Novedad Multa cámaras de acción en el casco (Legal o ilegal)

Muchas veces no es grabar las tumbadas, sino los posibles Gilis..... en coche que ultimamente hay muchos.El otro dia vi un video de Majes que tuvo un accidente y en ese momento no llevaba la camara encendida , la tia decia que no imagina yo creo que deberia ser hasta obligatoria asi se evitaria muchos accidentes y huidas.
Yo llevo siempre una 360 en marcha. Incluso en mis desplazamientos diarios por ese motivo. La tengo puesta en la moto y no me parece sancionable (pero vete tu a saber lo que te pueden decir si te paran). Y respecto a la cámara en el casco, pues la verdad es que hay muchos matices. Como se ha dicho, las propiedades del casco no se ven afectadas por la cámara (siempre que no hayas perforado el casco para colocarla). Pero en el otro hilo me dijeron que puede ser peligroso si sale despedida para otras personas y ese punto si me parece razonable. Yo en el casco la coloco solo por off nunca por carretera.
 
Yo es que de verdad no veo discusión. Ya se ha dicho que el artículo 118 del código de circulación, al cual alude la sanción, dice "Los conductores y pasajeros de motocicletas ... deberán utilizar ADECUADAMENTE cascos de protección homologados...". Y la sanción dice "no utilizar ADECUADAMENTE el conductor del vehículo el correspondiente casco de protección homologado o certificado. Cámara anexa al casco..., modelo RPHA11 no homologado para llevar anexo la modificación".

Está claro que el agente, al igual que muchos de nosotros, interpreta que el colocar un anexo al casco implica utilizarlo INADECUADAMENTE, porque no es el uso para el que está homologado. Más claro que el agua. De todas formas si alguien no está de acuerdo con la sanción siempre queda el recurso o ir al juzgado.

Y con respecto a las fotos de Charly, pues bueno, si alguien está interesado puede probar a ir a la ITV con esos soportes. Se escojonan según entras. Y tampoco es cierto que se puedan colocar "cachibaches" mientras no se modifique la anchura o la altura total del vehículo. Los faros de niebla no modifican dimensiones, pero no se pueden colocar. Y lo mismo un alerón de un coche, un asiento interior, un cinturón de seguridad, etc. Cualquier elemento de esos que queramos instalar tiene que estar homologado por sí mismo, y además homologarlo para el vehículo o tramitar una reforma de importancia (según proceda).

Bueno, yo también dejo el tema porque ya he aportado todo lo que puedo y no le veo más recorrido. Un saludo a todos
 
Yo es que de verdad no veo discusión. Ya se ha dicho que el artículo 118 del código de circulación, al cual alude la sanción, dice "Los conductores y pasajeros de motocicletas ... deberán utilizar ADECUADAMENTE cascos de protección homologados...". Y la sanción dice "no utilizar ADECUADAMENTE el conductor del vehículo el correspondiente casco de protección homologado o certificado. Cámara anexa al casco..., modelo RPHA11 no homologado para llevar anexo la modificación".

Está claro que el agente, al igual que muchos de nosotros, interpreta que el colocar un anexo al casco implica utilizarlo INADECUADAMENTE, porque no es el uso para el que está homologado. Más claro que el agua. De todas formas si alguien no está de acuerdo con la sanción siempre queda el recurso o ir al juzgado.

Y con respecto a las fotos de Charly, pues bueno, si alguien está interesado puede probar a ir a la ITV con esos soportes. Se escojonan según entras. Y tampoco es cierto que se puedan colocar "cachibaches" mientras no se modifique la anchura o la altura total del vehículo. Los faros de niebla no modifican dimensiones, pero no se pueden colocar. Y lo mismo un alerón de un coche, un asiento interior, un cinturón de seguridad, etc. Cualquier elemento de esos que queramos instalar tiene que estar homologado por sí mismo, y además homologarlo para el vehículo o tramitar una reforma de importancia (según proceda).

Bueno, yo también dejo el tema porque ya he aportado todo lo que puedo y no le veo más recorrido. Un saludo a todos
No dejáis de repetir los mismos argumentos. El casco se utiliza ADECUADAMENTE si se lleva bien puesto y sujeto. El casco está homologado si acredita la homologación. Un agente no es nadie para decidir si pierde esa homologación por llevar una cámara pegada y si la perdiera, no existe la infracción de circular con un casco manipulado o alterado, que debería existir, aclarando además en qué puede consistir esa manipulación para que se considere tal, mientras tanto sería un hecho atípico.

Si mañana nos dicen con una ley que tenemos que usar guantes, botas y ropa homologada pero no lo incluyen en un reglamento sancionador, no podrán denunciarnos por no usarlas.

Respecto a los faros de niebla, alerones, cinturones... mira, el mismo Manual de Reformas de Importancia que dice que se pueden llevar cachivaches cuando no estén instalados fijos en el vehículo y se puedan desmontar con herramientas sencillas o sin ellas siempre que no sobresalgan de la anchura del vehículo y que tú ignoras, a pesar de que te he puesto una captura para que lo leas, establece como reforma la instalación de esas luces para niebla, alerones... a los que te refieres.

Y como con estos argumentos, con todos. Obviáis la normativa y opináis por lo que pensáis que es lo correcto o lo que debe ser ignorando las normas que tenemos. Y encima parece que os ofendéis. Tiene narices.

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Última edición:
En mi opinión esa denuncia no procede. Un casco no se modifica ni altera por colocar un adhesivo ni tampoco una cámara pegada a él. Para alterar sus características hay que modificar su estructura, lo que no ocurre en estos casos.

Si esto fuera así tampoco podríamos llevar (en ningún caso), un intercomunicador adosado al casco y como sabemos hay excepciones que lo permiten.
Comparto tu opinion, con la ley en la mano y siempre hilando muy muy fino(como el guardia), un casco solo pierde su homologacion alterando su estructura.
Sino, aunque la ley de circulacion exponga excepciones de intercomunicadores en autoescuelas, la ley de homologacion del casco no la superaria y querria decir que circulan con cascos sin homologacion de seguridad.
 
Bueno, lo de "reforma", a efectos de ITV... a mi me querían "tirar" una ITV porque llevaba un manillar marca renthal (en vez del original, y respetando anchura original), y me hicieron el favor "de pasármela" pero que lo solucionase, cosa que hice tapando con cinta la marca :).

Volviendo a lo que toca... parecen claros los puntos de vista. Ahora mi pregunta.

Una vez hecha la denuncia... (bien o mal planteada, pero hecha), ¿creeis que un recurso prosperaría, alegando lo que comentais?

Es decir, perfecto, la denuncia está mal hecha y "no procede", entonces ahora la pelota está en tu tejado y eres tú el que tienes que demostrar que NO PROCEDE ¿creeis que es posible? Entiendo que el recurso es muy sencillo, aportando documentación del casco homologado (con la cámara, o sin ella si creeis que da igual lo que lleve pegado).

yo creo que esa sanción da igual si está bien o mal puesta, pero toca pagarla porque no hay manera de demostrar lo contrario. Es decir, que si te la ponen o empiezan a ponerla, mucho me temo que tocará, con toda la razón de nuestro lado, pagarla.

Saludos
 
Bueno, lo de "reforma", a efectos de ITV... a mi me querían "tirar" una ITV porque llevaba un manillar marca renthal (en vez del original, y respetando anchura original), y me hicieron el favor "de pasármela" pero que lo solucionase, cosa que hice tapando con cinta la marca :).

Volviendo a lo que toca... parecen claros los puntos de vista. Ahora mi pregunta.

Una vez hecha la denuncia... (bien o mal planteada, pero hecha), ¿creeis que un recurso prosperaría, alegando lo que comentais?

Es decir, perfecto, la denuncia está mal hecha y "no procede", entonces ahora la pelota está en tu tejado y eres tú el que tienes que demostrar que NO PROCEDE ¿creeis que es posible? Entiendo que el recurso es muy sencillo, aportando documentación del casco homologado (con la cámara, o sin ella si creeis que da igual lo que lleve pegado).

yo creo que esa sanción da igual si está bien o mal puesta, pero toca pagarla porque no hay manera de demostrar lo contrario. Es decir, que si te la ponen o empiezan a ponerla, mucho me temo que tocará, con toda la razón de nuestro lado, pagarla.

Saludos
Tranquilo que te va a ayudar Dibi en los recursos y a coste cero que él lo tiene claro, los demás no... ??
 
Bueno, lo de "reforma", a efectos de ITV... a mi me querían "tirar" una ITV porque llevaba un manillar marca renthal (en vez del original, y respetando anchura original), y me hicieron el favor "de pasármela" pero que lo solucionase, cosa que hice tapando con cinta la marca :).

Volviendo a lo que toca... parecen claros los puntos de vista. Ahora mi pregunta.

Una vez hecha la denuncia... (bien o mal planteada, pero hecha), ¿creeis que un recurso prosperaría, alegando lo que comentais?

Es decir, perfecto, la denuncia está mal hecha y "no procede", entonces ahora la pelota está en tu tejado y eres tú el que tienes que demostrar que NO PROCEDE ¿creeis que es posible? Entiendo que el recurso es muy sencillo, aportando documentación del casco homologado (con la cámara, o sin ella si creeis que da igual lo que lleve pegado).

yo creo que esa sanción da igual si está bien o mal puesta, pero toca pagarla porque no hay manera de demostrar lo contrario. Es decir, que si te la ponen o empiezan a ponerla, mucho me temo que tocará, con toda la razón de nuestro lado, pagarla.

Saludos

Sigo opinando, pido perdón por ello. Si te cascan la denuncia pienso que por "principio" el instructor del expediente dará traslado al denunciante que se ratificará, ignorando los argumentos, y el instructor tramitará la propuesta para sanción. A partir de aquí depende de hasta donde queramos llegar. En la vía contenciosa también dependerá mucho del juez que te toque.

Nunca he dicho que no se tenga que acabar pagando la denuncia sino que en mi opinión no procedía la misma y eso lo sigo pensando. Para mí los argumentos son claros, pero ya veo que para muchos no lo son tanto. Para sancionar tiene que haber un hecho tipificado como infracción y en este caso no lo hay. Además está el hecho de que el casco está homologado y no basta con decir que pegar un intercom al exterior es suficiente para que pierda esa homologación y además se usa correctamente. No se dan los hechos tipificados en al art. 118.1 del RGC. Un agente de la autoridad no tiene capacidad para determinar cuándo pierde la homologación un casco, podría argumentar que conduce de forma negligente al hacerlo con un casco al que ha manipulado de tal o cual manera pero no que ha perdido la homologación.

Y que cada cual piense lo que le dé la gana.
 
y nadie de los que grabo presento denuncia contra el por haberles grabado sin permiso, así que me imagino que actuó de oficio, pero así fue la cosa desde ese día no hemos vuelto a salir con cámara puesta. Lo que no se es si cuando te graba la tele tendrá un permiso especial, por el hecho de que ellos están informando...
En la vía pública no es necesario pedir permisos de grabación salvo que aparezca un menor de edad. No así en el caso de ser un recinto privado
 
Un agente de la autoridad no tiene capacidad para determinar cuándo pierde la homologación un casco, podría argumentar que conduce de forma negligente al hacerlo con un casco al que ha manipulado de tal o cual manera pero no que ha perdido la homologación.

Tú has leído mi comentario? Te repito, si no garantiza la seguridad vial, es denunciable. Ahí es el agente el que valora si la garantiza o no.
Este es el criterio de este señor. Seguir haciéndole caso a sus comentarios y ya veréis donde acabamos todos.

Good bye!! ✌️ ✌️
 
A ver, a mi lo que comenta el compañero Dibi me parece razonable, y además, quiero fervientemente creerle :) . Pero la "cabeza" me dice otra cosa, es decir, que si te multan por esto, o por llevar una cámara en un soporte "así de aquella manera" y ya no digamos sobresaliendo de alguna de las cotas, pues también, aunque cómo cita Dibi, es posible que esté "amparado" por la ley, o mejor dicho, no está "sancionado" por la ley, digamos que está ahí en un punto donde no te pueden sancionar, pero tampoco es "legal".

Y aquí es donde viene el tema... el agente, con buen criterio, te quiere denunciar por eso, aún sin tener competencia, pues... ahí lo deja.... ahora eres tú el que tiene que demostrar lo contrario, que no creo que puedas demostrarlo.

Es decir, a mi si me denuncian por ir con X casco, marca Y con la mentonera levantada (es decir, será por uso "incorrecto" del casco... que esto tambien es susceptible de interpretación si llevas una cámara pegada... y ser un uso "incorrecto", lo mismo que si te pegas unos cuernos adhesivos que hay a la venta, pues es un uso "incorrecto", o puede serlo), pues decia, mentonera levantada, multa por uso incorrecto al llevar mentonera levantada, presento recurso con homologación del fabricante que dice que X casco marca Y SI está homologado para utilizar con la mentonera levantada, de modo que ahí se acaba el asunto.

Pero aquí el problema viene que todas estas cosas, si te las "sueltan", te las comes... si no te multan, es legal, pero si te multan, es "ilegal" porque no pudes demostrar la legalidad. Y creo que aunque vayas hasta el fondo, va a ser ilegal, excepto que hagas una homologación específica para tu casco, que es posible por supuesto (no viable).

En cualquier caso siempre he pensado... que a veces hacemos cosas "mal" creyendo que están bien... y nos cascan una multa, sanción, etc... y sorpresa... .pero cuando crees que lo que haces está "mal", es que está mal :ROFLMAO:

el tema es que si esto se populariza, y parece que si ya que esta publicidad en foros ayuda (algún guarda pensará... uy mira... ya sé por donde salir cuando tenga necesidad), va a ser complicado pararlo.

Saludos
 
Yo pregunto, si en una moto que esta homologada puedes poner elementos siempre que sean desmontables y fijados con los anclajes del fabricante
¿Porque un casco homologado y bien utilizado no puede llevar una cámara o intercomunicador con los anclajes del fabricante?, porque supongo que esos anclajes de la cámara o intercomunicador tendrán la curvatura del casco o la flexibilidad suficiente para su adaptación siempre que la cámara este homologada para fijarla como cámara deportiva, así que el fabricante abra realizado las pruebas necesarias para acreditar que sus fijaciones son seguras.
Siempre que no se atornille porque entonces si se modifica la estructura del casco.
¿puede argumentarse para un recurso?
 
Respecto a los faros de niebla, alerones, cinturones... mira, el mismo Manual de Reformas de Importancia que dice que se pueden llevar cachivaches cuando no estén instalados fijos en el vehículo y se puedan desmontar con herramientas sencillas o sin ellas siempre que no sobresalgan de la anchura del vehículo y que tú ignoras, a pesar de que te he puesto una captura para que lo leas, establece como reforma la instalación de esas luces para niebla, alerones... a los que te refieres.
Dije que no iba a participar más, pero como me citas me veo un poco en la obligación. Ya sé que un alerón no es lo mismo que un soporte de una vídeo-cámara, era un simple ejemplo comparativo. Pero es tan ilegal instalar un alerón o un crucifijo pegado en el capó como el soporte de una video-cámara. En la propia captura que tú pones dice que la reforma de importancia "se aplica a la incorporación o sustitución de elementos en el exterior del vehículo tales como:", y cita una serie de ejemplos como el alerón. Pero en el último punto dice "cualquier elemento superpuesto sobre el vehículo homologado original". Y esa frase lo define todo. Es decir, para legalizar cualquier elemento que se quiera instalar en el exterior del vehículo se hará vía reforma de importancia. Bueno, cualquiera no, hay una serie de excepciones que se citan en el apartado siguiente, entre los que se encuentran topes anticaídas, paramanos... Todo lo que no figure en la lista de excepciones está sujeto a la norma general, es decir, se considera reforma.

Con respecto al ejemplo que pones de las maletas también está muy claro, y tú lo citaste antes. No se considera reforma "La instalación de elementos desmontables cuando se utilicen los anclajes previstos por el fabricante (ej.: maletas, baúles...". El tema está en que cuando habla de anclajes previstos por el fabricante se refiere al fabricante del vehículo, no al fabricante de los soportes o de las maletas. Al fabricante de los soportes o de las maletas se le exige una homologación de su producto. Por ejemplo, Givi tiene que demostrar que su soporte y sus maletas son seguras si se instalan en el lugar previsto para ello por BMW, y respetando las condiciones de BMW en cuanto a pesos y dimensiones máximas. Pero en ningún momento Givi podría homologar unas maletas para la GS si BMW no hubiera previsto antes que esa moto puede llevar maletas y un lugar para ubicarlas.

Luego en este caso el problema no está en la cámara en sí, el tema es si el casco o el vehículo tienen homologado un lugar para fijarlo. Y eso se aplica a muchos elementos que llevamos muchas veces en la moto y que el fabricante (de la moto) en ningún momento dijo que podríamos instalar. Evidentemente en el caso de las maletas que comentas el fabricante autoriza su instalación, luego no hay discusión.

A partir de ahí el que quiera llevar las cosas legales ya sabe lo que hay que hacer: reforma de importancia y autorización en la ITV.

Y como con estos argumentos, con todos. Obviáis la normativa y opináis por lo que pensáis que es lo correcto o lo que debe ser ignorando las normas que tenemos. Y encima parece que os ofendéis. Tiene narices.
En cuanto a las normas te diré que ni las ignoro ni las desconozco. De hecho durante unos años me dediqué profesionalmente a ello, y firmé unos cuantos proyectos de reforma. De todas formas sólo expongo argumentos, ni mejores ni peores que los de cualquiera. Luego cada uno con la información que tiene ya sacará sus conclusiones.

Siento el tocho, pero no os preocupéis porque será el último en este hilo. Si entramos en reglamentación la cosa se vuelve infumable y me aburro hasta yo :ROFLMAO:

Un saludo a todos
 
Yo pregunto, si en una moto que esta homologada puedes poner elementos siempre que sean desmontables y fijados con los anclajes del fabricante
¿Porque un casco homologado y bien utilizado no puede llevar una cámara o intercomunicador con los anclajes del fabricante?, porque supongo que esos anclajes de la cámara o intercomunicador tendrán la curvatura del casco o la flexibilidad suficiente para su adaptación siempre que la cámara este homologada para fijarla como cámara deportiva, así que el fabricante abra realizado las pruebas necesarias para acreditar que sus fijaciones son seguras.
Siempre que no se atornille porque entonces si se modifica la estructura del casco.
¿puede argumentarse para un recurso?

Los soportes siempre sobresalen de la superficie, y bastante, y además con esos adhesivos 3m quedan muy pero que muy sujetos (exageradamente sujetos), seguramente si golpeas con algo con ese soporte te gire el casco en la dirección contraria sin arrancarse nada.... tanto en un lateral, frontal o arriba sobresale y para mi (insisto para mi) son peligrosos si enganchas con algo, a ver todo es peligroso, por supuesto, pero creo que si afectan negativamente a la seguridad (siempre negativamente, está claro que la homologación o resultados de la misma, cambiaría si se analiza así) . No creo que haya ningún soporte ni certificado ni homologado de ningún tipo. Y cámara, pues lo mismo, hay muchas cámaras deportivas con diferente formato.

creo que había algún casco que incluía de serie el soporte de gopro... ese, evidentemente, estará homologado (sólo para llevar el soporte claro, la cámara será lo de "uso exclusivo en circuito").

y es que pienso que ya no sólo, rizando el rizo te pueden multar por llevar una gopro o cualquier otra camara... es que sólo por llevar el soporte te podrían multar (para mi), evidentemente, lo que canta es la "cámara".

no sé, esto está saliendo en prensa y todo... de modo que creo que van a venir más sanciones por esto.

Quizás es la respuesta a un "por favor, puedes apagar la cámara? de un guardia" y una respuesta "me ampara el derecho y blablabla y no la apago"... pues vale, graba cómo te multo por llevarla :LOL:

Saludos

adhesive-helmet-front-chin-mount-holder-kit-for-sjcamantsharesgopro-hero-6-5-4-motorcycle.jpg
 

documento interesante, hablando de la certificacion ece 22.05 (que es la que tenemos en Europa también, este test es de Australia).

es todo muy ambiguo, en otro artículo australiano hablan que la nueva 22.06 (aún no vigente hasta dentro de 3 años aunque convivirá con la actual) ya limita totalmente estos "añadidos" y la actual sólo obliga hasta el punto de venta, dejando despues que cada usuario haga "lo que quiera" (lo cual tampoco tiene mucho sentido).

En fin... tiene miga, lo que es evidente, es lo que suponemos, con una camara y/o soportes, la homologación puede dejar de cumplirla... de modo que te pueden multar por llevar un casco no homologado, y ser tú el que tengas que demostrar que lo está (y si pasas los test cómo el ejemplo, y no lo cumple... pues es cómo si fueses sin casco)

saludos
 
Dije que no iba a participar más, pero como me citas me veo un poco en la obligación. Ya sé que un alerón no es lo mismo que un soporte de una vídeo-cámara, era un simple ejemplo comparativo. Pero es tan ilegal instalar un alerón o un crucifijo pegado en el capó como el soporte de una video-cámara. En la propia captura que tú pones dice que la reforma de importancia "se aplica a la incorporación o sustitución de elementos en el exterior del vehículo tales como:", y cita una serie de ejemplos como el alerón. Pero en el último punto dice "cualquier elemento superpuesto sobre el vehículo homologado original". Y esa frase lo define todo. Es decir, para legalizar cualquier elemento que se quiera instalar en el exterior del vehículo se hará vía reforma de importancia. Bueno, cualquiera no, hay una serie de excepciones que se citan en el apartado siguiente, entre los que se encuentran topes anticaídas, paramanos... Todo lo que no figure en la lista de excepciones está sujeto a la norma general, es decir, se considera reforma.

Con respecto al ejemplo que pones de las maletas también está muy claro, y tú lo citaste antes. No se considera reforma "La instalación de elementos desmontables cuando se utilicen los anclajes previstos por el fabricante (ej.: maletas, baúles...". El tema está en que cuando habla de anclajes previstos por el fabricante se refiere al fabricante del vehículo, no al fabricante de los soportes o de las maletas. Al fabricante de los soportes o de las maletas se le exige una homologación de su producto. Por ejemplo, Givi tiene que demostrar que su soporte y sus maletas son seguras si se instalan en el lugar previsto para ello por BMW, y respetando las condiciones de BMW en cuanto a pesos y dimensiones máximas. Pero en ningún momento Givi podría homologar unas maletas para la GS si BMW no hubiera previsto antes que esa moto puede llevar maletas y un lugar para ubicarlas.

Luego en este caso el problema no está en la cámara en sí, el tema es si el casco o el vehículo tienen homologado un lugar para fijarlo. Y eso se aplica a muchos elementos que llevamos muchas veces en la moto y que el fabricante (de la moto) en ningún momento dijo que podríamos instalar. Evidentemente en el caso de las maletas que comentas el fabricante autoriza su instalación, luego no hay discusión.

A partir de ahí el que quiera llevar las cosas legales ya sabe lo que hay que hacer: reforma de importancia y autorización en la ITV.


En cuanto a las normas te diré que ni las ignoro ni las desconozco. De hecho durante unos años me dediqué profesionalmente a ello, y firmé unos cuantos proyectos de reforma. De todas formas sólo expongo argumentos, ni mejores ni peores que los de cualquiera. Luego cada uno con la información que tiene ya sacará sus conclusiones.

Siento el tocho, pero no os preocupéis porque será el último en este hilo. Si entramos en reglamentación la cosa se vuelve infumable y me aburro hasta yo :ROFLMAO:

Un saludo a todos

No sabes ni leer.

Lo de los elementos desmontables sobre anclajes del fabricante es sólo el primer punto de lo que no se considera reforma. Sigue leyendo el resto de puntos que veo que ignoras y que nada tienen que ver con el fabricante:
1604435778278.png

Según tú, por lo que veo, una cámara tampoco la podrás adosar a la moto porque su soporte no lo homologa el fabricante de la moto, no? Para llorar.

De todas formas el casco es una prenda y no una parte del vehículo. Reglamentariamente en las prendas puedes llevar lo que quieras, como dispositivos luminosos o reflectantes prohibidos para el vehículo, siempre que no suponga un peligro para la seguridad vial. aunque seguro que tú opinas que está prohibido y eso va a misa.

Como dije, la DGT, que está permitiendo que se examinen del permiso de conducir de moto con intercomunicadores adosados a los cascos, estará prevaricando con ello según tú. Ahora sal otra vez con que es una excepción a la norma, que me ría un rato.

Para colmo la coletilla que sueltas, Gutibronx dixit: "Si entramos en reglamentación la cosa se vuelve infumable y me aburro hasta yo :ROFLMAO:" Así que estamos debatiendo sobre la legalidad o no de algo y no debemos entrar en reglamentación!! pues con eso te has retratado. Y así con todo.
 

documento interesante, hablando de la certificacion ece 22.05 (que es la que tenemos en Europa también, este test es de Australia).

es todo muy ambiguo, en otro artículo australiano hablan que la nueva 22.06 (aún no vigente hasta dentro de 3 años aunque convivirá con la actual) ya limita totalmente estos "añadidos" y la actual sólo obliga hasta el punto de venta, dejando despues que cada usuario haga "lo que quiera" (lo cual tampoco tiene mucho sentido).

En fin... tiene miga, lo que es evidente, es lo que suponemos, con una camara y/o soportes, la homologación puede dejar de cumplirla... de modo que te pueden multar por llevar un casco no homologado, y ser tú el que tengas que demostrar que lo está (y si pasas los test cómo el ejemplo, y no lo cumple... pues es cómo si fueses sin casco)

saludos

Quizá cuando salga la 22.06 modifiquen el RGC y nos impidan llevar en el casco ningún aparato no diseñado para ello.
 
Al final me hacéis tomar cartas en el asunto, dejad las alusiones de unos a otros y centraos por favor en debatir sin recurrir a increpar a nadie.
Saludos cordiales.
 
Tu problema es que no entiendes nada. Deberías debatir sobre otros asuntos.
Lo que deberías hacer tú, es que esa multa se puede recurrir y demostrar que no se puede multar a nadie por llevar una cámara adosada a un casco homologado.

Si tan listo y preparado te crees, ponte en contacto con el denunciado que es objeto de debate y haznos un favor a todos.
 
Aquí os dejo el último de mis delitos. Espero que alguien me perdone por ello.

 
No sabes ni leer.

Lo de los elementos desmontables sobre anclajes del fabricante es sólo el primer punto de lo que no se considera reforma. Sigue leyendo el resto de puntos que veo que ignoras y que nada tienen que ver con el fabricante:
Ver el archivo adjunto 220116

Según tú, por lo que veo, una cámara tampoco la podrás adosar a la moto porque su soporte no lo homologa el fabricante de la moto, no? Para llorar.

De todas formas el casco es una prenda y no una parte del vehículo. Reglamentariamente en las prendas puedes llevar lo que quieras, como dispositivos luminosos o reflectantes prohibidos para el vehículo, siempre que no suponga un peligro para la seguridad vial. aunque seguro que tú opinas que está prohibido y eso va a misa.

Como dije, la DGT, que está permitiendo que se examinen del permiso de conducir de moto con intercomunicadores adosados a los cascos, estará prevaricando con ello según tú. Ahora sal otra vez con que es una excepción a la norma, que me ría un rato.

Para colmo la coletilla que sueltas, Gutibronx dixit: "Si entramos en reglamentación la cosa se vuelve infumable y me aburro hasta yo :ROFLMAO:" Así que estamos debatiendo sobre la legalidad o no de algo y no debemos entrar en reglamentación!! pues con eso te has retratado. Y así con todo.
Nada, pues ya lo has dicho todo. Sólo te pido dos cosas:
- No me faltes al respeto, yo creo que no te he faltado a ti.
- No pongas en mi boca cosas que yo no he dicho.

Nada más. Pido disculpas al moderador y a los compañeros por exponer mi parecer seguramente con más vehemencia de lo que el tema se merece. Por mi parte tema finiquitado.

Un saludo a todos
 
Nada, pues ya lo has dicho todo. Sólo te pido dos cosas:
- No me faltes al respeto, yo creo que no te he faltado a ti.
- No pongas en mi boca cosas que yo no he dicho.

Nada más. Pido disculpas al moderador y a los compañeros por exponer mi parecer seguramente con más vehemencia de lo que el tema se merece. Por mi parte tema finiquitado.

Un saludo a todos
Por desgracia, en vez de venir a aclarar las cosas y ayudarnos en todo este lio, han venido algunos a ir de sabelotodo y no ayudar en nada.

Muchas gracias Gutibronx por tus aportaciones y buen comportamiento. (y) (y)(y)✌️✌️
 
No sé muy bien si es que no leéis lo que ponemos MODERACIÓN o que os lo tomáis con poco interés. No voy a cerrar el hilo, al menos yo, porque os empecinéis en ello. Señores por favor, los hilos se abren para debatir con educación y respeto y teniendo en cuenta que aquí nadie es más que otro, los crean compañeros con la finalidad de aportar, informar y para crear un debate abierto y sano, no para lo contrario y para tirarse los tratos a la cabeza, ya tenemos bastante ahí fuera como para no tener nuestra “Man Cave” libre de toxicidad y malos rollos.
Por tanto os pido que os alejéis todos del “y tú más” el “qué sabrás tú?” o el “no tienes ni pajolera idea”.
No me deis el Miércoles que ayer fue mi cumple y quiero seguir teniendo una sonrisa en la cara, os recomiendo que entréis en el Foro con una y salgáis del el con otra mayor.
Saludos cordiales.
 
Siempre he expuesto mi opinión con la mayor educación que he podido, quizá al final, después de leer varios comentarios despectivos de mis opiniones, he tenido un tono inadecuado. Pido disculpas por ello.

He dado mi opinión y la he sustentado en la normativa que tenemos, al menos la que yo conozco. Otros opinan lo contrario sin aportar nada, o muy poco, más allá de lo que piensan, sin respaldo legal alguno.

- El Reglamento General de Circulación, por raro que parezca, no prevé la infracción de alterar las características de un casco.

- Un agente no debería denunciar algo que no es infracción aunque a él le parezca que debería serlo.

- Un agente no tiene competencia para decidir si un casco está homologado o no cuando el casco acredita estarlo mediante la etiqueta correspondiente.

- Para los vehículos, el Manual de Reformas ya establece qué es reforma y qué no. Cuando hace referencia a "los anclajes previstos por el fabricante", se está refiriendo al fabricante de los accesorios, no del vehículo, de lo contrario no se podrían instalar maletas Givi o Shad en las motos o cofres para techo Thule en los coches, por poner unos ejemplos. Está claro que BMW, Seat, Nissan... no iban a fabricar esos anclajes para todas las marcas del sector, cada marca fabrica los suyos y el Manual se refiere a ellos.

- Volviendo a los cascos, todavía nadie me ha explicado cómo es posible que la DGT esté permitiendo el uso de intercoms adosados a cascos para quienes se examinan del carné de moto cuando el requisito es que el casco esté homologado. Según el argumento que dan algunos, un casco con ese intercom deja de estar homologado.

- Por último, recordar que en derecho hay una máxima: todo lo que no está expresamente prohibido, está permitido.

Y aquí dejo el tema. Me parece que ya no voy a participar más en este tipo de debates, me parece que pierdo el tiempo y me expongo al descrédito.

Un saludo a todos.
 
Buenas... esto va a ser cómo las películas americanas :LOL: ... voy a hacer de fiscal y Dibi de abogado (igual ni tiene que fingir, yo si :giggle:.

Yo lo planteo así:

partimos claramente de esto "“Los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehículos especiales tipo quad, deberán utilizar ‘adecuadamente’ cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen tanto en vías urbanas como en interurbanas”"

De modo que por un lado está el "uso adecuado" y por otro "la homologación", que es por donde ataca.

Me voy a ceñir en la homologación, tenemos 2 opciones... que el casco esté homologado con su correspondiente identificación ECE22.05, o que el casco NO esté homologado (ya sea porque carece de esa identificación, o, que la identificación no se corresponde con el producto, o viceversa).

Es decir, un agente te puede parar, comprobar tu casco, y ver que tienes la etiqueta correspondiente, considerando que el casco está homologado. También te puede parar, y comprobar que tu casco no tiene la identificación correspondiente, de modo que tendrás una sanción por utilizar un casco no homologado (desconozco la misma). También puede darse el caso de que esa identificación no la tenga (gastada, rota, etc) de modo que el agente te puede denunciar, y tu podrás presentar recurso con dicha homologación indicando lo sucedido (desconozco si prosperaría o no, pero parece razonable). También se puede dar el caso de que yo lleve un casco chino de aliexpress sin ninguna homologación, y con un bolígrafo escriba ECE22.05, o le ponga con una etiqueta dymo, EC 22.05 en la correa... y el señor agente considerar que hay indicios suficientes (ya no digo que vaya con un casco con cuernos por ej, estilo diablo) para valorar que ese casco NO ESTÁ HOMOLOGADO, porque la etiqueta parece falsa, manipulada, o simplemente, la etiqueta parece que no se corresponde con el casco. A mi esto me parece razonable. Pero no pasa nada, porque si despues ese casco está homologado, con presentar la documentación del fabricante, factura o lo que sea, queda claro.


Y ahí, es donde viene la sanción, y considero que está BIEN PUESTA. El agente considera que ese casco, que tiene una etiqueta de homologación (evidentemente, si no, ya no seguimos), no se corresponde esa etiqueta con ese casco (manipulación, falsificación, etc...), que además, que lleve una gopro es irrelevante en la sanción (aunque no a efectos informativos, por si decide llevar la homologación de la misma, que quede claro lo que llevaba "adosado"), la sanción va a ser porque lleva un casco "no homologado" en el momento que te paran, y en eso estamos todos de acuerdo.

Entonces yo si considero que puedes llegar perfectamente hasta aquí, y ser sancionado justamente por llevar un casco no homologado, que esa es la sanción, y perfectamente recurrible si tu demuestras la homologación de ese casco (que lleve una etiqueta identificativa no implica que sea falsa, manipulada o que no se corresponda con lo que se ha homologado cómo es el caso).

además, cómo por ej, muestra este estudio citado antes (que me parece lo más lógico) https://acrs.org.au/files/papers/arsc/2017/Suratno_00134_EA.pdf , un casco, intercomunicador, etc... afecta con alta probabilidad a la homologación si haces los test de la misma de nuevo, pasando de ser un casco HOMOLOGADO, a un casco NO HOMOLOGADO.

en resumen, que para mi, va a tener que pagar u homologar ese casco con esa cámara y su soporte (a toro pasado no creo que sirva), de modo que tocará pagar.

la máxima de todo lo que no está expresamente prohibido, está permitido me parece acertada (la desconocía), pero en este caso, está prohibido circular con un casco NO HOMOLOGADO (da igual el uso correcto o incorrecto, considero, es un requisito), pero ante error del agente, con presentar la homologación asunto solucionado. E incluso se podría ir más allá y admitir un uso INCORRECTO del casco (con la cámara adosada), lo mismo que si te multan con un casco abatible por llevar la mentonera abierta y no está homologado para ello. Es un uso incorrecto.

No sé... creo que dibi tiene razón en lo que argumenta, además bien, pero... al final toca pagar. Y me temo que a partir de aquí, es lo que vendrá.

Saludos
 
Buenas... esto va a ser cómo las películas americanas :LOL: ... voy a hacer de fiscal y Dibi de abogado (igual ni tiene que fingir, yo si :giggle:.

Yo lo planteo así:

partimos claramente de esto "“Los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehículos especiales tipo quad, deberán utilizar ‘adecuadamente’ cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen tanto en vías urbanas como en interurbanas”"

De modo que por un lado está el "uso adecuado" y por otro "la homologación", que es por donde ataca.

Me voy a ceñir en la homologación, tenemos 2 opciones... que el casco esté homologado con su correspondiente identificación ECE22.05, o que el casco NO esté homologado (ya sea porque carece de esa identificación, o, que la identificación no se corresponde con el producto, o viceversa).

Es decir, un agente te puede parar, comprobar tu casco, y ver que tienes la etiqueta correspondiente, considerando que el casco está homologado. También te puede parar, y comprobar que tu casco no tiene la identificación correspondiente, de modo que tendrás una sanción por utilizar un casco no homologado (desconozco la misma). También puede darse el caso de que esa identificación no la tenga (gastada, rota, etc) de modo que el agente te puede denunciar, y tu podrás presentar recurso con dicha homologación indicando lo sucedido (desconozco si prosperaría o no, pero parece razonable). También se puede dar el caso de que yo lleve un casco chino de aliexpress sin ninguna homologación, y con un bolígrafo escriba ECE22.05, o le ponga con una etiqueta dymo, EC 22.05 en la correa... y el señor agente considerar que hay indicios suficientes (ya no digo que vaya con un casco con cuernos por ej, estilo diablo) para valorar que ese casco NO ESTÁ HOMOLOGADO, porque la etiqueta parece falsa, manipulada, o simplemente, la etiqueta parece que no se corresponde con el casco. A mi esto me parece razonable. Pero no pasa nada, porque si despues ese casco está homologado, con presentar la documentación del fabricante, factura o lo que sea, queda claro.


Y ahí, es donde viene la sanción, y considero que está BIEN PUESTA. El agente considera que ese casco, que tiene una etiqueta de homologación (evidentemente, si no, ya no seguimos), no se corresponde esa etiqueta con ese casco (manipulación, falsificación, etc...), que además, que lleve una gopro es irrelevante en la sanción (aunque no a efectos informativos, por si decide llevar la homologación de la misma, que quede claro lo que llevaba "adosado"), la sanción va a ser porque lleva un casco "no homologado" en el momento que te paran, y en eso estamos todos de acuerdo.

Entonces yo si considero que puedes llegar perfectamente hasta aquí, y ser sancionado justamente por llevar un casco no homologado, que esa es la sanción, y perfectamente recurrible si tu demuestras la homologación de ese casco (que lleve una etiqueta identificativa no implica que sea falsa, manipulada o que no se corresponda con lo que se ha homologado cómo es el caso).

además, cómo por ej, muestra este estudio citado antes (que me parece lo más lógico) https://acrs.org.au/files/papers/arsc/2017/Suratno_00134_EA.pdf , un casco, intercomunicador, etc... afecta con alta probabilidad a la homologación si haces los test de la misma de nuevo, pasando de ser un casco HOMOLOGADO, a un casco NO HOMOLOGADO.

en resumen, que para mi, va a tener que pagar u homologar ese casco con esa cámara y su soporte (a toro pasado no creo que sirva), de modo que tocará pagar.

la máxima de todo lo que no está expresamente prohibido, está permitido me parece acertada (la desconocía), pero en este caso, está prohibido circular con un casco NO HOMOLOGADO (da igual el uso correcto o incorrecto, considero, es un requisito), pero ante error del agente, con presentar la homologación asunto solucionado. E incluso se podría ir más allá y admitir un uso INCORRECTO del casco (con la cámara adosada), lo mismo que si te multan con un casco abatible por llevar la mentonera abierta y no está homologado para ello. Es un uso incorrecto.

No sé... creo que dibi tiene razón en lo que argumenta, además bien, pero... al final toca pagar. Y me temo que a partir de aquí, es lo que vendrá.

Saludos
Lo has explicado muy bien y estamos de acuerdo en casi todo salvo en que el casco no deja de estar homologado por mucho que lleve un intercom o cámara adosada al mismo. Eso podría ser una manipulación se así estuviera establecido en el RGC, y éste no prevé tal asunto. La infracción nunca podría ser por uso inadecuado del casco si éste se lleva correctamente puesto.

Y recuerdo que la DGT obliga al uso de cascos homologados a los postulantes al permiso de moto y éstos mayoritariamente usan cascos homologados y con un intercom adosado a los mismos.
 
Yo ahí si que pienso que el casco deja de estar homologado (y además es lo más lógico, que la pierda), "ese casco". Es decir, puedo considerar que esa etiqueta está "falsificada", o que no se corresponde con el producto (que es lo mismo), y en ese momento, entiendo que la pelota pasa a tu tejado y eres tú el que tienes que demostrar que tu casco "con una gopro" (eso lo han indicado) está homologado, y eso no podrá suceder.

Digamos que no te dicen que está "prohibido" llevar la cámara, o te lo dicen pero perdona que seguramente me equivoco, demuestra tú que está "permitido" (homologación, y es donde por ahí, pinchas fijo). Y al final, es lo mismo.

Está en tierra de nadie, pero mi sentido común (insisto, el mío) me dice que es así, y tienes las de perder (pagar).

Veremos en que acaba, porque estoy seguro que fabricantes de cámaras querrán entrar en el tema (pueden perder ventas) y les gustaría aclararlo, pero creo que lo van a tener complicado no, lo siguiente.

Saludos
 
Sobre el tema de los "exámenes" con intercom, o los agentes de tráfico, pues lo desconozco. Si hay algo ilegal, y viendo el tema, supongo que ya por prevención de riesgos, tendrían que tomar medidas. Cabe la opción posible de homologaciones específicas de sus cascos, que no sería de extrañar (te compro 3000 cascos pero me los homologas para blablabla). Pero es una suposición.

Saludos
 
Parece ser que al pobre hombre este le ha tocado el GC que sabe hasta arameo.
Yo entiendo la postura de Dibi (aprovecho para pedirte disculpas por mis contestaciones a tus planteamientos en algún momento del debate) y se agradece tú saber de leyes y demás. Pero yo no las tengo todas conmigo (ojalá fuese más optimista en estos casos) y viendo lo que expone Pablo DL y el Sr. Toribio en el vídeo que acompaño al encabezamiento del post, pues me temo que la cosa se va a poner jodida para el uso de cualquier artilugio adosado a los cascos.

Yo ya he tenido una experiencia con agentes de la DGT con el tema de intercomunicadores, no así con las cámaras en el casco. Pero no quiere decir que mañana me pase también.

Dicen que el miedo guarda la viña (o algo así)
Esperaré pacientemente a ver si por fin hacen unas leyes claras y concisas al respecto y se dejan de chapuzas encubiertas para poder seguir jodiéndonos la cartera.

Muchas gracias a todos por vuestras aportaciones y siento haber sido un mal educado. Vss ✌️ ✌️
 
Sobre el tema de los "exámenes" con intercom, o los agentes de tráfico, pues lo desconozco. Si hay algo ilegal, y viendo el tema, supongo que ya por prevención de riesgos, tendrían que tomar medidas. Cabe la opción posible de homologaciones específicas de sus cascos, que no sería de extrañar (te compro 3000 cascos pero me los homologas para blablabla). Pero es una suposición.

Saludos
Desde mí experiencia a la hora de examinarme del carnet de motocicleta os puedo contar como fueron el examen y las clases con el casco y la comunicación con el instructor y el perito examinador, que viene a ser lo mismo.

A mí me colocaron un receptor en la oreja para poder escuchar las indicaciones, jamás un intercomunicador, ya que yo no podía comunicarme con nadie. Así que el casco no estaba manipulado ni nada por el estilo, además de que era mí casco. El que me daban en la autoescuela era un quitamultas que no podías escuchar nada del ruido que hacía. :rolleyes::rolleyes:

Otra cosa es que eso sea legal o no. Ahí ya sería otro tema que nada tiene que ver con los cascos.
 
total que el GC no sabe lo que hace y segun algunos le va a caer la del pulpo. ya que podeis demostrar segun los consejos que leo de algunos , que es una multa que no da a lugar.
pues yo de momento no me pondre nada en el casco , ya que segun que fabricante te desaconseja hasta poner pegatinas.
 
Es decir, perfecto, la denuncia está mal hecha y "no procede", entonces ahora la pelota está en tu tejado y eres tú el que tienes que demostrar que NO PROCEDE
A mi es eso lo que me preocupa. Que al final si te proponen una sanción por una determinada interpretación de una norma, o pagas o tienes que recurrir, lo que también suele provocar que pagues (aunque se ven tiempo perdido y dinero dejado de ganar). Y l mayoría de nosotros, pagamos cuando entendemos que hemos vulnerado la norma y pagamos aunque pensemos que no la vulneramos para evitar todo el follón (a no ser que tengas tiempo y conozcas muy bien el proceso para hacerlo).
Vaya por delante que no entiendo de homologaciones de cascos, pero para mi cuando se homologa un casco estás homologando la resistencia del mismo al impacto en unas determinadas condiciones y en unos determinados lugares del casco. Y para mi, que insisto no tengo mucha idea y me fui por mi sentido común, llevar una cámara adosada al casco no tiene porque afectar a la resistencia del casco y por tanto a la homologación del mismo. Me queda la duda de si va instalada frontalmente por debajo de la pantalla. Pero en un lateral o arriba del todo, me parece que no afecta a las propiedades del casco.
Así que si te ponen una sanción por llevarla, porque el agente interpreta que el casco pierde su homologación, pues estas jodido. Porque recurrir puede ser largo, tedioso y costarte dinero (no estoy seguro de ello) y al final acabas pagando y listo.
Y esa discrecionalidad en la aplicación (e interpretación) de la norma es la que nos genera un desamparo evidente. Si todos los agentes multaran a todo el mundo al llevar cámara, todo estaría más claro porque ya habría quedado claro si es una infracción o no lo es (multas generalizadas disparan más recursos que deben resolverse). Y todos sabríamos a que atenernos y los agentes también. Pero si de normal no te dicen nada (lo que también pasa con los intercomunicadores) y aleatoriamente, a veces te sancionan, tienes la sensación de arbitrariedad en el desempeño de los agentes de seguridad vial.
PD.- Pongo un video de ForNine hablando de la "excelencia" de la homologación DOT. Supongo que la ECE sera algo mejor....
 

aquí tienes un estudio, que básicamente concluye que la adición de esos elementos provocan que un casco homologado, si le vuelves a pasar los test´s de homologación, deja de superarlos, es decir, NO ES HOMOLOGADO. Y a mi me parece muy lógico, no tanto por la propia cámara que puedas llevar que saldrá echa añiños y disparada, si no por la base que va pegada, que eso absorve un impacto y bien.

Saludos
 

aquí tienes un estudio, que básicamente concluye que la adición de esos elementos provocan que un casco homologado, si le vuelves a pasar los test´s de homologación, deja de superarlos, es decir, NO ES HOMOLOGADO. Y a mi me parece muy lógico, no tanto por la propia cámara que puedas llevar que saldrá echa añiños y disparada, si no por la base que va pegada, que eso absorve un impacto y bien.

Saludos
Si esta pegado no puedo decir que no afecte al compuesto. Cuando era joven decía que no se podían poner adhesivos a los cascos porque afectaban sus propiedades. Supongo que eso ahora ya no se sostiene. Pero si tienes un casco, como el Klim Krios, que vende un adaptador especifico para colocar la cámara, pues no se. En fin. Yo no pongo cámara en el casco. Pero en el fondo lo que reclamo es una uniformidad de criterio a la hora de sancionar. Cuando es aleatorio genera confusión. Cuantos habrá que llevan la cámara y ni se cuestionan si esta permitido....
 
Consulta desde la ignorancia, si se lleva la camara enganchada mediante correas, con algo asi:

Screenshot 2020-11-23 at 21.59.54.png
Screenshot 2020-11-23 at 22.01.01.png
Es multable tambien? va atado a la mentonera, es de quitar y poner, no deberia afectar la estructura del casco.

Gracias
 
En mi opinión todo lo que esté fijado al casco, independientemente de si va atornillado, pegado o atado, es ilegal. Los cascos tienen una forma redondeada (aparte de por la forma de nuestro melón) para que no se puedan enganchar con ningún objeto, por ejemplo una rama. Creo que ese soporte, o cualquier cosa que sujeta en el casco, se puede enganchar y ocasionar una lesión grave.

Por cierto, hoy leí en un artículo de una web especializada en motociclismo (no la cito porque no recuerdo cuál era) que entre las modificaciones que quieren hacer en la normativa de tráfico está aumentar los puntos que se retiran por no utilizar el casco de manera adecuada. Y mencionaba como ejemplos no llevarlo correctamente abrochado o llevar elementos adosados como cámaras o intercomunicadores, ya que modificaban las condiciones de uso para las que estaba homologado.

Un saludo
 
Arriba