¿no habian cambiado la legislacion para ir por el anden en atascos ?

jesus10

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En determinadas circustancias se puede ir por en anden en moto o no ? y de que manera
 
Ni idea, pero es algo que interesa, que alguien se manifieste.
 
En autopista con retenciones importantes agentes de tráfico en moto me dijeron a mí y a otras motos que les seguiríamos por el arcén
 
Está prohibido para las motocicletas, no así para ciclos, ciclomotores, vehículos especiales hasta 3500 kg..., no obstante, en caso de atascos, prefiero circular con precaución por el arcén que hacerlo entre el resto de vehículos que me parece mucho más peligroso.
 
Creo que está regulado que las autoridades lo pueden autorizar expresamente como algo excepcional, y se habló que querían "dejar escrita" la "excepción" a motos en atascos de entrada a cuidades en hora punta o algo así, pero que yo sepa quedó en el aire.
Yo suelo hacer a diario unos 4 kms por arcén entrando a Madrid, con mucha precaución y sin "creerme" que es mi derecho, si veo GC me meto al carril, a veces me han visto y han mirado para otro lado, a veces he visto como tenían paradas a 2 o 3 motos multando..., creo que a parte de días concretos que les deben dar orden de "cortar" el tema, si te ven que vas sin hacer demasiado el listo y con precaución, lo pasan por alto, pero es que es verdad que alguno va por el arcen como si fuera su carril en propiedad, e incluso ve a la GC parada en el mismo y les falta pasarles por encima...
Saludos
 
Buenas. Ayer, Madrid, M-30 Este sentido salida hacia A-1(pk descendente), 9:00h, una pareja de Policia Municipal denunció al menos a 5 motos, que yo viera. Primero a 2 y luego salieron por el arcen disparados, a velocidad ilógica y peligrosa, a "cazar" a otros 3. Yo iba enlatado y pude ver ambas secuencias.
Moraleja: Denuncian
 
El jueves mi novia fue a currar y en la autovia para torrelavega había un atascazo, (cosa poco común por estos lares) así que fue rebasando por el arcén derecho muy despacio, pues la paro la guardia civil y le echo la bronca por circular por el arcén,, no le multó porque le dijo que en Italia de donde es, en esos casos se permite circular para ayudar a descongestionar la vía, al final se libró de la multa de milagro, y contribuyó a aumentar la longitud del atasco.
Resumiendo o que te comes el atasco o aprovechas la movilidad de tu moto y te expones a que te multen.
 
De momento sigue prohibido.

Esta en el borrador del nuevo RGC que se permita, como los intercomunidadores o las luces diurnas en moto, pero mientras este no se apruebe sigue prohibido y me consta que, algun cuerpo policial mas que otro, multan
 
Hola.

El tema de circular por el arcén con motocicleta, en caso de retenciones, sigue en el borrador de la próxima modificación del Reglamento General de Circulación.

Con el ACTUAL REGLAMENTO, ESTÁ PROHOBIDA LA CIRCULACIÓN POR EL ARCÉN, salvo casos excepcionales (avería hasta la próxima salida, cicles, vehículos especiales, autorización puntual de la Guardia Civil, etc).

Un saludo!
 
Hola.

El tema de circular por el arcén con motocicleta, en caso de retenciones, sigue en el borrador de la próxima modificación del Reglamento General de Circulación.

Con el ACTUAL REGLAMENTO, ESTÁ PROHOBIDA LA CIRCULACIÓN POR EL ARCÉN, salvo casos excepcionales (avería hasta la próxima salida, cicles, vehículos especiales, autorización puntual de la Guardia Civil, etc).

Un saludo!

En caso de avería ya no está previsto en el actual Reglamento que se pueda circular por el arcén, creo que antes de la última reforma sí que se podía, ahora lo que hay que hacer, en caso de tener que circular con avería a velocidad anormalmente reducida es abandonar la vía en la primera salida, pero nada de circular por el arcén. Salvo error por mi parte.
 
En caso de avería ya no está previsto en el actual Reglamento que se pueda circular por el arcén, creo que antes de la última reforma sí que se podía, ahora lo que hay que hacer, en caso de tener que circular con avería a velocidad anormalmente reducida es abandonar la vía en la primera salida, pero nada de circular por el arcén. Salvo error por mi parte.


Sí, efectivamente, como he indicado: en caso de avería hasta la próxima salida.

A ver si reglamentan ya debidamente tanto la circulación por el arcén, así como los intercomunicadores y las luces diurnas.

Si es que, entre tanto asesor y legislador, no hay nadie que circule en moto??????

Saludos para todos!
 
Desde luego es desesperante ver que no se mueve nada en el Parlamento. Esperemos que cuando lo hagan no se dejen en el tintero estos temas y se regule lo que de por sí es un hecho. Los moteros usan intercomunicadores para escuchar los GPS, hablar con el pasajero o escuchar la radio o música lo mismo que lo hace el conductor de un turismo o un camión, si no se les prohibe a éstos por qué prohibirlo a aquéllos?

La luz diurna más de lo mismo, las motocicletas salen provistas con este alumbrado ya homologado. El reglamento dice que hay que llevar las luces de cruce porque cuando lo redactaron no había alumbrado de día pero el fin es exactamente el mismo, ser visto, y lo peor es que a algunos agentes encargados de la vigilancia del tráfico les importa poco el espíritu de la ley y la aplican a reglamento, así que entre tanto no nos queda otra que olvidarnos del alumbrado de día los que lo llevamos y seguir usando el de cruce.

Los arcenes más de lo mismo, en la práctica es el lugar más seguro para circular las motocicletas en caso de atascos, siempre con las debidas precauciones y limitaciones, por lo que falta regulación sobre el tema.

A ver si se ponen ya las pilas coño!!
 
Reconozco que no me he leido el borrador, pero apuesto o que se limita mucho o el tema de los arcenes va a traer problemas a la larga, si hoy en dia ya hay motoristas que van por los arcenes a toda velocidad cuando sea legal que va a pasar? Creo sinceramente que se debe permitir, pero sin sobrepasar una velocidad que impida una frenada corta, con ir a 40-50km/h ya ganariamos mucho.
 
Reconozco que no me he leido el borrador, pero apuesto o que se limita mucho o el tema de los arcenes va a traer problemas a la larga, si hoy en dia ya hay motoristas que van por los arcenes a toda velocidad cuando sea legal que va a pasar? Creo sinceramente que se debe permitir, pero sin sobrepasar una velocidad que impida una frenada corta, con ir a 40-50km/h ya ganariamos mucho.

La velocidad en un principio reglamentaria, si sale el borrador, sería de 30kmh
 
El jueves mi novia fue a currar y en la autovia para torrelavega había un atascazo, (cosa poco común por estos lares) así que fue rebasando por el arcén derecho muy despacio, pues la paro la guardia civil y le echo la bronca por circular por el arcén,, no le multó porque le dijo que en Italia de donde es, en esos casos se permite circular para ayudar a descongestionar la vía, al final se libró de la multa de milagro, y contribuyó a aumentar la longitud del atasco.
Resumiendo o que te comes el atasco o aprovechas la movilidad de tu moto y te expones a que te multen.

Italia es un país independiente de España con su propia normativa, lo que aquí es legal alli puede ser ilegal...o vicerversa...nunca hay que justificarse con que si en el otro país es permitido o no...
 
La velocidad en un principio reglamentaria, si sale el borrador, sería de 30kmh

No sé en que borrador ha salido eso, por que estoy a la última en normativa acerca del Reglamento General de circulación y el mismo cita, sólo y exclusivamente la circulación a determinados vehículos y en determinadas carreterras y circusntancias, los cuales no sobrepasen una velocidad X...ahora bien...el borrador, de que normativa? para que año ? en aplicación donde? Es ordenanza municipal??? aplicable a M-30 que tiene denominación Calle 30???

Luego, en cuanto a la velocidad, cuestionable que motoristas circulen a 30km/h...yo soy motorista y se de lo que hablo...
 
No sé en que borrador ha salido eso, por que estoy a la última en normativa acerca del Reglamento General de circulación y el mismo cita, sólo y exclusivamente la circulación a determinados vehículos y en determinadas carreterras y circusntancias, los cuales no sobrepasen una velocidad X...ahora bien...el borrador, de que normativa? para que año ? en aplicación donde? Es ordenanza municipal??? aplicable a M-30 que tiene denominación Calle 30???

Luego, en cuanto a la velocidad, cuestionable que motoristas circulen a 30km/h...yo soy motorista y se de lo que hablo...

Hombre, si está en un borrador no está en la normativa que muchos conocemos. Cuando por fin esté en la normativa, si ocurre, dejará de estar en el borrador.

Yo tampoco conozco esas novedades que se preparan, pero si son del Reglamento General de Circulación no lo serán de una ordenanza municipal, aunque posteriormente éstas podrán adoptar la medida. Habrá que esperar, pero es lógico y de agradecer que se vaya regulando algo que es habitual y seguirá siéndolo. Nadie se compra una moto para quedarse en un atasco detrás de un coche y no moverse de ahí hasta que se acabe o llegue a destino y si un ciclomotor puede circular a 45 km/h por un arcén de autovía transitable y suficiente, una motocicleta podrá hacerlo a la misma velocidad con más garantías.
 
Prohibido terminantemente, el que te denuncien o no queda al criterio del agente que te pare, y de como vaya la estadistica del mes. Los que saben de que hablo os lo pueden aclarar. Por que a mi me da la risa.
 
Circular por el arcén tiene otros inconvenientes que hay que tener en cuenta:
- Está tremendamente sucio, lleno de tierra, aceite y objetos que pueden provocar un pinchazo.
- En caso de accidente, la compañía de seguro puede poner pegas.
 
Circular por el arcén tiene otros inconvenientes que hay que tener en cuenta:
- Está tremendamente sucio, lleno de tierra, aceite y objetos que pueden provocar un pinchazo.
- En caso de accidente, la compañía de seguro puede poner pegas.

Es cierto que están sucios y que se puede pinchar, es un riesgo a tener en cuenta pero en ningún caso la aseguradora puede poner pegas en caso de accidente, luego ya estará de quién sea la responsabilidad pero la compañía tiene que cubrir lo que estipule el contrato.
 
Esto....y alguien puede poner donde esta "ese borrador"???, porque en algún lado estará, digo yo.
 
Está prohibido, os lo dice uno al que la GC le han cascado 200€ de multa, eso sí, por mi seguridad. Y si pago pronto y no rechisto, me hacen un buen descuento.....
 
Esto....y alguien puede poner donde esta "ese borrador"???, porque en algún lado estará, digo yo.

El borrador que he encontrado yo prevé la modificación respecto a los intercomunicadores. Lo deja de esta guisa:

3. Se prohíbe conducir utilizando dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando ésta se desarrolle en las siguientes condiciones:

a) Sin emplear las manos durante el desarrollo de la misma, utilizando un dispositivo homologado al efecto.

b) Sin usar cascos, auriculares o instrumentos similares. Esta condición no será aplicable a los conductores de motocicletas y ciclomotores, cuando utilicen un dispositivo integrado en el casco de protección, debidamente homologado, con fines de comunicación y orientación o navegación.


No he visto modificación alguna respecto a la circulación por el arcén ni al uso del alumbrado diurno en lugar del de cruce.

FUENTE:

http://www.dgt.es/Galerias/home/2014/PROY-RG-Circ-CONSEJO-Y-T-AUDIENCIA.pdf
 
Por cierto, ese borrador del mensaje anterior es previo a la última reforma, la del RD 667/2015 que modifica el Reglamento General de Circulación, por lo que me parece que se quedó en el tintero el asunto de los intercomunicadores que sí entraba en el borrador.

Me extrañaría que ya hubiera un nuevo borrador para una nueva reforma...
 
Yo si hay atasco.....tambien circulo por el arcen como muchos.

Ademas como se ha dicho aqui....prefiero y me siento mas seguro por el arcen que entre los coches que a veces se mueven sin marcar y luego pasa lo que pasa.
Cuando voy por el arcen.....suelo dar los warnings y despacito a 40-50kmh hasta que se acaba el atasco o veo que los coches circulan y me incorporo de nuevo.

Alguna vez me he cruzado con la GC y no me han dicho nada, es mas una vez que llegue hasta donde era el motivo del atasco(accidente) llovia a mares me miraron..... me encogi de hombros alegando la lluvia etc... y me dejaron pasar sin mayor problema.

Yo creia haber oido algo de que lo iban a permitir, lo que no sabia es si la reforma esta o no aprobada.
 
Yo también suelo circular por el arcén cuando los vehículos están parados. Si se mueven, por despacio que sea, suelo ir por el carril.

En una ocasión había una gran retención en Madrid en la cual yo circulaba por el arcén, hasta que vi por el retrovisor que venían dos motos de la GC a la cuales deje paso. Apenas 100m más adelante había un accidente (leve) y uno de los dos me dio el alto y me pidió la documentación. Me dejó ir sin multa, advirtiéndome eso si de que lo que había hecho era motivo de sanción. Se lo agradecí y me marché.

Mi conclusión: como siempre, depende del que te toque.
 
Yo si hay atasco.....tambien circulo por el arcen como muchos.

Ademas como se ha dicho aqui....prefiero y me siento mas seguro por el arcen que entre los coches que a veces se mueven sin marcar y luego pasa lo que pasa.
Cuando voy por el arcen.....suelo dar los warnings y despacito a 40-50kmh hasta que se acaba el atasco o veo que los coches circulan y me incorporo de nuevo.

YO TAMBIEN LO, ÚNICO QUE NO PONGO LOS WARNINGS, QUIZÁS LO HAGA TAMBIEM A PARTIR DE AHORA V'SSS
 
Pues poner los warnings no te exime de sanción. A lo mejor te añaden otra por uso indebido de la iluminación. Y además llamas más la atención de los "sancionadores que velan por nuestra seguridad".
 
Por otro lado el arcén suele estar tan sucio, q supone un peligro añadido el circular
 
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