multa en Francia

Ostras, ¿ la de V, no ?
Es igual, sería una dulce muerte.
Me dejo
O si eso que venga la hija, otra que tal anda.


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No, el convenio incluye la vía ejecutiva a través de los JUZGADOS DE LO PENAL una vez la sanción es firme, de tal manera, al menos teóricamente, sí nos pueden embargar en España.
Dudo muchísimo que un juzgado de lo penal vaya a ejecutar multas administrativas, menos aún las extranjeras. Para eso está Hacienda
 
Dudo muchísimo que un juzgado de lo penal vaya a ejecutar multas administrativas, menos aún las extranjeras. Para eso está Hacienda

Podrías leerte la legislación de los enlaces que puse ahí arriba y luego me dices por qué no estás de acuerdo. Que lo dudes, sin más, no aporta nada.
 
Podrías leerte la legislación de los enlaces que puse ahí arriba y luego me dices por qué no estás de acuerdo. Que lo dudes, sin más, no aporta nada.
Lo dudo muchísimo era una manera educada de decir que no tienes ni la más tenía idea de lo que estás hablando.
Los enlaces que ir puesto no tienen nada que ver. Basta leer el título de lo que has escrito: Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.
Te destaco lo de RESOLUCIONES PENALES, porque una multa de tráfico no es una resolución penal. Y un juzgado de lo penal no va a ejecutar en la vida una multa de tráfico española. Sobre todo con un exceso de trabajo de más del 300% del recomendado haciendo lo que sí es su función.
 
Lo dudo muchísimo era una manera educada de decir que no tienes ni la más tenía idea de lo que estás hablando.
Los enlaces que ir puesto no tienen nada que ver. Basta leer el título de lo que has escrito: Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.
Te destaco lo de RESOLUCIONES PENALES, porque una multa de tráfico no es una resolución penal. Y un juzgado de lo penal no va a ejecutar en la vida una multa de tráfico española. Sobre todo con un exceso de trabajo de más del 300% del recomendado haciendo lo que sí es su función.

Voy a ser más educado que tú y no te voy a decir lo que pienso. Lee un poco si quieres y si no pues no leas pero no voy a estar dándote argumentos que ni te miras porque ya de entrada piensas que no son correctos:

Reconocimiento mutuo de sanciones pecuniarias, como ciertas multas por velocidad

La facilitación de la aplicación de sanciones pecuniarias en casos transfronterizos, con independencia del lugar en que se hayan impuesto en la Unión Europea (UE), ayuda a garantizar la igualdad de trato de los ciudadanos de la UE.

ACTO

Decisión Marco 2005/214/JAI del Consejo, de 24 de febrero de 2005, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sanciones pecuniarias.

SÍNTESIS

La facilitación de la aplicación de sanciones pecuniarias en casos transfronterizos, con independencia del lugar en que se hayan impuesto en la Unión Europea (UE), ayuda a garantizar la igualdad de trato de los ciudadanos de la UE.

¿QUÉ HACE LA PRESENTE DECISIÓN MARCO?

La Decisión Marco introduce, de acuerdo con el principio de reconocimiento mutuo, medidas específicas que permiten que una autoridad judicial y administrativa transmita una sanción pecuniaria directamente a la autoridad de otro país de la UE y que dicha sanción sea reconocida y ejecutada sin más trámites.

PUNTOS CLAVE

La Decisión Marco se aplica a todas aquellas infracciones a las que pueden imponerse sanciones pecuniarias y se elimina el control de la doble tipificación (es decir, cuando se considera infracción en la legislación tanto el país de emisión como de ejecución) en relación con las 39 infracciones que figuran en la lista, tales como:

  • pertenencia a una organización delictiva;
  • terrorismo;
  • trata de seres humanos, tráfico de armas y de vehículos robados;
  • estafa (obtención fraudulenta de dinero o bienes);
  • violación;
  • infracciones de las normas de tráfico.

Las sanciones deberán ser impuestas por las autoridades judiciales y administrativas de un país de la UE y emanar de una resolución firme, es decir, cuando ya no haya posibilidad de recurso.

Al transmitir la resolución de imposición de sanción pecuniaria, el país de la UE que la impone debe transmitir un certificado en la lengua del país de la UE que la ejecutará.

La resolución se transmitirá a las autoridades competentes del país de la UE en el que la persona física o jurídica (una empresa) tenga bienes, obtenga ingresos, tenga residencia habitual o, en el caso de una persona jurídica, esté ubicada su sede.

El país de la UE al que se transmite la resolución podrá denegar la ejecución si el certificado no se presenta, está incompleto o no se corresponde manifiestamente con la decisión. Asimismo, podrá denegar la ejecución en un número limitado de casos, como en los que:

  • se ha dictado una resolución contra la misma persona respecto de los mismos hechos en el Estado de ejecución o en un Estado distinto de los de emisión y ejecución, y, en este último caso, que dicha resolución ha sido ejecutada;
  • la resolución se refiere a un hecho que no figura como infracción en la Decisión Marco ni es constitutivo de infracción en virtud del Derecho del Estado de ejecución;
  • la ejecución de la resolución ha prescrito (es decir, ha transcurrido el plazo de su ejecución) con arreglo a la legislación del Estado de ejecución y la resolución se refiere a hechos que son competencia de dicho Estado según su propio Derecho;
  • la resolución se ha impuesto a una persona que, debido a su edad, no habría podido ser considerada responsable penal con arreglo a la legislación del Estado de ejecución;
  • la resolución estipula que la sanción pecuniaria es inferior a 70 euros o a un importe equivalente.

La ejecución de la decisión se rige por la legislación del Estado de ejecución. El Estado de ejecución también puede:

  • decidir la reducción del importe de la multa de acuerdo con la cuantía prevista por la legislación nacional, siempre que el acto no se haya cometido en el territorio del Estado de ejecución;
  • imponer penas de prisión u otras penas previstas por la legislación nacional como medida sustitutoria en caso de no percepción de la sanción pecuniaria.

Tanto el Estado de emisión como el de ejecución pueden conceder amnistía, indulto o revisión de la sentencia.

Para más información, véanse:

Y el enlace a Euro-lex por si te crees que me lo invento:

 
Lo dudo muchísimo era una manera educada de decir que no tienes ni la más tenía idea de lo que estás hablando.
Los enlaces que ir puesto no tienen nada que ver. Basta leer el título de lo que has escrito: Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.
Te destaco lo de RESOLUCIONES PENALES, porque una multa de tráfico no es una resolución penal. Y un juzgado de lo penal no va a ejecutar en la vida una multa de tráfico española. Sobre todo con un exceso de trabajo de más del 300% del recomendado haciendo lo que sí es su función.

Estamos a miércoles, quizá no has tenido tiempo de disculparte por el tono que empleaste sin leer siquiera mis comentarios.
 
el que abrio el post seguramente ya pago la multa , dejar de hacer supuestos o esgrimir leyes , existen los terminos intermedios nº 1 se hacen caso a las leyes , 2º pero cada uno las interpreta a su manera 3º si quieres pagas y si no no.
pero si se que en tema internacional la reclamacion de los pagos se pueden dirimir 10 años . eso si yo las pago ya que si te paran en el pais no te piden el pagar solo , de momento te la bloquean , por si hay mas causas en camino que desconocen los que te han parado , es decir como en su dia no pagabas ahora te voy a hacer perder un dia mas reteniendo tu vehiculo.totalmente legal, se lo hacen a los camioneros si deben alguna , los paralizan.
pero si no vuelves por el pais tranquilo tardaran minimo 10 años (actualmente) ya que como digo es derecho internacional .
mas lio ;)??
 
el que abrio el post seguramente ya pago la multa , dejar de hacer supuestos o esgrimir leyes , existen los terminos intermedios nº 1 se hacen caso a las leyes , 2º pero cada uno las interpreta a su manera 3º si quieres pagas y si no no.
pero si se que en tema internacional la reclamacion de los pagos se pueden dirimir 10 años . eso si yo las pago ya que si te paran en el pais no te piden el pagar solo , de momento te la bloquean , por si hay mas causas en camino que desconocen los que te han parado , es decir como en su dia no pagabas ahora te voy a hacer perder un dia mas reteniendo tu vehiculo.totalmente legal, se lo hacen a los camioneros si deben alguna , los paralizan.
pero si no vuelves por el pais tranquilo tardaran minimo 10 años (actualmente) ya que como digo es derecho internacional .
mas lio ;)??

No te has leído nada, Pepe. Cómo vamos a ignorar las leyes y las normas? Hay que tenerlas en cuenta, esto no es la selva.

Precisamente la Decisión marco a la que me refiero tiene como función facilitar el cobro de sanciones entre estados miembros. Si se ponen a ello no tardarán 10 años en ejecutarlas, de eso puedes estar seguro. Cada uno tiene que valorar conociendo la situación legal, es la mejor forma de decidir con libertad qué hacer.
 
No te has leído nada, Pepe. Cómo vamos a ignorar las leyes y las normas? Hay que tenerlas en cuenta, esto no es la selva.

Precisamente la Decisión marco a la que me refiero tiene como función facilitar el cobro de sanciones entre estados miembros. Si se ponen a ello no tardarán 10 años en ejecutarlas, de eso puedes estar seguro. Cada uno tiene que valorar conociendo la situación legal, es la mejor forma de decidir con libertad qué hacer.

dibi derecho internacional son minimo 10 años , si mañana cambian las leyes vale pero hoy es asi . no pueden embargar asi a la brava entre que va y viene a los departamentos centrales y demas no se tarda menos . o puede que 8 años pero por hay anda la cosa y menos por tan pocas cantidades, eso si yo aconsejo se paguen ya que si te paran como dicen te la hacen pagar y no es del todo correcto , te paralizan el vehiculo mientras comprueban no hayan mas en tramite o en juzgados , ccon lo que un dia no te quita nadie igual que a los camioneros.
 
dibi derecho internacional son minimo 10 años , si mañana cambian las leyes vale pero hoy es asi . no pueden embargar asi a la brava entre que va y viene a los departamentos centrales y demas no se tarda menos . o puede que 8 años pero por hay anda la cosa y menos por tan pocas cantidades, eso si yo aconsejo se paguen ya que si te paran como dicen te la hacen pagar y no es del todo correcto , te paralizan el vehiculo mientras comprueban no hayan mas en tramite o en juzgados , ccon lo que un dia no te quita nadie igual que a los camioneros.

Lo dicho, no te has leído nada. Déjalo.
 
Lo dicho, no te has leído nada. Déjalo.

piensa lo que quieras , pero por mucho que leas cuando hay paises entre medio se dilapida el tiempo por la burocracia que tu dices de leer .eso es lo que ocurre hoy , mañana ya veremos. y seguramente no me entiendas porque solo te basas en teoria escrita y no en practica real.por eso crees que no leo y yo creo que tu no me lees a mi. (y)
 
creo que no (y):D:D dibi y yo ya nos conocemos de otros temas , cada uno piensa u opina lo que cree , por eso nos divertimos.:cool::D:D
 
Hola, en relacción al tema, acabo de venir de Francia y me han hecho 4 fotos que he visto claramente gracias al Flash por radares de velocidad. El tema es que todas las fotos son por delante... siendo moto... llegará alguna multa??

No os penseis que iba a 200, pero en todos los pueblecitos hay radar y de ir a 50 pase a 58 y zas, foton!

También pasa en alemania, fotos de radares por delante.


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Hola, en relacción al tema, acabo de venir de Francia y me han hecho 4 fotos que he visto claramente gracias al Flash por radares de velocidad. El tema es que todas las fotos son por delante... siendo moto... llegará alguna multa??

No os penseis que iba a 200, pero en todos los pueblecitos hay radar y de ir a 50 pase a 58 y zas, foton!

También pasa en alemania, fotos de radares por delante.


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Si te han sacado la foto por delante y no te han parado después, no te puede llegar la multa. Has tenido suerte!
 
que sepais que no he pagado la multa, ya os ire contando el devenir de la situacion.
Lo que me jode es que si es cierto que me paran en Francia y ven que tengo pendiente una multa me van a hacer pagar.
Sin problema. haremos turismo nacional una temporada, que no esta tan mal.

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El año pasado me pusieron en Francia una multa q me llegó a casa por un exceso de velocidad de 2 kilómetros y no dude en pagar la sanción por lo q se ha comentado.
Si te paran los Gendarmes y comprueban q tienes multas pendientes igual te cambian los planes de viaje.
 
Por cierto, en la revista Coche Actual de este mes viene un artículo al respecto en el sentido que vengo hablando yo:
697276a0bfaf0cb25a50b32e9a6d3070.jpg


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dibi , la revista hace como tu , se coge a la teorica escrita y no a la practica real , el que ha escrito el articulo lo mismo ni es periodista ya que eso en periodismo se llama articulos de relleno , para vender saben que muchos van a cruzar francia y eso llama la atencion de venta ,seguramente ese articulo lo ponen en portada en algun marco de la parte derecha que es donde mas se dirigen los ojos, con lo que es mas de lo mismo , pero seguro que tus escritos son mas fiables que este articulo ya que ellos lo que hacen es copiar y a veces se saltan algun dato importante, miratelo y veras. :D (y)
 
dibi , la revista hace como tu , se coge a la teorica escrita y no a la practica real , el que ha escrito el articulo lo mismo ni es periodista ya que eso en periodismo se llama articulos de relleno , para vender saben que muchos van a cruzar francia y eso llama la atencion de venta ,seguramente ese articulo lo ponen en portada en algun marco de la parte derecha que es donde mas se dirigen los ojos, con lo que es mas de lo mismo , pero seguro que tus escritos son mas fiables que este articulo ya que ellos lo que hacen es copiar y a veces se saltan algun dato importante, miratelo y veras. :D (y)

Hola Pepe.

Sea el autor periodista o abogado, la fuente es el director del departamento de asesoría jurídica de CEA que algo sabrá.

En cuanto a lo del relleno pues es posible, como todo en una revista. Quizá nos han estado leyendo y les hemos dado la idea o quizá ya tienen conocimiento de casos en los que les han cobrado la multa.

En cualquier caso las cosas son así porque así está legislado, creer que no las van a cobrar por causas esotéricas, pues no va conmigo.

Saludos.
 
dibi , la revista hace como tu , se coge a la teorica escrita y no a la practica real , el que ha escrito el articulo lo mismo ni es periodista ya que eso en periodismo se llama articulos de relleno , para vender saben que muchos van a cruzar francia y eso llama la atencion de venta ,seguramente ese articulo lo ponen en portada en algun marco de la parte derecha que es donde mas se dirigen los ojos, con lo que es mas de lo mismo , pero seguro que tus escritos son mas fiables que este articulo ya que ellos lo que hacen es copiar y a veces se saltan algun dato importante, miratelo y veras. :D (y)

bueno quizás te valga los cientos de comisiones rogatorias internacionales/auxilio judicial europeo que entrar a diario a los Juzgados de Instrucción y Fiscalía de España y no es teoría, es practica

afirmar que un por "derecho internacional" tarda 10 años es conocer muy muy poco derecho procesal español, estás comparando peras con manzanas. Civil con penal?

Código Penal que es el que nos rige, no puede haber una dilación de esos años dado que incurrirían en un delito de dejación de funciones o de prevaricación dada la simpleza del procedimiento penal (hay unas pocas sentencias condenatorias y además en su grado máximo)

te aseguro que en una media de tres meses se tarda en resolver una comisión rogatoria, pero como todo, depende del juzgado o sección de la Fiscalía provincial que por reparto sea asignada y el volumen que tenga, de las gestiones necesarias para llevar a cabo la localización del infractor, etc

la práctica está muy bien... pero sin saber la teoría, el cómo, ni el porqué, ni siquiera en que te basas, es caer en el error sin saber donde te mueves
 
A alguien le han embargado por una multa en Francia o en algún otro país de la UE?

Eso sería "práctica"!

De momento todo se queda en reclamar por si cuela, pero no conozco ningún caso de embargo efectivo en ningún país de la UE por la aplicación de esa "teoría", la cual los países de la UE no saben cómo ponerla en práctica, ya que ni tan siquiera se han puesto a ello.

Si alguien lo conoce, un embargo en España por una multa de tráfico en el extranjero, por favor que lo publique y lo demuestre, y que nos saque de "dudas".

Eso si, si a mí me llega una multa a mi casa, independientemente de donde venga, la pagaria.

Saludos
 
bueno quizás te valga los cientos de comisiones rogatorias internacionales/auxilio judicial europeo que entrar a diario a los Juzgados de Instrucción y Fiscalía de España y no es teoría, es practica

afirmar que un por "derecho internacional" tarda 10 años es conocer muy muy poco derecho procesal español, estás comparando peras con manzanas. Civil con penal?

Código Penal que es el que nos rige, no puede haber una dilación de esos años dado que incurrirían en un delito de dejación de funciones o de prevaricación dada la simpleza del procedimiento penal (hay unas pocas sentencias condenatorias y además en su grado máximo)

te aseguro que en una media de tres meses se tarda en resolver una comisión rogatoria, pero como todo, depende del juzgado o sección de la Fiscalía provincial que por reparto sea asignada y el volumen que tenga, de las gestiones necesarias para llevar a cabo la localización del infractor, etc

la práctica está muy bien... pero sin saber la teoría, el cómo, ni el porqué, ni siquiera en que te basas, es caer en el error sin saber donde te mueves

bueno sigue pensando o afirmando lo que quieras , no te discuto lo que pienses , solo que yo pienso diferente puedo?? o tengo que poner datos que no vienen a cuento ni toca en un foro de amigos , tu opina y di lo que quieras , a mi dejame que piense o sepa lo que yo estoy seguro . asi que opina lo que quieras . lo demas flores y magnolias.
 
A alguien le han embargado por una multa en Francia o en algún otro país de la UE?

Eso sería "práctica"!

De momento todo se queda en reclamar por si cuela, pero no conozco ningún caso de embargo efectivo en ningún país de la UE por la aplicación de esa "teoría", la cual los países de la UE no saben cómo ponerla en práctica, ya que ni tan siquiera se han puesto a ello.

Si alguien lo conoce, un embargo en España por una multa de tráfico en el extranjero, por favor que lo publique y lo demuestre, y que nos saque de "dudas".

Eso si, si a mí me llega una multa a mi casa, independientemente de donde venga, la pagaria.

Saludos
eso aconsejo yo se pague ya que si te paran te fastidiaran un dia , lo demas teoria de juzgados que aun no saben ni como coger estos temas , ojo de momento mas adelante ya veremos. ni un solo caso en españa y hace ya años que las reclaman.y si se que apareceran pero les quedan unos años aun lo que digo 8/10 años. desde su nacimento, algunas son del 2010 o antes y es 2019 contad. los que mas saben de estos temas son los abogados (juridicos ) de las empresas de transporte de almeria .
 
Hola Pepe.

Sea el autor periodista o abogado, la fuente es el director del departamento de asesoría jurídica de CEA que algo sabrá.

En cuanto a lo del relleno pues es posible, como todo en una revista. Quizá nos han estado leyendo y les hemos dado la idea o quizá ya tienen conocimiento de casos en los que les han cobrado la multa.

En cualquier caso las cosas son así porque así está legislado, creer que no las van a cobrar por causas esotéricas, pues no va conmigo.

Saludos.

no es por causas esotericas dibi , es por logica de colapso unido a varios departamentos mezclados que dilapidan tiempo, hay algunas de el 2010 que ahora empiezan , embargar dibi es algo muy serio y muy lento. cuenta que los embargos aqui cuanto tardan?? 2/4 alños desde la produccion pues calcula en internacional .o tambien lo vas a discutir?? quien mejor te pondran al dia son las compañia de transporte que diariamente cruzan francia ya que las crujen y eso lo saben aqui en españa por eso hay sus mas y sus menos en temas multas ,por muchos acuerdos que se firmen. asi que sigue con la teorica . y no te explico mas ya que hablamos diferentes idiomas.
 
A alguien le han embargado por una multa en Francia o en algún otro país de la UE?

Eso sería "práctica"!

De momento todo se queda en reclamar por si cuela, pero no conozco ningún caso de embargo efectivo en ningún país de la UE por la aplicación de esa "teoría", la cual los países de la UE no saben cómo ponerla en práctica, ya que ni tan siquiera se han puesto a ello.

Si alguien lo conoce, un embargo en España por una multa de tráfico en el extranjero, por favor que lo publique y lo demuestre, y que nos saque de "dudas".

Eso si, si a mí me llega una multa a mi casa, independientemente de donde venga, la pagaria.

Saludos

bueno intentaré fotocopiar un Auxilio Judicial Europeo y borrar los datos personales a ver si así lo crees,

El otro día hasta me sorprendió, una multa por acampar en Grecia y llegó, vaya si llegó al Juzgado de Instrucción
 
bueno sigue pensando o afirmando lo que quieras , no te discuto lo que pienses , solo que yo pienso diferente puedo?? o tengo que poner datos que no vienen a cuento ni toca en un foro de amigos , tu opina y di lo que quieras , a mi dejame que piense o sepa lo que yo estoy seguro . asi que opina lo que quieras . lo demas flores y magnolias.
a ver no es pensar lo que quieras es lo que está plasmado en nuestro ordenamiento jurídico, lo que no se puede es afirmar lo que se desconoce

pero vamos puedes pensar que la tierra es plana, que todavía los hay, no por ello llevarás la razón
 
La Decisión Marco introduce, de acuerdo con el principio de reconocimiento mutuo, medidas específicas que permiten que una autoridad judicial y administrativa transmita una sanción pecuniaria directamente a la autoridad de otro país de la UE y que dicha sanción sea reconocida y ejecutada sin más trámites.
Pepe, no es para nada complejo, al contrario, está diseñado para ejecutarse sin más trámite en cuanto la resolución es firme.
 
bueno intentaré fotocopiar un Auxilio Judicial Europeo y borrar los datos personales a ver si así lo crees,

El otro día hasta me sorprendió, una multa por acampar en Grecia y llegó, vaya si llegó al Juzgado de Instrucción

Yo no pongo en duda la (excelente) cooperacion internacional entre administraciones y jurisdicciones nacionales dentro de la UE. Ahí lo dejo! ?

Pero si nos puedes informar de la tramitación y embargo efectivo (de una cuenta, una propiedad, un salario, etc.) por una multa impagada de tráfico (en Francia o en algún otro país de la UE), pues aclararía muchas dudas!

Saludos
 
a ver no es pensar lo que quieras es lo que está plasmado en nuestro ordenamiento jurídico, lo que no se puede es afirmar lo que se desconoce

pero vamos puedes pensar que la tierra es plana, que todavía los hay, no por ello llevarás la razón

no desvies la conversacion , que tiene que ver la tierra plana con esto?? el ordenamiento como dices existe nadie te lo niega , pero no me lees desde el 2010 ya hay en los juzgados recursos de otros paises estamos en el 2019 , cuantos años son??
esa es mi opinion , y tu ten la tuya , pero no des ejemplos demagogicos , con la tierra o con la luna. por eso digo minimo 10 años.
 
la UE es una comunidad de vecinos que en teoria se llevan muy bien , pero en la practica cada pais hace con sus ciudadanos lo que cree.
francia le debe a españa en multas por las huelgas salvajes de los agricultores de cada año miles de millones de euros.
y los gendarmes como veis en television impasibles mientras abren y tiran las mercancias al suelo , la impasibilidad policial no es lo que dice la teorica de la UE , pero como veis la practica cambia. por eso en temas de derecho internacional es mucho mas complicado de lo que parece. (y)
 
no desvies la conversacion , que tiene que ver la tierra plana con esto?? el ordenamiento como dices existe nadie te lo niega , pero no me lees desde el 2010 ya hay en los juzgados recursos de otros paises estamos en el 2019 , cuantos años son??
esa es mi opinion , y tu ten la tuya , pero no des ejemplos demagogicos , con la tierra o con la luna. por eso digo minimo 10 años.
demagogia y además de la barata es meter en la variable recursos y dilatar el procedimiento
demagogia es hablar de oídas sin haber leído siquiera la normativa, luego vienen las sorpresas
demagogia es no saber que hasta se han cambiado un articulo de nuestra Constitución para supeditarse a la normativa europea, etc etc etc
demagogia es no saber que es de obligado cumplimiento las resoluciones de Tribunal Europeo de Justicia, aunque exista la demora que España también lo hace
demagogia es afirmar "la practica" es recurrir y recurrir, ¿para incurrir en intereses de demora?

y por último pongo los ejemplos que A Mí y como A Mí me de la gana, no los que tú quieras leer, espero te quede claro
 
la UE es una comunidad de vecinos que en teoria se llevan muy bien , pero en la practica cada pais hace con sus ciudadanos lo que cree.
francia le debe a españa en multas por las huelgas salvajes de los agricultores de cada año miles de millones de euros.
y los gendarmes como veis en television impasibles mientras abren y tiran las mercancias al suelo , la impasibilidad policial no es lo que dice la teorica de la UE , pero como veis la practica cambia. por eso en temas de derecho internacional es mucho mas complicado de lo que parece. (y)

Mezclas churras con merinas Pepe, qué narices tiene que ver las huelgas con una ley creada expresamente para el cobro de determinadas sanciones entre las que se encuentras las motivadas por los excesos de velocidad? Es como cuando se establecieron los juicios rápidos para determinados delitos o los inmediatos para determinadas faltas, por mucha dilación que hubiera en general en los juzgados, en pocos días había sentencia para éstos. Tienes que olvidarte de todo eso que cuentas de demoras de 10 años porque nada tienen que ver esos casos que cuentas con lo que nos ocupa ahora.
 
Mezclas churras con merinas Pepe, qué narices tiene que ver las huelgas con una ley creada expresamente para el cobro de determinadas sanciones entre las que se encuentras las motivadas por los excesos de velocidad? Es como cuando se establecieron los juicios rápidos para determinados delitos o los inmediatos para determinadas faltas, por mucha dilación que hubiera en general en los juzgados, en pocos días había sentencia para éstos. Tienes que olvidarte de todo eso que cuentas de demoras de 10 años porque nada tienen que ver esos casos que cuentas con lo que nos ocupa ahora.

bueno solo escribia lo que pienso , no mezclo , pero si esperaba saltaras como un resorte (y) yo ya doy mi punto de vista ,es lo que yo se y conozco , ahora sigue pensando lo que quieras pero sera mas darle vueltas a lo mismo , tu basate en la teorica , pero ya te digo que no es asi la practica y lo sabes. cuenta 2010 estamos en 2019 a ver tus escritos .(y) asi que sigue con lo mismo sin aportar nada mas , mira si en este foro somo moteros y nadie ha tenido ningun embargo y muchos no las pagan , asi que dejame ya que piense lo que quiera o aporta pruebas.
 
demagogia y además de la barata es meter en la variable recursos y dilatar el procedimiento
demagogia es hablar de oídas sin haber leído siquiera la normativa, luego vienen las sorpresas
demagogia es no saber que hasta se han cambiado un articulo de nuestra Constitución para supeditarse a la normativa europea, etc etc etc
demagogia es no saber que es de obligado cumplimiento las resoluciones de Tribunal Europeo de Justicia, aunque exista la demora que España también lo hace
demagogia es afirmar "la practica" es recurrir y recurrir, ¿para incurrir en intereses de demora?

y por último pongo los ejemplos que A Mí y como A Mí me de la gana, no los que tú quieras leer, espero te quede claro

oye siento que te enfades no es mi intencion , solo que yo pienso lo que creo y se y tu pues tambien , pero pasame pruebas por favor de embargos o dejame tranquilo. y si es demagogia lo que escribes ya que dices cosas pero no aclaras nada con pruebas de embargos, asi que sigue con tu demagogia y no con realidades.
 
cogerlo bien , solo aporto mis conocimientos del tema , y como ya he dicho en varios post , lo mejor si crees que es tuya es pagar , ya que si vas por alli y te paran te inmovilizaran , pero a dia de hoy hay multas del 2010 y hay siguen y es 2019 .
no hay embargos de momento y no gritemos mucho no sea nos oigan;)
el que enseñe leyes que tambien enseñe actuaciones , ya que muchas leyes estan pero no se aplican. aunque existan. eso lo sabemos todos , existir existen , pero paradas.;)
 
es un foro de motos en especial BMW y preguntan para saber si interesa o no pagar ya que es otro pais , existe las leyes como se han enseñado (teorica) pero en la practica tambien quieren saber si son efectivas , o si ya se han hecho algun embargo , somo moteros nos saltamos alguna vez las lineas continuas , vamos alguna vez a algo mas de la velocidad legal y asi etc. etc. y tambien habra moteros muy pendientes de la legalidad que jamas saltaran una continua o que iran por debajo de la velocidad permirtida , por eso quieren saber si existen embargos ya que asi pueden decidir en su libertad si la pagan o no. las leyes las conocemos todos . yo las pago ;)
 
Continuo sin ver ningún embargo por denuncia de trafico de carácter administrativo de otro país...

Nada más que añadir

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Jajaja no , no tengo miedo a ningún embargo, pero ya te digo que no sucederá, de momento nadie lo ha sufrido, ya podéis decir lo que queráis, la realidad es la que es


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....yo pienso que todavía es pronto para que haya habido algún embargo, la última actualización de la Ley creo que fue a finales del 2015, entre que te llega, te notifican, reclamas, vuelven a notificarte, se tramita judicialmente (porque de lo contrario no puede haber embargo), y todos esos pasos obligatorios sin que se haya hecho efectiva la sanción, pues pueden pasar cinco o seis años, incluso más, teniendo en cuenta que el Informe Europeo debía de presentarse, a más tardar, el 7 de noviembre de 2016 ...........creo que deben de estar a punto ya de comenzar los embargos................aunque luego tendremos el problema de que el embargado no quiera publicarlo y nos quedemos sin enterarnos............

....yo estoy completamente seguro y esa es la realidad, de que no han embargado a nadie por multas en el extranjero.....tambien estoy seguro que la mayoría ha pagado esas denuncias para evitar problemas.......pero de lo que Sí estoy completamente seguro es de que alguien, tarde o temprano, tiene que ser el primero........

....Esperemos no ser ninguno de nosotros...
 
Cuántos estamos participando en este tema? Ocho, diez...? De verdad creéis significativo que ninguno de nosotros conozcamos embargos por este asunto? Cómo se puede aconsejar a nadie que no pague? Yo no conozco a nadie al que hayan denunciado por circular a velocidad inferior a la permitida, seguro que vosotros tampoco, pero ello no quiere decir que no hayan denunciado a nadie.

Yo tampoco conozco a nadie a quien le hayan embargado, lo dije desde un principio, pero yo miso he pagado porque como dice Eraser, aun en el supuesto de que no hayan cobrado a nadie todavía, seguro que las acabarán ejecutando más pronto que tarde y no quiero ser el primero.

Cada uno que haga lo que le parezca, faltaría más, pero hay que saber que la administración está preparada para proceder a los embargos con procedimientos muy sencillos.
 
Cuántos estamos participando en este tema? Ocho, diez...? De verdad creéis significativo que ninguno de nosotros conozcamos embargos por este asunto? Cómo se puede aconsejar a nadie que no pague? Yo no conozco a nadie al que hayan denunciado por circular a velocidad inferior a la permitida, seguro que vosotros tampoco, pero ello no quiere decir que no hayan denunciado a nadie.

Yo tampoco conozco a nadie a quien le hayan embargado, lo dije desde un principio, pero yo miso he pagado porque como dice Eraser, aun en el supuesto de que no hayan cobrado a nadie todavía, seguro que las acabarán ejecutando más pronto que tarde y no quiero ser el primero.

Cada uno que haga lo que le parezca, faltaría más, pero hay que saber que la administración está preparada para proceder a los embargos con procedimientos muy sencillos.

eso es lo que preguntan mnos mal , no solo las leyes teoricas que estan a disposicion de todos , si no si la paga o no , y como bien les dices aun no sabes de nadie , ahora que decidan , pero que margen de años tienen , como dirian en el vaticano.
HABEMUS PAPAM :D(y)
 
eso es lo que preguntan mnos mal , no solo las leyes teoricas que estan a disposicion de todos , si no si la paga o no , y como bien les dices aun no sabes de nadie , ahora que decidan , pero que margen de años tienen , como dirian en el vaticano.
HABEMUS PAPAM :D(y)

Pero como siempre, entiendes las cosas a medias, o sólo lo que te interesa. También digo que aquí estamos participando 4 gatos y que para nada es relevante que conozcamos o no casos de embargos por estas multas. Son miles los conductores denunciados que no nos leen y que, en consecuencia, no se manifiestan sobre si han sido o no embargados.
 
Pero como siempre, entiendes las cosas a medias, o sólo lo que te interesa. También digo que aquí estamos participando 4 gatos y que para nada es relevante que conozcamos o no casos de embargos por estas multas. Son miles los conductores denunciados que no nos leen y que, en consecuencia, no se manifiestan sobre si han sido o no embargados.

si yo hablo o escribo contigo y otros , para mi ya es relevante ya que solo vengo a opinar y disfrutar , los miles que no nos leen ellos se lo pierden ya que verian lo bien que sabemos perder el tiempo para como digo disfrutar , ademas de ti se aprende mucho y eso tambien llena , y los 4 gatos como dices no hemos escuchado a nadie decir que lo han embargado y nos movemos con muchos otros gatos que por suerte para ellos van mucho a pasar los pirineos . ademas de todos los gatos de este foro , incluidos tu y yo , ademas solo decia tu erre que erre con las leyes (teorica) y no conoces a nadie ni de otros foros o motoclubs que lo hayan embargado con lo que si no pagan de momento no embargan o pasan muchos años, ya que si conocieras a uno solo lo pondrias aqui tan rapido como alma que lleva el diablo. si quieres sigue pero como digo .
HABEMUS PAPAM :D (y):cool:
 
Aquí un gato para dar su opinión.
Si yo tengo una multa pendiente en Francia puede ser que tarden 10 años en obligarme a pagar o en embargarme, no lo sé. Tampoco sé a cuanto ascendería la broma dentro de diez años con todos los recargos si al final me obligan a pagar.
Pero, consideraciones éticas aparte ¿ de verdad merece la pena no pagar 90 € y autocondenarse a no poder pasar por Francia durante 10 años?
10 años es mucho tiempo sin poder cruzar Los Pirineos
 
Aquí un gato para dar su opinión.
Si yo tengo una multa pendiente en Francia puede ser que tarden 10 años en obligarme a pagar o en embargarme, no lo sé. Tampoco sé a cuanto ascendería la broma dentro de diez años con todos los recargos si al final me obligan a pagar.
Pero, consideraciones éticas aparte ¿ de verdad merece la pena no pagar 90 € y autocondenarse a no poder pasar por Francia durante 10 años?
10 años es mucho tiempo sin poder cruzar Los Pirineos
totalmente de acuerdo , yo las pago , pero si alguien no va a ir mas o prefiere no zanjar el tema pues es su decision , aunque como dices no vale la pena , aunque segun como te pillen de exceso de velocidad lo mismo sube un pico.
 
es evidente que no vale la pena, me pillo en un momento muy cabreado con los de trafico ya que me metieron dos multas consecutivas sin logica alguna, (lo que no quiere decir que no fueran legales, lo de que es para nuestra seguridad me lo paso por donde acaba la espalda ). las pagué religiosamente cuando tocaba y punto.
Cuando me llega la de Francia, pues es la gota que colma el vaso. Tengo 50 tacos, llevo en moto desde los 7 años y JAMAS he tenido una multa por exceso de velocidad (hasta ahora). Me cabreo mucho y creo el hilo este,
lo normal es pagar, por supuesto, ¿era yo el que circulaba por alli ese dia?. Si.¿ circulaba con exceso de velocidad? Pues me cuesta creerlo pero se supone.
En la denuncia no hay foto, solo el punto kilometrico.
Y otra cosa importante, la denuncia me llegó por correo ordinario, no certificado. Lo que me dió a pensar que no tenian mucha fe en cobrar.


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