Novedad Multa cámaras de acción en el casco (Legal o ilegal)

Si el casco está o no homologado lo dice la certificación que lleva dentro, no un agente de la autoridad. Un agente puede denunciar un uso indebido (casco suelto, mentonera levantada, no colocado correctamente...) y si denuncia por circular con un casco no homologado deberá reseñar por qué no está homologado (homologación distinta, falta de homologación...). En mi opinión no se puede denunciar un casco por falta de homologación o certificación porque lleve un dispositivo como una cámara o intercom anexado al mismo lo mismo que no puede denunciar si el casco está "caducado" porque no es a él a quien le corresponde determinar tal cosa. No existe la infracción de circular con un casco manipulado, alterado o caducado. Así de sencillo lo veo yo.
 
Ojalá... si yo quiero que no sea sancionable :LOL: porque las tengo y las uso. Pero me temo que no es así.
¿un agente puede denunciar por utilizar un casco no homologado? Supongo que si (etiqueta) y creo que también puede denunciar por considerar que el casco aunque tenga una etiqueta de homologación, le parece que no está homologado, está modificado, o cree que esa etiqueta es falsa (por decir algo).

Por ej, denunciar por llevar la mentonera levantada, podría ser, pero si el casco tiene esa homologación, se puede utilizar así, es decir, te denunciarían por ellos, tendrías que recurrir con la homologación del casco que si permite usarlo en esas condiciones.

pero bueno, ojalá sea cómo decís, pero a mi me parece bastante razonable que no te permitan modificar el casco de este modo, y creo que si puede resultar peligroso (o mejor dicho, con mala suerte, ser más peligroso que no llevar nada), riesgo a parte para los demás usuarios, de que salga disparada....

saludos
 
Ojalá... si yo quiero que no sea sancionable :LOL: porque las tengo y las uso. Pero me temo que no es así.
¿un agente puede denunciar por utilizar un casco no homologado? Supongo que si (etiqueta) y creo que también puede denunciar por considerar que el casco aunque tenga una etiqueta de homologación, le parece que no está homologado, está modificado, o cree que esa etiqueta es falsa (por decir algo).

Por ej, denunciar por llevar la mentonera levantada, podría ser, pero si el casco tiene esa homologación, se puede utilizar así, es decir, te denunciarían por ellos, tendrías que recurrir con la homologación del casco que si permite usarlo en esas condiciones.

pero bueno, ojalá sea cómo decís, pero a mi me parece bastante razonable que no te permitan modificar el casco de este modo, y creo que si puede resultar peligroso (o mejor dicho, con mala suerte, ser más peligroso que no llevar nada), riesgo a parte para los demás usuarios, de que salga disparada....

saludos

Si miras el RGC (art. 118.1), verás que no existe la infracción de manipular o modificar un casco, sí que está la de no usarlo correctamente. Son dos cosas distintas. Si vas con la mentonera levantada y está homologado para ello no es denunciable y si no está homologado para ello la denuncia lo sería por no utilizarlo correctamente, no por que no esté homologado.
 
Si adosar una cámara es una infracción, adosar un intercomunicador, también lo es y sin embargo se examinan cada día miles de personas para permisos de conducir de moto y nadie ha denunciado jamás este hecho, es más, los examinadores, que algo de reglamentación saben, lo permiten.

Los examinadores y las fuerzas y cuerpos de seguridad pueden usar intercomunicadores porque la norma hace una mención expresa autorizándolo. Es una excepción a la norma.

En cuanto a la multa en cuestión a mi parecer el tema está claro. El agente sanciona por fijar un elemento extraño al casco, donde el casco no está homologado para llevar el soporte ni el soporte para ir fijado al casco. Luego sanciona el uso indebido de un elemento obligatorio, el casco, incumpliendo las condiciones de homologación. En los ejemplos de porta bicis o porta esquíes que mencionas los elementos de fijación siempre están homologados. Si se suelta una bici será porque la hemos amarrado mal o porque no cumple con las condiciones de homologación, pero el elemento está certificado para garantizar que no haya ningún problema si se utiliza correctamente. ¿El soporte de una cámara deportiva tiene algún estudio que certifique que aguanta la fuerza del viento a 120 km/h? ¿Y que no modifica el comportamiento del casco en caso de accidente? Evidentemente no, y por eso es ilegal. Otra cosa es que normalmente no multen por ello.

Un saludo
 
Los examinadores y las fuerzas y cuerpos de seguridad pueden usar intercomunicadores porque la norma hace una mención expresa autorizándolo. Es una excepción a la norma.

En cuanto a la multa en cuestión a mi parecer el tema está claro. El agente sanciona por fijar un elemento extraño al casco, donde el casco no está homologado para llevar el soporte ni el soporte para ir fijado al casco. Luego sanciona el uso indebido de un elemento obligatorio, el casco, incumpliendo las condiciones de homologación. En los ejemplos de porta bicis o porta esquíes que mencionas los elementos de fijación siempre están homologados. Si se suelta una bici será porque la hemos amarrado mal o porque no cumple con las condiciones de homologación, pero el elemento está certificado para garantizar que no haya ningún problema si se utiliza correctamente. ¿El soporte de una cámara deportiva tiene algún estudio que certifique que aguanta la fuerza del viento a 120 km/h? ¿Y que no modifica el comportamiento del casco en caso de accidente? Evidentemente no, y por eso es ilegal. Otra cosa es que normalmente no multen por ello.

Un saludo

No, no es así. La normativa permite a los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones el uso de aparatos para comunicarse como los intercom o teléfonos y a los candidatos al permiso de moto los intercomunicadores (art. 18.2 del RGC). La infracción por la que se ha denunciado a quien lleva la cam es otra y nada tiene que ver con ésta (art. 118.1 del RGC), por eso cuando me refiero a esto lo hago exclusivamente con los que postulan a ese permiso de conducir, que son los que suelen llevar los intercom externos pues los agentes ya, la mayoría, los llevan integrados. Resumiendo, todos estamos obligados a llevar cascos homologados, agentes, alumnos y resto de conductores de motocicletas y según ese agente que denunció todos los que llevan el intercom externo estarían infringiendo, incluyendo a ellos si lo llevan.
 
De todas maneras vivimos en un país tercermundista con respecto a todo esto, en el resto del mundo llevan años grabando, se permite modificar los vehículos, poner accesorios en los cascos etc....... Pero en este país vamos tan atrasados que esta todo prohibido.

Con respecto a grabar con una cámara , un moso me quería denunciar, lo típico, pero cuando me saque la cartera con la chuleta y se la lei y le dije que seria para uso personal, me contesta " vas a saber tu mas que yo, no te multo porque me das pena " y yo le conteste si es de su agrado multmarme , multeme pero ambos sabemos que al final no la pagare.

Osea que asi vamos en este pais.
 
ESTRUCTURA: Conjunto de relaciones que mantienen entre sí las partes de un todo............por tanto, la estructura de un casco la forman cada una de las partes que lo componen, y sus partes están relacionadas entre sí, de forma que, si se manipulan, modifican o añaden otros elementos a alguna de esas partes que forman la estructura, están modificando las condiciones bajo las cuales ese casco está homologado, y ya nunca será igual el peso, la resistencia al aire o la propia resistencia de la pieza sobre la cual va colocado el elemento accesorio.....

....es mi particular parecer, con el que se puede estar o no de acuerdo....
 
Fuente: Real Decreto 1428/2003, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Artículo 118: Cascos y otros elementos de protección.
RGC Casco.png
El legislador dice que es obligatorio utilizar adecuadamente el casco homologado. Ahí está la clave, y el motivo de la sanción. Utilizar adecuadamente un producto básicamente es utilizarlo de la manera correcta (de acuerdo a la homologación), y para el uso que está destinado. No quiero entrar mucho en temas de homologación porque es bastante coñazo, pero la norma que tienen que cumplir los cascos homologados para Europa es la ECE/ONU R22. Pues bien, en esa norma donde se especifica exactamente las pruebas que tiene que superar un casco, en ningún momento se hace ningún ensayo con elementos adosados al casco. Y se hacen muchas pruebas: absorción de impactos, fricción, absorción, retención, descalce, rayado y golpes de la pantalla, e incluso empañamiento. Pero siempre con el casco tal cual como sale de fábrica, y así es como se homologa. Es obvio que cualquier elemento adosado al casco puede modificar sustancialmente el resultado de estos ensayos.

Por tanto si se coloca un elemento adosado al casco se están modificando las condiciones en las que se han realizado los ensayos para la homologación, ergo se está haciendo un uso inadecuado. Y de ahí la sanción. A efectos de homologación (no de consecuencias) es como llevarlo desabrochado.

Un saludo
 
De todas maneras vivimos en un país tercermundista con respecto a todo esto, en el resto del mundo llevan años grabando, se permite modificar los vehículos, poner accesorios en los cascos etc....... Pero en este país vamos tan atrasados que esta todo prohibido.

Con respecto a grabar con una cámara , un moso me quería denunciar, lo típico, pero cuando me saque la cartera con la chuleta y se la lei y le dije que seria para uso personal, me contesta " vas a saber tu mas que yo, no te multo porque me das pena " y yo le conteste si es de su agrado multmarme , multeme pero ambos sabemos que al final no la pagare.

Osea que asi vamos en este pais.

Bueno, relativamente. Otros países de nuestro entorno tienen todavía más normas referentes a las motos. Por ejemplo en Francia es obligatorio llevar pegatinas reflectantes en el casco para circular de noche, chaleco reflectante para ponerlo al bajar de la moto, y es obligatorio el uso de guantes homologados. A mí me parecen todas bastante razonables, pero igual en los foros franceses también se discute por ellas.

Si una norma no nos gusta debemos intentar cambiarla, no incumplirla.

Un saludo
 
Y si se coloca la cámara en la moto, estas en las mismas. Estas incumpliendo la norma, ya que modifica la estructura de la moto una cosa que no está homologada para llevarla puesta en ella.
 
.....se trata de proporcionalidad.......para que afectara una cámara a una moto, en relación al tamaño en comparativa con el casco, la cámara tendría que ser de televisión cuanto menos......
 
Fuente: Real Decreto 1428/2003, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Artículo 118: Cascos y otros elementos de protección.
Ver el archivo adjunto 219879
El legislador dice que es obligatorio utilizar adecuadamente el casco homologado. Ahí está la clave, y el motivo de la sanción. Utilizar adecuadamente un producto básicamente es utilizarlo de la manera correcta (de acuerdo a la homologación), y para el uso que está destinado. No quiero entrar mucho en temas de homologación porque es bastante coñazo, pero la norma que tienen que cumplir los cascos homologados para Europa es la ECE/ONU R22. Pues bien, en esa norma donde se especifica exactamente las pruebas que tiene que superar un casco, en ningún momento se hace ningún ensayo con elementos adosados al casco. Y se hacen muchas pruebas: absorción de impactos, fricción, absorción, retención, descalce, rayado y golpes de la pantalla, e incluso empañamiento. Pero siempre con el casco tal cual como sale de fábrica, y así es como se homologa. Es obvio que cualquier elemento adosado al casco puede modificar sustancialmente el resultado de estos ensayos.

Por tanto si se coloca un elemento adosado al casco se están modificando las condiciones en las que se han realizado los ensayos para la homologación, ergo se está haciendo un uso inadecuado. Y de ahí la sanción. A efectos de homologación (no de consecuencias) es como llevarlo desabrochado.

Un saludo
Y no es eso lo que yo dije? Utilizar adecuadamente es llevarlo sujeto, bien puesto, la mentonera en su sitio si no tiene doble homologación... alterar las características de un casco es otra cosa y para eso no hay prevista infracción alguna.

Nos podemos poner como queramos pero adosar una cámara o un intercomunicador no está tipificado como infracción. Los agentes de la autoridad no son técnicos para determinar si esos acoples modifican estructuras pero es que aunque lo fueran la legislación no prevé sanciones para eso.
 
Y si se coloca la cámara en la moto, estas en las mismas. Estas incumpliendo la norma, ya que modifica la estructura de la moto una cosa que no está homologada para llevarla puesta en ella.

Sería la misma estupidez, sí, lo mismo que colocarle equipaje, defensas... Lo próximo será eso, ver denuncias por llevar un protector de cárter.
 
Bueno, relativamente. Otros países de nuestro entorno tienen todavía más normas referentes a las motos. Por ejemplo en Francia es obligatorio llevar pegatinas reflectantes en el casco para circular de noche, chaleco reflectante para ponerlo al bajar de la moto, y es obligatorio el uso de guantes homologados. A mí me parecen todas bastante razonables, pero igual en los foros franceses también se discute por ellas.

Si una norma no nos gusta debemos intentar cambiarla, no incumplirla.

Un saludo
Si no discuto eso, pero tambien hay muchos paises que puedes modificar el vehiculo dentro de unos margenes razonables y no pasa nada.Yo veo mas razonable el qu ete obliguen a ponerte un chaleco por la noche( que al fin y al cabo es por tu bien) que multarte por ponerte una camara o intercomunicador.

Yo sigo opinando que estesentido España va muy por detras en estos temas, que al final lo autorizaran, puede pero hoy por hoy es un retraso.
 
Lo que no entiendo es para que queréis llevar una cámara....la carretera se disfruta en directo, no desde el salón de casa.
Intuyo que los ciclistas la llevan para amedentrar a los conductores y los motoristas para grabar sus hazañas tipo tumbadas y demás.
Por lo demás, no lo entiendo.
 
Lo que no entiendo es para que queréis llevar una cámara....la carretera se disfruta en directo, no desde el salón de casa.
Intuyo que los ciclistas la llevan para amedentrar a los conductores y los motoristas para grabar sus hazañas tipo tumbadas y demás.
Por lo demás, no lo entiendo.
Muchas veces no es grabar las tumbadas, sino los posibles Gilis..... en coche que ultimamente hay muchos.El otro dia vi un video de Majes que tuvo un accidente y en ese momento no llevaba la camara encendida , la tia decia que no imagina yo creo que deberia ser hasta obligatoria asi se evitaria muchos accidentes y huidas.
 
ESTRUCTURA: Conjunto de relaciones que mantienen entre sí las partes de un todo............por tanto, la estructura de un casco la forman cada una de las partes que lo componen, y sus partes están relacionadas entre sí, de forma que, si se manipulan, modifican o añaden otros elementos a alguna de esas partes que forman la estructura, están modificando las condiciones bajo las cuales ese casco está homologado, y ya nunca será igual el peso, la resistencia al aire o la propia resistencia de la pieza sobre la cual va colocado el elemento accesorio.....

....es mi particular parecer, con el que se puede estar o no de acuerdo....
Me parece perfecto lo de la estructura, pero si el casco viene como el nexx vilijour con las adaptaciones a montar dichas cámaras. Se podría llevar. se supone que ese casco ha pasado la homologación con dichos elementos.
Por otro lado por lo dicho tú ningún intercomunicador que no sea el compatible con el casco tipo shoei neotec II gt air II, Shubertth, cascos bmw o los propios nexx... podrían llevar ningún intercomunicador tipo cardo o sena de petaca.
 
Me parece perfecto lo de la estructura, pero si el casco viene como el nexx vilijour con las adaptaciones a montar dichas cámaras. Se podría llevar. se supone que ese casco ha pasado la homologación con dichos elementos.
Por otro lado por lo dicho tú ningún intercomunicador que no sea el compatible con el casco tipo shoei neotec II gt air II, Shubertth, cascos bmw o los propios nexx... podrían llevar ningún intercomunicador tipo cardo o sena de petaca.
Exacto. Es lo que vengo yo diciendo. Si no se puede llevar una cam no se puede llevar un intercom de los externos y la DGT los permite sin problema alguno en los postulantes al permiso de conducir de moto.
 
Yo solo espero que todo esto acabe con una ley bien regulada (la que sea) y no toda la mierda que tenemos ahora mismo que solo hace que confundir a la gente. Que un artículo dice blanco y tres más abajo dice gris. El tema de las homologaciones no deja de ser otra excusa para encarecer los productos, no su seguridad en muchos casos. Ya me diréis que homologación tienen los guardarrailes. Si así fuese y con la ley en la mano ya tendrían que haber desaparecido todos. Lo de usar cámaras, como es mi caso, pues me jode tener que quitarla del casco, al igual que el intercomunicador, que ya me advirtieron (GC) de que no estaba permitido su uso. Curioso, jejeje ese mismo día llevaba la cámara y el intercomunicador puestos. Yo disfruto grabando mis salidas en ruta con colegas y solo. A otros les gusta hacer fotos, cada uno es libre de disfrutar de su pasión como mejor le apetezca. Mañana la pondré en la moto y pasado mañana a alguien le multarán porqué el articulo 70035 en su párrafo 4.5.6.7.8. dice no se que de no se cuánto. Y a la semana siguiente la pondré en un arnés y volveremos a la misma cantinela. Las cámaras de acción y sus anclajes, están más que testados de su seguridad para no soltarse a altas velocidades. Y vuelvo a repetir lo dicho más arriba. Solo tienen afán recaudatorio amparándose en unas leyes ambiguas y en muchos casos obsoletas.
 
Me parece perfecto lo de la estructura, pero si el casco viene como el nexx vilijour con las adaptaciones a montar dichas cámaras. Se podría llevar. se supone que ese casco ha pasado la homologación con dichos elementos.
Por otro lado por lo dicho tú ningún intercomunicador que no sea el compatible con el casco tipo shoei neotec II gt air II, Shubertth, cascos bmw o los propios nexx... podrían llevar ningún intercomunicador tipo cardo o sena de petaca.
...no suelo generalizar cuando doy mi opinión, he dicho lo de la estructura porque así funcionan las homologaciones.....se homologa y autoriza un casco o un faro o lo que sea conforme a unas características y unas prestaciones, las características son esas para un aparato concreto.......................lo cual no quiere decir que luego venga otra marca, presente un casco con una cámara acoplada o interior y pase las correspondientes homologaciones, como lo hacen los cascos con orejas o con viseras altas o abiertas, dependiendo de la utilización que se le vaya a dar al mismo..........si nos ponemos a pensarlo bien, hay verdaderas aberraciones de aparatos que están homologados, pero hay que aceptarlo........

...generalizar es malo.....y las homologaciones no "se supone" que las han pasado, o se pasan o no se pasan se autorizan o no se autorizan......pero los españoles somos así, GENERALIZAMOS.....y si vemos un casco con cámara o con intercomunicador, mañana queremos el nuestro igual, aunque no esté homologado el casco para ello.........es simple, se trata simplemente de razonar con lógica..........

....en relación a los intercomunicadores, a día de hoy, está prohibida su utilización, lo cual me parece mal....yo lo utilizo diariamente y nunca he tenido problemas, pero es un caso distinto, porque no se denuncian por modificar la estructura del casco o sus prestaciones, sino porque simplemente está prohibida su utilización............¿porque? pues porque aunque particularmente considero que son absolutamente necesarios (yo no oiría el gps si no fuera por el intercomunicador) se está haciendo una utilización abusiva de sus prestaciones lo cual puede distraer en la conducción.......si los intercomunicadores sirvieran para hablar por teléfono en parado, escuchar el gps o hablar con la parienta o con otro motorista, pues bendita su utilización, pero ya no son intercomunicadores, son otra cosa............

...pero son opiniones particulares, puede que me equivoque en mis conclusiones, aunque siempre trato de razonar el porqué de las cosas y no de cabrearme porque no me dejan poner en la moto o en el equipo lo que a mi me salga de los pantalones............
 
...no suelo generalizar cuando doy mi opinión, he dicho lo de la estructura porque así funcionan las homologaciones.....se homologa y autoriza un casco o un faro o lo que sea conforme a unas características y unas prestaciones, las características son esas para un aparato concreto.......................lo cual no quiere decir que luego venga otra marca, presente un casco con una cámara acoplada o interior y pase las correspondientes homologaciones, como lo hacen los cascos con orejas o con viseras altas o abiertas, dependiendo de la utilización que se le vaya a dar al mismo..........si nos ponemos a pensarlo bien, hay verdaderas aberraciones de aparatos que están homologados, pero hay que aceptarlo........

...generalizar es malo.....y las homologaciones no "se supone" que las han pasado, o se pasan o no se pasan se autorizan o no se autorizan......pero los españoles somos así, GENERALIZAMOS.....y si vemos un casco con cámara o con intercomunicador, mañana queremos el nuestro igual, aunque no esté homologado el casco para ello.........es simple, se trata simplemente de razonar con lógica..........

....en relación a los intercomunicadores, a día de hoy, está prohibida su utilización, lo cual me parece mal....yo lo utilizo diariamente y nunca he tenido problemas, pero es un caso distinto, porque no se denuncian por modificar la estructura del casco o sus prestaciones, sino porque simplemente está prohibida su utilización............¿porque? pues porque aunque particularmente considero que son absolutamente necesarios (yo no oiría el gps si no fuera por el intercomunicador) se está haciendo una utilización abusiva de sus prestaciones lo cual puede distraer en la conducción.......si los intercomunicadores sirvieran para hablar por teléfono en parado, escuchar el gps o hablar con la parienta o con otro motorista, pues bendita su utilización, pero ya no son intercomunicadores, son otra cosa............

...pero son opiniones particulares, puede que me equivoque en mis conclusiones, aunque siempre trato de razonar el porqué de las cosas y no de cabrearme porque no me dejan poner en la moto o en el equipo lo que a mi me salga de los pantalones............
Yo lo que venía a decir es que aunque se permitiera el uso de los íntercomunicadores en una hipotética ley que venía para marzo y que hace falta como agua de mayo, o cambian lo del tema de estructuras o se podrá seguir multando ahora por modificar dicha estructura
 
Son dos cosas distintas. Una es la prohibición del "USO" de intercomunicadores para la generalidad de usuarios, con las excepciones que ya conocemos y otra muy distinta la supuesta deshomologación de un casco por llevar adosado un aparato, sea cámara o intercomunicador. Parece fácil de entender pues parece que no.
 
Es que es lo acojonante de estas leyes y su estupidez llevada a limites jamás imaginables. Con la ley en la mano que prohibe las cámaras de acción, todo intercomunicador que no este integrado en el casco está prohibido igualmente. Todos los demás párrafos explicando que si auriculares, que si bla, bla, bla, sobran.
Si tú permites los intercomunicadores, sean integrados o adheridos al casco, las cámaras están igualmente permitidas.
Blanco o negro??

JODER YA!!
 
Yo lo que venía a decir es que aunque se permitiera el uso de los íntercomunicadores en una hipotética ley que venía para marzo y que hace falta como agua de mayo, o cambian lo del tema de estructuras o se podrá seguir multando ahora por modificar dicha estructura

.....este año dalo por perdido, porque con lo que tenemos encima no está la Administración para pensar en modificar la Ley........mejor que cambiemos la mentalidad los moteros y dejemos de acoplar cámaras a los cascos, y, en caso de hacerlo, hagámoslo en cualquier parte de la moto, que nadie te va a decir nada por eso si no te pillan manipulandola.......

...pensad en cumplir la Ley, de manera genérica, y no en que la Ley se adapte a las necesidades particulares de cada motero......
 
Y si se coloca la cámara en la moto, estas en las mismas. Estas incumpliendo la norma, ya que modifica la estructura de la moto una cosa que no está homologada para llevarla puesta en ella.
pues, indudablemente, si la cámara altera las medidas en ficha de la motocicleta, si.

Ejemplo, charly sinewan ya dijo en algún capítulo que "en España" (y creo que dijo "paises europeos") no es posible circular con estas cámaras. Salta a la luz que modifica las cotas (y por ahí irán los tiros, supongo).

Despues si la gopro la sujetas a la moto, por ej, en la cúpula, y esa cúpula marca la altura en ficha de la moto, creo que tambien sería sancionable por modificar las dimensiones del vehículo.

Si la llevas en el manillar, pues.... es un poco más ambiguo, ya que respetas las dimensiones de la moto en ficha... y creo que ahí si sería posible llevarla, o no, pero me parece más factible.

Saludos
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Yo lo que creo, es que este usuario va a tener que pagar la multa... el modo de no pagarla, sería acreditar que el casco, con la gopro, está homologado, y eso o lo hace él (inviable económicamente, aunque posible), o el fabricante del casco, que no lo va a hacer.
De modo que hay un problema... y hay una solución.

Saludos
 
Pablo, las cámaras que lleva Charly no forman parte de la estructura de la moto, no son elementos fijos (no desmontables sin herramientas). Ni siquiera tienen la consideración de reformas la instalación de aquellos elementos desmontables con herramientas de uso común siempre que se usen los soportes previstos por el fabricante.

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pero en el caso de charly las cámaras si afectan a las dimensiones de ficha (altura y longitud por ej). El mismo dijo que podria tener problemas si lo pillan por aquí. En la ITV tiran de metro directamente. Me parecería un despropósito que se pueda circular "legalmente" con eso.

Saludos
 
pero en el caso de charly las cámaras si afectan a las dimensiones de ficha (altura y longitud por ej). El mismo dijo que podria tener problemas si lo pillan por aquí. En la ITV tiran de metro directamente. Me parecería un despropósito que se pueda circular "legalmente" con eso.

Saludos
La única cosa que las haría denunciables, es que sobresalieran de la anchura máxima del vehículo. Creo que no sobresalen. Charly, al fin y al cabo, sabe de lo suyo, sobre esto quizá alguien le haya informado mal.
 

Ahí es donde vamos... que no hace sino clarificar la situación actual (que lleva 20 años esperando), además de añadir seguridad a nuestros cascos, lo cuál me parece bien. Es un documento de los fabricantes de intercomunicadores y cámaras colgado en el sitio de la UNECE.

Lo de la foto de Charly y querer justificar que todo "eso" entra "perfectamente" en la "legalidad" es chiste, no? Y no lo digo por la lata de whisky que lleva colgada de la maleta! :ROFLMAO: :p (y)

Saludos
 
Apolonio, la homologación de los cascos figura en cada uno de ellos. La legislación española no contempla ninguna infracción por modificar o alterar un casco, tan solo exige que esté homologado o certificado. En realidad se podrían hacer barbaridades en el casco y no te deberían denunciar por ello, por extraño que parezca. Lo mismo que exigen que el casco se debe usar debidamente, podrían haber previsto que no se pueden alterar o modificar su estructura, cosa que no creo que suceda por colocarle ni una cámara ni un intercom. Los fabricantes de cascos que disponen de intercomunicadores propios, como es lógico, intentan colocar lo suyo.

Y te pregunto a ti también, acaso la DGT está permitiendo a los postulantes del permiso de conducir de moto examinarse delante de sus técnicos con cascos no homologados?

La lata de whisky en la maleta de Charly no la veo, no será una bidón de gasolina? Pues según el Manual de Reformas en Vehículos del Ministerio de Industria, sí que es legal llevarlo, como todo lo demás.

Un saludo a todos los participantes.
 
.....haciendo un pensamiento público y abriendo la mente a intentar entenderlo, podría pensar en voz alta y ver más allá de mis propias narices y de lo que dice el texto de la Ley y pensaría inteligentemente que tal vez se trate de simple evolución y de contemplar el espíritu de la Ley, a fin de que todos seamos iguales ante ella........

....y diría entonces.......al igual que la misma Ley es permisiva con la utilización de marihuana para fines sanitarios o terapéuticos, aun siendo una sustancia prohibida, es comprensible, que de la misma forma, se trate de igualar las ventajas que tiene un aprendiz de conductor de coche, siempre acompañado del instructor o examinador y compartiendo habitáculo para escuchar sus objeciones y consejos, con las ventajas que debería tener el aprendiz de conductor de motocicleta, que tiene el mismo derecho para escuchar esos sabios consejos o reproches por parte del instructor o del examinador.....

....como no quedaría bien que el instructor fuera detrás de la moto con un megáfono para instruir, pitarle al motero, hacerle luces o gritarle cada vez que realizara alguna maniobra incorrecta, pues me parece, al menos a mi, perfecto, que se haya optado por permitir la utilización de un intercomunicador para estas labores de educación vial, mediante una excepción a la regla......

....aunque puedo entender que haya gente que no comparta mi explicación y le parezca mal que se utilicen intercomunicadores para la enseñanza o examen de conducción en motocicletas, más que nada para que no exista un agravio comparativo con los aprendices de conducción o examen en turismo, y estoy de acuerdo totalmente con esa salvedad que está autorizada por la DGT.......
 
.....haciendo un pensamiento público y abriendo la mente a intentar entenderlo, podría pensar en voz alta y ver más allá de mis propias narices y de lo que dice el texto de la Ley y pensaría inteligentemente que tal vez se trate de simple evolución y de contemplar el espíritu de la Ley, a fin de que todos seamos iguales ante ella........

....y diría entonces.......al igual que la misma Ley es permisiva con la utilización de marihuana para fines sanitarios, aun siendo una sustancia prohibida, es comprensible, que de la misma forma, se trate de igualar las ventajas que tiene un aprendiz de conductor de coche, siempre acompañado del instructor o examinador y compartiendo habitáculo para escuchar sus objeciones y consejos, con las ventajas que debería tener el aprendiz de conductor de motocicleta, que tiene el mismo derecho para escuchar esos sabios consejos o reproches por parte del instructor o del examinador.....

....como no quedaría bien que el instructor fuera detrás de la moto con un megáfono para instruir, pitarle al motero, hacerle luces o gritarle cada vez que realizara alguna maniobra incorrecta, pues me parece, al menos a mi, perfecto, que se haya optado por permitir la utilización de un intercomunicador para estas labores de educación vial, mediante una excepción a la regla......

....aunque puedo entender que haya gente que no comparta mi explicación y le parezca mal que se utilicen intercomunicadores para la enseñanza o examen de conducción en motocicletas, más que nada para que no exista un agravio comparativo con los aprendices de conducción o examen en turismo, y estoy de acuerdo totalmente con esa salvedad que está autorizada por la DGT.......

A ver, marihuana al margen..., hay cascos con intercom integrados que según tú no incumplirían su homologación y cuyo uso sería legal, entonces, por qué narices la DGT va a tolerar que se examinen con cascos cuya homologación, según tú, se perdió al adosarles un intercom externo?

No se trata de que usen cascos no homologados, según tú, o ningún medio de comunicación, sino de que usen los homologados, que los hay.

La verdad es que si la DGT no ha dicho nada hasta ahora es porque entiende, como yo, que un casco no pierde su homologación por adosarle un intercom a su calota externa.

Lo de los agravios comparativos tiene guasa porque si alguien se encuentra agraviado en el tratamiento de la comunicación al conducir, son precisamente los conductores de motocicletas que no pueden hacerlo (comunicarse), de ningún modo, cuando a un conductor de un turismo se le facilita el trámite y si alguien nos agravia es precisamente el Ministerio del Interior con su Reglamento General de Circulación a través de la DGT.
 
La única cosa que las haría denunciables, es que sobresalieran de la anchura máxima del vehículo. Creo que no sobresalen. Charly, al fin y al cabo, sabe de lo suyo, sobre esto quizá alguien le haya informado mal.
A simple vista yo creo que incumple de entrada por la longitud de la moto (cámara trasera sobresale) y diría también que por altura.
"con el sistema de cámaras no podría circular por aquí, porque tendría "problemas" decía...

Saludos

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A simple vista yo creo que incumple de entrada por la longitud de la moto (cámara trasera sobresale) y diría también que por altura.
"con el sistema de cámaras no podría circular por aquí, porque tendría "problemas" decía...

Saludos

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Si te fijas en la captura que te puse anteriormente, según el manual de reformas, sólo lo sería si sobresaliera de la anchura.

Si se considerara equipaje podría sobresalir por detrás 25 cm y 50 cm a cada lado de su eje longitudinal. Nada por delante.
 
Apolonio, la homologación de los cascos figura en cada uno de ellos. La legislación española no contempla ninguna infracción por modificar o alterar un casco, tan solo exige que esté homologado o certificado. En realidad se podrían hacer barbaridades en el casco y no te deberían denunciar por ello, por extraño que parezca. Lo mismo que exigen que el casco se debe usar debidamente, podrían haber previsto que no se pueden alterar o modificar su estructura, cosa que no creo que suceda por colocarle ni una cámara ni un intercom. Los fabricantes de cascos que disponen de intercomunicadores propios, como es lógico, intentan colocar lo suyo.

Y te pregunto a ti también, acaso la DGT está permitiendo a los postulantes del permiso de conducir de moto examinarse delante de sus técnicos con cascos no homologados?

La lata de whisky en la maleta de Charly no la veo, no será una bidón de gasolina? Pues según el Manual de Reformas en Vehículos del Ministerio de Industria, sí que es legal llevarlo, como todo lo demás.

Un saludo a todos los participantes.

"Utilizar adecuadamente un casco homologado". La homologación es, hoy por hoy, la ECE 22.05 junto con sus normas/instrucciones.

Una extensión de 2mm en el casco, salvo que no haya sido objeto de test junto con el casco, es alterarlo según su norma de homologación, como ya te hemos dicho algunos ya unas cuantas veces en este post. Y nos guste o no, es objeto de sanción. Luego siempre está la administración (DGT) y los tribunales para recurrir si piensas que llevas razón (que normalmente no) si te han puesto una multa, que es lo que era el objeto del post.

Que los agentes de la DGT vayan con sus cascos abiertos sin homologar "jet" no quiere decir que lo estén haciendo bien. Ni que los examinadores "permitan" esas cosas en algo que, al menos en parte, está contemplado, y de lo cual quieres justificarlo todo.

Llevar gasolina en un bidón en coche/moto (por cierto, mi botella de gasolina de 0,5l que llevo en la moto está al menos "homologada" para esas cosas y es algo más que un bidón de plástico y por supuesto más segura) es llevar una mercancía peligrosa y tiene sus "cosas"... míralas a ver... como todo lo demás...

Saludos
 
Si te fijas en la captura que te puse anteriormente, según el manual de reformas, sólo lo sería si sobresaliera de la anchura.

Si se considerara equipaje podría sobresalir por detrás 25 cm y 50 cm a cada lado de su eje longitudinal. Nada por delante.
ummmm se podría decir que la cámara trasera que sobresale, va "enganchada" al topcase (parece) de modo que entonces sería equipaje...

no sé, para mi todo esto es surrealista... ¿sabes cuando crees que haces algo que es sancionable, y eres consciente, y todo indica que no, que no te pueden sancionar y lo haces bien? En cualquier caso, yo no discutiría jamás al respecto, porque creo que si te puede caer por ahí una sanción, y además, no veo manera de recurrirla, es decir... puede que no sea "alegal", pero del mismo modo, si te sancionan, no hay manera de demostrar que es legal, bajo mi punto de vista. Y eso tiene que significar algo.

pero insisto, me alegro de que pensemos que es legal... aunque yo sigo con la mosca detrás de la oreja.

Saludos
 
"Utilizar adecuadamente un casco homologado". La homologación es, hoy por hoy, la ECE 22.05 junto con sus normas/instrucciones.

Una extensión de 2mm en el casco, salvo que no haya sido objeto de test junto con el casco, es alterarlo según su norma de homologación, como ya te hemos dicho algunos ya unas cuantas veces en este post. Y nos guste o no, es objeto de sanción. Luego siempre está la administración (DGT) y los tribunales para recurrir si piensas que llevas razón (que normalmente no) si te han puesto una multa, que es lo que era el objeto del post.

Que los agentes de la DGT vayan con sus cascos abiertos sin homologar "jet" no quiere decir que lo estén haciendo bien. Ni que los examinadores "permitan" esas cosas en algo que, al menos en parte, está contemplado, y de lo cual quieres justificarlo todo.

Llevar gasolina en un bidón en coche/moto (por cierto, mi botella de gasolina de 0,5l que llevo en la moto está al menos "homologada" para esas cosas y es algo más que un bidón de plástico y por supuesto más segura) es llevar una mercancía peligrosa y tiene sus "cosas"... míralas a ver... como todo lo demás...

Saludos

Sabes lo que ocurre, que para que algún hecho pueda ser sancionado tiene que estar previsto en un reglamento sancionador. Modificar un casco en su estructura no está previsto como infracción, también lo he dicho ya unas cuantas veces. La infracción es por hacerlo con uno no homologado o certificado o por usarlo incorrectamente lo que no se corresponde con el tema que tratamos. Tampoco creo que colocar una cámara o intercom suponga una alteración suficiente para que éste pierda sus características como podría ser taladrarlo, recortarlo o agujerearlo.

El bidón que lleva Charly tiene toda la pinta de estar homologado para llevar gasolina pero si tú dices que no lo está..., dinos también cuál es la infracción y cuál es el reglamento sancionador que prevé la multa porque esto funciona así.
 
Sabes lo que ocurre, que para que algún hecho pueda ser sancionado tiene que estar previsto en un reglamento sancionador. Modificar un casco en su estructura no está previsto como infracción, también lo he dicho ya unas cuantas veces. La infracción es por hacerlo con uno no homologado o certificado o por usarlo incorrectamente lo que no se corresponde con el tema que tratamos. Tampoco creo que colocar una cámara o intercom suponga una alteración suficiente para que éste pierda sus características como podría ser taladrarlo, recortarlo o agujerearlo.

El bidón que lleva Charly tiene toda la pinta de estar homologado para llevar gasolina pero si tú dices que no lo está..., dinos también cuál es la infracción y cuál es el reglamento sancionador que prevé la multa porque esto funciona así.
pues ese es otro tema... transportar gasolina en vehículo en recipiente NO homologado (incluso la homologación creo que algunos llevan hasta caducidad, de plástico). Es otro tema que comentan que te puede acarrear sanción por parte de la guardia civil (y me parece lógico).
¿tampoco te pueden multar por ello? Me estais dando muchas alegrias :ROFLMAO:
 
ummmm se podría decir que la cámara trasera que sobresale, va "enganchada" al topcase (parece) de modo que entonces sería equipaje...

no sé, para mi todo esto es surrealista... ¿sabes cuando crees que haces algo que es sancionable, y eres consciente, y todo indica que no, que no te pueden sancionar y lo haces bien? En cualquier caso, yo no discutiría jamás al respecto, porque creo que si te puede caer por ahí una sanción, y además, no veo manera de recurrirla, es decir... puede que no sea "alegal", pero del mismo modo, si te sancionan, no hay manera de demostrar que es legal, bajo mi punto de vista. Y eso tiene que significar algo.

pero insisto, me alegro de que pensemos que es legal... aunque yo sigo con la mosca detrás de la oreja.

Saludos

Mira Pablo, yo me he dedicado durante más de 20 años a perseguir todo tipo de infracciones, no solo de tráfico. He conocido profesionales de todo tipo, buenos, malos y regulares. He visto denuncias absurdas de compañeros que se han puesto por convicción, sin amparo legal alguno. Tienes razón en que la administración, que es voraz, suele dar por buena toda denuncia correspondiéndole al administrado demostrar que no ha cometido ninguna infracción. También te digo que no basta con que algo esté prohibido y no se pueda hacer sino que tiene que haber un reglamento sancionador previsto para esa conducta, de lo contrario estará prohibida pero no se podrá sancionar. También tienes razón en que no conviene discutir con el agente, si no ve que está equivocado lo mejor es dejarlo estar, acaparar pruebas y disponerte a recurrir, pero no es ése el objeto del debate.

Un saludo.
 
pues ese es otro tema... transportar gasolina en vehículo en recipiente NO homologado (incluso la homologación creo que algunos llevan hasta caducidad, de plástico). Es otro tema que comentan que te puede acarrear sanción por parte de la guardia civil (y me parece lógico).
¿tampoco te pueden multar por ello? Me estais dando muchas alegrias :ROFLMAO:

Pero quién dice que no esté homologado el recipiente que lleva Charly? A mí, desde la distancia, me parece que sí que lo está o como poco no me atrevería a decir que no es así. Las denuncias por transporte de materias peligrosas sólo se pueden tramitar por el ADR a partir de unas cantidades determinadas mucho mayores que los 2 litros que llevará en el bidón. Creo que eran 60 litros si la memoria no me falla.
 
Por si a alguien le interesa...

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De verdad que no sabría cómo denunciar llevar unos litros en un depósito homologado en una moto, si alguien lo sabe, que lo diga. Por ADR ya vemos que no, por RGC, tampoco...
 
Sabes lo que ocurre, que para que algún hecho pueda ser sancionado tiene que estar previsto en un reglamento sancionador. Modificar un casco en su estructura no está previsto como infracción, también lo he dicho ya unas cuantas veces. La infracción es por hacerlo con uno no homologado o certificado o por usarlo incorrectamente lo que no se corresponde con el tema que tratamos. Tampoco creo que colocar una cámara o intercom suponga una alteración suficiente para que éste pierda sus características como podría ser taladrarlo, recortarlo o agujerearlo.

El bidón que lleva Charly tiene toda la pinta de estar homologado para llevar gasolina pero si tú dices que no lo está..., dinos también cuál es la infracción y cuál es el reglamento sancionador que prevé la multa porque esto funciona así.
Sabes lo que ocurre, es que esto está previsto... salvo para quién no lo quiere ver y no entiende la razón. Que digas que modificar un casco en su estructura no está previsto como "infracción" en su uso... enfin... quizás ahí está la discrepancia.

Y que tú creas que no es modificación "suficiente", no quiere decir que no lo sea con el ECE 22.05, que es de lo que se trata. Tú quieres a todo precio convencernos a todos de tu punto de vista, y esto es un foro. Se trata de dar tu opinión, no de convencernos a todos, a todo precio, de que tú tienes la "razón" con citas "normativas/jurisprudenciales" en lo que son... limitadas y de "amateur" . Y se hace cansino.

Llevar gasolina en una botella, en moto o en coche, es llevar mercancia peligrosa... y va en contra de toda lógica de que sea "permitido". Lo que has puesto de que podemos llevar 60l en nuestras motos (por unidad de transporte) es como un chiste de nuevo... pero reconozco que es cada vez mejor! :ROFLMAO:.

Si tú llevas más de 20 años a perseguir "todo" tipo de infracciones... eres más joven que yo!!!

Saludos (y me voy de este post... que en mis 32 años de perseguir "infracciones" he aprendido sobre todo cuándo no hay "diálogo", al menos constructivo, y saber retirarse! No me queda duda de que tú escribirás el último post!)

;)
 
Charly Sinewan está por el mundo viajando y él sabrá lo que hace o no con las cámaras y donde las coloca. Pero aquí vas con eso por la carretera y vamos, no creo que recorras 10 km. antes de que te paren y de hagan un homenaje.

Aquí (España) hay gente que no se queda corta. Yo conozco a gente que trabaja para programas de TV autonómica que lleva también unas antenas para colocar la cámara que alguien aquí me tendría que aclarar si son permitidas.
Tal vez al ser para un programa de TV tengan algún permiso. No lo se. Yo hace 7 años participe en dicho programa llevando cámaras para su posterior montaje y emisión.
El programa de llama Caballos de Metal de la TPA (Televisión del Principado de Asturias)

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Sabes lo que ocurre, es que esto está previsto... salvo para quién no lo quiere ver y no entiende la razón. Que digas que modificar un casco en su estructura no está previsto como "infracción" en su uso... enfin... quizás ahí está la discrepancia.

Y que tú creas que no es modificación "suficiente", no quiere decir que no lo sea con el ECE 22.05, que es de lo que se trata. Tú quieres a todo precio convencernos a todos de tu punto de vista, y esto es un foro. Se trata de dar tu opinión, no de convencernos a todos, a todo precio, de que tú tienes la "razón" con citas "normativas/jurisprudenciales" en lo que son... limitadas y de "amateur" . Y se hace cansino.

Llevar gasolina en una botella, en moto o en coche, es llevar mercancia peligrosa... y va en contra de toda lógica de que sea "permitido". Lo que has puesto de que podemos llevar 60l en nuestras motos (por unidad de transporte) es como un chiste de nuevo... pero reconozco que es cada vez mejor! :ROFLMAO:.

Si tú llevas más de 20 años a perseguir "todo" tipo de infracciones... eres más joven que yo!!!

Saludos (y me voy de este post... que en mis 32 años de perseguir "infracciones" he aprendido sobre todo cuándo no hay "diálogo", al menos constructivo, y saber retirarse! No me queda duda de que tú escribirás el último post!)

;)
Claro, tú no quieres convencer, sólo yo, jajaja.

Cito normas jurídicas, sí y tú a cambio citas opiniones sin base alguna. Crees que llevar gasolina en un bidón está prohibido pero no citas la norma que infringe. Vamos bien.

No sabes qué edad tengo, yo he hablado en pretérito, hace años que estoy retirado, en cualquier caso no se trata de edad sino de datos. Tú dices que pegar un intercom es modificar una estructura y yo creo que no pero es que además te reto a que me digas qué norma se infringe pues el RGC no hace mención alguna a ese hecho como una infracción. Lee con detenimiento el art. 118.1 y verás que sólo exige que esté homologado o certificado y que se use adecuadamente. Modificarlo es otra historia.

En tus 32 años quizá has perdido mucho el tiempo pues no tienes argumentos para rebatir los míos.

Un saludo.

Pd. No te sientas obligado a responder, no espero que te bajes del burro.
 
Charly Sinewan está por el mundo viajando y él sabrá lo que hace o no con las cámaras y donde las coloca. Pero aquí vas con eso por la carretera y vamos, no creo que recorras 10 km. antes de que te paren y de hagan un homenaje.

Aquí (España) hay gente que no se queda corta. Yo conozco a gente que trabaja para programas de TV autonómica que lleva también unas antenas para colocar la cámara que alguien aquí me tendría que aclarar si son permitidas.
Tal vez al ser para un programa de TV tengan algún permiso. No lo se. Yo hace 7 años participe en dicho programa llevando cámaras para su posterior montaje y emisión.
El programa de llama Caballos de Metal de la TPA (Televisión del Principado de Asturias)

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Si no garantiza la seguridad vial, es denunciable. Si la garantiza, no. Te remito a la captura que puse del Manual de Reformas de Importancia aunque ya vemos que riesgo de toparse con algún agente que esté convencido de que se trata de una infracción, aunque no tenga base jurídica para ello, siempre se corre.
 
Siento tú abandono del post Apolonio. Creo que aquí no debería de haber debate posible. Solo hay una ambigüedad en las leyes que están tipificadas para el uso de intercomunicadores y sus prohibiciones de uso. Y otras de cascos que en su homologación prohibe cualquier cosa adherida de ellos, como si es un abejorro que se te estampo en marcha.
Y ahí es donde empieza la madre de todos los debates. Porqué?? Pues por qué tenemos una legislación al respecto hecha con el culo, en la que los agentes de la DGT la interpretan con el mismo.
Cada uno hacer lo que creáis que es legal, yo en mi caso no pienso poner más en mi casco nada de nada hasta que haya una norma clara y concisa que lo permita.

Un saludo y cuidarse que se avecina tormenta ✌️ ✌️
 
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Si no garantiza la seguridad vial, es denunciable. Si la garantiza, no. Te remito a la captura que puse del Manual de Reformas de Importancia aunque ya vemos que riesgo de toparse con algún agente que esté convencido de que se trata de una infracción, aunque no tenga base jurídica para ello, siempre se corre.
Pero tú te has fijado bien en las fotos??
 
Charly Sinewan está por el mundo viajando y él sabrá lo que hace o no con las cámaras y donde las coloca. Pero aquí vas con eso por la carretera y vamos, no creo que recorras 10 km. antes de que te paren y de hagan un homenaje.

Aquí (España) hay gente que no se queda corta. Yo conozco a gente que trabaja para programas de TV autonómica que lleva también unas antenas para colocar la cámara que alguien aquí me tendría que aclarar si son permitidas.
Tal vez al ser para un programa de TV tengan algún permiso. No lo se. Yo hace 7 años participe en dicho programa llevando cámaras para su posterior montaje y emisión.
El programa de llama Caballos de Metal de la TPA (Televisión del Principado de Asturias)

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Efectivamente para mi, tal y cómo comenté antes, ese es el perfecto ejemplo... la cámara 360 en su "palo", incluso yo la he llevado en el manillar y asomando 1 metro para hacer un video espectacular. Por cierto, es superpeligroso (para la cámara) esos montajes, son inestables y rompes por cualquier lado perfectamente (sobre todo el soporte), encima el palo, el aire...

Pero sé que es es sancionable, o quiero creerlo, bueno, no quiero, pero a mi me da que es sancionable.
 
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