Los titulares de las motocicletas de dos ruedas de las especialidades de trial y enduro, de los vehículos especiales y de los cuatriciclos ligeros y ciclomotores de tres ruedas matriculados con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden podrán sustituir, con carácter voluntario, las placas de matrícula que tuvieran colocadas por las establecidas en la presente orden.

BOE DEL REGLAMENTO GENERAL DE VEHICULOS
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
BOE número 22 de 26/1/1999
Ver en WEB: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases ... -1999-1826
Descargar PDF: http://www.boe.es/boe/dias/1999/01/26/p ... -03528.pdf
 
A ver si lo he entendido bien. Las placas pequeñas se plantean para las trial / enduro, pero al publicar la correcion del reglamento en el BOE indican un nuevo tipo de placa corta sin hacer mencion a que deben ser trial / enduro y se podria interpretar como que queda de modo generico la opcion de la placa corta para cualquier tipo de moto??
 
Si no llevo el dni tatuado en la frente, por qué tengo que llevar matrícula en mi moto ?
Porque un tatuaje no da veracidad que ese numero es el correcto, podrias tatuarte cualquiera y/o modificarlo, por eso es obligatorio que lleves el dni original o pasaporte, porque con las medidas de seguridad que tiene se sabe verazmente que es autentico y corresponde a la persona que lo lleva.
 
Buenas nachoxi
Yo no veo ninguna modificación que genere ningún vacío legal.

Por un lado te dicen las especificaciones de las matriculas "Motocicletas Ordinaria (4)" y "Motocicletas Corta (5)" y más abajo te dice que motos las pueden llevar.

(4) Esta placa se utilizará también para los vehículos de tres ruedas, cuatriciclos y vehículos de categoría M-1 que, por construcción, el emplazamiento para la placa de matrícula no permite la colocación de la placa ordinaria larga delantera.
(5) Para motocicletas de dos ruedas de las especialidades de trial y enduro.

Sinceramente no creo que haya lugar a dudas, salvo nuestras ganas de ponerle la placa corta a las bixas ;)
 
La que he puesto es más grande que las de trial o enduro,, la mía es de 18x11 y la verdad que la numeración se ve perfectamente
 
Esa medida no corresponde ni con la matricula corta, dudo mucho que sea legal hasta para una enduro o una trial siquiera.
 
He visto matrículas pequeñas en unas cuantas KTM 1190 y 1290,"además varias veces y en diferentes lugares...
Que no se vea no quiere decir que no se lleven, y estéticamente la moto gana por la parte trasera.

La moto lleva matrícula para así poder ser identificado y multado con más facilidad, sino para que.. aunque si lo paramos a pensar en EEUU creo que las motos no llevan matrícula y los coche eligen la que quieren, al menos en algunos estados
 
Si, y creo que algún Seat también me ha parecido verlas con la matrícula pequeña en algún paragolpes de la versión FR, pero siempre delante. además si quien homologa estas placas en sus vehículos paga, industria hace la vista gorda si no mira los microcars, siendo ciclomotores pueden ir dos personas, y ocupando toda la parte útil de la carretera cuando deberían ir por el arcén si es practicable o los quads cuando al llevar matrícula de "tractor" y lo digo porque tuve un yamaha raptor 660R, no hacia falta llevar luz rotativa y si la placa de limitación de 45kmh cuando por construcción superaba al menos el mio los 120 kmh.

Ya te digo, mi raptor 700, un poco preparado pasaba de 140 sin forzarlo!!


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Creo que no. Son específicas para motos de trial y enduro. Le podemos dar vueltas porque nos gusten, pero no hay opción.
Efectivamente para poder llevar una matrícula pequeña la moto tiene que tener unas determinadas medidas de altura al suelo, etc. Y a día de hoy esas medidas sólo las dan las Enduro y Trial. Para cualquier encargado de velar por las normas de tráfico de cualquier Administración, sancionar es facilísimo ante otro tipo de moto que las porte.

Luego ya cada uno, que ponga la que quiera, pero no vale llorar! ;)
 
Retomando el tema, se consideraria enduro la 1200 gs adv que en dicho modo sube de los 900mm y 310 al suelo??? Al tener cardan la relacion de marchas queda fuera al no tener un piñon ni plato…..
 
Retomando el tema, se consideraria enduro la 1200 gs adv que en dicho modo sube de los 900mm y 310 al suelo??? Al tener cardan la relacion de marchas queda fuera al no tener un piñon ni plato…..

No; ya tomando en consideración la altura MÍNIMA, la GS Adventure NO cumple esos requisitos, ya que su altura mínima de asiento son 890 mm, si no me equivoco (no 900 mm). Los de la altura mínima de la moto los desconozco....pero se tomarían con la suspensíon en "mínimo" o en "1 pasajero".
 
Si quereis arriesgaros, ponerle la placa pequeña. Pero algun dia dareis con la patrulla que tiene orden de aumentar la productividad y os van a sancionar. Luego recurrireis, pero la receta os la vais a llevar.
 
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